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XXIII CURSOS INTERNACIONALES DE VERANO XXIII CURSOS INTERNACIONALES DE VERANO “CIUDAD DE MELILLA” EXTRANJERÍA 21 al 25 de julio 2014 Subdirección General.

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1 XXIII CURSOS INTERNACIONALES DE VERANO XXIII CURSOS INTERNACIONALES DE VERANO “CIUDAD DE MELILLA” EXTRANJERÍA 21 al 25 de julio 2014 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas

2 Nueva vertiente penitenciaria: Penas y Medidas Alternativas > Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas

3 El Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, especifica : “Corresponde a la Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas el desarrollo de lo establecido en el párrafo d) del apartado primero, del artículo 5: (d) La planificación, coordinación y gestión de la acción social a internos y liberados condicionales y la gestión y seguimiento de penas y medidas alternativas, que sean competencia de la Administración Penitenciaria según la normativa vigente”. Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas

4 ¿De qué hablamos cuando nos referimos a las penas y medidas alternativas? - Trabajo en Beneficio de la comunidad Se condena a una persona a que dé su tiempo a los demás a través de una tarea o trabajo a realizar, medido en jornadas. - Suspensiones de condena Se deja sin aplicar una pena con la condición de que el penado realice o cumpla con ciertas condiciones (reglas de conducta). - Sustituciones de condena Se cambia una pena por otra, por Trabajo en Beneficio de la Comunidad en el caso de una pena alternativa y el cumplimiento de una o varias reglas de conducta. Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas

5 Sentencias de Medidas Alternativas recibidas a nivel Nacional desde 1 de enero a 31 de diciembre de 2013. TBCSuspensiones Medidas de Seguridad Total 93.72414.299427108.450 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas Estadística 1 Estadística 2 Flujo de Medidas Alternativas gestionadas a nivel Nacional desde 1 de enero a 31 de diciembre de 2013. Stock a 1-1-2013Sentencias recibidas en 2013Total 52.354108.450160.804 1. Total de Penas y Medidas Alternativas

6 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas 2. Trabajo en Beneficio de la Comunidad Flujo de Sentencias de Trabajo en Beneficio de la Comunidad gestionadas a nivel Nacional desde 1 de enero a 31 de diciembre de 2013. Stock a 1-1-2013Sentencias recibidas en 2013Total 40.97293.724134.696

7 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas 3. Suspensiones y Sustituciones de condena Flujo de Suspensiones y Sustituciones de condena gestionadas a nivel Nacional desde 1 de enero a 31 de diciembre de 2013. Stock a 1-1-2013Sentencias recibidas en 2013Total 10.56614.29924.865

8 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas Penados extranjeros en medidas penales alternativas En cuanto a la nacionalidad de los penados en el ámbito penal alternativo, el 22,5% son extranjeros, frente a un 77,5% de penados de nacionalidad española. Dentro de los penados extranjeros, aquellos procedentes de países sudamericanos son los más prevalentes, sumando un total del 9% del total de personas que tienen que cumplir una medida penal alternativa (Boletín estadístico de penas y medidas alternativas. Primer trimestre de 2014).

9 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas  En el ámbito de las medidas alternativas, uno de los principios fundamentales es la adaptación del cumplimiento de la pena a la situación personal, familiar y laboral del penado.  En este sentido, la ejecución de los trabajos en beneficio de la comunidad y de los programas de intervención en el ámbito de la suspensión y sustitución de condena se ajusta – en la medida de lo posible- a las necesidades que los penados tienen, entre ellas las que puedan derivar de su condición de inmigrantes.

10 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas  Los datos más contundentes respecto a penados extranjeros en medidas alternativas son los casos de penados por delitos relacionados con la violencia de género.  Aproximadamente el 35% de los penados condenados son extranjeros.  El país de procedencia más frecuente es Marruecos, con un 8% del total de agresores extranjeros.  El segundo país más prevalerte es Rumanía, con un 7% del total de penados.  Finalmente el colectivo de extranjeros más numeroso son los inmigrantes latinoamericanos (12%), siendo Ecuador, Colombia y Bolivia los países mas representados

11 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas  En el “Plan de Atención y Prevención de la Violencia de Género en población extranjera inmigrante” (desarrollado a partir de 2009), se advertía que los agresores de violencia de género extranjeros, suponían una sobre-representación respecto al peso demográfico de varones extranjeros en España. Ante esta situación, en el año 2011, la Secretaria General de IIPP elaboró una guía de aplicación para penados extranjeros del programa de intervención para penados por delitos de violencia de género (PRIA). El objetivo de elaborar esta guía era dotar a los profesionales que llevan a cabo los programas de intervención con esta población extranjera de estrategias terapéuticas específicas.

12 Guía metodológica de intervención con penados extranjeros En una primera parte, la guía analiza las principales nacionalidades de los penados que atendemos en los SGPMA(*). De cada nacionalidad, se recoge información sobre la situación de la mujer en ese país, indicadores de desigualdad, cifras de violencia contra la mujer y acciones que se han desarrollado en cada uno de estos países para luchar contra la violencia de género. El objetivo es que el terapeuta, a la hora de trabajar con penados de diferente nacionalidad, conozca el contexto cultural y normativo en relación a la mujer y a la violencia de género en el que los penados se han socializado. (*)SGPMA Servicios de gestión de penas y medidas alternativas Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas

13  Es importante destacar aquí que, en ningún caso, con esta guía se pretende generalizar o generar estereotipos sobre la cultura del inmigrante y se actúa cautelosamente a la hora de extrapolar datos basados en estudios que puedan no ser representativos.  Aun así, consideramos que es importante que el terapeuta conozca el entorno sociocultural en que los penados han vivido la mayor parte de su proceso de socialización, y que ha influido en la formación de sus creencias y actitudes respecto al rol de la mujer en la sociedad.

14 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas  Una segunda parte de la guía está centrada en analizar los factores psicosociales derivados del proceso de inmigración y su posible influencia en el desarrollo y mantenimiento del comportamiento violento.  Hay estudios que demuestran que el propio proceso migratorio, las dificultades socioeconómicas y de aculturación conllevan un aumento importante del estrés en el inmigrante, que se ve obligado a realizar un proceso de adaptación a su nueva situación. Este conjunto de dificultades se denomina duelo migratorio que requiere -como cualquier otro duelo- de una elaboración adecuada por parte del individuo.  Cuando el duelo migratorio no se produce, o se produce de manera inadecuada, puede conllevar una serie de desequilibrios emocionales que, junto con las habituales dificultades socioeconómicas y las dificultades de adaptación a la nueva cultura, pueden influir en el desarrollo de comportamientos violentos en el ámbito de la pareja.

15 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas Una vez más no pretendemos con este análisis generalizar, y ni mucho menos, justificar el comportamiento del penado inmigrante, sino explicar los factores que pueden estar afectando a esta conducta, para poder erradicarlos o trabajarlos de la manera más adecuada. Así, uno de los factores de riesgo de violencia más analizados en los estudios ha sido el desequilibrio en los roles derivado del proceso migratorio. Se refiere este término a cómo las concepciones tradicionales sobre el género que tenían asumidas los inmigrantes pueden verse modificadas, produciéndose una alteración en los roles en la pareja, durante o tras el proceso de migración.

16 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas  Por ejemplo, hay un porcentaje elevado de casos en que las mujeres emigran antes que los maridos para buscar trabajo. Una vez asentadas en el país de destino, emigran los maridos. Es en este momento cuando se puede producir un choque de roles importante.  En muchas ocasiones, las mujeres inmigrantes que por primera vez llevan a cabo una actividad laboral fuera de casa, piden a sus maridos compartir las tareas del hogar y de cuidado de los hijos. Por otra parte, las mujeres descubren nuevos derechos y oportunidades de independencia para las mujeres, ante estos cambios el hombre puede sentir cuestionado su modelo de masculinidad y aparecer el temor a la pérdida de privilegios de poder, aumentando el riesgo de violencia.

17 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas  En muchos casos, una vez en nuestro país, la toma de conciencia sobre la violencia de género y la capacidad de respuesta ante la misma, inciden en la mujer emigrante.  Esta toma de conciencia, aumenta a través de distintos factores: - la interacción social, - la adquisión de mayor independencia y autonomía, - las campañas de malos tratos, muy presentes en los medios de comunicación, - y la existencia de una condena pública de estos hechos. Dada la situación de cambio y desconcierto que se produce tras el proceso migratorio, es posible que determinados hombres experimenten la necesidad de aumentar el control sobre sus parejas.

18 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas  Hay que tener en cuenta que estos desequilibrios serán muy distintos dependiendo de la visión de género del país de origen del inmigrante y de las diferencias que existan con el país de recepción.  Es posible que, cuando la inmigración proviene de culturas con un sistema patriarcal más extremo que el de España se produzcan desequilibrios en el sistema familiar y en las estructuras de los roles.  Por otra parte, existen estudios que también han investigado la existencia de factores de vulnerabilidad específicos que presentan las mujeres inmigrantes.

19 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas Estudios españoles recientes (UAM*) en esta materia han destacado los siguientes factores de vulnerabilidad en la mujer emigrante: - Falta de apoyo social y familiar que conlleva la dependencia con el agresor y que impide romper el ciclo de la violencia. - Falta de apoyo institucional, por desconocimiento de la ley, por dificultades de acceso a la información derivadas del aislamiento social, o por desconocimiento del idioma. - Dificultades de acceso a información y servicios. Miedo a la expulsión propia, miedo a la expulsión del agresor (que puede ser el único apoyo social y económico), o miedo a que se les deniegue la reagrupación de los hijos al separarse del agresor. - Precariedad laboral derivada de la dificultad de acceder al mundo laboral. (*) UAM-Universidad Autónoma de Madrid

20 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas Por lo tanto y en consecuencia con el análisis realizado, las mujeres inmigrantes presentan una mayor vulnerabilidad derivada de factores migratorios, socioeconómicos y legales que hacen que se encuentren en una situación de mayor desprotección en caso de que exista violencia previa o posterior al propio proceso migratorio. Todos estos factores psicosociales derivados del proceso migratorio (duelo, proceso de aculturación, desequilibrio en los roles, factores de vulnerabilidad tanto de víctima como de agresor) deben ser analizados en el proceso de evaluación de los inmigrantes agresores para observar su posible influencia en el desarrollo y/o mantenimiento de violencia en la pareja, tanto si la violencia se daba de manera previa al proceso de migración, como si se produjo después del mismo. Y todo ello, tendente a buscar la mejor y más oportuna intervención tratamental.

21 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas Finalmente, la tercera parte de la guía incorpora estrategias terapéuticas a tener en cuenta tanto en la evaluación como en la intervención con penados extranjeros, que pueden ayudar a mejorar la eficacia de la intervención. En el caso de la evaluación, se recomienda realizar una entrevista extensa donde se pueda recoger toda la historia del penado, experiencia migratoria, año en el que llegó a España, circunstancias que propiciaron la migración, expectativas, etc.

22 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas Algunas de las recomendaciones en cuanto a la evaluación son las siguientes: -Tener en cuenta que pueden existir diferencias en la manera de entender los conceptos que utilizamos en terapia, por parte de los penados. Por ejemplo, qué entendemos por violencia en general, qué se entiende por violencia de género en particular, etc. -Evaluar las actitudes y creencias del grupo de pertenencia en relación a la conducta violenta llevada a cabo por el penado. -Evaluar el grado de conocimiento que tiene el penado sobre los recursos comunitarios existentes para los inmigrantes que puedan serle de utilidad a nivel familiar, social y laboral. Otro aspecto importante a evaluar a través del testimonio del penado son los factores de vulnerabilidad que presenta la victima: dependencia económica del agresor, situación irregular, apoyo social y familiar, etc. Estos datos nos pueden aportar información extra a la hora de determinar los factores de protección de la víctima y el nivel de riesgo de reincidencia del agresor.

23 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas En relación a la intervención, también se dan algunas recomendaciones a los terapeutas, por ejemplo: Recomendación generales: Se considera poco aconsejable organizar grupos exclusivamente de penados extranjeros, ya que la multiculturalidad puede ser un elemento positivo de cara a la intervención psicoeducativa. Sin embargo, sí es aconsejable incluir al menos a dos personas de la misma cultura de origen para facilitar la identificación con el grupo y poder apoyarse en caso de posibles dificultades de idioma. Es importante ofrecer un enfoque integrador que facilite a los penados la adaptación a nuestra cultura al mismo tiempo que se mantiene su identidad de origen, pero siempre con el objetivo final de modificar las creencias que legitimen cualquier tipo de maltrato.

24 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas Otras recomendaciones generales serían… Realizar intervenciones que acepten su cultura pero con la meta de eliminar el abuso y violencia hacia los miembros de la familia. Debemos enfocar la intervención no en la crítica de la cultura, sino en la eliminación de la violencia en las relaciones familiares. Prestar atención a aspectos que puedan ser diferentes en función de la cultura de origen, por ejemplo, respecto al lenguaje no verbal, el mundo emocional, las relaciones de pareja, los ritos de matrimonio, etc. Conocer estas diferencias nos permite una mejor detección de las ideas distorsionadas en relación a la mujer y a la violencia para realizar un cuestionamiento más efectivo.

25 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas Recomendaciones como profesionales Para poder empatizar con personas de distintas culturas es importante conocer los valores, tradiciones, costumbres y configuración de los roles de su cultura de origen. Cuidar nuestros propios estereotipos sobre el país y cultura de origen que pueden llevarnos a una conceptualización errónea de los factores explicativos del maltrato. Puede resultar útil utilizar material audiovisual que pertenezca a los países de origen de los penados extranjeros con los que se está interviniendo, para mejorar la comprensión y el modelado.

26 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas Es aconsejable invitar a participar en alguna sesión del programa a alguna persona que tenga la misma nacionalidad que los penados extranjeros con los que se está interviniendo. Puede ser otro penado que haya finalizado el programa o un profesional de alguna asociación que trabaje con inmigrantes. Se considera que una persona de la misma nacionalidad puede ser un modelo más cercano para los penados y el mensaje puede ser mejor entendido y aceptado por los mismos. Finalmente, se recomienda incluir una unidad complementaria de integración multicultural cuando se trabaja con penados extranjeros, donde se ofrecerá un marco explicativo que permita a los penados extranjeros aumentar la comprensión del proceso migratorio, los cambios en los roles, y los desequilibrios que han experimentado.

27 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas  Dos últimas consideraciones:  La percepción por parte del penado de que conocemos su realidad y los procesos de cambio que ha experimentado, puede resultarnos útil para reforzar la alianza terapéutica.  Cuidado sin embargo, con que esta información no sea utilizada por los penados para reforzar las justificaciones sobre su comportamiento violento. El objetivo es también aumentar la empatía con la victima.

28 Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas Muchas gracias por la atención prestada


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