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Regulación para el ejercicio de la competencia para gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios RESOLUCIÓN No.

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Presentación del tema: "Regulación para el ejercicio de la competencia para gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios RESOLUCIÓN No."— Transcripción de la presentación:

1 Regulación para el ejercicio de la competencia para gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios RESOLUCIÓN No CNC-2014

2 CONTENIDOS DE LA PRESENTACIÓN
DESCENTRALIZACIÓN 1. Características del nuevo modelo de descentralización 2. Análisis jurídico: competencias nuevas y ejercidas 3. Competencias constitucionales COMPETENCIA PARA GESTIONAR LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN, PROTECCIÓN, SOCORRO Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS 1. Marco legal 2. Proceso de la regulación de la competencia 3. Resolución de regulación de la competencia 4. Titularidad de la competencia y atribuciones otorgadas a los GAD municipales 5. Competencias gobierno central y GAD Municipales

3 1. Características del nuevo modelo de descentralización
De un modelo individualista y excluyente (a la carta y uno a uno), a un modelo solidario e incluyente (obligatorio y progresivo). De competencias difusas y sobrepuestas a un sistema de competencias exclusivas por nivel de gobierno. De prácticas clientelares en la asignación de recursos a un modelo de equidad territorial.

4 Sistema Nacional de Competencias Sistema Nacional de Competencias
Sectores Estratégico: El gobierno central asume la rectoría y las otras facultades pueden ser concurrentes Sistema Nacional de Competencias Áreas de intervención y responsabilidad del Estado Comunes: Son aquellos susceptibles de mayor o menor nivel de descentralización y desconcentración Conjunto de instituciones, planes, políticas, programas y actividades vinculadas al ejercicio de las competencias Exclusivas: Cuya titularidad le corresponde a un solo nivel de gobierno Competencias Concurrentes: cuya titularidad le corresponde a varios niveles de gobierno Autonomía Subsidia-riedad Coordi-nación Complemen-tariedad Principios Capacidades de acción de un nivel de gobierno en un sector. Adicionales: Son parte de los sectores comunes Residuales: No asignadas en Constitución ni ley a favor de GAD. Facultad Rectoría Planificación Regulación Gestión Atribuciones para el ejercicio de la competencia. Control Fuente: Art COOTAD

5 Consejo Nacional de Competencias
CNC Secretaría Ejecutiva Delegado del Presidente de la República Representante de los GAD Provinciales Representante de los GAD Municipales Representante de los GAD Regionales y Metropolitanos Representante de los GAD Parroquiales FUNCIONES Organizar e implementar proceso de descentralización Disponer transferencia de recursos y competencias a GAD Monitorear y evaluar la gestión adecuada de las competencias Dirimir conflictos de competencias Disponer intervención temporal de un nivel de gobierno en la gestión de la competencia de otro nivel.

6 2. Análisis Jurídico Nuevas competencias constitucionales1
ejercidas2 COOTAD Art Los GAD son titulares de las nuevas competencias exclusivas constitucionales, las cuales se asumirán e implementarán de manera progresiva conforme lo determine el Consejo Nacional de Competencias. Regulación para el adecuado ejercicio de la competencia, por medio de modelo de gestión descentralizado, lo que clarificará las facultades y atribuciones de cada nivel de gobierno (CNC). Constitución Art Los gobiernos autónomos descentralizados generarán sus propios recursos financieros y participarán de las rentas del Estado, de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad. . Transferencia según lo establecido en el COOTAD (Arts. 125, 123 Y 154): a) Solicitar informes habilitantes (entes rectores; asociaciones de gremios y ministerio de finanzas) b) Establecer modelos de gestión descentralizado c) Conformación de comisión de costeo d) Resolución de transferencia Regulación del CNC hará referencia a la herramienta que permita la generación de recursos para su gestión (tasas, contribución de mejoras, regalías).

7 RECURSOS (HERRAMIENTA PARA GENERAR) COMPETENCIAS EJERCIDAS
3. Competencias constitucionales de los GAD metropolitanos y municipales COMPETENCIAS NIVEL DE GOBIERNO ACCIÓN DEL CNC RECURSOS (HERRAMIENTA PARA GENERAR) COMPETENCIAS EJERCIDAS Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos. Municipal Regular Regalías y generación de tasas Gestión ambiental Todos los niveles de gobierno Generación de tasas, recaudaciones por trámites administrativos, cofinanciamiento Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios   Generación de tasas por servicios públicos, contribuciones especiales Vialidad Generación de tasas y contribuciones especiales COMPETENCIAS NUEVAS Planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte y terrestre y seguridad vial Transferida Recursos transferidos desde el gobierno central Cooperación INR Recursos provenientes de la gestión de la cooperación internacional Preservar, mantener, y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural

8 Regulación para el ejercicio de la competencia para gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios

9 1. Marco legal Art. 390: Los riesgos se gestionarán bajo el principio de descentralización subsidiaria, que implicará la responsabilidad directa de las instituciones dentro de su ámbito geográfico. Art. 264: Los GAD municipales tendrán, entre otras competencias exclusivas la de Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios. De los recursos económicos. Arts. 32 y 33: Los cuerpos de bomberos tendrán acceso a Contribución de usuarios de servicio de alumbrado eléctrico*; 0.15 por mil por contribución predial de parroquias urbanas y rurales. Art Ejercicio de la competencia de gestión de riegos: […] La gestión de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios, que de acuerdo con la Constitución corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados municipales.

10 2. Regulación de la competencia
PROCEDIMIENTO Modelos de gestión Determina las facultades y atribuciones del GAD Municipal. Modelo de gestión es aprobado por el rector Informe habilitante Informe del estado de situación de la ejecución y cumplimiento de la competencia Resolución Resolución motivada para la regulación de competencia Consejo Nacional de Competencias Rector, SENPLADES Rector de la competencia

11 3. Resolución 0010-CNC-2014 OBJETO Asúmase e impleméntese el ejercicio de la competencia para gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios por parte de los GAD metropolitanos y municipales. AMBITO La resolución rige al gobierno central y a todos los gobiernos autónomos descentralizados metropolitanos y municipales

12 4. Titularidad de la competencia
ROL DE LOS GADM SOCORRO *Apoyar en rescates acuáticos, montañas e inundaciones *Ejecutar rescates, alturas, estructuras colapsadas, etc. EXTINCIÓN DE INCENDIOS Combatir incendios estructurales, forestales, en infraestructuras petroleras y sus derivados, vehiculares, etc PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN Realizar simulacros en eventos adversos de origen natural y antrópicos Ejecutar campañas de prevención, protección y socorro Gobiernos autónomos descentralizados municipales o metropolitanos. Titularidad constitucional de la competencia 10 cantones no disponen de Cuerpos de Bomberos, para el ejercicio de la competencia crearán su respectivo CB o podrán mancomunarse.

13 5. Facultades del Gobierno Central
RECTORÍA Definir la política pública nacional PLANIFICACIÓN Diseñar los planes nacionales para reducir los riesgos y desastres; y de reducción permanente de eventos adversos de este tipo. CONTROL Controlar el cumplimiento de todas las regulaciones y estándares emitidos por el ente rector nacional REGULACIÓN Definir estándares para levantamiento de información estadística de incidentes que atienden los cuerpos de bomberos; construcción y mantenimiento de infraestructura, funcionamiento de estaciones de bomberos, tiempo de respuesta y cobertura del servicio GESTIÓN Diseñar y administrar el sistema de información de gestión de riesgos.

14 Facultades de los GAD Municipales
RECTORÍA Emitir política pública local para las operaciones de salvamento de incidentes y de atención de emergencias bomberiles PLANIFICACIÓN Diseñar planes de prevención, protección, socorro y extinción de incendios CONTROL - Vigilar el cumplimiento de las normas del sistema de prevención contra incendios; normas de prevención contra incendios. - Ejecutar inspecciones y/o clausurar o suspender permisos de funcionamiento de edificaciones y eventos de concentración masiva REGULACIÓN - Determinar la normativa técnica y procedimientos para la prestación del servicio - Elaborar protocolos para la preparación, alerta y respuesta de incidentes y emergencias - Definir estándares y requisitos técnicos para instalaciones de gases y combustibles de uso residencial, comercial e industrial GESTIÓN - Combatir todo tipo de incendios - Ejecutar campañas de prevención de incendios, manejo de explosivos y evacuación. - Promover conformación de redes locales y brigadas para casos de emergencia

15 3. Resolución 0010-CNC-2014 RECURSOS Los previstos en la ley:
. Contribución de usuarios de servicio de alumbrado eléctrico por mil por contribución predial de parroquias urbanas y rurales. Los GAD fijarán las tasas y contribuciones especiales de mejoras necesarias para el ejercicio de la competencia.

16 DISPOSICIONES GENERALES DISPOSICIONES TRANSITORIAS
3. Resolución 0010-CNC-2014 DISPOSICIONES GENERALES GENERAL PRIMERA El ente rector de la competencia y la entidad asociativa, en coordinación con el CNC, formularán un plan de fortalecimiento institucional GENERAL CUARTA Quedan incorporados a la resolución todos los convenios de descentralización de la competencia celebrados con anterioridad a la misma. Los GAD deberán ajustar su normativa a las disposiciones de la presente resolución y de la normativa nacional DISPOSICIONES TRANSITORIAS TRANSITORIA TERCERA Los GAD en cuyos cantones no exista CB, en el plazo de seis meses contados desde la expedición de la presente resolución, crearán su respectivo CB o se mancomunará con otros GAD que cuenten con CB

17 ¡Gracias! Síguenos: www.competencias.gob.ec @competenciascnc
/ConsejoCompetencias


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