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La Normalización Contable y las Normas Contables Españolas

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Presentación del tema: "La Normalización Contable y las Normas Contables Españolas"— Transcripción de la presentación:

1 La Normalización Contable y las Normas Contables Españolas
Tema 1. La Normalización Contable y las Normas Contables Españolas Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

2 Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda
La Normalización de la Contabilidad Financiera. La Normalización Contable en el Ámbito Europeo. La Normalización Contable en España. El Plan General de Contabilidad: Características y Estructura. El Marco Conceptual de la Contabilidad Financiera. Definición y Estructura. Las Cuentas Anuales: Estructura y Objetivos. Requisitos de la Información Contable. Los Principios Contables. Los Elementos de las Cuentas Anuales: Criterios de Reconocimiento y Valoración. Las Normas de Registro y Valoración. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

3 1. LA NORMALIZACIÓN DE LA CONTABILIDAD FINANCIERA
La información financiera es un bien de interés público, cuya calidad afecta a la asignación de recursos en la economía y a la seguridad del tráfico económico. Los incentivos de los directivos para revelar información a terceros son insuficientes, y la información publicada puede estar sesgada en su propio interés. La toma de decisiones exige que la información financiera revelada por las empresas sea comparable. NORMALIZACIÓN de la oferta de información financiera en cantidad y calidad Fijar o regular: Las normas de elaboración de la información fra. Su formato (modelos de cuentas anuales) Su frecuencia de publicación Qué se entiende por normalización de la la información contable? Regular o estandarizar la cantidad y calidad de información financiera publicada (cómo se ha de elaborar y cuándo se ha de publicar), facilitando su interpretación y comparabilidad. Las normas contables imponen obligaciones formales y sustantivas. Por qué es necesaria la normalización de la información contable? La oferta o producción de información financiera se debe regular para que pueda cumplir su objetivo o fin (ser útil para la toma de decisiones). La producción y distribución de información financiera es un sector regulado, como la electricidad. Una información financiera de calidad (transparencia) es importante para que la toma de decisiones sobre asignación de recursos sea eficiente (en términos de rentabilidad-riesgo) a nivel de la empresa (decisiones de gestión de la dirección y de inversión de accionistas/prestamistas) y a nivel global (decisiones sobre política económica o fiscal del gobierno). Una información deficiente podría motivar que los inversores no vieran satisfechas sus expectativas de rentabilidad-riesgo. P.ej., los acreedores soportarían la insolvencia de las empresas deudoras, lo que podría traducirse en mayores tipos de interés. Además, como medio de prueba en litigios (p.ej., para formar la lista de acreedores del concurso, o detectar negocios en fraude de la masa pasiva), la calidad de la información financiera dota de seguridad al tráfico mercantil. Los mercados (de capitales y trabajo de los directivos) no son eficientes en la realidad, por lo que se puede sesgar la información en interés de quienes la elaboran. Si los mercados fueran eficientes esto sería detectable y sólo proporcionaría beneficios a corto plazo. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

4 Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda
La normalización o regulación contable es la actividad reglada y organizada que, mediante la emisión de normas contables, persigue: proporcionar criterios homogéneos a los responsables de elaborar la información financiera, ofrecer a los usuarios de la información contable un marco de referencia sobre las bases de su elaboración, y guiar al auditor en su tarea de revisión de las cuentas anuales para contrastar su fiabilidad. Las normas contables se deben acompañar de mecanismos tendentes al control de su cumplimiento. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

5 Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda
La normalización contable: Es un proceso político, resultado de la negociación entre diferentes agentes con intereses diversos. La información financiera no es un producto neutral, y sus criterios de elaboración tienen efectos económicos (distribución de riqueza)  Conlleva un coste, si la presión de algunos agentes para lograr sus objetivos particulares se impone al interés público (p.ej., la regla general de valoración a coste histórico, promovida por las grandes auditoras, limita la relevancia-utilidad de la información financiera). Es un proceso dinámico  Las normas contables evolucionan en el tiempo con los cambios en el entorno-demandas de los usuarios y la aparición de nuevas realidades en el mundo de los negocios (p.ej., instrumentos financieros). Como cualquier tipo de normas, las normas contables tienen una doble dimensión: técnica y política (p.ej. la ley anti-tabaco). Las normas contables afectan a la distribución de riqueza entre diferentes agentes (productores y receptores de la información financiera), que intentan influir en el regulador para que las normas maximicen su propia utilidad a costa del resto. Se pueden elaborar normas que favorezcan a ciertos agentes, pero que técnicamente no sean óptimas porque no busquen la utilidad (relevancia-fiabilidad) de la información financiera. Al abordar el tratamiento contable de los contratos de leasing, las empresas de leasing defendieron que se trataran como arrendamientos puros, y así poder reconocer como activos los bienes arrendados. Además del coste indirecto de ineficiencia, existe el coste directo (mucho menor) del mantenimiento del órgano regulador. La influencia también la ejerce el propio poder público cuando se alinean las normas contables y fiscales (se sacrifica la utilidad de las cifras contables y su significado económico para obtener una medida de la base imponible). La evolución de las normas contables es clara en España. El PGC orientado al paradigma de utilidad sustituyó al Plan de 1973, con clara influencia fiscal, y actualmente el PGC se haya en vías de reforma. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

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NORMAS CONTABLES Enfoque inductivo-positivista: Las normas se extraen de la práctica contable (profesional) gene-ralizada (lo que es) Enfoque lógico o deductivo-normativo: Las normas se deducen de los objetivos fijados a priori para la información financiera (lo que debe ser)  Marco Conceptual Cómo se lleva a cabo la normalización de la información contable? La normalización contable es posterior a la práctica (el origen de la contabilidad es empírico). Originariamente, para la rendición de cuentas bastaba una regulación privada intra-profesional. Con el desarrollo del tráfico mercantil se produce la intervención normativa de los poderes públicos para garantizar la protección de los diversos intereses en juego. Las primeras normas contables fueron emitidas por la organización profesional de contables de EEUU (AICPA) a partir de 1920, a instancia de los bancos. Tras la crisis de 1929, la normalización se refuerza con la creación de la SEC (organismo público supervisor del funcionamiento de los mercados de capitales en EEUU). En Europa, la iniciativa correspondió en cambio al poder público, promulgándose planes contables en Alemania (1937) y Francia (1947). En España, el primer plan contable data de 1973. La perspectiva inductivo-positivista dominó durante largo tiempo (las practicas generalizadas, como la prudencia valorativa, son la base de las normas). Sólo a partir de la segunda mitad del siglo pasado se adoptó una perspectiva lógica o teleológica Las normas contables son producto de un razonamiento deductivo, más que de la experiencia, y se aceptan por su idoneidad o congruencia con unos objetivos a priori, más que por su habitualidad. Esos objetivos pueden ser la medida del resultado económico (cifra verdadera y abstracta, sin conexión con los destinatario de la información), o el suministro de información útil la toma de decisiones. PRÁCTICA CONTABLE Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

7 Diferencias entre Entornos Diversidad de Normas o Sistemas Contables
(factores institucionales: económicos, legales, sociales, etc.) Diversidad de Normas o Sistemas Contables (la información financiera se demanda con diferentes fines u objetivos) Las normas contables son producto del entorno. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

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La iniciativa privada o pública en la emisión de normas contables depende de factores tales como la tradición jurídica o el prestigio de la profesión contable. Las normas de origen profesional tiende a ser más flexibles, mientras que los planes contables son normas exhaustivas con rango de precepto legal de obligado cumplimiento. En la práctica, los sistemas son mixtos (en EEUU el FASB emite normas que son sancionadas por la SEC, en España el ICAC está influido por organismos privados como AECA). El objetivo de control-rendición de cuentas se manifiesta claramente cuando las normas contables se orientan a determinar el resultado fiscal, como ocurrión en España hasta la reforma de 1990. Hay que tener en cuenta que la calidad de la información financiera (p.ej., la prudencia) no depende sólo del tipo de normas propias de cada entorno. Las normas dejan un margen de discreción y su aplicación depende de los incentivos de los responsables de elaborar la información financiera (directivos y auditores), condicionados a su vez por factores como, p.ej, el grado de concentración del capital (en empresas familiares –Ybarra– la información se comunica por fuentes distintas a las contables). La investigación empírica ha demostrado que la prudencia del resultado tiende a ser mayor bajo las normas de EE UU o el RU, y también es mayor para las empresas negociadas. En los países del sudeste asiático, con normas de calidad pero con un entorno similar al europeo (concentración del capital empresarial en manos de grandes bancos), los factores del entorno dominan sobre la calidad de las normas. Esto se ha de tener en cuenta cuando se intenta llevar a cabo un normalización a escala global. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

9 Globalización de los mercados
(en especial de los mercados de capitales) Consolidación de un único conjunto de normas que regule la información financiera en particular la información publicada por las global players (sociedades que obtienen financiación en los mercados de capitales de diferentes países) Se ha evolucionado de normas nacionales a normas internacionales, a escala regional (normalización europea) y mundial (a través de las normas del IASB). La disparidad entre los factores propios de cada entorno económico, legal, social, etc. pueden dificultar la normalización a escala global. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

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 Opciones: Adoptar: Los principios y normas contables emitidos por el FASB (Financial Accounting Standards Board) de EE UU (US-GAAP). Las IAS-IFRS (International Accounting Standards – International Financial Reporting Standards) o NIC-NIIF (Normas Internacionales de Contabilidad – Normas Internacionales de Información Financiera) emitidas por el IASB (International Accounting Standards Board). El IASB es un organismo privado (regido por una fundación) creado en 1973 como IASC, mediante acuerdo entre organismos profesionales de diferentes países. Su objetivo inicial era formular una serie de normas (IAS-NIC) “para ser tenidas en cuenta” y “trabajar para la mejora y armonización” de las normas nacionales. Tras la reorganización que culminó en 2001, el IASC pasó a denominarse IASB, y sus nuevas normas se denominan IFRS-NIIF. El Consejo del IASB que emite las normas lo forman ahora 14 miembros de los cuales la mitad tienen vinculación con los reguladores de 7 países, entre ellos EE.UU. (traspaso de poder de los organismos profesionales a los reguladores nacionales). Su objetivo es “desarrollar, en interés público, un único conjunto de normas contables de carácter mundial” y “producir la convergencia de las normas nacionales y las NIC”. En noviembre de 2002 se firmó el acuerdo de Norwalk, mediante el cual el IASB y el FASB se comprometieron a trabajar para eliminar diferencias y lograr la convergencia entre ambos tipos de normas en Esto implica un primer paso para lograr que la SEC admita las CC.AA. elaboradas por las empresas europeas según las NIC, sin necesidad de elaborar un estado de conciliación. Las normas del IASB son objeto de elaboración consensuada o participativa, sujetas a continua revisión/actualización, y muy abiertas (especialmente en los primeros años). Las normas se acompañan de interpretaciones (emitidas por el SIC-IFRIC). El IASB representa un conjunto más amplio de países e intereses, mientras que el FASB tiene mayor poder económico. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

11 CONTABLE EN EL ÁMBITO EUROPEO
2. LA NORMALIZACIÓN CONTABLE EN EL ÁMBITO EUROPEO Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

12 Estrategia de armonización (años 70-80) (normalización de mínimos)
 Directivas contables (IV y VII) Necesidad de comprensión general de la información financiera en un mercado único europeo. Evitar la duplicidad de estados contables para las empresas cotizadas en mercados de Europa y EE.UU. Con las Directivas no se buscaba una completa normalización contable a nivel europeo, sino limitar las diferencias sustanciales entre países. Su incorporación a los derechos nacionales fue lenta y, aún así, actualmente persisten algunas notables diferencias (p.ej., reconocimiento de marcas en el RU). Desde mediados de los 90, las grandes empresas europeas que cotizaban en la NYSE (recientemente Telefónica, Endesa, Repsol), presionaron para poder utilizar un conjunto de normas que fueran aceptadas por la SEC. En las Bolsas de la UE existe un sistema de mutuo reconocimiento de las normas contables de cada país miembro. Sin embargo, la SEC no permite a las empresas no americanas presentar sus cuentas según sus normas nacionales. Estas empresas debían (y aún deben) presentar un estado de conciliación con las US-GAAP (Form 20-F). En julio de 1995, el IASC firmó un acuerdo con el IOSCO, comprometiéndose a revisar las NIC. Esas normas revisadas serían aceptadas para la elaboración de las CC.AA. de las empresas cotizadas en los principales mercados (este acuerdo fue aceptado por la SEC en 2000, aunque con ciertas cautelas, y aún no es plenamente efectivo). Este acuerdo influyó en que la Comisión Europea publicará en 1995 la Comunicación “Armonización Contable: una nueva estrategia de cara a la armonización internacional”, en el que proponía que las empresas con cotización internacional pudieran usar las NIC en la elaboración de sus cuentas consolidadas siempre que no estuvieran en contradicción con las directivas. Un estudio posterior reveló la ausencia de incompatibilidades sustanciales, lo que motivó a algunos países (Alemania, Austria, Italia) hicieran cambios legislativos para permitir el uso de las NIC como alternativa a las normas nacionales para las sociedades cotizadas (en Alemania y Austria también se permitió el uso de los US-GAAP). En julio de 2000, la Comisión emitió una nueva comunicación: “La estrategia de la UE en materia de información financiera: el camino a seguir”, en la que proponía extender la aplicación de las NIC a las cuentas consolidadas de todas las sociedades cotizadas en las bolsas europeras. Esta propuesta se materializó en la modificación de las Directivas IV y VII (Directiva 2001/65/CE), para permitir la valoración de determinados activos y pasivos financieros a valor razonable, y en la aprobación de Reglamento 1606/2002. Estrategia de uniformidad, basada en la adopción de las NIC-NIIF como normas europeas Modificación de las Directivas contables Reglamento (CE) 1606/2002, de 19 de julio. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

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Reglamento (CE) 1606/2002, de 19 de julio Obliga a todas las sociedades cotizadas en los mercados de capitales europeos, a elaborar sus estados financieros consolidados publicados a partir del 1/1/2005 de conformidad con las NIC-NIIF aceptadas por la Comisión. Se delega la emisión de normas contables en un organismo independiente: el IASB, sobre el que ni la Comisión ni los Estados miembros tienen control directo. Se introduce un mecanismo de aceptación o endorsement: Sólo son obligatorias las NIC-NIIF aceptadas expresamente por la Comisión  Garantiza a la Comisión el control de las normas contables a aplicar en la UE. La adopción de las NIC-NIIF ha sido el camino elegido para la convergencia entre los sistemas contables europeos. El Reglamento afecta directamente a las empresas, está por encima de las legislaciones nacionales. Se deja la opción a los estados miembros para permitir o exigir la aplicación de las NIC-NIIF a otras sociedades o en la elaboración de las cuentas individuales. El IASB se ha convertido en el nuevo regulador contable de facto en la UE. No obstante, se establecen medios de control mediante un mecanismo de aceptación de las NIC-NIIF que funciona a dos niveles: Nivel técnico: la Comisión pide consejo al EFRAG (European Financial Advisory Group) sobre la adopción de las NIC-NIIF y los cambios en las Directivas. El EFRAG lo integran un grupo de expertos que asesora a la Comisión, y también se perfila como el canal de comunicación entre el IASB y la UE, de forma que se tenga en cuenta el punto de vista europeo sobre el proceso (abierto) de emisión de normas del IASB. Nivel político: la Comisión envía su propuesta al Comité de Reglamentación Contable (ARC). Con el dictamen de la ARC, la Comisión decide sobre la aceptación de las NIC-NIIF. Si son aceptadas, deben ser publicadas en el DOCE traducidas a todas las lenguas oficiales. Las NIC-NIIF sólo se pueden aceptar si (i) no son contrarias al principio de imagen fiel y reúnen los criterios de comprensibilidad, relevancia, fiabilidad y comparabilidad; y (ii) favorecen el “interés público europeo”. Todas las NIC-NIIF y sus interpretaciones deben ser aceptadas y publicadas, de lo contrario sólo se pueden emplear si no son contrarias a las Directivas. No se pueden elegir opciones ni prohibir alternativas (no se trata de crear unas NIC-NIIF) europeas. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

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Normas Internacionales (NIC-NIIF) adoptadas por la UE El Reglamento (CE) 1725/2003, de 29 de septiembre, aprobó la adopción en bloque de las NICs en vigor desde el 14/9/2002, a excepción de las NIC 32 y 39 relativas a los instrumentos fros., en proceso de mejora. Este reglamento ha sido completado y modificado por Reglamentos posteriores, que han ido adoptando las nuevas NIIF que han ido apareciendo, así como las modificaciones de las NIC previamente aceptadas y de sus interpretaciones. Las NIC-NIIF evolucionan continuamente. Se aprueban nuevas NIIF y se modifican/derogan NICs antiguas (proyecto de mejora en marcha). Hasta la fecha, la UE ha adoptado 31 NICs y 6 NIIFs, del total de normas emitidas por el IASB. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

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3. LA NORMALIZACIÓN CONTABLE EN ESPAÑA Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

17 Directivas Europeas contables (IV y VII)
Ley 19/89, de 25 de julio, de reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las directivas europeas Código de Comercio (Título III, Libro 1º) Ley de Sociedades Anónimas (capítulo VII) Reglamento del Registro Mercantil Plan General de Contabilidad Normas de consolidación de los estados financieros Derecho Contable Jerarquía Ordenes del MEH que aprueban las Adaptaciones del PGC a ciertos sujetos y sectores económicos. Resoluciones del ICAC. Circulares del BE y la CNMV La regulación de la contabilidad en España es reciente y por iniciativa del poder público (escaso desarrollo de la profesión contable en comparación con otros países). El primer plan contable data de 1973, inspirado en el plan contable francés de 1947, y era de aplicación opcional para la mayoría de las empresas. Con la incorporación de España a la CEE en 1986, se debieron incorporar las directivas comunitarias a la legislación nacional. En particular, las directivas de derecho de sociedades con influencia en la contabilidad son La Directiva IV de 1978 (78/660/CEE del Consejo, de 13 de junio de 1983) sobre presentación de las CCAA por las sociedades de responsabilidad limitada. Es la más importante y se conoce como la Carta Contable Europea. Es muy flexible, al permitir opciones. La Directiva VII de 1983 (83/349/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1983) sobre elaboración de las cuentas consolidadas. Estas dos directivas fueron incorporadas por la Ley 19/89 La Directiva VIII de 1984 sobre habilitación de auditores. Esta directiva fue incorporada por la Ley de Auditoría de Cuentas. En derecho, las normas con rango de ley son aprobadas por el legislativo, mientras que las normas de desarrollo reglamentario (decretos, ordenes ministeriales, resoluciones, etc.) emanan del poder ejecutivo. La Ley 19/89 modificó la redacción del Título III del Libro I (arts ) del Código de Comercio, y motivó la aprobación de una nueva LSA, cuyo Capítulo VII (arts ) regula la formulación de las CCAA y se aplica por extensión a otras formas societarias (SL o cooperativas). Hay otras Leyes fuera del ámbito mercantil, especialmente fiscales (LGT, LIS, LIRPF, LIVA), que contienen disposiciones aplicables en materia contable. Usos y prácticas contables Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

18 Organismos con potestad normalizadora (públicos)
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del MEH Normas contables de obligado cumplimiento Banco de España CNMV I A S B ( NIC-NIIF ) Organismos profesionales Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) Pronuncia- mientos (Documentos) Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

19 Adopción de las NIC-NIIF como normas contables europeas
(modificación de las Directivas contables y aprobación del Reglamento (CE) 1606/2002, de 19 de julio) Reforma del Derecho Contable Español Ley 16/2007, de 4 de julio, de Reforma y Adaptación de la Legislación Mercantil en Materia Contable para su Armonización Internacional con base en la Normativa de la UE Nuevo Plan General de Contabilidad (NPGC), aprobado por RD 1514/2007, de 16 de noviembre Nuevo Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas (NPGC-PYMES), aprobado por RD 1515/2007, de 16 de noviembre  Sustituyen al PGC de 1990 Al objeto de analizar las consecuencias de la nueva estrategia de la UE en nuestro Derecho Mercantil Contable, se constituyó por Orden del Ministerio de Economía (de 16/3/2001), una Comisión de Expertos para la elaboración de un informe sobre la situación actual de la contabilidad en España y líneas básicas para abordar su reforma (Libro blanco de la contabilidad), que se concluyó en junio de La principal recomendación de los expertos fue la de considerar conveniente que los principios y criterios contables que las empresas españolas deben aplicar en la elaboración de las cuentas anuales individuales han de ser los recogidos en la normativa nacional, si bien se entiende que para lograr la adecuada homogeneidad de la información contable suministrada por los distintos sujetos, nuestra normativa debe estar en sintonía con lo regulado en las NIC-NIIF adoptadas por la UE.  Dualidad de normas pero consiguiendo la homogeneidad entre sistemas normativos. La reforma del derecho mercantil en materia contable se inició propiamente con la ley de acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado de 2004, que adecuó la normativa interna al Reglamento 1606/2002 e incorporó a la legislación nacional la modificación de las Directivas contables. Para conseguir la convergencia de Derecho Mercantil Contable Nacional (CC y disposiciones de desarrollo) con las exigencias básicas de las NIC-NIIF, se ha llevado a cabo la reforma de la legislación mercantil mediante la Ley 16/2007, de 4 de julio. Esta reforma es el antecedente de la aprobación del nuevo PGC mediante RD, que desarrolla la nueva legislación mercantil en materia contable. Este RD entró en vigor el 1/1/2008, y es de obligatoria aplicación para los ejercicios que se inicien a partir de dicha fecha. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

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Normas Contables aplicables a los Estados Contables publicados desde el 1/1/2005 En relación con las cuentas (anuales/semestrales) consolidadas: Para los grupos emisores de valores negociados en las Bolsas europeas, si son valores de renta variable o son entidades de crédito, se aplican las NIC-NIIF (si son valores de renta fija y no son entidades de crédito pueden esperar a 2007). Para el resto de grupos, tienen la opción de utilizar las NIC-NIIF o las normas españolas. Si optan por las NIC-NIIF, no pueden cambiar posteriormente. En relación con las cuentas individuales, continúan aplicándose las normas españolas. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

21 4. EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD: CARACTERÍSTICAS y ESTRUCUTRA
Es el desarrollo a nivel reglamentario de lo dispuesto por la legislación mercantil en materia contable (arts. 34 y ss CC y arts. 171 y ss LSA)  El NPGC se aprobó mediante el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre. Es el instrumento técnico y básico de la normalización contable en España, siendo de aplicación a todas las empresas con independencia de su tamaño o titularidad jurídica. Es un texto abierto, que se ha de completar con Adaptaciones Sectoriales y las Resoluciones del ICAC. El PGC se incorpora a una norma con rango de precepto legal a nivel de reglamento (Real Decreto) de obligado cumplimiento. Esta técnica de normalización es similar a la francesa o alemana. El NPGC sustituirá al PGC de 1990, que sustituyó al Plan de 1973 (de aplicación voluntaria para la mayoría de las empresas). Al igual que el PGC en vigor, el NPGC, en sus partes obligatorias, se aplicará a todas las empresas con independencia de su tamaño o titularidad jurídica. Todo empresario, con independencia de las obligaciones fiscales a las que está sometido por la normativa tributaria, está obligado por la legislación mercantil a llevar la contabilidad en los términos establecidos por el CC (arts ) y de acuerdo con PGC (que detalla los principios y normas de elaboración de las CCAA, y los requisitos formales de publicidad de las CCAA).No obstante, sólo las sociedades están obligadas a depositar sus CCAA en el Registro Mercantil. Simultáneamente a la aprobación del NPGC, se aprobará un PGC específico para PYMES que podrán aplicar aquellas empresas que puedan formular balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria en modelos abreviados y no se encuentren excluidas de su ámbito de aplicación. El NPGC se concibe como un texto abierto y, al igual que en relación con el PGC de 1990, corresponde al ICAC la tarea de su actualización permanente. - Las Adaptaciones Sectoriales han de definir las normas de valoración y elaboración de las CC.AA. específicas para ciertas empresas. - Las Resoluciones del ICAC han de desarrollar algunas normas de valoración y de elaboración de las CC.AA. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

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Estructura del NPGC 1ª Parte: Marco Conceptual de la Contabilidad Obligatorias 2ª Parte: Normas de Registro y Valoración 3ª Parte: Cuentas Anuales 4ª Parte:Cuadro de Cuentas Al igual que el PGC de 1990, el NPGC consta de una introducción y cinco partes diferenciadas. - Las normas de registro y valoración son el desarrollo a nivel general de los principios contables para los diferentes elementos patrimoniales. Estas normas se han de desarrollar a su vez mediante las Resoluciones del ICAC. - La tercera parte contiene las normas de elaboración de las CC.AA. en las que se recogen las reglas relativas a su formulación, así como las definiciones y explicaciones aclaratorias del contenido de los documentos que las integran. También se incluyen los modelos, normales y abreviados, de CC.AA. - La cuarta parte incluye una relación nominal de cuentas codificadas y clasificadas por naturaleza en grupos y subgrupos. Por razones de flexibilidad, esta parte no es obligatoria en cuanto a la numeración de las cuentas y denominación de las mismas, si bien constituye una guía o referente obligado en relación con las partidas de las cuentas anuales. - Las definiciones y relaciones contables incluyen las definiciones de distintas partidas que se incorporarán en las CC.AA., así como las de cada una de las cuentas que se recogen en dichas partidas, incluyendo los principales motivos de cargo y abono de las cuentas. No es de aplicación obligatoria, excepto en aquello que aluda o contenga criterios de registro o valoración, que desarrollen lo previsto en la segunda parte relativa a normas de registro y valoración, o sirva para su interpretación y, sin perjuicio del carácter explicativo de las diferentes partidas de las cuentas anuales. Las tres primeras partes del PGC se aplican a todas las empresas con independencia de su tamaño o titularidad jurídica. La parte 1ª se aplica tal cual, mientras que las partes 2ª y 3ª deberán ser objeto de adaptación a determinadas empresas y sectores. 5ª Parte: Definiciones y Relaciones Contables Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

23 5. EL MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD FINANCIERA
Un marco conceptual es una declaración general del órgano emisor de normas contables por la que se hacen explícitos los conceptos fundamentales para la elaboración y presentación de los estados contables, la finalidad que persigue esa información y las hipótesis básicas sobre las que la misma se construye, a fin de conseguir la uniformidad en tratamiento contable mediante normas concretas de hechos parecidos o similares. Un marco conceptual se puede asimilar a una “constitución” o declaración de principios, que fundamentalmente sirve de guía la emisión de normas concretas por parte del regulador. Con la elaboración de este instrumento, se pasa de una normalización basada en la práctica generalizada a la emisión de normas coherentes con unos objetivos definidos a priori para la información financiera. El marco conceptual existe de alguna forma en todos los sistemas contables. Puede ser explícito (las propuestas del FASB o IASB), o implícito en las propias normas (en el PGC de 1990, aunque existe una propuesta de AECA). Algunos marcos conceptuales carecen de valor normativo a la hora de elaborar la información contable (Declaración de Conceptos del FASB). El marco conceptual del IASB (1989) no es una NIC ni puede derogar lo dispuesto en una norma concreta, y en caso de conflicto entre lo dispuesto por el marco y una norma prevalece la norma. No obstante, el IASB no sólo le atribuye la finalidad de ayudar a los emisores en la elaboración de los estados financieros, sino que también debe ayudar a los auditores en la verificación y a los usuarios en la interpretación de esa información. En concreto, el marco conceptual ha de servir para salvar los vacíos de las NICs y resolver problemas que surgen a la hora de su aplicación en la práctica, dado que las normas concretas no pueden dar respuesta a la compleja y cambiante casuística del mundo de los negocios. Aunque el CC tras la reforma prevista sigue sin hacer referencia a la existencia de un marco conceptual de forma expresa, el borrador del PGC incluye un marco conceptual explícito que sustituye la declaración de los “principios de contabilidad” del PGC de La propuesta está inspirada en el marco conceptual elaborado por el IASB, aunque con importantes diferencias en cuanto a su alcance y valor normativo. Asimismo, se aprecia un intento de no romper por completo con el PGC en cuanto a definiciones y terminología. El marco conceptual del nuevo PGC tendrá pleno valor normativo, al estar incluidos sus elementos básicos en los arts. 36, 38 y 38bis del CC. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

24 Estructura General de un Marco Conceptual Hipótesis fundamentales
Objetivos de la Información Fra. Hipótesis fundamentales Características Cualitativas o Requisitos de la Información Fra. Elementos de los Estados Contables (Definición, Reconocimiento y Valoración) Los objetivos de la información financiera dependen de las características del entorno en que se revela la información (factores institucionales de tipo económico, legal, social, etc.). Por ejemplo, un mayor peso de los mercados de capitales como forma de financiación de las empresas y un accionariado disperso, determinará que el objetivo de la información deba ser fundamentalmente apoyar la toma de decisiones de inversión, en lugar de determinar el resultado repartible. En el MC del IASB, las hipótesis básicas que sustentan la elaboración de la información financiera son dos: La hipótesis de devengo, según la cual las transacciones se deben reconocer cuando se produce la corriente real de bienes y servicios, con independencia de la corriente financiera o monetaria. Esto implica reconocer en el resultado del período los cobros/pagos realizados y futuros (a través de la variación en los derechos de cobro/obligaciones de pago). La hipótesis de empresa en funcionamiento, según la cual se supone que la empresa no tiene la intención ni la necesidad de liquidar o reducir significativamente sus actividades. Por tanto, se configura un sistema contable de devengo y para una empresa en funcionamiento (frente a una contabilidad de caja o para empresas en liquidación) Práctica Contable Normas Contables Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

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Ejemplo: Una empresa adquiere un equipo informático, que paga al contado.  El marco conceptual ayuda al contable a saber que el equipo informático se ha de reconocer como un activo y que se ha de valorar según su precio de adquisición.  Las normas contables especifican qué conceptos se deben incluir en la valoración del activo a precio de adquisición (por ejemplo, los gastos de transporte e instalación). Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

26 Marco Conceptual incluido en el NPGC
Objetivos de la Información Contable a incluir en las CC.AA. Requisitos de la Información Contable Principios Contables Elementos de las CC.AA. (Activos, Pasivos, Patrimonio Neto, Gastos e Ingresos) Criterios de Reconocimiento Criterios de Valoración En el PGC de 1990 no existía un marco conceptual explícito, sino una relación de principios contables. La aproximación de las normas contables a las NIC-NIIF exige, como paso previo, asumir los conceptos básicos en que se sustentan las mismas y que se encuentran recogidos en el MC del IASB. El MC contenido en el NPGC se aproxima al propuesto por el IASB en los aspectos: formales (los elementos conceptuales se ordenan de una forma razonada: objetivos-requisitos-elementos de las CC.AA., aunque se sigue manteniendo una relación de principios que responden a requisitos e hipótesis del modelo contable), y sustantivos (la definición y los criterios de reconocimiento de los elementos de las CC.AA. son coincidentes, se elimina la preferencia del principio de prudencia, y se admite el criterio de valoración a valor razonable, aunque limitado a ciertos activos). Además, la estructura del MC propuesta por el IASB: Se inicia con una introducción sobre su propósito (aplicación a los estados financieros elaborados con propósitos de información general o no especial, como, p.ej., los estados de financieros de una empresa en liquidación) y alcance (estados financieros elaborados por empresas de cualquier sector y de titularidad pública o privada). Se incluye una clasificación de los principales usuarios externos de los estados financieros, delimitando sus necesidades informativas. Se incluye un último apartado dedicado al estudio de los conceptos de capital y de mantenimiento de capital que se pueden emplear en la determinación del resultado empresarial que se pueda considerar realizado y repartible. Normas de Valoración y Registro Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

27 6. LAS CUENTAS ANUALES: ESTRUCTURA Y OBJETIVOS
ELABORACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONTABLE Identificación de los hechos contables Valoración y Medida Registro o Representación Auditoría de las Cuentas Anuales COMUNICACIÓN Análisis de las Cuentas Anuales Agregación o Síntesis periódica de la Información en las Cuentas Anuales Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

28 Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda
Las Cuentas Anuales (CC.AA.) son el producto final del proceso de elaboración de la información contable, y el medio o instrumento de transmisión de esa información a sus diferentes usuarios. Bajo la legislación mercantil española, las CC.AA. están integradas por cinco estados contables: Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto. Estado de Flujos de Efectivo, y Memoria Estos estados contables forman una unidad. Las cuentas anuales comprenden el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria. Estos documentos: - forman una unidad, - deben ser redactados de conformidad con lo previsto en el CC, en el TRLSA, en la LSRL y en el PGC (en particular, sobre la base del Marco Conceptual de la Contabilidad) y - con la finalidad de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. Como novedad respecto al PGC de 1990, el NPGC prevé el ECPN y el EFE. Se trata de dos estados que informan sobre la variación durante el ejercicio de dos magnitudes especialmente relevantes para los usuarios de la información contable: el patrimonio neto y la tesorería de la empresa, respectivamente - El ECPN se incluía como parte de la memoria de forma muy simplificada. - El EFE no era obligatorio, y en la memoria se incluía un “cuadro de financiación” a efectos de informar sobre la variación del capital circulante. El estado de flujos de efectivo no es obligatorio cuando pueda formularse balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria en modelo abreviado Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

29 Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda
Según la Primera Parte (epígrafe 1º) del NPGC: “Las cuentas anuales deben redactarse con claridad, de forma que la información suministrada sea comprensible y útil para los usuarios al tomar sus decisiones económicas, debiendo mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, de conformidad con las disposiciones legales. La aplicación sistemática y regular de los requisitos, principios y criterios contables…deberá conducir a que las cuentas anuales muestren la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. A tal efecto, en la contabilización de las operaciones se atenderá a su realidad económica y no sólo a su forma jurídica”. Según el MC del IASB, el objetivo de los estados financieros es suministrar información sobre la situación económico-financiera (a través del balance), el rendimiento o desempeño ( mediante el estado de resultados) y los cambios en la posición financiera (a través del estado de flujos de efectivo) de la empresa. En el NPGC, el objetivo de “imagen fiel sobre el patrimonio, situación financiera y resultados” se toma la IV Directivay también se recoge en el art. 34 del CC y 172 de la LSA. Este objetivo se completa con la referencia a la utilidad de la información para la toma de decisiones económicas por parte de los usuarios. Aunque esta referencia se realiza junto con otros conceptos que realmente representan requisitos para que la información financiera cumpla sus objetivos (claridad y comprensibilidad), supone el reconocimiento expreso de que las cuentas anuales deben pretender satisfacer adecuadamente las necesidades de información de sus usuarios, sin perjuicio de su orientación al suministro de la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. El concepto de imagen fiel se vincula con el concepto de sustancia sobre la forma, quedando con ello más concretado. Al efecto de conseguir esta aspiración ideal que deben alcanzar las cuentas anuales, las operaciones deben analizarse atendiendo a su realidad económica, y no sólo a su forma jurídica. Además, la información contable es un medio de rendición de cuentas de los directivos frente a los propietarios, y un mecanismo de control de sus decisiones, a fin de proteger el patrimonio de la empresa. Por ello, la información contable se utiliza en los contratos entre agentes vinculados a la empresa (p.ej., en los planes de remuneración de los directivos o en los contratos de préstamo). Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

30 Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda
Las Cuentas Anuales en conjunto deben proporcionar información útil para la toma de decisiones económicas (asignación de recursos) a múltiples usuarios. La información suministrada por las Cuentas Anuales debe ayudar a proyectar la capacidad de generación de tesorería o efectivo de la empresa, sirviendo para estimar la cuantía, momento e incertidumbre de sus futuros flujos de efectivo (cobros/ pagos), en forma de dividendos para los propietarios-socios, intereses a pagar a los prestamistas, etc. La toma de decisiones económicas o de inversión que implican la asignación de recursos (p.ej., la concesión de un préstamo por parte de un banco) exige disponer de información que permita estimar la cuantía, momento e incertidumbre de los futuros flujos de tesorería generados por la empresa (en el caso del banco hay que estimar los flujos de tesorería futuros disponibles para pagar los intereses y rembolsar el préstamo). En definitiva, evaluar la capacidad de generación de tesorería por parte la empresa, que es lo que determina su capacidad para pagar a los proveedores y personal, satisfacer los pagos de intereses, rembolsar los préstamos, retribuir a los propietarios mediante el pago de dividendos, etc. Por eso, los flujos de tesorería futuros de la empresa (dividendos, intereses) son los value-drivers o determinantes del valor de la empresa para propietarios y acreedores. Bajo incertidumbre, los flujos de tesorería futuros se pueden caracterizar como variables aleatorias. La información contable (y otra información) ayuda a fijar la distribución de probabilidad de esas variables aleatorias (estimar su valor esperado y desviación típica). Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

31 La Información Contable debe ser útil Perspectiva Normativa (a priori)
Regulación y Normalización Contable. ¿Es útil la Información Contable? Perspectiva Positiva (a posteriori) Investigación Contable. P.ej., Se ha constatado que la información contable publicada por las empresas con importante inversión en activos intangibles (empresas tecnológicas) ha perdido relevancia para los inversores en los mercados de capitales. La información financiera tiene límites en cuanto a su utilidad. Hay hechos que repercutirán claramente en los beneficios futuros de la empresa y que no se reconocen por la contabilidad (no se incorporan a la información publicada). Ejemplos: -La nacionalización de las reservas de gas de Repsol en Bolivia, -La huelga de pilotos de Iberia, -Los planes de expansión de la empresa de transportes Alsa en China. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

32 7. REQUISITOS DE LA INFORMACIÓN CONTABLE
Según el NPGC, “la información incluida en las cuentas anuales debe ser relevante y fiable. Adicionalmente, la información financiera debe cumplir con las cualidades de comparabilidad y claridad”.  La información es relevante cuando refleja y mide adecuadamente todos los hechos con repercusión sobre el valor del patrimonio de la empresa, permitiendo confirmar o corregir las expectativas sobre la cuantía, momento y/o incertidumbre de los flujos de tesorería futuros. En tal caso, la información es útil para la toma de decisiones económicas. En particular, para cumplir con este requisito, las cuentas anuales deben mostrar adecuadamente los riesgos a los que se enfrenta la empresa. La información es relevante cuando es capaz de influir, por sí misma y de forma significativa, en las decisiones que tenga que tomar el usuario,. Esto exige que la información tenga valor retrospectivo (que se puedan comparar los datos reales con las expectativas, confirmándolas o corrigiéndolas) y valor predictivo (en tanto ayuda a formar las expectativas futuras). Para tener valor predictivo, la información no tiene que elaborarse expresamente en forma de predicción o pronóstico (p.ej., se pueden desglosar los componentes ordinarios-recurrentes y extraordinario-no recurrentes del resultado realizado). En el caso de las empresas cotizadas, la relevancia de la información implica observar una asociación entre el precio de las acciones (o su variación) y las cifras contables, lo cual indica que tales cifras influyen en las expectativas de los inversores sobre los dividendos futuros. De esta cualidad se deriva, como límite en su aplicación, la cualidad o requisito de materialidad. Para determinar que información es relevante, se debe descartar la que no sea material: aquella cuya omisión o presentación errónea no afecte significativamente a la toma de decisiones (p.ej., informar detalladamente sobre las existencias de material de oficina no es material y, por tanto, tampoco es relevante). Ese umbral depende del modelo de decisión particular de cada usuario, por lo es un requisito de aplicación subjetiva (lo que no es material para uno puede serlo para otros). Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

33 Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda
La información es fiable cuando está libre de errores materiales y es neutral, es decir, está libre de sesgos, y los usuarios pueden confiar en que es la imagen fiel de lo que pretende representar. Una cualidad derivada de la fiabilidad es la integridad, que se alcanza cuando la información financiera contiene, de forma completa, todos los datos que pueden influir en la toma de decisiones, sin ninguna omisión de información significativa. La información es fiable cuando está razonablemente libre de error o sesgo intencionado, lo que no implica que sea exacta, porque siempre incorpora estimaciones en condiciones de incertidumbre (p.ej.,créditos incobrables, vida útil de los activos depreciables). De esta cualidad se deriva la integridad de la información, que supone revelar toda información relevante y material. Además, según el MC del IASB: La representación fiel, que implica que los usuarios puedan confiar en que la información es la imagen fiel de la realidad que pretende representar, y que ello sea verificable externamente. El predominio del fondo sobre la forma, atendiendo a la sustancia económica de los hechos y no simplemente a su forma legal (p.ej., un vehículo que se usa en régimen de alquiler a lo largo de toda su vida útil se debe reconocer como activo). La neutralidad, o imparcialidad, evitando que los criterios de reconocimiento y valoración puedan sesgar la toma de decisiones en un determinado sentido (p.ej., no se debe ofrecer una imagen de solvencia demasiado optimista o pesimista). La prudencia, implica el ejercicio de un cierto grado de cautela a la hora de realizar las estimaciones necesarias en condiciones de incertidumbre, de manera que se protejan los intereses de los propietarios y acreedores no sobrevalorando (infravalorando) los activos e ingresos (pasivos y gastos), pero sin menoscabar la neutralidad (p.ej., se han de estimar los costes de un plan de reestructuración o de una sanción y reconocerlos como pasivos, pero sólo cuando el plan sea firme y la sanción se estime probable) Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

34 Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda
Ejemplo: Reconocer una marca comercializada por la empresa como un activo según su valor de mercado aporta información relevante pero poco fiable, por la subjetividad que conlleva la estimación de ese valor. Reconocer los ingresos de una película cuando se estrena y se cobra a los espectadores aporta información muy fiable u objetiva (no manipulable) pero poco relevante, porque los ingresos se generan a medida que se produce la película y se devengan los gastos correspondientes. Hasta la fecha, no existen modelos fiables para la valoración de activos intangibles (vía de investigación). Google es la marca más valiosa del mundo, valorada en millones de euros en Le siguen General Electric (46.525), Microsoft (41.315) y Coca-Cola (33.185). Fuente: ranking Brandz publicado por la consultora Millward Brown. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

35 Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda
La comparabilidad, que debe extenderse tanto a las cuentas anuales de una empresa en el tiempo como a las de diferentes empresas en el mismo momento y para el mismo período de tiempo, debe permitir contrastar la situación y rentabilidad de las empresas, e implica un tratamiento similar para las transacciones y demás sucesos económicos que se producen en circunstancias parecidas. La claridad implica que, sobre la base de un razonable conocimiento de las actividades económicas, la contabilidad y las finanzas empresariales, los usuarios de las cuentas anuales, mediante un examen diligente de la información suministrada, puedan formarse juicios que les faciliten la toma de decisiones. El MC del IASB incluye tres restricciones a las cualidades básicas de relevancia y fiabilidad: economicidad, oportunidad y equilibrio entre características cualitativas La información es económica cuando los costes de su elaboración, suministro y procesamiento no exceden los beneficios de su uso. P.ej., la información detallada del material de oficina no es una información económica. Al elaborar las normas contables, se debe procurar que exista un equilibrio coste-beneficio de la información como un bien. No obstante, es difícil hacer una evaluación económica de la información. La información es oportuna cuando refleja los hechos relevantes y materiales tan pronto como son conocidos, buscando el equilibrio con el suministro de información fiable. De manera análoga a las noticias publicadas en prensa, suministrar información sobre un determinado hecho a tiempo corre el riesgo de ser poco fiable (p.ej., revelar la estimación una revalorización de los activos aún no realizada). En sentido contrario, suministrar información sobre un suceso cuando se puede medir con fiabilidad puede ser poco relevante o útil para la toma de decisiones (p.ej., revelar la revalorización cuando se ha realizado con la venta del activo). Puede no incluirse una información poco fiable, o bien incluirla pero reflejando el riesgo de error que rodea a su reconocimiento y medida. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

36 8. LOS PRINCIPIOS CONTABLES
Los principios contables son las reglas básicas a las que se ha de ajustar el reconocimiento y valoración de los hechos contables por la contabilidad de las empresas. Son definidos en el art. 38 CC, y ampliados en la Parte Primera del NPGC, dentro del “Marco Conceptual de la Contabilidad”. Su aplicación es obligatoria por parte de todo empresario, cualquiera que sea su forma jurídica (individual o social). El objetivo de su aplicación es conseguir que las cuentas anuales representen la imagen fiel del patrimonio, la situación financiera y los resultados de la empresa. Los principios contables son declaraciones de carácter general (macro-reglas) emitidas por un organismo competente (público o privado) que tratan de guiar y fundamentar la práctica contable, a fin de que los estados contables reflejen razonablemente la realidad económica de la empresa. Para ello, de los principios se deben derivar normas concretas aplicables al tratamiento de problemas particulares. La IV Directiva enumera siete principios generales que fueron incorporados al art. 38 CC por la Ley 19/1989. El PGC de 1990 desarrolló, sistematizó y completó estos principios, y los amplío a nueve, coincidentes sustancialmente con los emitidos por AECA en un documento de 1980. El nuevo PGC mantiene en el marco conceptual una enumeración de principios contables, buscando no romper con la tradición contable (se suprimen los de precio de adquisición, correlación y registro). Aunque el término principio contable no aparece en el MC del IASB, los principios del PGC están presentes en el MC del IASB como características de la IC e hipótesis básicas del sistema contable: Empresa en funcionamiento  Hipótesis básica Devengo  Hipótesis básica Uniformidad  Consecuencia de la carácterística de comparabilidad Prudencia  Caracterísitica cualitativa derivada de la fiabilidad No compensación  No se considera expresamente. Importancia relativa  Variable asociada a la relevancia Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

37 Empresa en funcionamiento
Principios de: Empresa en funcionamiento Devengo Uniformidad Prudencia No Compensación Importancia Relativa Imagen Fiel (En los casos de conflicto entre principios contables, deberá prevalecer el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel) Normas de Registro y Valoración del PGC Los principios son meros instrumentos o medios para la consecución de la imagen fiel del patrimonio, situación financiera y resultados de la empresa (es el corolario de la aplicación de en conjunto de todos los principios y normas). En caso de colisión o conflicto entre dos principios, prevalece el que mejor contribuya al objetivo de la imagen fiel. Se admiten excepciones (justificadas) en la aplicación de algún/os principio/s e, incluso, la aplicación de otros principios distintos a los previstos por el PGC para conseguir el objetivo de la imagen fiel. La imagen fiel es un concepto de origen británico (true and fair view) incorporado a la IV Directiva. Se trata de un concepto abierto e indeterminado, que representa el requisito final al que quedan subordinadas todas las normas contables, pero que implica reconocer la imposibilidad de que éstas respondan a la realidad de las empresas en todos los casos, permitiendo excepciones si el cumplimiento de las mismas no es suficiente o resulta incompatible con la imagen fiel que se pretende representar. Así pues, la imagen fiel que se quiere expresar depende de la información que se considere necesaria para satisfacer el objetivo de utilidad, por lo que será la imagen que resulte del cumplimiento de los requisitos, principios y normas que se imponga a la información financiera para alcanzar ese objetivo. El MC del PGC y el art CC realiza una apreciación adicional, que ayuda a interpretar este concepto: al efecto de obtener la imagen fiel en la contabilización de las operaciones se atenderá a su realidad económica y no sólo a su forma jurídica. Resoluciones del ICAC Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

38 9. LOS ELEMENTOS DE LAS CUENTAS ANUALES: RECONOCIMIENTO Y VALORACIÓN
CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO Y VALORACIÓN Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

39 Criterios de Reconocimiento Criterios de Valoración
Elementos de las CC. AA. Activos, Pasivos, Patrimonio Neto Ingresos y Gastos Definición Condición necesaria para la incorporación a las CC. AA. Criterios de Reconocimiento Condición suficiente para la incorporación a las CC.AA. La definición de los elementos identifica sus rasgos o características fundamentales. Definidos los elementos, los criterios para su reconocimiento en los Estados Contables y su valoración en los mismos se explica por su congruencia con los objetivos definidos para esos Estados, su adecuación a las hipótesis básicas y el cumplimiento de los requisitos de relevancia-fiabilidad, siguiendo la lógica del marco conceptual. En líneas generales, los criterios para reconocer un elemento o partida en el balance o Cta. de Resultados son dos: Que sea probable que cualquier beneficio económico relacionado con la partida llegue a, o salga de, la empresa, y Que la partida tenga un valor medible con fiabilidad (cierto o incierto pero estimable). Si la estimación no fuera fiable, el elemento no se reconoce y se informa en la Memoria. La definición de los elementos y los criterios para su reconocimiento y medida dependen de las normas contables. Seguiremos el marco conceptual del IASB, que es similar en líneas generales al propuesto por otros organismos (FASB, AECA), señalando algunas diferencias con los criterios de reconocimiento y medida implícitos en las normas españolas. Futura adaptación. Criterios de Valoración Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

40 Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda
El reconocimiento o registro de los elementos en las CC. AA. procederá cuando, cumpliéndose la definición de los mismos, se cumplan los criterios de: probabilidad en la obtención o cesión de recursos que incorporen beneficios o rendimientos económicos, y su valor pueda determinarse de forma fiable. La valoración es el proceso por el que se asigna un valor monetario a cada uno de los elementos integrantes de las CC. AA., de acuerdo con lo dispuesto en las normas de valoración específicas incluidas en la normativa contable. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

41 Estado de Flujos de Efectivo
Patrimonio y Situación Financiera a la fecha de cierre del ejercicio Resultado del ejercicio Información sobre: Patrimonio Neto Activos Pasivos Ingresos Gastos Elementos: Estado de Cambios en el Patrimonio Neto Cuenta de Pérdidas y Ganancias Balance El balance es el estado contable que informa fundamentalmente sobre el “patrimonio y la situación financiera”, incorporando los activos, pasivos y el patrimonio neto a la fecha de cierre de cada ejercicio. La cuenta de P y G informa sobre el “resultado” del ejercicio y sus componentes (ingresos y gastos). Estos dos estados se completan con otros tres, formando una unidad. El estado de cambios en el patrimonio neto informa sobre las causas de variación del patrimonio neto de la empresa durante el ejercicio. El estado de flujos de efectivo informa sobre la variación de la tesorería de la empresa (origen y aplicación). La variación de tesorería se obtiene ajustando las corrientes de ingresos y gastos para eliminar las variaciones de activos, pasivos y patrimonio neto no monetarias. Este estado sólo es obligatorio para las empresas que no puedan formular balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria abreviados. La memoria complementa los restantes estados contables. Cuentas Anuales Estado de Flujos de Efectivo Memoria Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

42 10. LAS NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN
Las normas de registro y valoración incluidas en la segunda parte del PGC desarrollan los principios contables y otras disposiciones contenidas en la primera parte, relativa al Marco Conceptual de la Contabilidad. Incluyen criterios y reglas aplicables a distintas transacciones o hechos económicos, así como también a diversos elementos patrimoniales. Las normas de registro y valoración son de aplicación obligatoria. Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda

43 Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda
Inmovilizado material Normas particulares sobre el inmovilizado material Inversiones inmobiliarias Inmovilizado intangible Normas particulares sobre el inmovilizado intangible Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar Instrumentos financieros Existencias Moneda extranjera Impuesto sobre el valor añadido, impuesto general indirecto canario y otros impuestos indirectos Impuesto sobre beneficios Ingresos por ventas y prestación de servicios Provisiones y contingencias Pasivos por retribuciones a largo plazo al personal Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio Subvenciones, donaciones y legados recibidos Combinaciones de negocios Negocios conjuntos Operaciones entre empresas del grupo Cambios en criterios contables, errores y estimaciones Hechos posteriores al cierre Contabilidad Financiera II -Juan A. Rueda


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