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EQUIDAD, DESARROLLO Y SOSTENIBILIDAD

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Presentación del tema: "EQUIDAD, DESARROLLO Y SOSTENIBILIDAD"— Transcripción de la presentación:

1 EQUIDAD, DESARROLLO Y SOSTENIBILIDAD
XII JORNADA DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELECTRICA EQUIDAD, DESARROLLO Y SOSTENIBILIDAD PROYECTO PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA PARA AUTOCONSUMO HORAS EXTRA INVERSION Ing. Luis Diego Ramírez Rodríguez Instituto Costarricense de Electricidad

2 GENERACIÓN DISTRIBUIDA
Definición: Se considera generación distribuida a la producción de electricidad conectada a la red de distribución en media y baja tensión, asociada a fuentes de generación renovables, a pequeña escala. Y no sujeta a la planificación ni al despacho centralizado.

3 GENERACIÓN DISTRIBUIDA
La Generación distribuida se puede desarrollar en diferentes modalidades: Autoconsumo: Neto Simple. Desplazamiento de potencia. (banco de baterías). Venta de Excedentes. Venta de Energía. Venta de Energía y Potencia para piquear (banco de baterías).

4 ANTECEDENTES Nivel mundial su uso ha sido impulsada por factores como:
Dependencia energética de otros países. Aspectos ambientales. Aspectos económicos. En Costa Rica se desarrollo a partir del: 2005 se instala el primer SFV conectado en paralelo con la red. En Octubre se 2010 se inicia con el Plan Piloto de Generación Distribuida por un periodo de dos años y una capacidad de 5 MW. En octubre del 2012 se realiza una ampliación por tres años más y una capacidad de 10 MW. Se cierra en febrero del 2015.

5 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
Se desarrollo bajo la modalidad de proyecto de investigación y desarrollo del Sector Electricidad del ICE, mediante el cual se implemento la instalación de sistemas para autoconsumo modalidad de neto simple, cuyo propósito es crear experiencias y conocimiento para el diseño de políticas y normativas para la Generación Distribuida en el país.

6 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
Dentro de los temas en estudio podemos mencionar: Impacto de la generación distribuida en las redes de distribución. Fuentes renovables aptas para nichos de generación distribuida. Potencial nacional de las fuentes renovables en generación distribuida. Barreras y obstáculos que impiden el desarrollo de la generación distribuida.

7 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
Los cliente que participaron en esta investigación: Se conectaban en paralelo con la red. Cuando su sistema produzca más que su consumo, la energía sobrante entrará a la red y este excedente podrá ser usado para cubrir su faltante, cuando su generación sea menor que su consumo. Con la particularidad de que su actividad no genere ventas de energía o servir una necesidad pública.

8 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
La tarifa: El autoconsumo, no requiere tarifa especial de generación, pues no hay una generación hacia el sistemas público. Al cliente se le cobra el servicio eléctrico con base en su consumo neto y de acuerdo con la tarifa que le corresponda. El cliente puede ser residencial, comercial o industrial, pero debe ser cliente directo del ICE.

9 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
Condiciones técnicas: El sistema de generación se conecta dentro de las instalaciones eléctricas del cliente. La energía generada es únicamente para autoconsumo. Los excedentes son inyectados a la red nacional. El tope máximo del proyecto son 10MW. Condiciones contractuales: El cliente debe de firmar un acuerdo de interconexión. La participación es voluntaria el cliente puede abandonar el plan cuando lo desee.

10 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
Condiciones económicas: El cliente asume los costo de instalación operación y mantenimiento del sistema de generación. El cliente pagará cada mes, la diferencia de consumo de energía entre lo consumido menos lo entregado. En el caso de que el cliente tenga un excedente en un mes de facturación, el ICE le reconocerá un crédito de energía en kWh, que puede aplicarse al consumo del mes siguiente. El ICE, asume los costos de cambio de medidor, procesamiento de las solicitudes y de los datos.

11 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
Condiciones temporales: El plan piloto tenia una vigencia de 2 años y fue ampliado luego a 3 años más y su capacidad se aumento a 10 MW, para el procesamiento de solicitudes de participación. Se fija un período de 15 años durante los cuales el ICE le mantiene las condiciones de acuerdo de interconexión al cliente.

12 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
Viabilidad Jurídica: La generación distribuida representa un cambio en el paradigma de la generación de energía eléctrica, que actualmente se fundamentan en grandes centrales conectadas por sistemas de transmisión y alejadas de los centros de consumo. La actividad de autoconsumo, operando en paralelo con la red, es una actividad libre y no regulada y libremente permitida.

13 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
Leyes y normativas: Ley orgánica del ambiente No los recursos energéticos constituyen factores esenciales para el desarrollo del país. Art 3 de la Ley uso racional de la energía No. 7447, autoriza al ICE a ejecutar programas de conservación de energía. Decreto ejecutivo MINAE. Instituciones del estado, deben promover las fuentes de energía renovables. El Plan Nacional de Energía, impulsa la promoción de proyectos que utilicen los recursos naturales del país.

14 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
Con base en dichas leyes y normativas: Existe viabilidad jurídica para que el ICE realice el plan piloto de generación distribuida para autoconsumo. Tomando las previsiones técnicas necesarias que aseguren la confiabilidad, seguridad y continuidad del servicio eléctrico. Por constituirse el autoconsumo es una actividad al margen de la regulación que ejerce la Autoridad Reguladora, no se requiere el aval de Ente Regulador.

15 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
NORMAS INTERNACIONALES: IEEE 1547: Estándares para interconexión de sistemas distribuidos UL 1741: Inversores, convertidores y equipos para sistemas de interconexión para uso generación distribuida. NFPA 70 NEC 2008: Código Eléctrico Nacional (NFPA), homologada CR

16 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
NORMAS NACIONALES Normativa técnica vigente de ARESEP AR-NTCVS: Calidad del Voltaje de suministro AR-NTCON: Uso, Funcionamiento y Control de Contadores de Energía Eléctrica. AR-NTCSE: Calidad de la Continuidad del Suministro Eléctrico AR-NTACO: Instalación y Equipamiento de Acometidas.

17 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
EMPRESAS DISTSRIBUIDORAS

18 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA
Aprobación Solicitud formal ante ICE. Proceso de revisión inicial. Proceso revisión suplementaria. Aprobación del ICE. Instalación por parte del Cliente. Inspección ICE. Cliente firma acuerdo de interconexión. ICE cambia medidor. Se conecta el sistema del cliente a la red.

19 Medición Medidores residenciales.
PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA Medición Medidores residenciales. Landys + GyR, modelo Focus Clase 200 1Ø. Hexyng modelo HXSG100 Clase 200 1Ø. Medidores para máxima demanda. Elster modelo Alfa A3R-A Clase 200 1Ø. Elster modelo A3R-ALNQ Clase 20 3Ø. Se programan para registrar energía: Total, Neta, Entregada y Recibida

20 Facturación Datos: Energía recibida del cliente (entregada a la red).
PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA Facturación Datos: Energía recibida del cliente (entregada a la red). Energía entregada al cliente (consumo). Créditos (energía) acumulados. Cada año el acumulado se elimina.

21 PROMOCION DEL PROYECTO
PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA PROMOCION DEL PROYECTO Desarrolladores Proveedores equipos Asociaciones Profesionales Clientes Publicación prensa nacional Agencias ICE Página Web ICE Recibos eléctricos

22 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA

23 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA

24 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA

25 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA

26 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA

27 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA

28 PLAN PILOTO DE GENERACION DISTRIBUIDA

29 GENERACION DISTRIBUIDA EN C.R.
La ARESEP, el 31 marzo del 2014 por medio de la normativa técnica Planeación Operación y Acceso a Sistema Eléctrico Nacional (POASEN), en su capítulo XII, marco regulatorio para la generación distribuida. El 28 de mayo del 2015 establece las tarifas de acceso, conexión y venta de la energía entregada.

30 TARIFAS DE ACCESO PRECIO DE ACCESO A LA RED DE DISTRIBUCIÓN SEGÚN EMPRESA DISTRIBUIDORA, PARA LOS GENERADORES A PEQUEÑA ESCALA EMPRESA $ / kWh ICE $0,053 CNFL $0,033 JASEC $0,027 ESPH $0,016 COOPELESCA $0,018 COOPEGUANACASTE $0,030 COOPESANTOS $0,050 COOPEALFARO

31 CARGOS POR INTERCONEXIÓN
CARGOS POR INTERCONEXIÓN PARA GENERADORES A PEQUEÑA ESCALA PARA AUTOCONSUMO, SE PAGA POR UNA ÚNICA VEZ, SEGÚN EL TIPO DE MEDIDOR. TIPO DE MEDIDOR CARGO $ MONOFÁSICO 90,16 TRIFÁSICO SENCILLO 1.003,71 TRIFÁSICO CON REGISTRO 2.381,93 MONOFÁSICO CON LECTURA REMOTA Hasta $ 621,55

32 PRECIO LIQUIDACIÓN DE LA ENERGÍA
PRECIO DE LIQUIDACIÓN DE LA ENERGÍA ENTREGADA AL SEN EN $/kWh POR PARTE DE MICRO Y MINIGENERADORES ADSCRITOS A LA NORMA POASEN EMPRESA TARIFA $ / kWh ICE DISTRIBUCIÓN $0,108 CNFL $0,111 JASEC ESPH $0,109 COOPELESCA $0,100 COOPEGUANACASTE $0,104 COOPESANTOS $0,103 COPEALFARO RUIZ

33 PRECIO LIQUIDACIÓN DE LA ENERGÍA
PRECIO DE LIQUIDACIÓN DE LA ENERGÍA ENTREGADA AL SEN EN $/kWh POR PARTE DE MICRO Y MINIGENERADORES ADSCRITOS A LA NORMA POASEN EMPRESA TARIFA $ / kWh ICE DISTRIBUCIÓN $0,105 CNFL $0,108 JASEC $0,106 ESPH COOPELESCA $0,092 COOPEGUANACASTE $0,094 COOPESANTOS $0,107 COPEALFARO RUIZ $0,097

34 PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
El 25 de junio del 2015, la Procuraduría General de la República dicta el pronunciamiento sobre la consulta realizada por el MINAE, si la generación distribuida para autoconsumo es un servicio publico sí o no

35 Entre sus conclusiones indica que:
PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA Entre sus conclusiones indica que: La generación distribuida para autoconsumo, conocida como neta sencilla o balance neto, no es un servicio público, debido a que no media una prestación al publico. No así la generación distribuida con venta de excedentes o medición neta compleja, al existir una venta de energía a la empresa distribuidora.

36 PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
El acceso e interconexión a la red de distribución se formalizan en un contrato entre la empresa distribuidora y el generador distribuido. Cumpliendo las normas técnicas emitidas por la ARESEP, para garantizar la seguridad y calidad de la prestación, la eficiencia del servicio de distribución y de la red correspondiente.

37 PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Le corresponde al Ministerio Ambiente y Energía elaborar el reglamento para la implementación de la generación distribuida y sus alcances.

38 La Gaceta jueves 8 de octubre del 2015
MINISTRIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA La Gaceta jueves 8 de octubre del 2015 Reglamento Generación Distribuida para Autoconsumo con Fuentes Renovables de Energía Modelo de Contratación Medición Neta Sencilla Artículo 2 Interés público. Se declara de interés público la actividad de generación distribuida para autoconsumo, haciendo uso de fuentes de energía renovable.

39 MINISTRIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA
Artículo 10 La empresa distribuidora tiene la obligación de realizar los estudios técnicos para determinar la capacidad máxima de potencia que se puede agregar a cada circuito. Artículo 20.—Prohibición para la distribución y comercialización. La interconexión de generación distribuida no le otorga el derecho de utilizar la red de distribución, para distribuir o comercializar energía o bien satisfacer la necesidad de demanda de electricidad en otro punto.

40 MINISTRIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA
Artículo 21.—Solicitud de disponibilidad de potencia en el circuito. Artículo 22.—Reserva de la capacidad solicitada en el circuito. Artículo 24.—Revisión del sistema de generación distribuida para autoconsumo. Artículo 25.—Contrato de interconexión.

41 MINISTRIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA
Artículo 34.—Autorización para almacenamiento y retiro de energía. Puede retirar hasta un 49% de la energía total generada. Artículo 38.—Interconexión. Artículo 39.—Acceso a la red. Artículo 41.—Pagos de excedentes de energía. Artículo 42.—Tarifas.

42 AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS (ARESEP)
El 24 noviembre del 2015, la ARESEP, somete al trámite de audiencia publica, la normativa técnica “Planeación Operación y Acceso al Sistema Eléctrico Nacional” (POASEN), en su capítulo XII, Generación Distribuida para Autoconsumo.

43 AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS (ARESEP)
La tarifa de acceso: pago que se realizará a la empresa distribuidora por parte del productor – consumidor por cada kWh, que este retire de la red, asociado a la energía que previamente había depositado. Tarifa de Acceso CD = costo de la actividad de distribución. VTE = ventas de energía, total anual estimada en kWh. Rt = estimación de la energía kWh retirada de la red por el productor – consumidor.

44 CONCLUSIONES Incrementa el porcentaje de penetración de fuentes renovables en la matriz eléctrica del país. Desarrolla una alta conciencia en el ahorro energético, crea conciencia ambiental y eficiencia energética. Permite atender el crecimiento de la demanda de energía con bajo impacto ambiental. Contribuye en forma directa a bajar la curva de carga en horas de mayor consumo. Permite a los consumidores bajar el costo de su factura eléctrica.

45 CONCLUSIONES Genera la creación de fuentes de empleo. Las empresas distribuidores ven disminuidas las ventas de energía. Los costos administrativos, técnicos e inversión, que tiene la empresa distribuidora deben ser cubiertos por la tarifa de acceso. Las empresas distribuidora pueden incursionar en otro negocio como la comercialización e instalación de sistemas de generación distribuida.

46 GRACIAS POR SU ATENCIÓN INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD


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