Prof: David Aquino Benites.

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Transcripción de la presentación:

Prof: David Aquino Benites. COLEGIO DE LA INMACULADA Jesuitas - Lima SISTEMA TRIBUTARIO Prof: David Aquino Benites.

El Estado garantiza el funcionamiento del sistema económico EL ESTADO EN LA ECONOMÍA ACTUAL Ante la desigualdad del reparto inicial de la propiedad Ante la existencia de necesidades básicas que el mercado no satisface Ante la existencia de actividades que son monopolios naturales El ESTADO interviene Aplicando medidas de redistribución de la riqueza Ofreciendo bienes y servicios públicos Controlando las empresas monopolísticas El Estado garantiza el funcionamiento del sistema económico

FUNCIONES ECONÓMICAS DE LOS ESTADOS (ESTADO DEL BIENESTAR) El cumplimiento de las funciones del Estado se financia con los tributos.

Administración tributaria DEFINICIÓN DE SISTEMA TRIBUTARIO El SISTEMA TRIBUTARIO es el conjunto de instituciones, normas y principios con los cuales se REGULA EL TRASLADO DE RECURSOS a través de TRIBUTOS de las personas a favor del ESTADO. SISTEMA TRIBUTARIO Política tributaria MEF Administración tributaria Normas tributarias Código tributario Gobierno central Gobiernos locales Otros fines MUNICIPIOS *Impuesto predial. *Alcabala. *Automotor. *Apuestas. *Juegos. *EPND. INSTITUCIONES *ESSALUD. *ONP. *SENATI. *SENCICO. SUNAT *Impuesto a la renta. *IGV. *ISC. *Aranceles. *Tasas.

ENTES QUE APLICAN IMPUESTOS

SUNAT Institución pública que tiene por finalidad administrar, recaudar y fiscalizar los tributos internos, así como las aportaciones al ESSALUD, ONP y otros que la ley le asigne. Facultades de la SUNAT: Recaudación (TRIBUTOS+ARANCELES). Determinación. Cobranza coactiva. Fiscalización. Sanción.

¿BOLETAS O FACTURAS? Utilizada en la compra de insumos o bienes por parte de una empresa. Permite utilizar el crédito fiscal. Para consumidores finales. Desde los S/. 5.00.

PROBLEMAS DE LA SUNAT

MUNICIPALIDADES Según el D.L N° 776 las municipalidades cobran y se benefician de impuestos establecidos por ley. Las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la ley.

IMPUESTOS MUNICIPALES (DL N°776) CARACTERÍSTICAS PREDIAL Es de periodicidad anual y grava el valor de los predios urbanos y rústicos. Va del 0.2% al 1% del valor del predio. ALCABALA Es de realización inmediata y grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito. Equivale al 3% del valor del inmueble. VEHICULAR De periodicidad anual, grava la propiedad de los vehículos, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y ómnibuses, con una antigüedad no mayor de tres (3) años. Equivale al 1% del valor del vehículo.

A LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS A LAS APUESTAS De periodicidad mensual. Grava los ingresos de las entidades organizadoras de eventos hípicos y similares, en las que se realice apuestas. Va de12% al 20% de la diferencia entre lo ganado y pagado por la empresa organizadora. A LOS JUEGOS Grava la realización de actividades relacionadas con los juegos, tales como loterías, bingos y rifas, así como la obtención de premios en juegos de azar. Equivale al 10% del valor de lo ganado. A LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS - El Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos grava el monto que se abona por concepto de ingreso a espectáculos públicos no deportivos en locales y parques cerrados con excepción de los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet, circo y folclore nacional, calificados como espectáculos públicos culturales por el Instituto Nacional de Cultura. Va del 10 al 15% de lo recaudado.

BASE TRIBUTARIA Son el conjunto de personas naturales y jurídicas que deben cumplir con el deber de pagar tributos.

El ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, señaló que la tasa de evasión tributaria en el Perú está por encima de lo observado en América Latina, ya que asciende hasta 50% en el Impuesto a la Renta y a 35% en el Impuesto General a las Ventas (IGV).

LOS TRIBUTOS Son prestaciones en dinero que el ESTADO exige (en ejercicio de sus facultades) a los integrantes de su sociedad con el fin de financiar sus gastos presupuestales para cumplir con sus funciones. El CÓDIGO TRIBUTARIO y las LEYES TRIBUTARIAS son las normas que rige los tributos.

Clasificación de los tributos:

IMPUESTOS TRIBUTOS cuyo pago no implica una contraprestación directa por parte del Estado. El IGV (impuesto general a las ventas) y el IR (impuesto a la renta) son los principales. Los impuestos van dirigidos al gobierno central (SUNAT) y hacia los gobiernos locales (MUNICIPIOS). SUNAT *Impuesto a la renta. *IGV (18%). *ISC (0-118%). *IPM (2%). *Aranceles (importaciones). *Tasas. MUNICIPIOS *Impuesto predial (0.2-1%). *Alcabala (3%). *Automotor (1%. 3 años). *Apuestas. *Juegos. *EPND.

LOS IMPUESTOS SEGÚN A QUIEN AFECTAN: Pueden ser DIRECTOS e INDIRECTOS: DIRECTOS INDIRECTOS Afectan los INGRESOS o el PATRIMONIO de los contribuyentes. Afectan la PRODUCCIÓN, VENTA o CONSUMO de los contribuyentes. Impuesto a la renta. Impuesto predial. Impuesto vehicular. Impuesto a los activos netos. IGV. ISC. Aranceles. ITF. Alcabala. Rodaje

LOS IMPUESTOS SEGÚN CUÁNTO AFECTAN: Pueden ser PROGRESIVOS, PROPORCIONALES o REGRESIVOS: T/Y PROGRESIVO % DEL INGRESO PAGADO COMO IMPUESTO PROPORCIONAL REGRESIVO Y INGRESO

TASAS Es el TRIBUTO cuyo pago genera una prestación efectiva de un servicio público individualizado. Son 3 los tipos de tasas: ARBITRIOS: Pagados por el mantenimiento o servicios públicos (EJ: limpieza, regado de parques, serenazgo). DERECHOS: Pagados por servicios administrativos o por usar bienes públicos (Ej: partidas, DNI, peaje, ticket museo).

LICENCIAS: Pagados para obtener autorizaciones para ciertas actividades (EJ: conducir, funcionamiento negocio).

CONTRIBUCIONES Son pagos para constituir un FONDO por el que el contribuyente recibe contraprestación directa por parte del Estado. Existen contribuciones a: 1.- ESSALUD. 2.- ONP. 3.- SENATI (Industriales 0.75%). 4.- SENCICO (Construcción 0.2%). 5.- CONAFOVICER .

Presión tributaria TRIBUTOS RECAUDADOS POR EL GOBIERNO CENTRAL PT = ---------------------------------------------------------------------------------------- X 100 P B I Es el porcentaje (%) de la producción (PBI) que el Estado capta a través de los tributos en un periodo determinado. Brinda al Estado información sobre los efectos de los impuestos en la economía. En nuestro país bordea el 13% mientras que en Chile y Argentina supera el 20%.

LA CURVA DE LAFFER: Y Y2 Y1 Y3 t t1 t2 t3 A partir de un tipo t2, empieza la economía sumergida y la fuerte evasión tributaria Y1 Y3 RECAUDACIÓN t t1 t2 t3 TIPO IMPOSITIVO Para un tipo t1 se recauda Y1. Para un tipo t2 se recauda Y2. Subir por encima de t2, BAJA LA RECAUDACIÓN a Y3