Derecho de Autor.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Los Derechos de Autor en el Ecuador
Advertisements

LEGISLACION INFORMATICA
EL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS.
EL DERECHO DE AUTOR EN EL ECUADOR
Derechos de autor y propiedad intelectual:
PROPIEDAD INTELECTUAL
Gabriela Quintanilla Mendoza
LEGISLACION INFORMATICA
IMPORTANTES TOPICOS SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL
COMPENSACIÓN E INCENTIVOS DE LA FUERZA DE VENTAS
DERECHOS DE LOS ESCRITORES, ILUSTRADORES, COMPILADORES Y TRADUCTORES EN LAS CREACIONES DIGITALES. DIFERENCIAS CON LOS CORRECTORES DE ESTILO. INDUSTRIA.
PROPIEDAD INTELECTUAL
GENERALIDADES DEL DERECHO DE AUTOR
D E R E C H O S D E A U T O R..
DERECHO DE AUTOR.
Unidad II. Derechos de autor.
PERSPECTIVAS Y RETOS DEL CONTADOR PUBLICO FRENTE A LA PROPIEDAD INTELECTUAL
El derecho de autor y los derechos conexos
Carolina Botero Cabrera – Noviembre 2006 Universidad Javeriana El Derecho de Autor como factor importante en proyectos de virtualización.
Todo creador de una obra intelectual, sea ésta artística -pintura, escultura, danza, arquitectónica, etc.-, literaria, musical o de cómputo, es un autor.
COMENTARIOS PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LEY SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL (Boletín N ) Asociación de Derecho e Informática de Chile, ADI-
LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DE INVESTIGACIÓN.
Propiedad Intelectual para nuevos editores de revistas Ing
MÓDULO ASPECTOS LEGALES BÁSICOS LA EMPRESA MERCANTIL Y LA PROTECCIÓN DE LOS ACTIVOS INTELECTUALES. UNIDAD IV ©Andreyna Febres-Cordero Willet, Venezuela.
PROPIEDAD INTELECTUAL LEY (MODIFICADA POR LEY ) Ley protege derechos que, por el sólo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores.
1 DERECHO DE AUTOR EN EL ÁMBITO UNIVERSITARIO MIGUEL ROJAS.
PROPIEDAD INTELECTUAL. CONCEPTO La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores,
Derecho de autor.
OFICINA DEL ABOGADO GENERAL
GÉNEROS CREATIVOS EN EL ENTORNO DIGITAL
Propiedad Intelectual
PROPIEDAD INTELECTUAL
CURSO DE DERECHO INFORMÁTICO Abril 2007 Aldo Elliot Segura.
¿Qué es el derecho de Autor? El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas, previstas.
IMEF Propiedad Intelectual, perspectiva legal México D.F., 31 mayo 2007 Kiyoshi I. Tsuru.
1.
El Puzzle de la Propiedad Intelectual 2
DEFINICION Es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de.
PROPIEDAD INTELECTUAL
ESMERALDA GARCIA OLGUIN ESTEBAN VARELA ELIOSA  El derecho de autor es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales.
El derecho de autor (del francés droit d'auteur [cita requerida] ) es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales.
Derecho de autor sobre recursos digitales y Posibilidades de uso en la WEB 2.0 Licencia CC Derechos de autor y licencia CC por Zapata Martha se encuentra.
Noel Ramírez Paz Andrea Rodríguez Sánchez Maestra: María Angélica Benítez Silva.
Derecho Ana Belem Murillo Cante *Derechos de Autor.
Fines educativos.  El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos que la ley concede a los autores, por.
Es un conjunto de derechos patrimoniales que recaen sobre las creaciones del intelecto humano los cuales son susceptibles de ser vendidos, arrendados.
DERECHOS DE AUTOR Fines educativos.
UNIDAD XVI DERECHOS INTELECTUALES. D ERECHO I NTELECTUAL Es el poder reconocido a un autor, para beneficiarse exclusivamente con su obra de ingenio o.
PROPIEDAD INTELECTUAL
Derechos Morales y Patrimoniales
Aspectos éticos y legales asociados a la información digital.
Derecho de Autor / Copyright. Propiedad Intelectual Derechos patrimoniales que otorga el Estado por un tiempo limitado, a las personas que llevan a cabo.
PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHO DE AUTOR
Universidad de los Andes Serbiula Mérida - Venezuela.
Introducción al derecho de autor y su repercusión en bibliotecas
TIPOS DE CONTRATOS ENTORNO DIGITAL CARÁTULA 1.-INDAUTOR.
EL DERECHO DE AUTOR EN EDICIONES DIGITALES
TRABAJO1: DERECHOS DE AUTOR
Lic. Antonio De León Rincón. DERECHO DE AUTOR El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales.
SECRETARIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR, CIENCIA,TECNOLOGIA E INNOVACIÓN (SENESCYT) Bibliotecología digital “Limitaciones y excepciones al derecho de.
LA EDICIÓN DE OBRAS MUSICALES
Derecho de autor y Licencia Creative Commons Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia, Universidad de Antioquia.
FORMAS DE ESTABLECER LAS RELACIONES
Derecho de Autor en Internet y el Software
DIPLOMADO EN PROPIEDAD INTELECTUAL. PROPIEDAD INTELECTUAL.
DERECHOS DE AUTOR VALENTINA CASTRILLON ANDRADE
Tema XII Propiedades especiales (VI) Propiedad intelectual Con motivo del estreno del conocido bolero “Perdónala” de Johann Sebastian Mastropiero, el periódico.
Derecho de autor y Licencia Creative Commons Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia, Universidad de Antioquia.
DERECHOS DE AUTOR Por: Fabio Torres Medina.. El congreso de la republica en la ley numero 23 de 1982 sobre derechos de autor, donde el congreso de Colombia.
Transcripción de la presentación:

Derecho de Autor

Objeto del Derecho de Autor Protección a los autores Protección a las obras literarias y artísticas Protección a artistas interpretes y ejecutantes, editores, productores de fonogramas y video gramas y organismos de radiodifusión Enriquecimiento de la cultura nacional

CONCEPTOS GENERALES Autor (Creador, expresa emociones-formas, lenguajes, soportes-divulga en diversos mecanismos) Obra (Exteriorización formal y representativa del pensamiento humano) Originalidad (Refleje personalidad del autor / no copia de preexistente) Animus Auctoris. Conciencia. Iter psicológico. Capacidad especial de obrar Soporte material y protección automática (Mérito o valor, destino o forma) La titularidad originaria (Nace con la creación de la obra/Moral y Patrimonial) La titularidad derivada (Se adquiere por transmisión legal/ Solo Patrimoniales) Obras Primigenias (Esfuerzo creativo propio) y Derivadas (Proviene de transformación) Obras Individuales Obras en Coautoría (Colaboración y Colectivas. Pluriautoría) Obras Póstumas Formas de Divulgación de las Obras. (Nombre, pseudónimo y anónimas) El Título (Original y distintivo/Registro Marcario, mayor protección y redituable económicamente) Clases de Obras Protegidas

QUÉ ES EL DERECHO DE AUTOR ? El derecho de autor, consiste en el poder jurídico que le corresponde a los autores para ejercer derechos de naturaleza moral y patrimonial respecto de sus creaciones.

DERECHO MORAL Perpetuos, inalienables, imprescriptibles e irrenunciables Derecho de Paternidad Nombre del autor Deformación Mutilación Modificación Derecho de integridad Darla a conocer Mantenerla inédita. Derecho de divulgación Derecho a oponerse a cambios o modificaciones a su obra Derecho de Modificación

DERECHOS PATRIMONIALES Temporales, renunciables y cedibles por cualquier medio legal Derecho de reproducción (Multiplicación de ejemplares de varias maneras y en toda clase de soportes o su fijación en soporte material y digital que permita la comunicación pública) Derecho de comunicación pública (Representación, Ejecución, Exhibición, Exposición, Radiodifusión de señales portadoras de obras protegidas) Derecho de Transformación (Arreglos, adaptaciones, traducciones, colecciones, antologías, compilaciones) Derecho de Distribución, Alquiler y Préstamo Persecución (Droit de Suite) (parte % reventa)

FORMAS DE TRANSMISIÓN DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR El contrato La presunción legal de cesión La transmisión mortis causa (Art 572 CCi)

LIMITACIONES Y EXCEPCIONES A LOS DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR Regla de los 3 pasos: En determinados casos especiales Que no se atente contra la normal explotación de la obra Que no se cause un perjuicio injustificado a los intereses del autor Art. 9. Convenio de Berna

LIMITACIÓN Y EXCEPCIONES A LOS DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR UTILIZACIÓN SIN AUTORIZACIÓN Y SIN REMUNERACIÓN SIEMPRE Y CUANDO : Se trate de obras ya divulgadas No se afecte la explotación normal de la obra Se cite invariablemente la fuente No se altere la obra

RESPECTO DE OBRAS YA DIVULGADAS: Cita de textos Reproducción de artículos, fotografías, ilustraciones y comentarios referentes a eventos de actualidad Reproducción de la obra para fines de crítica e investigación científica, literaria o artística. Reproducción de una obra para uso personal y privado de quien la realiza La reproducción individual de obras para bibliotecas o archivos. La reproducción para actuaciones judiciales. Las obras de arte expuestas permanentemente en lugares públicos

ES LÍCITA: La reproducción de leyes, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones públicas. La reproducción de sentencias dictadas por los tribunales. La utilización de obras literarias y artísticas en establecimientos que comercien ejemplares de dichas obras, para fines de promoción y venta. La utilización de obras, interpretaciones, ejecuciones y fonogramas con fines de enseñanza o investigación científica.