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1 Fiscalidad y Cotización de los Seguros de Salud.

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Presentación del tema: "1 Fiscalidad y Cotización de los Seguros de Salud."— Transcripción de la presentación:

1 1 Fiscalidad y Cotización de los Seguros de Salud

2 2 ¿Las empresas que pagan el seguro de salud a favor de sus empleados asumen un importante coste? 1 ¿Qué opciones tienen para obtener mayores ventajas y beneficios?

3 3 Fiscalidad y Cotización de los Seguros de Salud El antes y el después Antes las empresas no tenían que incluir en la base de cotización el seguro de salud que pagaban como un beneficio social a favor de sus empleados si el importe no excedía de 500 euros. Ahora las empresas están obligadas a incluir en la base de cotización el importe íntegro del seguro que paguen por cada trabajador, cónyuge o descendientes. CONCEPTOS INCLUIDOS DE LA BASE DE COTIZACION Artículo 109 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social conforme redacción RDL 20-2012 Artículo 109 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social conforme redacción RDL 16-2013 Válido hasta 21/12/2013Válido desde 22/12/2013 Planes de pensionesExentoImporte íntegro Ticket RestaurantEl exceso de 9€/díaImporte íntegro Seguro médico trabajador más cónyuge y descendientes El exceso de 500€ anuales por cada persona incluidaImporte íntegro

4 4 CAMBIOS 2014 EN LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL ¿Cómo le afecta a la empresa? Porcentajes de cotización a la Seguridad Social ¿Cómo le afecta al trabajador? -Empresa : 29,9 % -Trabajador: 6,35 % Ejemplo práctico: empresa que paga un seguro médico de 500 €/año Pagará el 29,9 % del coste del seguro a la Seguridad Social que antes no pagaba: 29,9 % de 500 = 149,50 € Pagará el 6,35 % del coste del seguro a la Seguridad Social que antes no pagaba (*): 6,35 % de 500 = 31,75 € (*) Salvo que esté en la base máxima Cotización contingencias comunes 23,60% Cotización contingencias comunes D+F+FP 6,3% Cotización contingencias comunes 4, 70% Cotización contingencias comunes D+F+P+S 1, 65%

5 5  El límite máximo de cotización es de 3.597 euros.  Por tanto, los trabajadores con ingresos iguales o superiores a 43.164 euros anuales no van a sufrir este sobrecoste.

6 6 Los planes réflex tienen un ventajoso tratamiento fiscal para la empresa y para el trabajador Las cuotas que pague la empresa para cubrir la asistencia sanitaria son deducibles en el Impuesto de sociedades con un beneficio fiscal de hasta el 30% del gasto total Para el trabajador los primeros 500€ de prima no tienen consideración de retribución en especie por lo que no es necesario declararlos en el IRPF Además, pueden obtener condiciones económicas excepcionales frente al coste que les supondrá un seguro contratado de manera particular. Además, a efectos de cotización la situación es igual que antes del RDL 16/2013. Si pagabas parte del sueldo de tus trabajadores con un seguro médico también tenías que cotizar para ello, por lo que en este caso nada ha cambiado. ¿Pero qué pasaría si el seguro lo pagase la empresa como parte de la retribución del trabajador y no como un beneficio social? Esto es lo que se conoce como Plan Réflex: el coste del seguro se descuenta directamente de la nómina del empleado. 5

7 7 Fidelización de los empleados. Disminución de la rotación. Mejora la productividad y el compromiso de quiénes trabajan en la empresa. Incrementa el salario neto de sus empleados sin aumento del coste salarial. Establece una política retributiva competitiva y adaptada a las necesidades de la empresa como de los empleados. Otros beneficios del Plan Reflex

8 8 ¿En qué otras alternativas podemos pensar para paliar los efectos del aumento de la cotización? Proponer a las empresas el cambio de pago de la prima a un pago mixto: una parte la paga la empresa y la otra el trabajador. De este modo, podría reducirse la parte de prima que ha de pagar la empresa y trasladarla al trabajador y así disminuir la base de cotización. Ejemplo: si la prima de seguro a pagar por la empresa son 700 euros, le correspondería pagar 209, 3 euros (el 29,9% correspondiente a Seguridad Social). Con la fórmula de pago mixto, podría reducirse la prima a pagar por la empresa trasladando este importe en la prima a satisfacer por el trabajador. Puedes practicar con esta hoja de cálculo: Copia de Hoja de cálculo.xls


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