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Créditos. Art.63 inc. b) Ley de Sociedades Comerciales. En el balance se deberá informar: “Los créditos provenientes de las actividades sociales. Por separado.

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1 Créditos. Art.63 inc. b) Ley de Sociedades Comerciales. En el balance se deberá informar: “Los créditos provenientes de las actividades sociales. Por separado se indicarán los créditos con sociedades controlantes, controladas o vinculadas, los que sean litigiosos y cualquier otro crédito. Cuando corresponda, se deducirán las previsiones por créditos de dudoso cobro y por descuentos y bonificaciones.”

2 RT 9 Estado de Situación Patrimonial A.3. Créditos. “Son derechos que el ente posee contra terceros para percibir sumas de dinero u otros bienes o servicios (siempre que no respondan a características de otro rubro del activo). Los créditos por ventas de los bienes y servicios correspondientes a las actividades habituales del ente deben discriminarse de los que no tengan ese origen. Entre éstos últimos se informará por separado (y como activo no corriente) los saldos activos netos por impuestos diferidos.”

3 RT 17 Pto 5.2. Medición contable en particular: ctas a cobrar originados en la venta de bienes y servicios Se considerará su destino probable: Intención y factibilidad de : Negociarlos, cederlos o transferirlos anticipadamente VNR en los restantes casos valor original + porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a recibir a sus vencimientos.

4 En la valuación es importante tener bien en claro que ningún activo puede quedar valuado por arriba de su valor recuperable Por ello Se debe analizar la suficiencia de la previsión para incobrables

5 Créditos no cancelables en moneda ( derechos de recibir bienes o servicios ) Deben aplicarse las reglas de medición contable correspondientes a los bienes o servicios a recibir.

6 Ds. por Ventas Ventas Caja y Bancos Obligaciones Fiscales S.I. S.F. S.I. S.F. Deudores por Ventas Iva DF Percepciones Costos financieros Implícitos S.I. S.F. Cobranza A Morosos A Incobrables S.I. Ds. Morosos S.I. Incobrables S.F. S.I. S.F. Retenciones de imp. efectuadas por Clientes S.F. S.I. ¿ Qué procedimientos Aplicar?

7 Créditos. Se incluyen cuentas tales como: -deudores por ventas en moneda local. -deudores por ventas en moneda extranjera. -deudores morosos / -deudores en gestión judicial. Documentos a cobrar / documentos descontados. -previsión para deudores incobrables. -anticipos a proveedores. -seguros pagados por adelantado. -anticipos al personal/préstamos al personal. -depósitos en garantía.

8 Temas a tener en cuenta, entre otros: a)Momento en que se perfecciona la venta b)Segregación de CFI c)Devoluciones posteriores d)Bonificaciones e)Cuentas relacionadas ( comisiones de venta, obligaciones fiscales, régimenes de retenciones ) f)Previsiones para malos créditos g)descuento de documentos. h)Controles internos ( facturación, límite de créditos, ND y NC ) i)Circularizaciones de saldos

9 Previsión deudores incobrables Situaciones que dan lugar a la baja directa de la cuenta: a) Desaparición definitiva del deudor b) Quiebra c) Quitas concursales d) Quitas extra-contractuales Situaciones que dan lugar a la constitución de previsión: a) Desaparición momentanea del cliente b) Deudores morosos c) Inicio de acciones legales d) cesación de pagos

10 Constitución de previsión deudores incobrables a) Análisis puntual de la situación de cada cliente b) Análisis de la deuda vencida de antigua data c) en f(x) de % de incobrables: calculados en base a muestreos estadísticos calculados en base a experiencia y la situación del mercado d) Combinación de los metedos enunciados

11 Previsión deudores incobrables - Criterios de medición - Tener en cuenta RT 17 Punto 4.8 Consideración hechos contingentes - Situaciones: probables y cuantificables previsión y nota probables pero no cuantificablesnota remotasno generan previsión ni se exponen en nota ni probables ni remotasse exponen en nota


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