GENERALIDADES DEL DERECHO DE AUTOR

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Fernando Zapata López Director
Advertisements

Los Derechos de Autor en el Ecuador
LEGISLACION INFORMATICA
El Derecho de Autor, aliado estratégico en la industria de aplicaciones informáticas.
EL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS.
EL DERECHO DE AUTOR EN EL ECUADOR
PROPIEDAD INTELECTUAL: DERECHO HUMANO
NATALIA PÉREZ BETANCUR DERECHO ECONÓMICO INTERNACIONAL
PROPIEDAD INTELECTUAL
COMUNICACIÓN AL PÚBLICO
LEGISLACION INFORMATICA
IMPORTANTES TOPICOS SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL
DERECHOS DE LOS ESCRITORES, ILUSTRADORES, COMPILADORES Y TRADUCTORES EN LAS CREACIONES DIGITALES. DIFERENCIAS CON LOS CORRECTORES DE ESTILO. INDUSTRIA.
PROPIEDAD INTELECTUAL
Unidad II. Derechos de autor.
PERSPECTIVAS Y RETOS DEL CONTADOR PUBLICO FRENTE A LA PROPIEDAD INTELECTUAL
OBRAS POR ENCARGO Y BAJO RELACIÓN LABORAL PARA CREACIONES DIGITALES
El derecho de autor y los derechos conexos
Derecho de autor y Licencia Creative Commons
Carolina Botero Cabrera – Noviembre 2006 Universidad Javeriana El Derecho de Autor como factor importante en proyectos de virtualización.
Todo creador de una obra intelectual, sea ésta artística -pintura, escultura, danza, arquitectónica, etc.-, literaria, musical o de cómputo, es un autor.
Oscar Eduardo Salazar Rojas
Derecho de Autor.
COMENTARIOS PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LEY SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL (Boletín N ) Asociación de Derecho e Informática de Chile, ADI-
LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DE INVESTIGACIÓN.
Propiedad Intelectual para nuevos editores de revistas Ing
MÓDULO ASPECTOS LEGALES BÁSICOS LA EMPRESA MERCANTIL Y LA PROTECCIÓN DE LOS ACTIVOS INTELECTUALES. UNIDAD IV ©Andreyna Febres-Cordero Willet, Venezuela.
PROPIEDAD INTELECTUAL LEY (MODIFICADA POR LEY ) Ley protege derechos que, por el sólo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores.
1 DERECHO DE AUTOR EN EL ÁMBITO UNIVERSITARIO MIGUEL ROJAS.
PROPIEDAD INTELECTUAL. CONCEPTO La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores,
OFICINA DEL ABOGADO GENERAL
Sebastian montoya cardona Angie paola urrea ruiz 10ºA Carlos Fernández I.E La Salle de campo amor 2014.
GÉNEROS CREATIVOS EN EL ENTORNO DIGITAL
Derecho de autor: posibilidades de uso de obras disponibles en la WEB Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia,
DERECHOS DE AUTOR O PROPIEDAD INTELECTUAL
PROPIEDAD INTELECTUAL
Jeisson Arley Lasso Lozano Víctor Alfonso Ramírez.
CURSO DE DERECHO INFORMÁTICO Abril 2007 Aldo Elliot Segura.
Propiedad Intelectual
IMEF Propiedad Intelectual, perspectiva legal México D.F., 31 mayo 2007 Kiyoshi I. Tsuru.
Derecho de autor: posibilidades de uso de obras disponibles en la WEB Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia,
1.
DEFINICION Es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de.
PROPIEDAD INTELECTUAL
CRISTIAN HERNANDEZ RUIZ COPYRIGHT © (DERECHO DE AUTOR)
El derecho de autor (del francés droit d'auteur [cita requerida] ) es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales.
Derecho de autor sobre recursos digitales y Posibilidades de uso en la WEB 2.0 Licencia CC Derechos de autor y licencia CC por Zapata Martha se encuentra.
Fines educativos.  El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos que la ley concede a los autores, por.
Es un conjunto de derechos patrimoniales que recaen sobre las creaciones del intelecto humano los cuales son susceptibles de ser vendidos, arrendados.
POR: PABLO ANTONIO GARCÍA CABRERA. DERECHOS DE AUTOR.
DERECHOS DE AUTOR Fines educativos.
UNIDAD XVI DERECHOS INTELECTUALES. D ERECHO I NTELECTUAL Es el poder reconocido a un autor, para beneficiarse exclusivamente con su obra de ingenio o.
Aspectos éticos y legales asociados a la información digital.
PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHO DE AUTOR
Universidad de los Andes Serbiula Mérida - Venezuela.
Introducción al derecho de autor y su repercusión en bibliotecas
TIPOS DE CONTRATOS ENTORNO DIGITAL CARÁTULA 1.-INDAUTOR.
EL DERECHO DE AUTOR EN EDICIONES DIGITALES
TRABAJO1: DERECHOS DE AUTOR
SECRETARIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR, CIENCIA,TECNOLOGIA E INNOVACIÓN (SENESCYT) Bibliotecología digital “Limitaciones y excepciones al derecho de.
FORMAS DE ESTABLECER LAS RELACIONES
Derecho de Autor en Internet y el Software
LEGISLACION COMERCIAL JAMES CARBONÓ ARTICULO 1 AL 9 DE LA LEY 44 DE 1993 ANGELYN BRAVO LINA PAVA.
DIPLOMADO EN PROPIEDAD INTELECTUAL. PROPIEDAD INTELECTUAL.
Fecha: 5 de diciembre de 2011 Periodo#:2 Objetivo: identificar los principios que deciden cuándo la información puede o no puede ser considerada personal.
DERECHOS DE AUTOR VALENTINA CASTRILLON ANDRADE
Derecho de autor y Licencia Creative Commons Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia, Universidad de Antioquia.
PATENTE Y SUS TIPOS CONTABILIDAD III.
DERECHOS DE AUTOR Por: Fabio Torres Medina.. El congreso de la republica en la ley numero 23 de 1982 sobre derechos de autor, donde el congreso de Colombia.
Transcripción de la presentación:

GENERALIDADES DEL DERECHO DE AUTOR Carlos Andrés Corredor Blanco

LA PROPIEDAD INTELECTUAL Derecho de dominio sobre bienes inmateriales (671 C.C.) LA PROPIEDAD INTELECTUAL PROPIEDAD INDUSTRIAL DERECHO DE AUTOR

EL DERECHO DE AUTOR OBJETO SUJETO CONTENIDO DOMINIO PÚBLICO Obra Autores Titulares CONTENIDO Derechos Morales Derechos patrimoniales Transferencias DOMINIO PÚBLICO

OBJETO DE PROTECCIÓN (LA OBRA) DEFINICIÓN: Art. 3 Decisión Andina 351 de 1993: Obra: Toda creación intelectual original de naturaleza artística, científica o literaria susceptible de ser divulgada o reproducible de cualquier forma. Art 2 Convención de Berna: Los términos obras literarias y artísticas comprenden todas las producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que sea su modo o forma de expresión.

CRITERIOS DE PROTECCIÓN Para que una creación se entienda protegida por el derecho de autor debe cumplir con los siguientes postulados: Originalidad Susceptible de ser reproducida Protección inmediata Distinción entre la creación y el soporte que la contiene Desinterés sobre el mérito y destinación No protección de las ideas

SUJETO DE PROTECCIÓN EN EL DERECHO DE AUTOR Autor. Art. 3 Decisión Andina 351: Persona física que realiza la creación intelectual. Titulares. Art. 9 Decisión Andina 351: Una persona natural o jurídica, distinta del autor, podrá ostentar la titularidad de los derechos patrimoniales sobre la obra de conformidad con lo dispuesto en las legislaciones internas de los países. Art 182 ley 23 de 1982: Los titulares de los derechos de autor y de los derechos conexos podrán transmitirlo a terceros en todo o en parte a título universal o título singular.

¿QUÉ ASPECTOS COMPRENDE EL DERECHO DE AUTOR? EL DERECHO MORAL Reivindicar en todo tiempo la paternidad de su obra (Berna) Oponerse a cualquier deformación o mutilación (Berna) Conservar la obra inédita (Decisión Andina) Modificación (Ley 23) Arrepentimiento o retracto (Ley 23) Art 30 Parágrafo 4 Ley 23 de 1982: Los derechos mencionados en los numerales d y e. solo podrán ejercitarse a cambio de indemnizar previamente a terceros los perjuicios que se les pudiere ocasionar.

¿QUÉ ASPECTOS COMPRENDE EL DERECHO DE AUTOR? DEL DERECHO PATRIMONIAL Reproducción Transformación Comunicación pública Art 77 Ley 23 de 1982: Las distintas formas de explotación de la obra son independientes entre ellas; la autorización del autor de una forma de utilización no se extiende a las demás.

TRANSFERENCIA DEL DERECHO DE AUTOR Por transmisión mortis causa A través de Actos o Contratos Por expresa disposición de la Ley

RÉGIMEN DE LIMITACIONES & EXCEPCIONES Siendo limitaciones al ejercicio de un derecho exclusivo son de interpretación restrictiva. En su creación el legislador ha tenido en cuenta la regla de los 3 pasos Casos especiales No atenten explotación normal de la obra Causen perjuicio injustificado al autor

RÉGIMEN DE LIMITACIONES & EXCEPCIONES Tipología de las limitaciones: Fines informativos y actualidad (prensa) Citas y referencias Fines académicos (Instituciones Enseñanza) Bibliotecas (preservación y sustitución)

DURACIÓN DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES Art. 11 Ley 23 de 1982: De acuerdo con el artículo 35 de la Constitución Nacional será protegida la propiedad literaria y artística, como propiedad transferible, por el tiempo de la vida del autor y ochenta años mas, mediante las formalidades que prescriba la ley. (Hace referencia a la Constitución de 1886)

DOMINIO PÚBLICO Art. 187 Ley 23 de 1982: Pertenecen al dominio público: Las obras cuyo periodo de protección este agotado. Las obras folclóricas y tradicionales de autores desconocidos. Las obras cuyos autores hayan renunciado a sus derechos Las obras extranjeras que no gocen de protección en la Republica.