OBRA MUSICAL Y DERECHOS DE AUTOR DICREA INTERCLUSTER CREATIVOS 2011

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Transcripción de la presentación:

OBRA MUSICAL Y DERECHOS DE AUTOR DICREA INTERCLUSTER CREATIVOS 2011

OBRA MUSICAL Concepto Objeto protegido: Melodía Ritmo Letra

FONOGRAMA Concepto Definición: Convención de Roma art « fonograma », toda fijación exclusivamente sonora de los sonidos de una, ejecución o de otros sonidos; « productor de fonogramas », la persona natural o jurídica que fija por primera vez los sonidos de una ejecución u otros sonidos; Dichos sonidos son fijados por cualquier método, desde el cual los sonidos puedan ser percibidos reproducidos o comunicados, directamente o con ayuda de cualquier dispositivo técnico. El artista, el productor, o la empresa que grabó dichos sonidos, son quienes normalmente reclaman derechos sobre dichos fonogramas. En este caso se protege la forma en que la obra musical es ejecutada.

Sujetos de derechos de autor El autor El autor Su condición es irrenunciable, no es transmisible, ni puede entrar en el dominio público ni es prescribible. Su condición es irrenunciable, no es transmisible, ni puede entrar en el dominio público ni es prescribible.

Sujetos de derechos conexos en la industria musical Artistas intérpretes o ejecutantes. Son quienes representan, cantan, lean o reciten o interpreten en cualquier forma una obra Productores de fonograma Es, la persona física o jurídica que fija por primera vez sonidos de una ejecución u otros sonidos (fonograma) (definición dada por decreto ley 15289, hoy derogado)

Transformaciones de una obra. Los arreglos musicales Adaptaciones Traducciones Sampler Sincronizacion Colecciones Parodia Requieren autorización autor obra originaria (art. 35)

Consecuencia obras caídas en Dominio público Decreto reglamentario de la ley Quienes traduzcan, adapten, modifiquen o parodien obras que pertenezcan al dominio público tendrán derecho a registrar a su nombre la traducción, adaptación, modificación o parodia y gozarán de la mitad del producido de los derechos de autor, pero no podrán impedir la publicación de otras versiones de la obra en el mismo idioma o en cualquier otro.

CONTRATACION EN EL SECTOR MUSICAL Contrato Editorial Contrato Editorial Seleccionar obras para hacerlas circular y lograr la máxima divulgación de las mismas. Nacimiento cuando la música se une a la imagen. Artistas con presencia escénica, que no necesariamente se acompaña con las dotes creativas de un compositor musical. Editoriales ofrecen contrato de edición por una obra individual o por un conjunto de obras, ofreciendo al autor dar a conocer su obra, de colocar su obra para que la interprete un artista determinado. Editores ofrecen canciones administradas a las compañías discográficas con el fin de que estas las acepten para los repertorios de sus artistas, y que los autores de las mismas cobren por ello reteniendo como precio por su gestión un porcentaje

Contratos en la industria musical Contrato editorial A. PARTES 1.El titular de los derechos de autor y el editor musical

Contratos en la Industria musical Contrato editorial OBJETO El objeto es la cesión por parte del autor al editor de determinados derechos de propiedad intelectual sobre una o varias composiciones musicales a cambio de participar en los ingresos de su explotación La amplitud de esta cesión será la que pacten las partes.

Contratos en la Industria musical Contrato editorial REMUNERACION Adelantos Será la que pacten las partes dentro de los usos del sector, y estatutos de la Entidad de Gestión, p.e Entidades que fijan un mínimo de un 50% de los ingresos devengados por las explotaciones de la obra. Se pueden pactar adelantos en distintos plazos PLAZO DE LA CESION No hay vigencia máxima. Se pueden pactar terminación anticipada de la obra EXCLUSIVIDAD TERRITORIO

Contratos en la Industria musical Contrato editorial Terminación del contrato Por ejemplo Fin del plazo Si el editor no realiza la edición en el plazo y condiciones convenidos. Si no asegura una explotación continua y una difusión comercial conforme a los usos del sector. Si no satisface el precio convenido Si el editor cede indebidamente sus derechos a un terceros.

CONTRATO DISCOGRÁFICO Entre Productor fonográfico (quien financió la producción, puede ser el sello discográfico o el propio grupo que cree una productora) y el grupo musical y artista, intérprete, ejecutante.. El contrato debe ser firmado por cada uno de los integrantes del grupo tanto a título individual como en su condición de miembro del grupo. Artistas, intérpretes, ejecutantes se comprometen a la grabación de sus registros sonoros y el productor a editar dichas grabaciones en un álbum fonográfico y a explotarlo comercialmente.

CONTRATO DISCOGRAFICO 1. OBJETO la grabación por el artista de un álbum fonográfico para su posterior explotación comercial por la empresa discográfica autorización del artista para fijar sus interpretaciones y posterior explotación Especificar el número mínimo y máximo de canciones que deberá contener, normalmente en torno a los 10 temas y la duración aproximada el álbum. A cambio del pago de un precio

CONTRATO DISCOGRÁFICO 3. PACTO SOBRE TEMAS A GRABAR Y PLAN DE PRODUCCION 4. GASTOS DE GRABACIÓN. licencia mecánica de AGADU (% del precio de venta al pública)

CONTRATO DISCOGRÁFICO 5. EXCLUSIVIDAD ? 6. DURACION

CONTRATO DISCOGRÁFICO 7. DERECHO DE REGRABACIÓN. 8. CONTRAPRESTACION ROYALTIES- Se define la base de cálculo Se pueden establecer escalas.

CONTRATO DISCOGRÁFICO 9- SOPORTES 10. CESION DE DERECHOS sobre sus interpretaciones fijadas en el álbum, reconociéndose a la compañía los derechos que le corresponden como productor de fonograma. concurriendo en su persona la doble condición de autor e intérprete, la cesión sobre las fijaciones de sus interpretaciones o ejecuciones no incluye la cesión de sus derechos autorales.

CONTRATO DISCOGRÁFICO 11. PROMOCION MARCAS E IMAGEN 12. GRUPO MUSICAL Regular abandono del grupo por alguno de los miembros, sustitución de artistas, etcétera. 13. CESION Y REPRESENTACION DE PARTES 14. INCUMPLIMIENTO Y RESOLUCION

CONTRATO DE REPRODUCCION y DISTRIBUCIÓN CON SELLO DISCOGRÁFICO U OTRO. ……………………………………………………., Garantía de titularidad El Contratante declara que ……………………………….. en su carácter de productor y titular de derechos ()es titular de los de los derechos de propiedad intelectual sobre los fonogramas detallados en el Anexo A que integran el álbum “………………………………” interpretado por

CONTRATO DE REPRODUCCION y DISTRIBUCIÓN CON SELLO DISCOGRÁFICO U OTRO. licencia exclusiva para la reproducción, fabricación, y distribución del ALBUM con los fonogramas descriptos territorio

CONTRATO DE REPRODUCCION Y DISTRIBUCION Obligaciones de las partes Reproducir, fijar, y distribuir los fonogramas en las cantidades un tiraje inicial de …….. Ejemplares edición adicional con las cantidades que establezcan de común acuerdo.

CONTRATO DE REPRODUCCION Y DISTRIBUCION Pagar impuestos que graven los actos referidos de explotación Pagar derechos que correspondieran pagar a AGADU. Realizar la distribución y venta de los ejemplares del fonograma en el territorio Realizar el lanzamiento del fonograma a la prensa

CONTRATO DE REPRODUCCION Y DISTRIBUCION Condiciones de comercialización suministro al Contratado de las cintas necesarias para la reproducción de los fonogramas licenciados Plazo y derecho/obligación compra saldo stock

Contrato de reproducción y distribución Precio % por cada unidad vendida más impuestos Adelantos Forma de Pago Obligación de información, Facultades de inspección, y de auditoría Obligación de contabilidad

CONTRATO DE PRODUCCION ARTISTICA El Productor artístico es el responsable del resultado artístico y sonoro de un proyecto discográfico. selección del repertorio a grabar, de arreglistas, programadores, músicos, estudios de grabación, así como la supervisión estrecha de todo el proceso de preproducción (seguimiento de la evolución de los arreglos/programaciones, elección de los tonos idóneos con el Artista, etc.) Presencia constante en el estudio para dirigir la grabación hacia el objetivo sonoro marcado, controlando la dirección de voz, músicos, coros o el proceso de mezclas. Responsabilidad el control del Presupuesto asignado para el proyecto.

Contrato de producción artística a) El objeto del contrato Es la realización por el productor de la grabación discográfica de los temas musicales que se pacten, (p.e pueden ser todos aquellos que se incluyan en el álbum o sólo algunos. b) Compromisos de producción y entrega de las grabaciones.

Contrato de producción artística Contraprestación e) Cesión de derechos Para que el productor fonográfico adquiere la titularidad del master y sobre las grabaciones en él contenidas,

Contrato de producción artística f) Información sobre derechos de autor. de terceros y el origen autoral g) Nombre y títulos de crédito "Producido por..." h) Cesión y representación de las partes El productor fonográfico debe tener la posibilidad de ceder el contrato a terceros sin necesidad de consentimiento del productor artístico.