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LEGISLACIÓN LABORAL PARA MANEJO DE PLANILLAS Y ADMINISTRACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO Presentado por: Edwin Salamín.

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Presentación del tema: "LEGISLACIÓN LABORAL PARA MANEJO DE PLANILLAS Y ADMINISTRACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO Presentado por: Edwin Salamín."— Transcripción de la presentación:

1 LEGISLACIÓN LABORAL PARA MANEJO DE PLANILLAS Y ADMINISTRACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO Presentado por: Edwin Salamín

2 Prevención del conflicto individual y colectivo de trabajo Constitución Nacional Código de Trabajo Leyes Especiales Normas y Convenios Fundamentales Relación de Trabajo

3 CONSTITUCIÓN NACIONAL

4 Periodo 1903-1941 Se elimino la Esclavitud Ley 6 de 1914- Jornada de 8 horas- Cierre el día domingo- Prohibición de trabajo a menores Ley 8 de 1931- Vacaciones Anuales, Jubilación Artículo 46- Derecho a Indemnización Periodo de 1946-1972 Derecho Individual de Trabajo Derecho a Huelga Seguridad Social Obligatoria Creación del Seguro Social Periodo de 1972 - Actualidad Estado Social de Derecho Artículo 60- Pleno Empleo 1984- Régimen Laboral especial para la Relación de Trabajo en el Canal de Panamá

5 La Constitución Nacional en su articulo 46 también reconoció el derecho a la indemnización de todo trabajador despedido sin causa justa. También reconoce la jurisdicción del trabajo y regula la relación entre el capital y el trabajo.

6 CÓDIGO DE TRABAJO

7 Fue la primera norma codificada sustantiva en materia laboral que nace en 1947. Estableció la jurisdicción de trabajo y los Juzgados seccionales de trabajo e introdujo el reglamento interno.

8 Código de Trabajo de 1972 Es un Código Progresista y garantizo la instauración de un solido sistema obrero-sindical. Se consagro la estabilidad laboral y la prima de antigüedad y reconoció al empleador la terminación de la relación de trabajo por tiempo indefinido

9 Ley 44 de 14 de agosto de 1995 Elimino la Estabilidad en el Empleo Estableció que el Contrato de trabajo debe ser por escrito y registrarse en el Ministerio de Trabajo Crea el Fondo de Cesantía Despido por Acoso Sexual

10 Artículo 152 “El empleador deberá consignar en sus registros de salarios o planillas, por separado, lo que cada uno de sus trabajadores corresponda en concepto de trabajo ordinario y en concepto de primas o comisiones. A falta de consignaciones expresas en las planillas de pago, lo consignado corresponderá al salario ordinario. El ministerio de trabajo y bienestar social reglamentara la forma de apertura de los libros de planillas y su contenido.” Salario y Normas Protectoras del Código de Trabajo (Artículos 62, 73 y concordantes, 140, 152, 161 ) Fin de la Relación de Trabajo (Artículos 210,211, 212, 213,223 y concordantes

11 Convenios Fundamentales de la OIT

12 Libertad Sindical y Protección del Derecho de SindicalizaciónDerecho de Sindicación y Negociación ColectivaTrabajo ForzosoAbolición del Trabajo ForzosoEdad Mínima para TrabajarPeores Formas de Trabajo InfantilIgualdad de RemuneraciónDiscriminación, Empleo y Ocupación

13 Inspección del TrabajoPolítica de EmpleoInspección del Trabajo AgrícolaConsulta Tripartita

14 LEYES ESPECIALES

15 Ley 51 de 27 de diciembre de 2005 – Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social Inscripción: Registro en la CSS de toda persona natural o jurídica de Derecho Público o Privado que opere en el territorio nacional y que utilice los servicios de un empleado o aprendiz, en virtud de un Contrato de Trabajo expreso o tácito, mediante un pago de sueldo o salario.

16 CAPITULO V - ASEGURADOSArtículo 77- Afiliación Obligatoria Artículo 87 - Inscripción y Afiliación obligatoria del empleador Artículo 89 - Registro Laboral ObligatorioArtículo 91 – Pago de Cuotas sobre SalariosArtículo 93 Recepción y Corrección de Planillas

17 Afiliación de Trabajadores Aviso de Entrada de Trabajadores Elaboración y Presentación de la Planilla Mensual para la declaración de trabajadores y Reporte de Salarios SIPE Acreditación de Cuotas en la cuenta Individual Otras facilidades con Apoyo Tecnológico SIPE

18 Trabajo Decente

19 Trabajadores (Recurso Humano) Empleador Gobierno Elementos para el Desarrollo y la Productividad

20 Panamá es signatario de mas de 75 convenios de la OIT, eso incluye los fundamentales y los prioritarios y los mas significativos el 87 sobre libertad sindical y el derecho a sindicación y el 98 sobre negociación colectiva. Lo que determina el carácter social y derecho laboral del estado panameño. Esto último se concatena con lo establecido en la Constitución Nacional y la garantía a los derechos sociales e individuales. Así como lo normado por el código de trabajo y las leyes especiales laborales vigentes y aplicables a la relación de trabajo en nuestro país. CONCLUSIONES

21 RECOMENDACIONES Conocer y aplicar correctamente los convenios, el Código de Trabajo y las leyes especiales en nuestro país. Promover el dialogo social. El tripartismo y el trabajo decente. Impulsar una nueva cultura laboral que ofrezca paz laboral, paz social y un estado de bienestar económico y social procurando alcanzar niveles de productividad, competitividad y transferencia de tecnologías que fortalezcan la relación de trabajo y haya crecimiento económico, progreso social y un mejor clima de inversión y de negocio. Promover e impulsar la capacitación laboral en todos sus aspectos.

22 GRACIAS


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