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¿QUE COMISIONES DE AFP DEBO ELEGIR? Ing. Héctor Serafin López Traslaviña UNIVERSIDAD NACIONAL JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION UNIDAD DE REMUNERACIONES Y.

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1 ¿QUE COMISIONES DE AFP DEBO ELEGIR? Ing. Héctor Serafin López Traslaviña UNIVERSIDAD NACIONAL JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION UNIDAD DE REMUNERACIONES Y PENSIONES OFICINA DE RECURSOS HUMANOS

2 PERSONAL DISTRIBUIDO POR REGIMEN DE PENSIONES AÑO 2013 Planillas PROFUTUROHORIZONTEINTEGRAPRIMAD.L. 19990D.L.20530SIN REGIMEN TOTAL ADM. NOMBR. 822317913821272 ADM. CONTRAT. 84241836 DOCENTE NOMBR. 2208978961021847650 CAS 171251674124 TOTAL 32712810212533220481082

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4 COMISIONES Y PRIMAS DE SEGURO DEL SPP PROFUTUROINTEGRAPRIMAHORIZONTE APORTE OBLIGATORIO 10.00% COMISION 2.10%1.74%1.60%1.85% PRIMA DE SEGURO 1.41%1.22%1.30%1.38%

5 ¿ Cuales son las razones del cambio del cobro de comisiones?  Alinear incentivos entre las AFP y los afiliados para buscar mayor rentabilidad, de manera que la primera al generar ingresos, deberá también generarle mayor rentabilidad al fondo del afiliado.  Mejorar la gestión de los fondos generará, en el largo plazo, una mejor pensión a los afiliados.  Implementar un mecanismo de migración progresiva que mejore la remuneración disponible (neta) del afiliado, producto de la eliminación del cobro sobre la remuneración (flujo).  Facilitar la comparación entre los beneficios (rentabilidad) y los costos (comisiones) de pertenecer a una AFP.

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7 Comisión sobre la Remuneración (Flujo) Comisión por Saldo con periodo transitorio de Comisión Mixta Es el esquema de comisión que existe actualmente y es equivalente a un porcentaje de su remuneración mensual. Es el nuevo esquema de cobro de comisión establecido por la ley de Reforma del SPP. A través de este esquema la comisión será equivalente a un porcentaje sobre el nuevo fondo generado por los aportes a partir de abril de 2013 y su rendimiento. Transitoriamente, por un periodo de 10 años, se aplicará una comisión mixta que tiene dos componentes: a) una comisión sobre el nuevo fondo que se genere desde el 01 de abril de 2013, denominado comisión por saldo. b) una comisión sobre la remuneración (flujo), que será decreciente y llegará a cero (0) en un plazo de 10 años. El saldo acumulado en el fondo hasta el 31 de marzo de 2013 y la rentabilidad que éste genere, no estará afecto a cobros de ningún tipo de comisión.

8 Comisión sobre la Remuneración (Flujo) Comisión por Saldo con periodo transitorio de Comisión Mixta Los afiliados que decidan permanecer en este sistema de comisión deberán ponerse en contacto con su AFP a fin de solicitar dicha opción. A partir de sus aportes del mes de abril de 2013 se les aplicará el esquema de comisión por saldo: salvo que manifiesten su voluntad de permanecer en el sistema de cobro actual sobre la remuneración (flujo).

9 Comisión sobre la Remuneración (Flujo) Comisión por Saldo con periodo transitorio de Comisión Mixta Los afiliados que decidieran permanecer en el esquema de cobro sobre la remuneración (flujo), tendrán la opción de revocar tal decisión, por única vez desde el 1 de abril hasta el 30 de setiembre de 2013. Los afiliados que no manifiesten su decisión de continuar pagando una comisión sobre la remuneración (flujo) pasarán automáticamente a la comisión por saldo, transcurriendo por la comisión mixta, y no podrán regresar a la comisión por remuneración (flujo).

10 Comisión sobre la Remuneración (Flujo) Comisión por Saldo con periodo transitorio de Comisión Mixta La remuneración disponible (neta) disminuye por el pago de la comisión. La remuneración disponible (neta) aumenta debido a que la comisión mixta afecta en forma decreciente la remuneración mensual. En ese sentido, luego de 10 años del inicio del cobro de este tipo de comisión, no se afectará en ninguna medida su remuneración mensual.

11 Comisión sobre la Remuneración (Flujo) Comisión por Saldo con periodo transitorio de Comisión Mixta El fondo acumulado no disminuye por el pago de la comisión. Al fondo generado por los aportes que realice desde abril de 2013 se le aplicará el porcentaje correspondiente a la comisión por saldo.

12 Comisión sobre la Remuneración (Flujo) Comisión por Saldo con periodo transitorio de Comisión Mixta Esta comisión se cobra cada vez que se realizan aportes mensuales. En el caso que usted deje de realizar aportes, solo se le cobrará el componente de la comisión sobre su fondo acumulado desde abril de 2013.

13 ¿Qué diferencias existen entre Comisión sobre nuevos aportes al fondo (saldo) y Comisión sobre remuneración (flujo)? ConceptoComisión sobre remuneración (flujo) Comisión sobre nuevos aportes al fondo (saldo) Descuento Sobre un porcentaje de la remuneración del afiliado. Sobre un porcentaje del NUEVO fondo que genere el afiliado. Universo Afiliados antes del 01.02.2013 y que decidan permanecer en esta opción. Todos los nuevos afiliados a partir de 01.02.2013. Y los antiguos en la medida que no hayan optado por la comisión sobre remuneración. Ingreso de las AFP No dependen del crecimiento de los fondos de los afiliados. Si dependen del crecimiento de los fondos de los afiliados. Ingreso disponible del afiliado La remuneración disponible (neta) disminuye por el pago de la comisión. La remuneración disponible (neta) aumenta, porque la comisión no afecta la remuneración mensual.

14 Cuándo y cómo se aplicará la Comisión Mixta? La Comisión Mixta entrará en vigencia y se aplicará a partir del 1 de febrero de 2013 para los nuevos afiliados; y a partir del 1 de abril de 2013 para los antiguos afiliados (aquellos que ingresaron al SPP hasta el 31 de enero de 2013) que decidieron cambiar de sistema de cobro de comisión. Como los antiguos afiliados ingresaron bajo el sistema de la Comisión por Remuneración, deberán elegir si permanecerán o no en dicho sistema, o pasan directamente al sistema de Comisión por Saldo, con su esquema de transición de Comisión Mixta.

15 ¿La Comisión Mixta afectará al fondo que han acumulado los antiguos afiliados? No. La Comisión Mixta tendrá dos componentes: un porcentaje que se aplicará sobre el sueldo del afiliado; y, otro porcentaje que se aplicará a los nuevos aportes que generen a partir de las fechas señaladas. En el caso de los antiguos afiliados, el fondo que acumularon desde que empezaron a aportar al Sistema Privado de Pensiones hasta el 31 de marzo de 2013 no estará sujeto al pago de Comisión por Saldo, debido a que ya pagaron por adelantado a las AFP por su administración. A partir del 1 de abril de 2013 este fondo será registrado en una cuenta especial, solo ganará rentabilidad y no se le aplicará ningún descuento. En otra cuenta se registrarán los nuevos aportes que se realicen a partir del 1 de abril, a los que se sumará la rentabilidad ganada y se descontará la Comisión por Saldo respectiva.

16 Cómo se realizará la migración de un esquema de comisión a otro en el caso de los antiguos afiliados? La Reforma establece que los antiguos afiliados podrán elegir si se mantienen o no bajo el sistema de Comisión por Remuneración. Si un afiliado desea mantenerse bajo el sistema de Comisión por Remuneración, su decisión deberá ser comunicada a su AFP, para lo que tiene un plazo que regirá desde el 02 de enero hasta el 31 de marzo de 2013. Aquellos afiliados que no informen su decisión de mantenerse en el sistema de Comisión por Remuneración, pasarán de manera automática al sistema de Comisión por Saldo, con su esquema de transición de Comisión Mixta, a partir del 1 de abril del 2013.

17 La mejor manera de ilustrar esto es con un ejemplo. Digamos que se tiene un sueldo fijo de2,000 soles desde los 26 hasta los 65 años (aporta 40 años a su fondo) Estamos asumiendo lo siguiente: Todos los meses te descontaron 10% de su sueldo para tu fondo de AFP Todos los meses te descontaron 1.85% de comisión para la AFP La AFP tuvo un rendimiento anual constante del 5% Al cabo de 40 años, tendrá depositados en su fondo S/. 304,000 (S/. 96,000 depositados y S/. 208,000 por intereses). Bajo el esquema actual de Comisión por Flujo, todos los meses le descontaron 37 soles, por lo que terminará pagando a lo largo de tu vida a la AFP S/. 17,760 Bajo el nuevo esquema de Comisión por Saldo, ya no te descontarán esos S/. 37 soles mensuales de tu sueldo, con lo cual tendrás un pequeño incremento en tus ingresos, y en vez te descontarán 1.4% anual en promedio sobre el saldo acumulado. Al cabo de 40 años, habrás pagado cerca de S/. 48,655 en comisiones a la AFP, y terminarás con un MENOR fondo de jubilación (S/. 255,345 vs S/. 304,000) En el ejemplo anterior, antes del año 10 la comisión por saldo es mucho menor a la comisión por flujo. A partir del año 10, y hasta el año 19, si bien la comisión por saldo supera a la otra y continua creciendo cada vez más, debido a que los primeros 10 u 11 años pagamos menos aun el balance sigue a favor de la comisión por saldo. A partir del año 19 aproximadamente en adelante la comisión por saldo empieza a ser mucho más cara. Podemos verlo en el gráfico siguiente:

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19 Si usted decide permanecer en la comisión sobre remuneración (flujo), dispone de 3 alternativas para realizar su elección: Ingresando página web. De la AFP a la que pertenece para ello deberá actualizar su contraseña. Por correo postal certificado: enviando el formato “Elección de comisión sobre la remuneración” que lo puede descargar de página web. De la AFP a la que pertenece, adjuntando a una copia de su documento de identidad. Acercándose a las agencias a nivel nacional, con el original y copia de su documento de identidad vigente.


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