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DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS

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Presentación del tema: "DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS"— Transcripción de la presentación:

1 UNIDAD 6: DERECHOS Y DEBERES Y SITUACIONES ADMINISTRATIVAS DEL FUNCIONARIO

2 DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS
Los funcionarios públicos están ligados a la administración en la que prestan sus servicios, existiendo una dualidad de relaciones: Por una parte, una relación orgánica, formando parte de la Administración en el desempeño de sus funciones Por otra, una relación de servicios, mediante la cual el funcionario es un sujeto titular de una serie de derechos y deberes de carácter estatutario Entendemos por derechos las facultades del funcionario de querer y obrar reconocidas en el ordenamiento jurídico. Los derechos del funcionario pueden ser: Económicos No económicos Sindicales Sociales

3 Retribuciones básicas Sueldo Trienios Pagas extraordinarias
Derechos económicos Retribuciones básicas Sueldo Trienios Pagas extraordinarias Retribuciones complementarias Retribuciones diferidas Planes de pensiones, seguros de vida Complemento de destino Complemento específico Complemento de productividad Gratificaciones por servicios extraordinarios

4 Derechos económicos Son aquellos relacionados con la contraprestación económica por los servicios prestados en la Administración. Las retribuciones se clasifican en: Básicas: según la adscripción a un cuerpo o escala, a un grupo o subgrupo y a la antigüedad en el mismo. (Sueldo, trienios y pagas extraordinarias) Complementarias: según las características especiales del puesto de trabajo, el desempeño, el exceso de trabajo…(Complemento de destino, complemento específico, complemento de productividad y las gratificaciones por servicios extraordinarios) Diferidas: comprenden los planes de pensiones, seguros de vida…

5 Derechos no económicos
Derecho al cargo Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna Carrera vertical Carrera horizontal Derecho a vacaciones, licencias y permisos

6 Derechos no económicos
Son derechos no económicos: Derecho al cargo: significa el derecho de permanencia en la función pública y la inamovilidad en la residencia Derecho a la carrera profesional: es el conjunto de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional. (Carrera vertical y carrera horizontal) Derecho a vacaciones (22 días hábiles por año), licencias (por enfermedad, por estudios, por asuntos propios..) y permisos, previo aviso y justificación podrá ausentarse del trabajo con derecho a retribución (nacimiento de hijos, muerte o enfermedad grave de un familiar, matrimonio…)

7 Derecho a la libre sindicación Derecho a la negociación colectiva
Derechos sindicales Derecho a la libre sindicación Derecho a la negociación colectiva Derecho a la huelga Derecho al planteamiento de conflictos colectivos Derecho de reunión

8 Derechos sindicales Derecho a la libre sindicación: derecho del funcionario a fundar sindicatos y afiliarse al de su libre elección Derecho a la negociación colectiva y a la participación en la determinación de condiciones de trabajo Derecho a la huelga: no percibirá las retribuciones correspondientes al período en que haya permanecido en esta situación Derecho al planteamiento de conflictos colectivos de trabajo, de acuerdo con la ley aplicable en cada caso Derecho de reunión

9 Prestaciones complementarias
Derechos sociales Prestaciones básicas Asistencia sanitaria, asistencia social, subsidio temporal de invalidez provisional, etc Prestaciones complementarias Pensión complementaria de jubilación, subsidio de viudedad, orfandad, etc

10 Derechos sociales Los funcionarios, o sus beneficiarios, tendrán derecho, cuando se encuentren en los supuestos de hecho legalmente establecidos, a: Prestaciones básicas: asistencia sanitaria, subsidio temporal de incapacidad transitoria para el servicio, subsidio temporal de invalidez provisional, prestaciones recuperadoras por incapacidad permanente, servicios sociales, asistencia sanitaria… Prestaciones complementarias: pensión complementaria por jubilación, subsidio de viudedad, orfandad…

11 DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS. CÓDIGO DE CONDUCTA
Son deberes de los funcionarios las obligaciones jurídicas que estos tienen respecto a las obligaciones que prestan en la Administración pública, y su incumplimiento dará lugar a la responsabilidad disciplinaria establecida en el reglamento. Estos deberes se pueden clasificar en: Principios éticos: respetar la Constitución, deber de imparcialidad e interés común, deber de abstenerse de toda actuación discriminatoria, no aceptarán trato de favor, guardar secreto profesional… Principios de conducta: tratar con corrección a los ciudadanos, a sus superiores y demás empleados públicos, administrar los recursos con austeridad, desempeñar las tareas correspondientes a su puesto de trabajo de forma diligente cumpliendo la jornada y el horario establecido…

12 REGIMEN DISCIPLINARIO DE LOS FUNCIONARIOS
Constituye falta administrativa cualquier incumplimiento por parte del funcionario de los deberes que le afectan. La responsabilidad no solo alcanza a los funcionarios que hayan incumplido los deberes que le afectan, sino también a los superiores que toleren las mencionadas faltas y a los funcionarios que las encubran. Clases de faltas: muy graves, graves y leves. Las sanciones se gradúan de acuerdo con la intencionalidad del autor, la perturbación del servicio y la reincidencia de la falta. (separación del servicio, despido disciplinario del personal laboral, suspensión de funciones o de empleo y sueldo, traslado forzoso con o sin cambio de residencia, etc. La responsabilidad disciplinaria se extingue con el cumplimiento de la sanción, por muerte, prescripción de la falta o de la sanción y por indulto o amnistía

13 Prescripción de las faltas y de las sanciones
Muy graves Graves Leves Prescripción de las faltas Tres años Dos años Seis meses Prescripción de las sanciones Un año

14 SITUACIONES ADMINISTRATIVAS
SERVICIO ACTIVO Prestan servicios en la condición de funcionario en cualquier administración u organismo público SERVICIOS ESPECIALES Cuando sean autorizados para realizar una misión por tiempo superior a seis meses en organismos internacionales, cuando sean funcionarios al servicio de organizaciones internacionales, cuando sean designados miembros del Gobierno, de órganos de gobierno de las CCAA, cuando sean designados como personal eventual de confianza…. SERVICIOS EN OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Personal transferido a las comunidades autónomas y funcionarios de carrera que obtengan destino en una administración pública distinta de la de procedencia EXCEDENCIAS -VOLUNTARIA: por interés particular y por agrupación familiar -CUIDADO DE FAMILIARES: por cuidado de hijos y por cuidado de familiares -VIOLENCIA DE GÉNERO: funcionarios víctimas de violencia de género SUSPENSIÓN DE FUNCIONES El funcionario queda privado temporalmente del ejercicio de sus funciones y de sus derechos como funcionario. Puede ser de carácter provisional o firme


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