¿Qué es el derecho de Autor? El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas, previstas.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
LEGISLACION INFORMATICA
Advertisements

EL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS.
EL DERECHO DE AUTOR EN EL ECUADOR
Gabriela Quintanilla Mendoza
propiedad intelectual
PROPIEDAD INTELECTUAL
al servicio de las Pymes
D E R E C H O S D E A U T O R..
PROPIEDAD INDUSTRIAL.
DERECHO DE AUTOR.
COPYRIGHT, COPYLEFT Y CREATIVE COMMONS
Derecho de Autor Presentado por: Carla jeanet saldaña aguilar.
2012 Prof. Alfredo Ramón Rojas El derecho de autor y copyright constituyen dos concepciones sobre la propiedad literaria y artística. El primero proviene.
Todo creador de una obra intelectual, sea ésta artística -pintura, escultura, danza, arquitectónica, etc.-, literaria, musical o de cómputo, es un autor.
Derecho de Autor.
PROPIEDAD INTELECTUAL LEY (MODIFICADA POR LEY ) Ley protege derechos que, por el sólo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores.
PROPIEDAD INTELECTUAL. CONCEPTO La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores,
Derecho de autor.
OFICINA DEL ABOGADO GENERAL
1 © 2011Olivares & Cía, S.C. III SEMINARIO DEL DERECHO DE AUTOR EN EL ÁMBITO EDITORIAL Organizado por el Centro Nacional para la cultura y las artes,
David Rangel Medina “Bajo el nombre derecho de autor se designa al conjunto de prerrogativas que las leyes reconocen y confieren a los creadores de obras.
DERECHO DE AUTOR.
TALLER 3 Laura Manuela Mancera Sara Juliana Quevedo 905.
IMEF Propiedad Intelectual, perspectiva legal México D.F., 31 mayo 2007 Kiyoshi I. Tsuru.
PROPIEDAD INTELECTUAL
Elizabeth Jeanette VEGA POMA
1.
 LIC: DERECHO  Elaboro:  Selene Rojas Cabrera  Soledad Sánchez Zepeda.
Las leyes de propiedad intelectual. Fecha: 28 de noviembre de 2011 Periodo#:2 Objetivo: Conocedores de leyes que involucran la informáticas Tema: Las.
Centro de estudios las Américas. Trabajo de: Derechos de autor Materia. T.I.C.S Roberto Aco Tlachi Mtra. María Angélica Benítez Silvia.
DERECHOS DE AUTOR Ley 23 de 1982
DEFINICION Es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de.
Son un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores por el solo hecho de la creación.
CRISTIAN HERNANDEZ RUIZ COPYRIGHT © (DERECHO DE AUTOR)
Derechos de Autor Bueno García María Fernanda Herrera García Maru
ESMERALDA GARCIA OLGUIN ESTEBAN VARELA ELIOSA  El derecho de autor es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales.
El derecho de autor (del francés droit d'auteur [cita requerida] ) es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales.
PROPIEDAD INTELECTUAL ¿Qué es? Tipos de propiedad intelectual Copia privada. Canon digital. Sociedad General de Autores y Editores.(SGAE)
CENTRO DE ESTUDIOS “LAS AMERICAS” T.I.C.S TRABAJO: “LOS DERECHOS DE AUTOR” EDITH HERNANDEZ CRUZ KARINA CASTAÑEDA LOPEZ 2 “A”
DERECHO DE AUTOR Institución educativa nº “Mariano Melgar”
Las leyes de propiedad intelectual. Fecha: 26 de noviembre de 2012 Tema: Las leyes de propiedad intelectual.
Noel Ramírez Paz Andrea Rodríguez Sánchez Maestra: María Angélica Benítez Silva.
Derecho Ana Belem Murillo Cante *Derechos de Autor.
Equipo 8 Liliana Hernández Temazatzi Cecilia Ortiz González Maritza Minor Sánchez Ana Bautista Nolasco Equipo 8:
WEB 2.0 DERECHOS DE AUTOR Y NORMAS PARA UN ESCRITO Silvana Constante Castro Mónica Camacho 901.
POR: PABLO ANTONIO GARCÍA CABRERA. DERECHOS DE AUTOR.
DERECHOS DE AUTOR Fines educativos.
Carlos Martínez Torres Derechos del autor 08/10/2012.
Aspectos éticos y legales asociados a la información digital.
Derecho de Autor / Copyright. Propiedad Intelectual Derechos patrimoniales que otorga el Estado por un tiempo limitado, a las personas que llevan a cabo.
PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHO DE AUTOR
INTRODUCCION A LA PROPIEDAD INTELECTUAL Dr. Juan Josè Pàez Rivadeneira.
Josiah Hernandez What is Intellectual Property. What is IP Intellectual Property (IP) is the basis for research commercialization. Intrinsic to the work.
EL DERECHO DE AUTOR EN EDICIONES DIGITALES
TRABAJO1: DERECHOS DE AUTOR
DERECHOS DE AUTOR 1ER. TRABAJO ALUMNO: GARCIA FLORES RICARDO PROFESORA: MARIA ANGELICA BENITEZ SILVA 2”B (CELA)
THANIA PEREZ CAMPOS. TRABAJO EN CLASE RELACIONADO AL TEMA “DERECHOS DE AUTOR ”
ESC. NORMAL VALLE DEL MEZQUITAL LICENCIATURA EN EDUCACIÓN PRIMARIA INTERCULTURAL BILINGÜE SEGUNDO SEMESTRE DOCENTE: WENDY EDITH GÓMEZ MÁRQUEZ INTEGRANTES:
Aspectos éticos y legales asociados a la información digital
FORMAS DE ESTABLECER LAS RELACIONES
Derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos.
Derecho de Autor en Internet y el Software
LEGISLACION COMERCIAL JAMES CARBONÓ ARTICULO 1 AL 9 DE LA LEY 44 DE 1993 ANGELYN BRAVO LINA PAVA.
OBRA MUSICAL Y DERECHOS DE AUTOR DICREA INTERCLUSTER CREATIVOS 2011
La Propiedad Intelectual.  ¿qué es la propiedad intelectual? La propiedad intelectual se refiere a las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias.
DERECHOS DE AUTOR VALENTINA CASTRILLON ANDRADE
Colegio Emilio Sotomayor Presentado por : Aliney rodríguez Dirigido a: Ninfa Astrid solano Materia: Informática Curso : 8a.
DERECHOS DE AUTOR Por: Fabio Torres Medina.. El congreso de la republica en la ley numero 23 de 1982 sobre derechos de autor, donde el congreso de Colombia.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO “SANTIAGO MARIÑO”
PRO La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores, organismos de radiodifusión...)
Transcripción de la presentación:

¿Qué es el derecho de Autor? El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas, previstas en el artículo 13 de la ley federal de los derechos de autor, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal o patrimonial. Los primeros integran el llamado derecho moral, y el segundo, el patrimonial. El autor es la persona física que ha creado una obra literaria o artística. En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido literalmente como "derecho de copia"). Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor ( post mortem auctoris ). El símbolo del copyright "©" se usa para indicar que una obra está sujeta al derecho de autor.

Los derechos de autor a los que se refiere la ley federal de los derechos de autor se reconocen respecto de la obras de las siguientes ramas: I.Literarias; II.Musical, con o sin letra; III.Dramática; IV.Danza V.Pictórica o de dibujo; VI.Etc.

SIMBOLOS El símbolo ℗ representa la reserva de los derechos de autor sobre una grabación; y es la abreviatura de la palabra “fonógrafo”;phonograph en inglés, o registro fonográfico. Este símbolo hace referencia al fonograma (máster de audio) no a la obra musical en sí grabada; es muy común verlo impreso en las contraportadas de los discos. Por otro lado, el símbolo © sí hace referencia al derecho de copia (copyright) que protege obras intelectuales, como canciones, libros, obras dramáticas, obras cinematográficas y audiovisuales; dibujos, pinturas etc.

¿QUE ABARCA EL DERECHO DE AUTOR? El tipo de obras que abarca el derecho de autor incluye: obras literarias como novelas, poemas, obras de teatro, documentos de referencia, periódicos y programas informáticos; bases de datos; películas, composiciones musicales y coreografías; obras artísticas como pinturas, dibujos, fotografías y escultura; obras arquitectónicas; publicidad, mapas y dibujos técnicos.

¿Qué derechos confiere el derecho de autor? Los creadores originales de obras protegidas por el derecho de autor y sus herederos gozan de ciertos derechos básicos. Detentan el derecho exclusivo de utilizar o autorizar a terceros a que utilicen la obra en condiciones convenidas de común acuerdo. El creador de una obra puede prohibir u autorizar: Su reproducción bajo distintas formas, tales como la publicación impresa y la grabación sonora; Su interpretación o ejecución pública, por ejemplo, en una obra de teatro o musical; Su grabación, por ejemplo, en discos compactos, casetes o cintas de vídeo; Su transmisión, por radio, cable o satélite; Su traducción a otros idiomas, o su adaptación, como en el caso de una novela adaptada para un guión.

¿Cuáles son los derechos conexos al derecho de autor? En los últimos 50 años, se ha expandido rápidamente el ámbito de los derechos conexos al derecho de autor. Estos derechos conexos han ido desarrollándose en torno a las obras protegidas por el derecho de autor y conceden derechos similares, aunque a menudo más limitados y de más corta duración, a: los artistas intérpretes o ejecutantes (tales como los actores y los músicos) respecto de sus interpretaciones o ejecuciones; los productores de grabaciones sonoras (por ejemplo, las grabaciones en casetes y discos compactos) respecto de sus grabaciones; los organismos de radiodifusión respecto de sus programas de radio y de televisión.

¿Por qué se protege el derecho de autor? El derecho de autor y los derechos conexos son esenciales para la creatividad humana al ofrecer a los autores incentivos en forma de reconocimiento y recompensas económicas equitativas. Este sistema de derechos garantiza a los creadores la divulgación de sus obras sin temor a que se realicen copias no autorizadas o actos de piratería. A su vez, ello contribuye a facilitar el acceso y a intensificar el disfrute de la cultura, los conocimientos y el entretenimiento en todo el mundo.

Tratados internacionales para proteger los derechos de autor  Declaración Universal de los Derechos humanos. (1948), en su articulo 272  El Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas (1886)  Convención Universal sobre el Derecho de Autor (1952)  Convención Internacional Sobre la Protección de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes, los Productores de Fonogramas y los Organismos de Radiodifusión (La Convención de Roma) (1961)  Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) (1994)  Tratado de la OMPI sobre el Derecho de Autor (WCT) y Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT) (1996)  Colección de Leyes Electrónicamente Accesible (CLEA)

BIBLIOGRAFIA &sa=1&q=EVOLUCION+DE+LOS+DERECHOS+DE+AUTOR&aq=f&aqi=&aql= &oq=