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Dirección General de Coordinación de Políticas de Acceso Derecho de Acceso a la Información.

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Presentación del tema: "Dirección General de Coordinación de Políticas de Acceso Derecho de Acceso a la Información."— Transcripción de la presentación:

1 Dirección General de Coordinación de Políticas de Acceso Derecho de Acceso a la Información

2 DGCPA Es un Derecho que garantiza el acceso a información pública. Es un Derecho Humano reconocido en Tratados Internacionales, como: o La Declaración Universal de Derechos Humanos o La Convención Americana sobre Derechos Humanos El articulo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho de toda persona de acceder a la información. Permite ejercer otros derechos. ¿Qué es el Derecho de Acceso a la Información?

3 DGCPA Modelo del Derecho de Acceso (DAI) Audiencias Sesiones públicas del Pleno Resoluciones Criterios, lineamientos, y estándares Infomex Solicitudes por modalidad Centro de Atención a la Sociedad (CAS) Seguimiento Evaluación Métricas Criterios, lineamientos y estándares Obligaciones de transparencia POT Publicación de información en Datos Abiertos Información pública de oficio Evaluación y control de la información pública Recursos de revisión Solicitudes de información Ejercicio Garantía

4 DGCPA El modelo del derecho de acceso a la información, permite visualizar:  Los mecanismos que establece la normatividad para ejercer el derecho de acceso a la información, es decir:  la consulta de información pública de oficio  las solicitudes de acceso a información gubernamental, y  Aquéllos mecanismos que permiten al INAI garantizar que efectivamente el ejercicio de este derecho se realice en los plazos y la forma definida por la propia Ley, esto es:  las herramientas de seguimiento, evaluación y control respecto de la información que se publica y entrega, y los recursos de revisión que conoce el Pleno ante una inconformidad a respuestas a solicitudes de acceso. Modelo del Derecho de Acceso (DAI)

5 DGCPA El ejercicio del derecho de acceso a la información México se hace a través de: Consultas a información pública de oficio Solicitudes de acceso Modelo del Derecho de Acceso (DAI)

6 DGCPA ¿Cuál es la información pública de oficio? Es aquella información que las dependencias y entidades del Gobierno Federal publican de manera permanente para atender las obligaciones de transparencia que define la Ley. El Artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), establece la información que los sujetos obligados deben poner a disposición del público (a través de internet) sin la necesidad de realizar una solicitud de información. Modelo del Derecho de Acceso (DAI) Información pública de oficio

7 DGCPA ¿Cuáles son estas obligaciones de transparencia? (ejemplos) Permiten conocer información de la institución sobre la cual se hace la consulta. Estas obligaciones atienden a preguntas como: Modelo del Derecho de Acceso (DAI) Los servicios que ofrecen, Contratos que celebran para compras y servicios, quiénes trabajan allí, sus datos de contacto, cuánto ganan, las actividades que tienen programadas, sus metas y objetivos, el presupuesto que tienen asignado, cómo se gasta, entre otra

8 DGCPA ¿En dónde se publica? Modelo del Derecho de Acceso (DAI) En el Portal de Obligaciones de Transparencia (POT), en donde se integra toda la información del Gobierno Federal y se puede consultar de manera integral y comparable. ¿Cada cuándo se actualiza? Al menos cada tres meses, conforme a la normatividad aplicable. ¿Cómo se publica? En diversos formatos.

9 DGCPA Modelo del Derecho de Acceso (DAI) ¿Quién puede hacer solicitudes de acceso? Cualquier persona tiene derecho a acceder a la información gubernamental, sin ningún otro requisito que solicitarla, independientemente de su nacionalidad o edad. El acceso debe ser facilitado y no obstaculizado ¿Cómo se realizan las solicitudes de acceso? Existen mecanismos tanto físicos y electrónicos para solicitar la información:. Solicitudes de información El Centro de Atención a la Sociedad (CAS), las Unidades de Enlace INFOMEX (Internet)

10 DGCPA La garantía del derecho de acceso a la información México se hace a través de Seguimiento a la información pública de oficio disponibles y las respuestas a solicitudes de acceso emitidas Inconformidades respecto a respuestas a solicitudes de acceso mediante la interposición de recursos de revisión Modelo del Derecho de Acceso (DAI)

11 DGCPA ¿Respecto a qué información se hace el seguimiento? La información que se publica en cumplimiento a las obligaciones de transparencia, las respuestas a solicitudes de acceso emitidas por los sujetos obligados, la atención que prestan las unidades de enlace y alineación a criterios del INAI. ¿Cómo se hace el seguimiento? En atención a los lineamientos, criterios y recomendaciones publicados por el INAI. Garantía del derecho de acceso a la información Modelo del Derecho de Acceso (DAI)

12 DGCPA ¿Qué pasa después del seguimiento? Se evalúa la información por sujeto obligado y se generan indicadores diversos como Modelo del Derecho de Acceso (DAI) Indicadores Obligaciones de Transparencia (ODT), Alineación de criterios, comportamiento de las resoluciones y su cumplimiento (A3C), Indicador de Respuestas a Solicitudes de Información (RSI) Atención Prestada por las Unidades de Enlace (AUE).

13 DGCPA ¿Cómo se atienden las inconformidades respecto a respuestas a solicitudes de acceso? A través del mecanismo normativo para la interposición de recursos de revisión. ¿Cómo se garantiza durante el recurso de revisión que los sujetos obligados actúan conforme a la normatividad y que entregarán la información? Garantía del derecho de acceso a la información Modelo del Derecho de Acceso (DAI) Audiencias Sesiones públicas de Pleno Resoluciones

14 DGCPA La Reforma Constitucional en materia de transparencia y su legislación secundaria permitirán a México contar con un diseño institucional único en el mundo, dotando al INAI de los elementos necesarios para hacer efectivos el ejercicio y garantía del derecho de acceso a la información en todo el territorio nacional. Para cerrar la brecha entre la nueva legislación y la realidad nacional, se requieren políticas coordinadas, enfocadas a mejorar el ejercicio y la garantía del derecho de acceso a la información en el marco del Sistema Nacional de Transparencia. Así, se elaboran diagnósticos que sirvan para conocer realidades a atender y se diseñarán políticas con prioridades definidas desde una planeación eficiente, de acuerdo a estándares mínimos, orientadas a resultados, y que estén bien documentadas para impulsar su mejora, coordinación y réplica en caso de ser exitosas. La Reforma Constitucional en materia de transparencia

15 DGCPA Desafíos de las Políticas de Acceso Implementar la Plataforma Nacional de Información. Conocer las capacidades institucionales tanto de Órganos Garantes como de Sujetos obligados. Saber cómo se ha ejercido el derecho, a través de sus distintas modalidades, en todo el país: la base de usuarios ni se ha ampliado, ni se ha diversificado. Conocer el perfil de quiénes sí y quienes no lo han ejercido para identificar las barreras y áreas de oportunidad de este derecho. Conocer la satisfacción del usuario en las distintas etapas del ejercicio del derecho. Mapear los esfuerzos (políticas) que se están instrumentando para mejorar su calidad, estandarización, coordinación, y poder replicar aquellas exitosas. Para realizar y coordinar estas políticas necesitamos:


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