CON TODOS Y EN TODAS PARTES PROMOCION DE PRINCIPIOS FUNDAMENTALES, DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Y DERECHOS HUMANOS
Las tareas que realizamos están enfocadas en dos campos de actuación: -SENSIBILIZACION Y DIVULGACION de los Principios Fundamentales dentro y fuera de nuestra Institución, sobre la defensa de los Derechos Humanos y sobre el papel del Movimiento en relación al Derecho Internacional Humanitario. -FORMACION en estos tres campos mediante Cursos, jornadas y conferencias genéricos o específicos.
LA QUINTAESENCIA DE LAS NORMAS DEL DIH: Las personas que no participan directamente en las hostilidades o que estén fuera de combate, tienen derecho a la vida, integridad física y moral. Serán protegidas y tratadas con humanidad. Se prohíbe matar o herir a un adversario que se rinde Los heridos y enfermos serán recogidos y asistidos por cualquiera de las partes en conflicto. El emblema de Cruz Roja y Media Luna Roja es signo de protección. Los combatientes capturados tienen derecho a la vida y al respeto por la dignidad, las creencias y los derechos personales Toda persona se beneficiará de las garantías judiciales fundamentales. Las partes en conflictos no tienen un derecho ilimitado sobre la elección del uso de las armas y métodos de guerra. Ni la población civil ni los bienes culturales serán objeto de ataques.
¿Qué tienen en común el Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Humanos? LA PROTECCIÓN DE LA VIDA Y LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS
LOS CONVENIOS DE GINEBRA (AUSPICIADOS Y FOMENTADOS POR EL CICR) Protege a soldados heridos en campo de batalla Amplía la protección a la guerra marítima Amplía la protección a los prisioneros de guerra Amplía la protección a la población civil en tiempos de guerra -PAI Sobre conflictos armados internacionales -PAII Sobre conflictos armados sin carácter internacional -PAIII Sobre el uso de los símbolos y del “cristal rojo”. Todo ello más el Convenio de la Haya de (Protección de Bienes Culturales) conforman el corpus iuris del DIH actual.
El Emblema El uso indicativo Para tiempos de paz. Para situaciones de conflicto armado. El uso protector.
ABUSOS EN EL USO DEL EMBLEMA IMITACION PERFIDIA USURPACION
Nuevo signo ADICIONAL de protección: Desde 2005, en conflictos armados, el CICR o la Federación podrán optar por la utilización adicional del CRISTAL ROJO. Igualmente lo harán las Sociedades que lo crean preciso con autorización previa del CICR.
DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Nunca las leyes podrán sustituir al sufrimiento. Nuestra esperanza es que puedan evitarlo. Enrique Macía. Promotor.