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Ponente: Abg. Gerardo Torrealba

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Presentación del tema: "Ponente: Abg. Gerardo Torrealba"— Transcripción de la presentación:

1 EL ROL DE LA DEFENSORÍA PUBLICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Ponente: Abg. Gerardo Torrealba Defensor publico segundo en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

2 LAS DEFENSORÍAS. Son servicios de interés publico organizados y desarrollados por los Municipios ola sociedad, con el fin de promover y defender los derechos de los niños, niños y adolescentes. Fortalecer los lazos familiares, brindar asistencia jurídica, difundir los derechos de los niños, niñas y adolescentes, educarlos para su autodefensa. las Defensoras Públicas y Defensores Públicos tienen la obligación de orientar, asistir, asesorar, representar y defender los derechos de todo niño, niña y adolescente venezolano o extranjero que así lo requiera. Estos servicios pueden ser solicitados por los mismos niños, niñas y adolescentes, por sus familiares o por cualquier otra ciudadana o ciudadano que tenga interés directo o indirecto. La función esencial de los Defensores Públicos asignados a esta competencia, se fundamenta en: asistir, asesorar o representar ante la Sala de Protección o Corte de Apelaciones al niño, niña o adolescente, en todos aquellos aspectos señalados en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), así como en brindar asesorías y asistencias extrajudiciales Abg. Gerardo Torrealba

3 LAS DEFENSORÍAS SE RIGEN POR TRES PRINCIPIOS:
Gratuidad: todos los servicios prestados en las defensorías para los niños, niñas y adolescentes son absolutamente gratuitos. Es decir, toda solicitud, pedimento o demanda tramitada ante estas instancias, así como las copias certificadas de documentos pueden ser papel común, sin estampillas. Igualmente, ningún empleado público puede cobrar por dichos servicios. Confidencialidad: los adultos deben respetar la vida privada de los niños, niñas y adolescentes, ya que ellos tienen derecho a la reputación y respeto de su propia imagen. Carácter orientador y no impositivo: los defensores deben servir como conciliadores, prestar auxilio jurídico según la necesidad y remitir los casos a la instancia competente. MARCO CONSTITUCIONAL DE LA DEFENSA PÚBLICA Abg. Gerardo Torrealba

4 MARCO CONSTITUCIONAL DE LA DEFENSA PÚBLICA
La Defensa Pública está contemplada en los siguientes artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:  Artículo 19, El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen´.  Artículo 26, Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente. El estado garantizará una justicia gratuita, Abg. Gerardo Torrealba

5 EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES PODEMOS AYUDARLE SI PRESENTA ALGUNA DE ESTAS SITUACIONES O REQUERIMIENTOS: • Cuando la obligación de manutención (alimento, útiles escolares, vestido, medicinas, etc.) no es cumplida por el padre, la madre u otro responsable. • Problemas con el régimen de convivencia familiar.  • Cuando entre los padres separados no exista acuerdo respecto a cuál de los dos vivirá con el niño, niña y/o adolescente • Cuando su hija o hijo no tiene acta de nacimiento o cédula de identidad, o tiene errores en ellas • Autorización para viajar y/o para tramitar pasaporte • Problemas para ingresar a su hija o hijo a una institución educativa • Cuando su hija o hijo no ha sido reconocido por su padre • Cuando su hija o hijo no ha sido reconocido por su padre • Si conoce de algún caso de violación de los derechos de niños, niñas y adolescentes Abg. Gerardo Torrealba

6 GRACIAS POR SU ATENCIÓN


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