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Reforma Constitucional y Promulgación de la Nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F. Julio 11, 2008 InfoDF - UAM.

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Presentación del tema: "Reforma Constitucional y Promulgación de la Nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F. Julio 11, 2008 InfoDF - UAM."— Transcripción de la presentación:

1 Reforma Constitucional y Promulgación de la Nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F. Julio 11, 2008 InfoDF - UAM

2 Contenido Temático u Reforma al artículo 6º Constitucional o Antecedentes de la iniciativa u Código de Buenas Prácticas y Alternativas para el diseño de Leyes de Transparencia en México u Nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F.

3 Reforma al artículo 6º. Constitucional 22 de noviembre de 2005 Declaración de Guadalajara (Suscrita por los gobernadores de Zacatecas, Aguascalientes y Chihuahua). Marzo de 2006 XXVII Reunión ordinaria de la CONAGO (26 mandatarios y 6 representantes de gobiernos estatales acuerdan inscribir en la agenda de trabajo la reforma constitucional) 10 de noviembre de 2006Iniciativa Chihuahua. 13 de diciembre de 2006 Presentación de la Iniciativa Chihuahua en la Cámara de Diputados. 19 de diciembre 2006 Presentación de la Iniciativa de Reformas al artículo 6º Constitucional ante el Pleno de la Cámara de Diputados. 8 de marzo de 2007 Cámara de Senadores recibe de la colegisladora la minuta, con Proyecto de Decreto de Reforma Constitucional. 20 de julio de 2007 Publicación de reforma constitucional en D.O.F. Antecedentes de la Iniciativa

4  Suscrita por los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua, Veracruz, Zacatecas y, por el entonces Jefe de Gobierno del Distrito Federal.  Principios mínimos que deberían regir el ejercicio del derecho de acceso a la información en todo el territorio nacional: a) Publicidad sujeta a excepciones por causa de interés público. b) Acceso a la información de todos los órganos del Estado y lo partidos políticos. c) Procedimiento expedito para el acceso a la información. d) Procedimiento expedito para el acceso y rectificación de datos personales. e) Procedimiento de revisión de decisiones desfavorables ante un organismo especializado. f) Prueba de daño e interés público. g) Sanciones administrativas para los servidores públicos. h) Obligaciones de proporcionar información. i) Actualización de archivos. j) Protección de vida privada. Iniciativa Chihuahua

5 Principales aspectos de la Reforma al Artículo 6º Constitucional ( D.O.F 20-07-07) Adición de segundo párrafo con siete fracciones que establecen: I. Principio de máxima publicidad. II. Protección de la información relativa a la vida privada y los datos personales. III. No acreditación de derechos subjetivos. IV. Procedimientos de revisión expeditos, sustanciados por órganos autónomos especializados. V. Obligación de preservar y actualizar archivos, así como de publicar en medios electrónicos información completa sobre indicadores de gestión y del ejercicio de recursos públicos. VI. Facultad de congresos locales para regular la forma de hacer pública información de recursos entregados a personas físicas o morales. VII. Regulación de sanciones en los términos que dispongan las leyes.

6 C oordinado por el CIDE, con la participación de académicos y especialistas de la UNAM, los órganos garantes y de organismos de la sociedad civil. Objetivos: u Exponer las mejores prácticas en materia de acceso a la información y la protección de datos personales. u Identificar alternativas concretas para el diseño de leyes de acceso a la información pública en México, atendiendo a los principios y bases del artículo 6º constitucional. u Ser un referente útil y flexible para orientar el debate de los legisladores en cada una de las entidades federativas y de la federación, respecto del proceso de reforma de las leyes en la materia. Código de buenas prácticas y alternativas para el diseño de leyes de transparencia.

7 Se integra por cinco grandes apartados: Código de Buenas Prácticas Código de Buenas Prácticas Disposiciones GeneralesEstablece principios; definiciones; sujetos obligados y catálogos de información pública de oficio específicos por sujeto obligado; disposiciones para la regulación de archivos. Protección de datos personales Define los datos personales, los derechos ARCO y los procedimientos para su ejercicio. Derecho de acceso a la información Establece procedimientos y modalidades para la atención de solicitudes, así como los medios de defensa en caso de negativa de información Instituciones:Establece distintas opciones para el diseño de los órganos especializados encargados de garantizar el derecho de acceso. Sanciones:Prevé distintos mecanismos y sanciones para en caso de incumplimiento de las disposiciones previstas por las Leyes o de las resoluciones de los órganos garantes.  Es presentado a la ALDF por el INFODF, el 5 de noviembre de 2007.

8 Antecedentes de la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F. 13 de Diciembre de 2006 Iniciativa de reformas presentada por Coalición Socialdemócrata (Dip. Jorge Carlos Díaz Cuervo) 22 de mayo de 2007 Iniciativa de reformas presentada por el PAN (Dip. Agustín Castilla Marroquín) 18 de octubre de 2007 Iniciativa de reformas presentada por el PAN (Dip. Daniel Ramírez del Valle) 23 de octubre de 2007 Iniciativa de reformas presentada por Nueva Alianza (Dip. Xiuh Tenorio Antiga) 23 de octubre de 2007 Iniciativa de reformas presentada por Comisión de Administración de la ALDF (Dip. Kenia López Rabadán) 8 de noviembre de 2007 Iniciativa de reformas presentada por Nueva Alianza (Dip. Xiuh Tenorio Antiga) 8 de noviembre de 2007 Iniciativa de reformas presentada por PRD (Dip. Tomas Pliego Calvo Tenorio Antiga) 29 de noviembre de 2007 Iniciativa de Decreto por el que se crea LTAIPDF por PRD (Dip. Isaías Villa González ) 29 de noviembre de 2007 Iniciativa de reformas presentada por PAN (Dip. Kenia López Rabadán) 18 de diciembre de 2007 Iniciativa de reformas presentada por PRD (Dip. Tomas Pliego Calvo Tenorio Antiga)

9  Incorpora el principio de máxima publicidad para la interpretación de la Ley.  Reconoce expresamente a los Partidos Políticos y a las APL´s como sujetos obligados e incorpora como sujetos indirectos a los sindicatos y las organizaciones cíviles.  Establece catálogos específicos de información pública de oficio por cada uno de los órganos de gobierno y autónomos.  Precisa que la información de oficio deberá estar disponible en formato electrónico tanto en los respectivos sitios de Internet como en forma impresa en las OIP´s, para facilitar su acceso.  Crea los comités de transparencia como instancia colegiada, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones normativas al interior de los entes públicos.  Incorpora la figura de inexistencia de información. Aspectos relevantes de la Nueva LTAIPDF

10  Precisa la gratuidad en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.  Aclara los supuestos y términos de reserva o confidencialidad de la información y, prohíbe expresamente los acuerdo clasificatorios.  Establece diversos plazos y procedimientos para la sustanciación de Recursos de Revisión, de acuerdo con la causa de su interposición.  Suprime lo relativo al derecho de acceso y protección de datos personales y, establece la obligación del órgano legislativo de emitir una Ley especial en la materia.  De la misma forma, se suprimen las disposiciones en materia de archivos y se prevé la obligación de emitir una Ley especial Aspectos relevantes de la Nueva LTAIPDF

11  Precisa el alcance de las atribuciones del InfoDF respecto a los rubros siguientes: u Emitir opiniones y recomendaciones sobre cumplimiento de obligaciones y clasificación de información. u Reglamentar procedimientos administrativos y de operación del Instituto. u Capacitar y promover el desarrollo de temas relacionados la cultura de la transparencia.  Otorga nuevas facultades para: u Evaluar el cumplimiento de las disposiciones y actuación de los entes mediante pràcticas de verificación. u Asesorar sobre el ejercicio del derecho de acceso. u Investigar y resolver sobre denuncias que permitirán cubrir los extremos de la norma. u Emitir criterios para el resguardo de información reservada y confidencial. u Denunciar hechos o infracciones de la Ley ante autoridades competentes.

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