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EL FORO DE GRANDES EMPRESAS

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Presentación del tema: "EL FORO DE GRANDES EMPRESAS"— Transcripción de la presentación:

1 EL FORO DE GRANDES EMPRESAS
PORTADA

2 FORO DE GRANDES EMPRESAS
Órgano de relación cooperativa entre la AEAT y un número limitado de grandes empresas españolas. RELACIÓN COOPERATIVA: mayor colaboración basada en los principios de transparencia y confianza mutua a través de conocimiento y puesta en común de los problemas que puedan plantarse en la aplicación del sistema tributario. CONSTITUCIÓN: 10 de julio de 2009. Nº de empresas participantes: 27 entidades de diferentes sectores. Antecedentes: Creación de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes Actualización en 2008 del Plan de Prevención del Fraude fiscal Acuerdo del Consejo de Ministros de de reducción de cargas administrativas.

3 Foro de grandes empresas
Relación de empresas participantes: EL CORTE INGLÉS ENDESA FCC GAS NATURAL FENOSA GENERALI ESPAÑA IBERDROLA IBERIA INDITEX MAPFRE MERCADONA MlCHELlN NORFIN HOLDER RENAULT ESPAÑA REPSOL YPF SEAT SlEMENS TELEFÓNICA VODAFONE ACERINOX ACS AMADEUS IT HOLDING BBVA BANCO DE SANTANDER LA CAlXA CAJA MADRID COFARES CEPSA

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Funciones del Foro (I): Podrán ser objeto de conocimiento y discusión: Mejora de la relación entre la Administración tributaria del Estado y las empresas y establecimiento de canales de comunicación fluida En particular: Difusión de la estructura de los órganos de aplicación de los tributos y de la práctica de dicha aplicación. Sugerencias de mejora en la gestión de los tributos. Mejora de los actuales canales de comunicación entre la Administración tributaria y las empresas y establecimiento de otros nuevos. - Difusión de criterios interpretativos específicos de interés general realizados por los órganos competentes (administrativos, económico-administrativos y judiciales).

5 FORO DE GRANDES EMPRESAS
Funciones del Foro (II): b) Simplificación y favorecimiento del cumplimiento de las obligaciones fiscales: Análisis de las siguientes cuestiones: Posibles mejoras en los procedimientos de aplicación de los tributos. Actuaciones de control tributario: duración, costes de atención, etc. Obligaciones formales relativas a grupos fiscales (Sociedades e IVA), operaciones vinculadas, etc. Criterios y frecuencia de remisión de información fiscal a la Administración. Implantación y modificación de programas informáticos de suministro de información y de ayuda a la cumplimentación de declaraciones. Información anticipada sobre los mismos. Fomento de la facturación electrónica. Establecimiento de canales de información que generen mayor seguridad en la actuación empresarial, minimizando los costes de litigiosidad y el riesgo de sanción. - Tributación de determinadas operaciones de interés general.

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Funciones del Foro (III): c) Estudio de cambios normativos y adaptación a los mismos Conocimiento anticipado de proyectos normativos de interés general. Propuestas de modificación normativa de interés general. d) Evaluación de la actuación interna de las empresas en relación con la aplicación del sistema tributario - Difusión de la importancia de la gestión fiscal en los programas de formación gerencial de las empresas. - Responsabilidad de los Consejos de Administración en materia fiscal como manifestación de la Responsabilidad Social Corporativa. - Creación de un Código de buenas prácticas tributarias. - Posibles mejoras a introducir en los procedimientos de control interno para la detección y gestión de las contingencias fiscales en las empresas

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Composición: Agencia Tributaria: Presidente, Director General y Directores de Departamentos Empresas: preferentemente un miembro del Consejo de Administración. Funcionamiento (I): Carácter informal, asociativo, flexible y desburocratizado. No obstante: 1.- Normas de funcionamiento aprobadas por el Pleno 2.- Secretaría Técnica: funcionario designado por el Director General. Funciones: Impulsar y apoyar los trabajos del Foro (proponer temas, preparar documentación,etc). Realizar los estudios, informes o trabajos que le encomiende el Foro o su Presidente y elaborar estudios comparativos a nivel internacional sobre las materias propias del Foro. Extender las actas de las sesiones del Foro y de los grupos de trabajo. Disponer la difusión y publicidad de los acuerdos adoptados por el Foro. 3.- Colaborador con la Secretaría Técnica: un representante de las empresas de manera rotatoria por periodos anuales         

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Funcionamiento (II): 1.- Pleno Identifica los problemas y adopta los acuerdos siempre por consenso entre los asistentes. Se celebrará sesión ordinaria al menos una vez al semestre. Está prevista la convocatoria por el Presidente de sesiones extraordinarias por iniciativa propia o cuando lo soliciten al menos cinco empresas. 2.- Grupos de trabajo Analizan los problemas y proponen acuerdos al Pleno. Los representantes son designados por: Agencia Tributaria: Presidente o el Director General entre los funcionarios de la misma Empresas: por el conjunto de los representantes de éstas en el Foro entre los empleados de las mismas. Asiste el Secretario Técnico del Foro (o el funcionario en el que delegue), que desempeñará las funciones de Secretaría, y el representante de las empresas colaborador de la Secretaría.                  

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Grupos de trabajo: 1.- Elaboración de un código de buenas prácticas tributarias 2.- Análisis y racionalización de las cargas fiscales indirectas 3.- Precios de transferencia 4.- Impuestos Especiales Los resultados de los Grupos de Trabajo se publican en la página web de la Agencia y resultan aplicables a cualquier empresa, sea o no sea del Foro.

10 Foro de grandes empresas
Código de Buenas Prácticas Tributarias Aprobado por el Pleno del Foro el día 20 de julio de 2010. Elaborado conjuntamente por Administración y empresas. Objetivo: mejorar la aplicación de nuestro sistema tributario a través de: incremento de la seguridad jurídica, la cooperación recíproca entre las empresas y la AEAT basada en los principios de buena fe y lealtad, la aplicación de políticas fiscales responsables por parte de las empresas. Contiene una serie de recomendaciones de medidas o prácticas de buen gobierno de las empresas en materia fiscal, con carácter no exhaustivo y flexible, permitiendo por tanto que las empresas puedan adaptarlas a sus propias características. Las empresas adheridas reflejarán el efectivo cumplimiento del Código en el informe anual de gobierno corporativo.

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Código de Buenas Prácticas: Compromisos (I) 1.- Transparencia, buena fe y cooperación con la AEAT en la práctica fiscal empresarial: Reducción de riesgos fiscales significativos por parte de las empresas. Evitar la utilización por las empresas de estructuras de carácter opaco con finalidades tributarias. Colaboración de las empresas en la detección de prácticas fiscales fraudulentas. Información al Consejo de Administración de las políticas fiscales aplicadas por la empresa, así como de las concretas consecuencias fiscales de las operaciones que deban ser aprobadas por el mencionado Consejo de Administración. 2.- Transparencia y seguridad jurídica en la aplicación e interpretación de las normas tributarias por parte de la AEAT: Respeto al precedente administrativo Publicidad de los criterios de aplicación general Posibilidad de plantear consultas previas sobre el tratamiento tributario de determinadas operaciones (continúa)

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Código de Buenas Prácticas: Compromisos (II) 2.- Transparencia y seguridad jurídica en la aplicación e interpretación de las normas tributarias por parte de la AEAT (continuación) Posibilidad de presentación de anexos explicativos junto con las declaraciones tributarias. Garantía del pleno ejercicio de los derechos de los contribuyentes. Información al Comité de Dirección de casos de especial trascendencia o controversia. 3.- Reducción de la litigiosidad y evitación de conflictos: Potenciar el acuerdo en todas las fases del procedimiento inspector: facilitar cuanto antes el conocimiento de los hechos objeto de regularización, comunicación en la trámite de audiencia de los conceptos esenciales a regularizar y cuantificación provisional aproximada de la liquidación, valoración expresa de las alegaciones en la motivación, conocimiento y discusión de los hechos en expedientes sancionadores, etc. Delimitación del objeto de requerimientos y declaraciones informativas, y de la duración de los procedimientos de comprobación e investigación. Facilitar a la AEAT la información y documentación de forma rápida y completa.

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Código de Buenas Prácticas: Procedimiento de adhesión El Código es de aplicación general a cualquier empresa, esté o no presente en el Foro. Se precisa acuerdo del Consejo de Administración. Publicidad de las empresas adheridas en la web de la Agencia Tributaria. Código de Buenas Prácticas: Comisión de seguimiento Seis miembros nombrados anualmente a partes iguales por la AEAT y las empresas. Reuniones al menos semestrales. Acuerdos por consenso. Funciones: Inclusión en el Código de nuevas materias Interpretación de las recomendaciones Cualquier iniciativa que ayude a la materialización y puesta en práctica del Código

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Análisis y racionalización de las cargas fiscales indirectas Se están analizando 39 medidas propuestas por las empresas: 13 medidas aceptadas e implantadas (o en proceso de implantación) 2 medidas consideradas inviables 8 medidas pendientes de aclaración o ampliación por las empresas 16 medidas en estudio Precios de transferencia Análisis de los problemas derivados de la aplicación de la normativa sobre precios de transferencia y acuerdos previos de valoración. Impuestos Especiales Análisis de los problemas de la normativa actual sobre estos impuestos y su gestión.

15 CONTRAPORTADA


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