SITUACIONES DE SUBJETIVIDAD INTERNACIONAL

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Transcripción de la presentación:

SITUACIONES DE SUBJETIVIDAD INTERNACIONAL ANTONIO VARON 2014

La Santa Sede y la ciudad del Vaticano La Ciudad del Vaticano propiamente dicha tiene una extensión de 0,439 km² (44 hectáreas y una población de aproximadamente 900 habitantes, por lo que resulta un híbrido de ciudad elevada al rango de Estado independiente, siendo además el país más pequeño del mundo, y el único que tiene por lengua oficial el latín. Es tan pequeño que sólo la basílica de San Pedro es un 7% de su superficie; la basílica y la plaza de San Pedro ocupan un 20% del territorio, lo que lo convierte en el territorio independiente más urbanizado del mundo.

Historia del Vaticano Aunque no tuvo base territorial entre 1870 y 1929 actuaba como sujeto internacional celebrando concordatos, enviando agentes diplomáticos y concluyendo actos de derecho internacional. Fue parte en tratado de Letrán (1929) en donde se reconoció su personalidad jurídica preexistente. Se promulgaron las seis leyes orgánicas que constituyen las bases jurídicas de dicho Estado.

Relación entre el Esta de la ciudad del Vaticano y la Santa Sede PAPA Estado de la ciudad del Vaticano: ESTADO Santa Sede: SUJETO DE DI El sumo pontífice soberano del Estado de la ciudad del Vaticano Tiene la plenitud de poderes legislativo, ejecutivo y judicial

SOBERANA ORDEN DE MALTA

Caracteristicas La Soberana Orden Militar y Hospitalaria de San Juan de Jerusalén, de Rodas y de Malta, más conocida como la Orden de Malta, es una orden religiosa católica fundada en Jerusalén en el siglo XI por comerciantes amalfitanos. Nació dentro del marco de las cruzadas y desde un principio, junto a su actividad hospitalaria, desarrolló acciones militares contra los ejércitos musulmanes árabes, y más tarde también turcos

Posible subjetividad internacional Algunos sectores de la doctrina no la consideran sujeto de Derecho Internacional por su dependencia del Vaticano y por ausencia de territorialidad. Amplio despliegue diplomático por casi todo el mundo

GRUPOS BELIGERANTES

Que es ser beligerante Del latín Bellum Gerere que significa: el que hace la guerra. En derecho clásico la guerra solo la hacían los estados de manera que la contención de los Estados frente a las posibles luchas internas de grupos insurrectos no tenia la connotación de guerra.

Que se necesita para que un grupo de personas pueda ser parte dentro de un CANI Art.1 del Protocolo II de los Convenios de Ginebra de 1949: Que se trate de grupos armados organizados o grupos disidentes, bajo la dirección de un mando responsable, que ejerzan un control territorial que les permita aplicar operaciones militares sostenidas y concertadas, y aplicar las normas de la guerra. Estos son los elementos básicos para que un grupo tenga la condición de parte dentro de un CANI. Es necesario el reconocimiento de ese grupo como beligerante, por parte del Estado territorial o de terceros Estados

La existencia de un CANI es suficiente para otorgar el estatus de beligerancia Art.1 del Protocolo II de los Convenios de Ginebra de 1949, en su numeral dos define que nos son CANI: Las tensiones internas Los disturbios interiores (motines o actos aislados de violencia). Para que exista un CANI es necesario sobrepasar el limite anteriormente planteado, sin embargo la existencia del mismo no implica la condición de beligerancia de los Grupos Armados Organizados Art. 3 común los Convenios de Ginebra numeral 2: la aplicación de las anteriores disposiciones no surtirá efectos sobre el estatuto jurídico de las partes en conflicto.