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PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN DE LOS RESIDUOS MUNICIPALES DE VITORIA-GASTEIZ (2008-2016) MARCO LEGAL RESUMEN.

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1 PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN DE LOS RESIDUOS MUNICIPALES DE VITORIA-GASTEIZ (2008-2016)
MARCO LEGAL RESUMEN

2 Legislación comunitaria
La legislación comunitaria que regula los residuos puede dividirse en tres categorías principales: legislación horizontal; legislación sobre operaciones de tratamiento de residuos; legislación relativa a determinados flujos de residuos. La legislación horizontal establece el marco global que rige la gestión de los residuos e incluye definiciones y principios generales. El objetivo de esta legislación es establecer los requisitos generales que se aplican a todas las operaciones de gestión de residuos —por ejemplo, los permisos para instalaciones de tratamiento de residuos— y determinar el «vocabulario común» necesario para aplicar esta legislación de manera uniforme en toda la Comunidad. Sin embargo, por su naturaleza tan genérica, esta legislación horizontal no puede tener en cuenta los aspectos específicos de todas las operaciones de gestión ni de todos los materiales residuales.

3 Legislación comunitaria
Por lo tanto, se complementa con legislación más detallada en dos ámbitos: legislación relativa a las operaciones de tratamiento de los residuos, inclusive la eliminación, como las Directivas relativas a los vertederos y a la incineración; legislación para regular la gestión de determinados flujos de residuos. Esta legislación tiene su origen en alguna de las siguientes consideraciones: el creciente volumen o complejidad de algunos flujos de residuos, como los envases, los vehículos al final de su vida útil y los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; la necesidad de someterlos a controles específicos debido a su peligrosidad, como algunos tipos de baterías o los PCB; el hecho de que su utilización incontrolada puede tener efectos nocivos para la salud y el medio ambiente, como la aplicación de lodos de depuradora en terrenos agrícolas.

4 Legislación comunitaria
En algunos casos, la legislación comunitaria en materia de residuos está motivada en parte por la necesidad de asegurar el funcionamiento eficaz del mercado interior, ya que los diferentes requisitos adoptados en el ámbito nacional pueden crear obstáculos para el comercio o distorsionar la competencia. Esto es lo que ocurre con los requisitos que se aplican a los productos, como las restricciones al contenido de sustancias en determinados productos (el mercurio en las baterías) y los objetivos de reciclado para determinados productos fuera de uso (envases).

5 Resumen Legislación Unión Europea
Legislación marco Directiva Marco Residuos (06/12/CE) Directiva RP (94/31/CE) Reglamento traslado residuos (CE/1013/2006) Operaciones de tratamiento de residuos Directiva Incineración (00/76/CE) Directiva vertederos (99/31/CE) Flujos de residuos Aceites (87/101/CE) Lodos (86/278/CE) Baterías y acumuladores (06/66/CE) Envases (04/12/CE) (05/20/CE) PCBs (96/59/CE) VFU (86/278/CE) RAEEs (03/108/CE)

6 Resumen Legislación Directiva 2006/12/CE, de 5 de abril de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los residuos, que deroga la Directiva 75/442/CE, de 15 de julio de (modificada por lan Directiva 91/156/CE de 18 de marzo). Aplicación de los principios de gestión de residuos y de su jerarquía: prevención, reutilización, reciclado, valorización energética y eliminación. Inclusión del “criterio del fin del residuo” o de cómo y cuando un residuo deja de serlo para convertirse en un producto secundario. Obligatoriedad de realizar Programas de Prevención dentro de la planificación sobre residuos, con la incorporación de objetivos cuantificados e indicadores de control, en un plazo máximo de 5 años. Se establece la responsabilidad ampliada del productor, que asegura que cualquier persona física o jurídica que desarrolle, fabrique, transforme, trate, venda o importe productos tenga ampliada su responsabilidad como productor. Esto puede suponer adoptar medidas como la aceptación de los productos devueltos y residuos sobrantes, responsabilidad financiera de estas actividades, o publicidad de información sobre la reciclabilidad del producto.

7 Resumen Legislación Directiva Marco, 2008/98/CE, relativa a los residuos, de 19 de noviembre de 2008 La jerarquía de tratamiento de residuos figura por primera vez en la legislación europea. Obligatoriedad de que los Programas de Prevención incorporen objetivos cuantificados e indicadores para su control. En 2014 se establecerán objetivos de prevención a nivel europeo de obligado cumplimiento en 2020 Señala objetivos concretos para la reutilización y el reciclaje (incluido el compostaje) para el año En el caso de los residuos urbanos, incluyendo los domiciliarios y asimilables, estas actividades deberán alcanzar al menos el 50% del total, mientras que para los provenientes de la construcción y demolición, la cifra se eleva al 70%. En el caso de los biorresiduos, exige su recogida selectiva, su tratamiento específico y el establecimiento de estándares de uso para el compost. Responsabilidad más amplia del productor. Los estados miembros podrán adoptar medidas para asegurar que cualquier persona física o jurídica que desarrolle, fabrique, transforme, trate, venda o importe productos de forma profesional, vea ampliada su responsabilidad como productor de residuos. Inclusión del criterio del fin del residuo o de cómo y cuando un residuo deja de serlo para convertirse en un producto secundario. También el concepto de subproducto, que debe ser estudiado y aceptado a nivel europeo para cada propuesta de consideración.

8 Normativa estatal vigente en materia de residuos
Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, (BOE nº 96, de 22 de abril de 1998). Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases (BOE nº 99, de 25 de abril de 1977). RD 782/1998, de 30 de abril por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997. RD 252/2006, de 3 de marzo, por el que se revisan los objetivos de reciclado y valorización establecidos en la Ley 11/1997 y por el que se modifica el Reglamento para su ejecución, RD 782/1998. RD 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero (BOE nº 25 de 29 de enero de 2002).

9 Normativa estatal vigente en materia de residuos
RD 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. RD 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, aprobado mediante RD 833/1988, de 20 de julio. RD 653/2003, de 30 de mayo, sobre incineración de residuos. RD 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario RD 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorofibenilos, policloroterfenilos y aparatos que lo contengan. RD 228/2006, de 24 de febrero, por el que se modifica el RD 1378/1999.

10 Normativa estatal vigente en materia de residuos
RD 1416/2001, de 14 de diciembre, sobre envases de productos fitosanitarios RD 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil. Orden INT/249/2004, de 5 de febrero, por la que se regula la baja definitiva de los vehículos descontaminados al final de su vida útil, desarrollando el RD 1383/202. RD 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre gestión de neumáticos fuera de uso. B.O.E. nº 2 de 3 de enero de 2006. RD 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos. RD 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados. RD 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos. BOE nº 137, 12 de febrero de 2008.

11 Normativa estatal vigente en materia de residuos
RD 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. (BOE de 13 de febrero de 2008). RD 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la Lista Europea de Residuos. BOE nº 43 de 19/02/ Corrección de errores. BOE del 12/03/2002. Orden de 27 de abril de 1998 por la que se establecen las cantidades individualizadas a cobrar en concepto de depósito y el símbolo identificativo de los envases que se pongan en el mercado a través del SDDR.

12 Normativa vigente en materia de residuos
Decisión 2000/532/CE, que sustituye a la Decisión 94/3/CE por la que se establece una lista de residuos de conformidad con la letra a) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE del Consejo relativa a los residuos y a la Decisión 94/904/CE del Consejo por la que se establece una lista de residuos peligrosos en virtud del apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE del Consejo relativa a los residuos peligrosos. Decisión 2001/118/CE de la Comisión, de , por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE en lo que se refiere a la lista de residuos. Decisión 2001/573/CE del Consejo, de , por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE de la Comisión en lo relativo a la lista de residuos. Reglamento (CE) nº 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio, relativo a los traslados de residuos. DOCE nº L 190, Reglamento (CE) nº 1379/2007, de la Comisión de 26 de noviembre de 2007, por el que se modifican los anexos IA, IB, VII y VIII del Reglamento (CE) nº 1013/2006, para adaptarlos al progreso técnico y a los cambios acordados en el marco del Convenio de Basilea

13 Normativa estatal vigente en materia de medio ambiente
Ley 16/2002, de 1 de Julio, sobre prevención y control integrado de la contaminación BOE nº julio 2002. RD 509/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. BOE nº 96 de 21/04/2007. Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE. BOE nº 171 – 19/

14 Normativa estatal vigente en materia de cambio climático
Resolución de 14 de enero de 2008, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por el que se aprueba el II Programa Nacional de Reducción de Emisiones, conforme a la Directiva 2001/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2001, sobre techos nacionales de emisión de determinados contaminantes atmosféricos RD 1402/2007, de 29 de octubre, por el que se modifica el RD 1370/2006, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, RD 1031/2007, de 20 de julio, por el que se desarrolla el marco de participación en los mecanismos de flexibilidad del Protocolo de Kioto RD 777/2006, de 23 de junio, por el que se modifica el RD 1866/2004, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión, Orden MAM/1445/2006, de 9 de mayo, sobre tarifas del Registro Nacional de Derechos de Emisión

15 Normativa estatal vigente en materia de cambio climático
Decisión 2006/944/CE de la Comisión, de 14 de diciembre de 2006, por la que se determinan los respectivos niveles de emisión asignados a la Comunidad y a cada uno de sus Estados miembros con arreglo al Protocolo de Kioto de conformidad con la Decisión 2002/358/CE del Consejo Decisión 2006/803/CE de la Comisión, de 23 de noviembre de 2006, por la que se modifica la Decisión 2005/381/CE por la que se crea un cuestionario para informar sobre la aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo Decisión 2006/780/CE de la Comisión, de 13 de noviembre de 2006, relativa a la forma de evitar el doble cómputo de las reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero en el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión en relación con actividades de proyectos derivados del protocolo de Kioto de conformidad con la Directiva 2003/87/CE de la Comisión

16 Normativa estatal vigente en materia de cambio climático
RD 1315/2005, de 4 de noviembre, por el que se establecen las bases de los sistemas de seguimiento y verificación de emisiones de gases de efecto invernadero en las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero RD 1264/2005, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro Nacional de Derechos de Emisión Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero Decisión 2005/166/CE de la Comisión, de 10 de febrero de 2005, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Decisión 280/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a un mecanismo para el seguimiento de las emisiones de gases de efecto invernadero en la Comunidad y para la aplicación del Protocolo de Kioto RD 1866/2004, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión,

17 Normativa estatal vigente en materia de cambio climático
Decisión 2004/280/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero de 2004 relativa a un mecanismo para el seguimiento de las emisiones de gases de efecto invernadero en la Comunidad y para la aplicación del Protocolo de Kyoto Decisión 2002/358/CE del Consejo, de 25 de abril de 2002, relativa a la aprobación, en nombre de la Comunidad Europea, del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y al cumplimiento conjunto de los compromisos contraídos con arreglo al mismo Instrumento de Ratificación del Protocolo de Kyoto al Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, hecho en Kyoto el 11 de diciembre de 1997 Decisión 1994/69/CE del Consejo, de 15 de diciembre de 1993, relativa a la celebración de la Convención marco sobre el cambio climático

18 Normativa estatal vigente en materia de evaluación de impacto ambiental
RD 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental. BOE nº 155, de ) RD 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, (BOE nº 239, de ) Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto legislativo 1302/1986. BOE nº 111, de 9/05/2001. Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. BOE nº 102, de 29/04/2006 RDL 1/2008 de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos La normativa aplicable a la Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos está presidida por la Directiva 85/337/CEE, transpuesta por el RDL 1302/1986 y el RD 1131/1988. Posteriormente, la Ley 6/2001 introduce modificaciones al régimen jurídico. La Ley 9/2006 traspone al derecho interno especial la Directiva 2001/42/CE.

19 Resumen Legislación Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos. (BOE n.º 96, ). Establece la jerarquía, el orden de prioridad en materia de gestión de residuos: reducción, reutilización, reciclado, valorización y eliminación. Incorpora, por primera vez, al ordenamiento jurídico español, el principio de responsabilidad del productor, del responsable de la puesta en el mercado de productos que con su uso se convierten en residuos. Establece el régimen de autorización o registro administrativo de las operaciones de gestión de los distintos tipos de residuos. Municipios de más de habitantes deben implantar recogida selectiva. Revisión de los planes nacionales cada 4 años. Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos. Publica las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la vigente Lista Europea de Residuos (LER).

20 Resumen Legislación Orden MAM/304/2002
PARTE A. OPERACIONES DE ELIMINACIÓN D1 Depósito sobre el suelo o en su interior (por ejemplo, vertido, etc.). D2 Tratamiento en medio terrestre (por ejemplo, biodegradación de residuos líquidos o lodos en el suelo, etc.). D3 Inyección en profundidad (por ejemplo, inyección de residuos bombeables en pozos, minas de sal, fallas geológicas naturales, etc.). D4 Embalse superficial (por ejemplo vertido de residuos líquidos o lodos en pozos, estanques o lagunas, etc.). D5 Vertido en lugares especialmente diseñados (por ejemplo, colocación en celdas estancas separadas, recubiertas y aisladas entre sí y el medio ambiente, etc.). D6 Vertido en el medio acuático, salvo en el mar. D7 Vertido en el mar, incluida la inserción en el lecho marino. D8 Tratamiento biológico no especificado en otro apartado del presente anejo y que dé como resultado compuestos o mezclas que se eliminen mediante alguno de los procedimientos enumerados entre D1 y D12.

21 Resumen Legislación PARTE A. OPERACIONES DE ELIMINACIÓN (2)
D9 Tratamiento fisicoquímico no especificado en otro apartado del presente anejo y que dé como resultado compuestos o mezclas que se eliminen mediante uno de los procedimientos enumerados entre D1 y D12 (por ejemplo, evaporación, secado, calcinación, etc.). D10 Incineración en tierra. D11 Incineración en el mar. D12 Depósito permanente (por ejemplo, colocación de contenedores en una mina, etc.). D13 Combinación o mezcla previa a cualquiera de las operaciones enumeradas entre D1 y D12. D14 Reenvasado previo a cualquiera de las operaciones enumeradas entre D1 y D13. D15 Almacenamiento previo a cualquiera de las operaciones enumeradas entre D1 y D14 (con exclusión del almacenamiento temporal previo a la recogida en el lugar de producción)

22 Resumen Legislación Orden MAM/304/2002
PARTE B. OPERACIONES DE VALORIZACIÓN R1 Utilización principal como combustible o como otro medio de generar energía. R2 Recuperación o regeneración de disolventes. R3 Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que no se utilizan como disolventes (incluidas las operaciones de formación de abono y otras transformaciones biológicas). R4 Reciclado o recuperación de metales y de compuestos metálicos. R5 Reciclado o recuperación de otras materias inorgánicas. R6 Regeneración de ácidos o de bases. R7 Recuperación de componentes utilizados para reducir la contaminación. R8 Recuperación de componentes procedentes de catalizadores. R9 Regeneración u otro nuevo empleo de aceites.

23 Resumen Legislación PARTE B. OPERACIONES DE VALORIZACIÓN (2)
R10 Tratamiento de suelos, produciendo un beneficio a la agricultura o una mejora ecológica de los mismos. R11 Utilización de residuos obtenidos a partir de cualquiera de las operaciones enumeradas entre R1 y R10. R12 Intercambio de residuos para someterlos a cualquiera de las operaciones enumeradas entre R1 y R11. R13 Acumulación de residuos para someterlos a cualquiera de las operaciones enumeradas entre R1 y R12 (con exclusión del almacenamiento temporal previo a la recogida en el lugar de la producción).

24 Resumen Legislación Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. (BOE n.º 25, ) 16/07/2002: la entidad explotadora del vertedero elaborará y someterá a la aprobación de la autoridad competente un plan de acondicionamiento del mismo. A más tardar 16/07/2009 tras comprobar que el plan de acondicionamiento se ha ejecutado de forma adecuada, la autoridad competente concederá la oportuna autorización. 16/07/2003: la AGE y las Administraciones de las CC.AA. elaborarán un programa conjunto de actuaciones para reducir los residuos biodegradables destinados al vertedero. 16/07/2006: la cantidad total (en peso) de residuos urbanos biodegradables destinados a vertedero no superará el 75% de la cantidad total de residuos urbanos biodegradables generados en 1995. 16/07/2009: la cantidad total (en peso) de residuos urbanos biodegradables destinados a vertedero no superará el 50% de la cantidad total de residuos biodegradables generados en 1995. 16/07/2016: la cantidad total (en peso) de residuos urbanos biodegradables destinados a vertedero no superará el 35% de la cantidad total de residuos urbanos biodegradables generados en 1995.

25 Resumen Legislación Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. (BOE n.º 25, ) Establece el régimen jurídico aplicable a las actividades de eliminación de residuos mediante su depósito en vertederos. Delimita los criterios técnicos mínimos para su diseño, construcción, explotación, clausura y mantenimiento. Aborda la adaptación de los vertederos existentes a las exigencias del Real Decreto y los impactos ambientales a considerar en la nueva situación. Establece que los vertederos deberán incluirse en alguna de las siguientes categorías: vertederos de residuos peligrosos, vertederos de residuos no peligrosos y vertederos de residuos inertes. Establece que la cantidad a percibir por la eliminación de residuos en vertedero ha de sufragar necesariamente todos los costes de dicha actividad (costes de proyecto, construcción, explotación, clausura y mantenimiento del vertedero). Se pretende así que la eliminación de residuos en vertedero se utilice únicamente para aquellos residuos para los que actualmente no existe tratamiento o para los rechazos de las citadas alternativas prioritarias de gestión.

26 Resumen Legislación Ley 11/1997, de 24 de Abril, de Envases y
Residuos de Envases y Real Decreto 782/1998, de 30 de Abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la 24 de Abril. (BOE n.° 99, de 25/04/1997) Tiene por objeto prevenir y reducir el impacto sobre el medio ambiente de los envases y la gestión de los residuos de envases a lo largo de todo su ciclo de vida. A más tardar 30/06/2001: Se valorizará o incinerará en instalaciones de incineración de residuos con valorización de energía entre un mínimo del 50% y un máximo del 65% en peso de los residuos de envases. A más tardar el 30/06/2001: Se reciclará entre un mínimo del 25% y un máximo del 45% del peso de la totalidad de los materiales de envasado contenido en los residuos de envases, con un mínimo del 15% en peso para cada material envasado. Antes de que transcurran 36 meses desde la entrada en vigor de la Ley, se reciclará como mínimo el 15% en peso de la totalidad de los materiales de envasado que formen parte de todos los residuos de envases generados, con un mínimo de un 10% en peso por cada tipo de material envasado. 30/06/2001: Se reducirá al menos el 10% en peso de la totalidad de los residuos de envases generados. La suma de los niveles de concentración de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente presentes en los envases o sus componentes no será superior a: 01/07/1998: 600 ppm en peso. 01/07/1999: 250 ppm en peso. 01/07/2001: 100 ppm en peso.

27 Resumen Legislación Real Decreto 252/2006, de 3 de Marzo, por el que se revisan los objetivos de reciclado y valorización establecidos en la Ley 11/1997, de Envases y Residuos de Envases, y por el que se modifica el Reglamento para su ejecución, aprobado por el RD 782/1998, de 30 de Abril) Desde su entrada en vigor se reciclará entre un mínimo del 25% y un máximo del 45% en peso de la totalidad de los materiales de envasado contenidos en los residuos de envases, con un mínimo del 15% en peso para cada material de envasado. Antes del 31 de Diciembre de 2008, y en años sucesivos, se reciclará entre un mínimo del 55% y un máximo del 80% en peso de los residuos de envases. Antes del 31 de Diciembre de 2008, y en años sucesivos, se alcanzarán los siguientes objetivos mínimos de reciclado de los materiales contenidos en los residuos de envases: el 60% en peso del vidrio. el 60% en peso del papel y cartón. el 50% en peso de los metales. el 22,5% en peso de los plásticos, contando exclusivamente el material que se vuelva a transformar en plástico. el 15% en peso de la madera. Desde la entrada en vigor de este RD valorizará o incinerará en instalaciones de incineración de residuos con recuperación de energía entre un mínimo del 50% y un máximo del 65% en peso de los residuos de envases. Antes del 31 de diciembre de 2008, y en años sucesivos, se valorizará o incinerará en instalaciones de incineración de residuos con recuperación de energía un mínimo del 60% en peso de los residuos de envases.

28 Resumen Legislación Real Decreto 1310/1990, de 29 de
octubre, por el que se regula la utilización de los Lodos de Depuración en el Sector Agrario. Establece un marco normativo que permite compaginar la producción de los lodos de depuración y su utilización agraria en España, con la protección eficaz de los factores físicos y bióticos afectados por el proceso de producción agraria, al mismo tiempo traspone la Directiva del Consejo 86/278/CEE, de 12 de junio de 1986. Designa al MAPA y a las autoridades responsables de las CCAA en esta materia como los competentes en la aplicación y control de la citada Directiva. Orden de 26 de octubre de 1993, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre la utilización de lodos en agricultura. Añade algunos requisitos, como son la obligatoriedad del suministro de información de la estación depuradora al inicio de su funcionamiento y el envío por el responsable de la depuradora de una ficha semestral elaborada por la entidad que gestiona los lodos de uso agrícola de forma que permita controlar las cantidades dedicadas a fines agronómicos.

29 Resumen Legislación Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos (BOE 26/02/2005) Se recogerán selectivamente de media 4 kg/hab/año de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos procedentes de hogares particulares. De los grandes electrodomésticos y máquinas expendedoras se valorizará por categoría, el 80% del peso de cada tipo de aparato. De los componentes, materiales y sustancias se reutilizará y reciclará por categoría el 75% del peso de cada tipo de aparato. De los equipos informáticos y de telecomunicaciones y de electrónica de consumo se valorizará por categoría el 75% del peso de cada tipo de aparato. De los componentes, materiales y sustancias se reutilizará y reciclará por categoría el 65% del peso de cada tipo de aparato. De los pequeños electrodomésticos, aparatos de alumbrado, herramientas eléctricas y electrónicas (excepto las herramientas industriales fijas de gran envergadura), juguetes o equipos deportivos y de tiempo libre y los instrumentos de vigilancia y control se valorizará por categoría el 70% del peso de cada tipo de aparato. Se reutilizará y reciclará, por categoría el 50% de los componentes, materiales y sustancias (sobre el peso de cada tipo de aparato) El porcentaje de reutilización y reciclado de componentes, materiales y sustancias de lámparas de descarga de gas deberá alcanzar el 80% del peso de las lámparas.

30 Resumen Legislación Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. (RCDs) Su ámbito de aplicación es para todos los RCDs definidos en el artículo 2.a), con la excepción de tierras y piedras no contaminadas reutilizadas en obra, los residuos de industrias extractivas regulados por la Directiva 2006/61 y ciertos lodos de dragado. Productor de residuos de construcción y demolición: persona física o jurídica titular de la licencia urbanística en una obra de construcción o demolición; en aquellas obras que no precisen de licencia urbanística, tendrá la consideración de productor del residuo la persona física o jurídica titular del bien inmueble objeto de una obra de construcción o demolición. El productor tiene una serie de obligaciones, destacando la necesidad de incluir en el proyecto de ejecución de obra un estudio de gestión de RCDs., Para el poseedor de residuos (constructor, subcontratistas...), se fija la obligación, entre otras, de presentar a la propiedad un plan de gestión de los RCDs, así como entregarlos a un gestor quedando constancia en un documento fehaciente. Se han de separar de forma individualizada los RCDs si superan unas cantidades. (seis meses y dos años de plazo para exigirlo según las cantidades) Las entidades locales y las CCAA colaborarán y se prestarán ayuda mutua en las actividades de control. Será potestativo para las Comunidades Autónomas la posibilidad de exigir una fianza u otra garantía vinculada a la licencia municipal de obras.

31 Resumen Legislación Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. (RCDs) El gestor también ha de cumplir con unas obligaciones especificas a esta norma, entra las que se encuentran llevar un registro, extender los certificados acreditativos de gestión. Las actividades de valorización están sometidas a autorización previa del órgano autonómico competente y se establecen una casuística particular para la gestión in situ. El RD prohíbe el depósito en vertedero de estos residuos sin haber sido sometidos a un tratamiento previo, concretando lo ya exigido por la normativa vigente en materia de residuos. Los planes sobre residuos de construcción y demolición o las revisiones de los existentes que aprueben las comunidades autónomas o las entidades locales, contendrán como mínimo: La previsión de la cantidad de residuos de construcción y demolición que se producirán durante el período de vigencia del plan, desglosando las cantidades de residuos peligrosos y de residuos no peligrosos, y codificados Los objetivos específicos de prevención, reutilización, reciclado, otras formas de valorización y eliminación, así como los plazos para alcanzarlos. Las medidas a adoptar para conseguir dichos objetivos, incluidas las medidas de carácter económico. Los lugares e instalaciones apropiados para la eliminación de los residuos. La estimación de los costes de las operaciones de prevención, valorización y eliminación. Los medios de financiación. El procedimiento de revisión.

32 Normativa vigente C.A.P.V. en materia de residuos
Ley 3/98, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco. Decreto 423/1994, sobre gestión de residuos inertes e inertizados Orden de 15 de febrero de 1995, sobre el contenido de los proyectos técnicos y memorias descriptivas de instalaciones de vertederos de residuos inertes y/o inertizados, rellenos y acondicionamientos de terreno. Decreto 76/2002, de 24 de marzo, por el que se regulan las condiciones para la gestión de los residuos sanitarios en la CAPV, que modifica el Decreto 313/1996. Decreto 259/1998, de 29 de septiembre, por el que se regula la gestión del aceite usado en el ámbito de la C.A.P.V. (BOPV nº 199 de ) Ley 1/2005, de 4 de febrero, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo. Decreto 199/2006, de 10 de octubre, por el que se establece la relación de actividades de investigación y recuperación de la calidad del suelo y se determina el contenido y alcance de las investigaciones de la calidad del suelo a realizar por dichas entidades.

33 Normativa local vigente
Norma Foral 5/2007, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos del Territorio Histórico de Álava ( ). Ordenanza municipal de limpieza pública, recogida y transporte de residuos de Vitoria-Gasteiz (BOTHA nº 85, ). Reglamento de Servicio del vertedero de Gardelegi Reglamento de explotación del Garbigune, sito en la Avda. de los Huetos Reglamento de explotación de la Planta de Tratamiento por Biometanización y compostaje de residuos urbanos del Territorio Histórico de Álava Reglamento del servicio de la Planta de Tratamiento de los Residuos de Construcción y Demolición de Vitoria-Gasteiz. Ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y eliminación de basuras Norma reguladora de la tasa por el vertido y tratamiento de residuos en las plantas de tratamiento municipales.


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