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Unidad 6: El sistema de la Seguridad Social

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Presentación del tema: "Unidad 6: El sistema de la Seguridad Social"— Transcripción de la presentación:

1 Unidad 6: El sistema de la Seguridad Social

2 1. La Seguridad Social Es preciso destacar algunas notas que ilustran y caracterizan la finalidad y vocación natural del sistema Español de Seguridad Social: La Seguridad Social debe garantizar a los ciudadanos su protección y la de su familia ante situaciones de vejez, enfermedad, desempleo y otras carencias sociales que en el transcurso de la vida requieran de ayudas. La Seguridad Social se ha convertido en una actividad imprescindible y en un elemento esencial de cohesión de la sociedad. La Seguridad Social responde de forma universal y solidaria al conjunto de necesidades individuales frente a situaciones que deben ser protegidas. Esta solidaridad se manifiesta desde un doble punto de vista: a) Solidaridad entre generaciones: el sistema español como sistema de reparto, supone que las generaciones jóvenes pagan cotizaciones para que, con ellas, se financien las prestaciones de los mayores o necesitados. b) Solidaridad entre territorios: el sistema español parte del concepto de caja única, es decir, las cotizaciones recaudadas en todo el territorio nacional sirven para financiar las prestaciones de todos los españoles.

3 1. La Seguridad Social La Seguridad Social tiene como finalidad garantizar a los trabajadores, y a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las situaciones en las que lo necesiten, como en los casos de enfermedad, accidente, jubilación, desempleo, orfandad, etc. La Seguridad Social y sus prestaciones están reguladas en el Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social. En el sistema español de Seguridad Social existen dos niveles de prestaciones: Modalidad contributiva: incluye a los españoles residentes en España y a los extranjeros residentes que ejerzan una actividad profesional en España Modalidad no contributiva: incluye a personas que no hayan cotizado y no tengan recursos económicos.

4 1.1.Regímenes que integran la Seguridad Social:
Régimen general: incluye a todos los trabajadores que trabajen habitualmente en territorio nacional, por cuenta ajena, y que no estén incluidos en algún régimen especial. Incluye a la mayoría de los trabajadores por cuenta ajena Regímenes especiales: son los trabajadores autónomos, trabajadores del mar, trabajadores de la minería del carbón, funcionarios públicos, civiles y militares, y estudiantes (seguro escolar)

5 1.2. Organismos de la Seguridad Social
ENTIDAD FINALIDAD Instituto Nacional de la Seguridad Social Es la entidad encargada de la gestión y administración de las prestaciones económicas Tesorería General de la Seguridad Social Gestiona los recursos económicos y tramita afiliaciones, altas y bajas de los trabajadores Servicio Público de Empleo Estatal Gestiona las prestaciones por desempleo IMSERSO Gestiona las pensiones de invalidez y jubilación en sus modalidades no contributivas, así como los servicios complementarios a personas mayores Instituto Social de la Marina Se encarga de la gestión de las prestaciones del sector marítimo y pesquero

6 1.3. Obligaciones de la empresa con la Seguridad Social
Afiliación y alta de los trabajadores La afiliación es única y para toda la vida. La afiliación (cuando proceda) y el alta se tramitarán con carácter previo al inicio de la relación laboral Cotización El empresario deberá ingresar, mensualmente, las cotizaciones de la Seguridad Social de su propia cuota y de la del trabajador Baja de los trabajadores Cuando un trabajador finalice su relación con una empresa, el empresario lo dará de baja dentro de los seis días naturales siguientes a su finalización en el trabajo

7 2. Prestaciones de la Seguridad Social
Prestaciones en especie Asistencia sanitaria / Prestación farmacéutica / Servicios sociales Prestaciones económicas Subsidios Son prestaciones de pago periódico y de duración temporal Incapacidad temporal Riesgos durante el embarazo Paternidad Maternidad Cuidado de menores afectados con Enfermedades graves o cáncer Pensiones Son prestaciones económicas de pago periódico y de duración vitalicia o hasta alcanzar una edad determinada Jubilación Incapacidad permanente y gran invalidez Por muerte y supervivencia: viudedad y orfandad Indemnizaciones Prestaciones económicas que se abonan una sola vez Lesiones permanentes no invalidantes Incapacidad permanente parcial Otras prestaciones Prestaciones por desempleo Protección familiar de carácter no económico Prestaciones no contributivas Prestaciones y servicios de asistencia sanitaria y social, pensiones no contributivas de incapacidad permanente, jubilación y prestaciones familiares reguladas

8 2. Prestaciones de la Seguridad Social
2.1. Asistencia sanitaria Consiste en la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos, así como los servicios de recuperación física, prótesis y ortopedia conducentes a conservar y recuperar la salud de las personas incluidas en la Seguridad Social Tienen derecho: El trabajador, su cónyuge, sus hijos y ascendientes, siempre que convivan con él y a sus expensas Los pensionistas Los desempleados

9 2.2. Maternidad y adopción < 21 21<26 Edad de la madre
Requisitos Edad de la madre < 21 No se exige cotización 21<26 90 días cotizados en los 7 años anteriores al nacimiento, adopción o acogida, o 180 días en toda su vida laboral > 26 180 días cotizados en los 7 años anteriores al nacimiento, adopción o acogida, o 360 días en toda la vida laboral Duración 16 semanas, que se amplían en 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo, o por discapacidad. Las 6 semanas después del parto deben ser disfrutadas por la madre, distribuyéndose el resto a opción de la interesada Cuantía de la prestación Consiste en un subsidio diario equivalente al 100% de la base reguladora

10 2.3. Paternidad Requisitos Duración Cuantía de la prestación
Estar afiliado y en alta o situación asimilada Tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años anteriores al hecho causante o 360 días en toda la vida laboral Duración 13 días ininterrumpidos, ampliables en 2 días más por cada hijo a partir del segundo Cuantía de la prestación El 100 % de la base reguladora del trabajador, y será la misma base que la utilizada para la prestación por maternidad

11 2.4. Riesgo durante el embarazo y la lactancia natural
Se percibirá cuando no pueda permanecer en su puesto de trabajo porque este influye negativamente en su salud o en la del feto, siempre que un cambio a otro puesto no fuera posible Requisitos No se exige período mínimo de cotización Cuantía 100 % de la base reguladora Riesgo durante la lactancia natural Se percibirá cuando las condiciones de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora o del hijo y no fuera posible un cambio de puesto de trabajo

12 2.5. Incapacidad temporal (IT)
Es la situación en que se encuentran los trabajadores incapacitados transitoriamente para trabajar, y que precisan asistencia sanitaria por situaciones de enfermedad común o profesional, accidente, sea o no laboral, y período de observación por enfermedad profesional Requisitos Enfermedad común Haber cotizado mínimo de 180 días en los 5 años anteriores Enfermedad profesional y accidente, laboral o no No se exige período de cotización Duración Tiene una duración máxima de 12 meses, prorrogables a otros 6 si se estima que puede ser dado de alta. Si se considera posible la recuperación la IT se puede prorrogar hasta un máximo de 24 meses Prestación Enfermedad común y accidente no laboral Día 4º al 20º el 60% de la base reguladora Día 21º y siguientes el 75% de la base reguladora Hasta el día 15 lo paga el empresario. Desde el día 16 lo paga el INSS o mutua de AT y EP Enfermedad profesional y accidente laboral Desde el día siguiente de la baja (el día de la baja lo paga la empresa), el 75% de la base reguladora A cargo del INSS o mutua de AT y EP

13 2.6. Incapacidad permanente (IP)
Grados de incapacidad Grados Requisitos Cuantía de la prestación Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual Es la que produce al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento de su profesión, sin impedir la realización de las tareas fundamentales Periodo cotización: 1800 días en los diez últimos años, en caso de que se derive de enfermedad común. En el resto no se exige Cantidad equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora Incapacidad permanente total (IPT) para la profesión habitual Inhabilita al trabajador para la realización de la tareas fundamentales de su profesión, siempre que pueda dedicarse a otras distintas Período cotización: <31 años 1/3 del tiempo en que cumplió16 y la fecha del hecho >31: 1/4 desde que cumplió los 20 y la fecha del hecho causante , mínimo cinco años 55% de la base reguladora. Se incrementará un 20% a partir de los 55 si se presume la dificultad para encontrar otro empleo Incapacidad permanente absoluta Impide al trabajador el ejercicio de todo tipo de profesión Igual que en el caso de incapacidad permanente total 100% de la base reguladora Gran invalidez Situación en la que se encuentra un trabajador afectado por incapacidad absoluta. Necesita la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida Los mismos que en la incapacidad permanente total 100% de la base reguladora, incrementando con un complemento que no podrá ser inferior al 45% de la pensión

14 2.7. Jubilación La jubilación es el cese voluntario en el trabajo a causa de la edad, lo que dará lugar a una pensión vitalicia que será reconocida al beneficiario Requisitos Cumplir la edad legal de jubilación Tener cotizados 15 años, de los cuales 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la edad de jubilación Cuantía Se determina aplicando a la base reguladora un porcentaje que varía según el número de años cotizados por el trabajador

15 2.8. Prestaciones por muerte y supervivencia
Pensión de viudedad Consiste en una pensión vitalicia a favor del cónyuge o pareja de hecho superviviente Esta pensión es compatible con la percepción de otras rentas del trabajo, pero se pierde al contraer nuevo matrimonio, excepto en ciertos casos (personas mayores o incapacitados con un menor nivel de rentas) Pensión de orfandad Tienen derecho a ella los hijos/as de la persona fallecida menores de 18 años. Esta edad es ampliable hasta los 25 años si no realizan ninguna actividad laboral o cuando sus ingresos resulten inferiores al SMI, en cómputo anual. También tienen derecho a esta prestación los hijos que se encuentren incapacitados para trabajar

16 2.9. Desempleo. Es la situación en que se encuentran las personas que pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida la jornada laboral al menos en una tercera parte, con la correspondiente pérdida o reducción análoga del salario. Puede ser total o parcial Desempleo total: cuando cesa de forma temporal o definitiva, en la actividad que desarrollaba y se ve privado del salario Desempleo parcial. Cuando el trabajador ve reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo, al menos en una tercera parte, siempre que el salario se vea reducido en la misma proporción

17 2.9. Desempleo. Requisitos: doce meses dentro de los seis años anteriores a la situación Cuantía: resulta de aplicar a la base reguladora un porcentaje establecido en función del tiempo que se permanezca en el desempleo Duración: está en función del tiempo de ocupación cotizado en los seis años anteriores a la situación de desempleo, va de los 120 días a los 720 días

18 2.9. Desempleo. Nivel contributivo
Cuantía de la prestación por desempleo Los primeros 180 días 70% de la base reguladora A partir de los 181 50% de la base reguladora Límites máximos de la prestación por desempleo Número de hijos a cargo menores de 26 años Porcentaje sobre el indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) Sin hijos 175% del IPREM Con un hijo 200% del IPREM Con dos o más hijos 225% del IPREM Límites mínimos de la prestación por desempleo 80% del IPREM Con hijos a cargo 107% del IPREM

19 Nivel asistencial. Subsidio por desempleo
Es un sistema asistencial que prolonga el sistema contributivo anterior. Requisitos: se concede a quienes, en situación de paro, carecen de rentas superiores en cómputo mensual al 75% del salario mínimo interprofesional. Cuantía: el 80% del IPREM, sin incluir las pagas extras Duración: existe una gran casuística de supuestos en los que se puede percibir el subsidio


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