CENTRO DE ESTUDIOS “LAS AMERICAS” T.I.C.S TRABAJO: “LOS DERECHOS DE AUTOR” EDITH HERNANDEZ CRUZ KARINA CASTAÑEDA LOPEZ 2 “A”

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
PROPIEDAD INTELECTUAL
Advertisements

PROPIEDAD INTELECTUAL
EL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS.
EL DERECHO DE AUTOR EN EL ECUADOR
COMPENSACIÓN E INCENTIVOS DE LA FUERZA DE VENTAS
propiedad intelectual
PROPIEDAD INTELECTUAL
D E R E C H O S D E A U T O R..
COPYRIGHT, COPYLEFT Y CREATIVE COMMONS
Derechos de autor y Licencia Creative Commons
Derecho de Autor Presentado por: Carla jeanet saldaña aguilar.
2012 Prof. Alfredo Ramón Rojas El derecho de autor y copyright constituyen dos concepciones sobre la propiedad literaria y artística. El primero proviene.
Todo creador de una obra intelectual, sea ésta artística -pintura, escultura, danza, arquitectónica, etc.-, literaria, musical o de cómputo, es un autor.
PROPIEDAD INTELECTUAL LEY (MODIFICADA POR LEY ) Ley protege derechos que, por el sólo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores.
1 DERECHO DE AUTOR EN EL ÁMBITO UNIVERSITARIO MIGUEL ROJAS.
PROPIEDAD INTELECTUAL. CONCEPTO La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores,
Derecho de autor.
David Rangel Medina “Bajo el nombre derecho de autor se designa al conjunto de prerrogativas que las leyes reconocen y confieren a los creadores de obras.
CURSO DE DERECHO INFORMÁTICO Abril 2007 Aldo Elliot Segura.
TALLER 3 Laura Manuela Mancera Sara Juliana Quevedo 905.
¿Qué es el derecho de Autor? El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas, previstas.
IMEF Propiedad Intelectual, perspectiva legal México D.F., 31 mayo 2007 Kiyoshi I. Tsuru.
IMPORTANCIA DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN LA GESTIÓN EMPRESARIAL Marta Martin Abogado AM&L.
Elizabeth Jeanette VEGA POMA
 LIC: DERECHO  Elaboro:  Selene Rojas Cabrera  Soledad Sánchez Zepeda.
 LIC: DERECHO  Elaboro:  Selene Rojas Cabrera  Soledad Sánchez Zepeda.
Las leyes de propiedad intelectual. Fecha: 28 de noviembre de 2011 Periodo#:2 Objetivo: Conocedores de leyes que involucran la informáticas Tema: Las.
Derechos de autor y Licencia Creative Commons Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia, Universidad de.
Centro de estudios las Américas. Trabajo de: Derechos de autor Materia. T.I.C.S Roberto Aco Tlachi Mtra. María Angélica Benítez Silvia.
( Nombre de la Unidad Administrativa a entregar ) (2) Tomo Único (Tomo 1 de 2) (3) Entrega-Recepción de la Administración Pública Estatal (Nombre de la.
INFORMÁTICA JURÍDICA Delitos contra el patrimonio y la relación de ellos en la Propiedad Intelectual.
Plagio de paginas web Plagió de paginas web Elaborado por : Montoya zuleima y estefany López.
DEFINICION Es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de.
Son un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores por el solo hecho de la creación.
PROPIEDAD INTELECTUAL
CRISTIAN HERNANDEZ RUIZ COPYRIGHT © (DERECHO DE AUTOR)
Derechos de Autor Bueno García María Fernanda Herrera García Maru
ESMERALDA GARCIA OLGUIN ESTEBAN VARELA ELIOSA  El derecho de autor es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales.
El derecho de autor (del francés droit d'auteur [cita requerida] ) es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales.
DERECHO DE AUTOR INTEGRANTES: SERGIO CASTRO ARACELLYS RIVERA
LAS FUENTES EN LA HISTORIA
DERECHO DE AUTOR Institución educativa nº “Mariano Melgar”
Las leyes de propiedad intelectual. Fecha: 26 de noviembre de 2012 Tema: Las leyes de propiedad intelectual.
Tema: amenazas de software e información.
Noel Ramírez Paz Andrea Rodríguez Sánchez Maestra: María Angélica Benítez Silva.
Derecho Ana Belem Murillo Cante *Derechos de Autor.
Equipo 8 Liliana Hernández Temazatzi Cecilia Ortiz González Maritza Minor Sánchez Ana Bautista Nolasco Equipo 8:
ADMINISTRACIÓN DE CENTROS DE COMPUTO ALUMNO. ARTHUR LEANDRO CÉSPEDES LLERENA.
WEB 2.0 DERECHOS DE AUTOR Y NORMAS PARA UN ESCRITO Silvana Constante Castro Mónica Camacho 901.
POR: PABLO ANTONIO GARCÍA CABRERA. DERECHOS DE AUTOR.
DERECHOS DE AUTOR Fines educativos.
Carlos Martínez Torres Derechos del autor 08/10/2012.
Aspectos éticos y legales asociados a la información digital.
Derecho de Autor / Copyright. Propiedad Intelectual Derechos patrimoniales que otorga el Estado por un tiempo limitado, a las personas que llevan a cabo.
INTRODUCCION A LA PROPIEDAD INTELECTUAL Dr. Juan Josè Pàez Rivadeneira.
Josiah Hernandez What is Intellectual Property. What is IP Intellectual Property (IP) is the basis for research commercialization. Intrinsic to the work.
EL DERECHO DE AUTOR EN EDICIONES DIGITALES
TRABAJO1: DERECHOS DE AUTOR
Unidad Nro 4 Profesor: Ingeniero Juan Encina Escuela Superior de Gendarmería “Grl Br D Manuel María Calderón Curso de Oficial de Plana Mayor 2011.
DERECHOS DE AUTOR 1ER. TRABAJO ALUMNO: GARCIA FLORES RICARDO PROFESORA: MARIA ANGELICA BENITEZ SILVA 2”B (CELA)
THANIA PEREZ CAMPOS. TRABAJO EN CLASE RELACIONADO AL TEMA “DERECHOS DE AUTOR ”
ESC. NORMAL VALLE DEL MEZQUITAL LICENCIATURA EN EDUCACIÓN PRIMARIA INTERCULTURAL BILINGÜE SEGUNDO SEMESTRE DOCENTE: WENDY EDITH GÓMEZ MÁRQUEZ INTEGRANTES:
Derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos.
DIPLOMADO EN PROPIEDAD INTELECTUAL. PROPIEDAD INTELECTUAL.
DERECHOS DE AUTOR VALENTINA CASTRILLON ANDRADE
Colegio Emilio Sotomayor Presentado por : Aliney rodríguez Dirigido a: Ninfa Astrid solano Materia: Informática Curso : 8a.
QUE ES EL DERECHO DE AUTOR Es la protección que le otorga el Estado al creador de las obras literarias o artísticas desde el momento de su creación.
Derechos de autor Daniel Ricardo Parra Belmonte Juan Camilo Suarez Cadena.
DERECHO DE AUTOR Derecho Informático Edsel Barbosa Gónzalez.
DERECHO DE AUTOR INTEGRANTES: SERGIO CASTRO ARACELLYS RIVERA
Transcripción de la presentación:

CENTRO DE ESTUDIOS “LAS AMERICAS” T.I.C.S TRABAJO: “LOS DERECHOS DE AUTOR” EDITH HERNANDEZ CRUZ KARINA CASTAÑEDA LOPEZ 2 “A”

El derecho de autor (del francés droit d'auteures un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, científica o didáctica, esté publicada o inédita.

La protección del derecho de autor abarca únicamente la expresión de un contenido, pero no las ideas. Para su nacimiento no necesita de ninguna formalidad, es decir, no requiere de la inscripción en un registro o el depósito de copias, los derechos de autor nacen con la creación de la obra. Son objeto de protección las obras originales, del campo literario, artístico y científico, cualquiera que sea su forma de expresión, soporte o medio. Entre otras: Libros, folletos y otros escritos; Obras dramáticas o dramático-musicales; Obras coreográficas y las pantomimas; Composiciones musicales con o sin letra; Obras musicales y otras grabaciones sonoras; Obras cinematográficas y otras obras audiovisuales; Obras de dibujo, pintura, escultura, grabado, litografía; Historietas gráficas, tebeos o cómics, así como sus ensayos o bocetos; Obras fotográficas; Gráficos, mapas y diseños relativos a la geografía, a la topografía o a las ciencias; Los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería. Programas informáticos. Entrevistas Sitios web

Según la Ley Federal del Derecho de Autor, los derechos patrimoniales de autor están vigentes durante toda la vida del autor más 100 años tras el final del año de la muerte del autor más joven o de la fecha de publicación en caso de los gobiernos federal, estatal o municipal. Existen dos excepciones a esta regla:

Artículo 13.- Los derechos de autor a que se refiere esta Ley se reconocen respecto de las obras de las siguientes ramas: I. Literaria; II. Musical, con o sin letra; III. Dramática; IV. Danza; V. Pictórica o de dibujo; VI. Escultórica y de carácter plástico; VII. Caricatura e historieta; LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Centro de Documentación, Información y Análisis Última Reforma DOF VIII. Arquitectónica; IX. Cinematográfica y demás obras audiovisuales; X. Programas de radio y televisión; XI. Programas de cómputo; XII. Fotográfica; XIII. Obras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil, y XIV. De compilación, integrada por las colecciones de obras, tales como las enciclopedias, las antologías, y de obras u otros elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones, por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual. Las demás obras que por analogía puedan considerarse obras literarias o artísticas se incluirán en la rama que les sea más afín a su naturaleza.

derechos-morales/ch01s02.html