Equipo 8 Liliana Hernández Temazatzi 201015082 Cecilia Ortiz González 201007987 Maritza Minor Sánchez 201034517 Ana Bautista Nolasco 201013530 Equipo 8:

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Los Derechos de Autor en el Ecuador
Advertisements

LEGISLACION INFORMATICA
Consideraciones para la implementación del área informática Temas: 3
propiedad intelectual
PROPIEDAD INTELECTUAL
D E R E C H O S D E A U T O R..
MARCA.
COPYRIGHT, COPYLEFT Y CREATIVE COMMONS
Derecho de Autor Presentado por: Carla jeanet saldaña aguilar.
2012 Prof. Alfredo Ramón Rojas El derecho de autor y copyright constituyen dos concepciones sobre la propiedad literaria y artística. El primero proviene.
Todo creador de una obra intelectual, sea ésta artística -pintura, escultura, danza, arquitectónica, etc.-, literaria, musical o de cómputo, es un autor.
EQUIPO 8: Nombre y Matrícula: Liliana Hernández Temazatzi Cecilia Ortiz González Maritza Minor Sánchez Ana Bautista Nolasco.
MÓDULO ASPECTOS LEGALES BÁSICOS LA EMPRESA MERCANTIL Y LA PROTECCIÓN DE LOS ACTIVOS INTELECTUALES. UNIDAD IV ©Andreyna Febres-Cordero Willet, Venezuela.
PROPIEDAD INTELECTUAL LEY (MODIFICADA POR LEY ) Ley protege derechos que, por el sólo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores.
PROPIEDAD INTELECTUAL. CONCEPTO La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores,
OFICINA DEL ABOGADO GENERAL
Propiedad Intelectual
DERECHOS DE AUTOR O PROPIEDAD INTELECTUAL
David Rangel Medina “Bajo el nombre derecho de autor se designa al conjunto de prerrogativas que las leyes reconocen y confieren a los creadores de obras.
TII UD5 AA3 CITACIÓN DE RECURSOS DOCUMENTALES
Normas éticas y legales para el Uso de Recursos Digitales
¿Qué es el derecho de Autor? El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas, previstas.
Derecho de autor: posibilidades de uso de obras disponibles en la WEB Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia,
Elizabeth Jeanette VEGA POMA
¿Qué son derechos de autor?. Se definen como un conjunto de normas de derecho social, que protegen el privilegio que el Estado otorga como una facultad.
 LIC: DERECHO  Elaboro:  Selene Rojas Cabrera  Soledad Sánchez Zepeda.
Las leyes de propiedad intelectual. Fecha: 28 de noviembre de 2011 Periodo#:2 Objetivo: Conocedores de leyes que involucran la informáticas Tema: Las.
Derechos de autor y Licencia Creative Commons Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia, Universidad de.
Centro de estudios las Américas. Trabajo de: Derechos de autor Materia. T.I.C.S Roberto Aco Tlachi Mtra. María Angélica Benítez Silvia.
DEFINICION Es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de.
Son un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores por el solo hecho de la creación.
CRISTIAN HERNANDEZ RUIZ COPYRIGHT © (DERECHO DE AUTOR)
Derechos de Autor Bueno García María Fernanda Herrera García Maru
ESMERALDA GARCIA OLGUIN ESTEBAN VARELA ELIOSA  El derecho de autor es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales.
El derecho de autor (del francés droit d'auteur [cita requerida] ) es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales.
T3 UD9 AA1: Trabajando en colaboración: Condiciones y Sugerencias Nombre y Matrícula: Liliana Hernandez Temazatzi Cecilia Ortiz Gonzalez
CENTRO DE ESTUDIOS “LAS AMERICAS” T.I.C.S TRABAJO: “LOS DERECHOS DE AUTOR” EDITH HERNANDEZ CRUZ KARINA CASTAÑEDA LOPEZ 2 “A”
D ERECHOS DE AUTOR EN INTERNET INTEGRANTES: Rodolfo León Hernández. Yahir Derio Contreras. Kenia Tizapan Tapia. Gerardo Caballero Flores.
DERECHO DE AUTOR INTEGRANTES: SERGIO CASTRO ARACELLYS RIVERA
Derecho de autor sobre recursos digitales y Posibilidades de uso en la WEB 2.0 Licencia CC Derechos de autor y licencia CC por Zapata Martha se encuentra.
DERECHO DE AUTOR Institución educativa nº “Mariano Melgar”
Las leyes de propiedad intelectual. Fecha: 26 de noviembre de 2012 Tema: Las leyes de propiedad intelectual.
Tema: amenazas de software e información.
Noel Ramírez Paz Andrea Rodríguez Sánchez Maestra: María Angélica Benítez Silva.
Derecho Ana Belem Murillo Cante *Derechos de Autor.
ADMINISTRACIÓN DE CENTROS DE COMPUTO ALUMNO. ARTHUR LEANDRO CÉSPEDES LLERENA.
ADMINISTRACIÓN DE CENTROS DE COMPUTO ALUMNO. ARTHUR LEANDRO CÉSPEDES LLERENA.
POR: PABLO ANTONIO GARCÍA CABRERA. DERECHOS DE AUTOR.
DERECHOS DE AUTOR Fines educativos.
Aspectos éticos y legales asociados a la información digital.
Derecho de Autor / Copyright. Propiedad Intelectual Derechos patrimoniales que otorga el Estado por un tiempo limitado, a las personas que llevan a cabo.
TIPOS DE CONTRATOS ENTORNO DIGITAL CARÁTULA 1.-INDAUTOR.
TRABAJO1: DERECHOS DE AUTOR
DERECHOS DE AUTOR 1ER. TRABAJO ALUMNO: GARCIA FLORES RICARDO PROFESORA: MARIA ANGELICA BENITEZ SILVA 2”B (CELA)
THANIA PEREZ CAMPOS. TRABAJO EN CLASE RELACIONADO AL TEMA “DERECHOS DE AUTOR ”
Derechos de autor en internet
ESC. NORMAL VALLE DEL MEZQUITAL LICENCIATURA EN EDUCACIÓN PRIMARIA INTERCULTURAL BILINGÜE SEGUNDO SEMESTRE DOCENTE: WENDY EDITH GÓMEZ MÁRQUEZ INTEGRANTES:
Aspectos éticos y legales asociados a la información digital
Derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos.
Derecho de Autor en Internet y el Software
DIPLOMADO EN PROPIEDAD INTELECTUAL. PROPIEDAD INTELECTUAL.
Fecha: 5 de diciembre de 2011 Periodo#:2 Objetivo: identificar los principios que deciden cuándo la información puede o no puede ser considerada personal.
La Propiedad Intelectual.  ¿qué es la propiedad intelectual? La propiedad intelectual se refiere a las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias.
DERECHOS DE AUTOR VALENTINA CASTRILLON ANDRADE
Derecho de autor: posibilidades de uso de obras disponibles en la WEB Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia,
Colegio Emilio Sotomayor Presentado por : Aliney rodríguez Dirigido a: Ninfa Astrid solano Materia: Informática Curso : 8a.
QUE ES EL DERECHO DE AUTOR Es la protección que le otorga el Estado al creador de las obras literarias o artísticas desde el momento de su creación.
LA PROPIEDAD INTELECTUAL Realizado por: TSU. Alexis Leal C.I
DERECHOS DE AUTOR Por: Fabio Torres Medina.. El congreso de la republica en la ley numero 23 de 1982 sobre derechos de autor, donde el congreso de Colombia.
DERECHO DE AUTOR Derecho Informático Edsel Barbosa Gónzalez.
Transcripción de la presentación:

Equipo 8 Liliana Hernández Temazatzi Cecilia Ortiz González Maritza Minor Sánchez Ana Bautista Nolasco Equipo 8:

Los derechos de autor son: “la facultad exclusiva que tiene el creador intelectual para explotar temporalmente, por sí o por terceros, las obras de su autoría, y en la de ser reconocido siempre como autor de tales obras, con todas las prerrogativas inherentes a dicho reconocimiento.”

Por lo anterior se concluye que son: El reconocimiento que otorga el estado a todo creador de obras artísticas y literarias, por el cual el autor goza de derechos de tipo moral y patrimonial.

Entre los tipos de obras que protege el derecho de autor están: Obras literarias Obras musicales Obras dramáticas Obras coreográficas y las pantomimas; Los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería. Programas informáticos. Entrevistas Sitios web

Derecho patrimonial Es la facultad que tiene el autor para explotar su obra por sí mismo, así como autorizar o prohibir a terceros dicha explotación tiene como vigencia la vida del autor y cien años más después de su muerte.

El titular de los derechos de autor goza de derechos exclusivos respecto de: Reproducir la obra en copias o fonogramas. Preparar obras derivadas basadas en la obra. Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias.

Continuación… Presentar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales. En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión audiodigital.

Continuación… Mostrar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas coreográficas, pantomimas, obras pictóricas, gráficas y esculturales, incluyendo imágenes individuales de películas u otras producciones audiovisuales.