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LEY DE AGUAS PARA ANDALUCÍA

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Presentación del tema: "LEY DE AGUAS PARA ANDALUCÍA"— Transcripción de la presentación:

1 LEY DE AGUAS PARA ANDALUCÍA
CANON DE MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS HIDRAULICAS DE DEPURACIÓN DE INTERÉS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Lugar: Sevilla Fecha: Jueves 23 de Diciembre

2 Distribución de competencias según LAA Administración de la Junta de Andalucía
Gestión de los Recursos Hídricos La Planificación Hidrológica - En la CHG, competencias sobre los volúmenes asignados a Andalucía - Ordenación y concesión de los usos del agua - Establecimiento de normas de protección del Dominio Público Hidráulico. - Planificación, programación y ejecución de las obras hidráulicas de Interés Comunitario Ciclo Urbano del Agua - Ordenación y regulación de los sistemas supramunicipales del agua urbana - Establecimiento de las condiciones de prestación de los servicios del ciclo integral de agua de uso Urbano - Regulación de los criterios básicos de tarifación - Regulación y establecimiento de ayudas económicas a las EELL

3 Infraestructuras de Saneamiento Modelo para la Ejecución

4 Infraestructuras de Saneamiento Caracterización de Andalucía

5 Infraestructuras de Saneamiento (I) Estado de la depuración en Andalucía

6 Infraestructuras de Saneamiento (II) Estado de la depuración en Andalucía

7 Infraestructuras de Saneamiento (III) Estado de la depuración en Andalucía

8 NUEVA FISCALIDAD DEL AGUA
Financiación de obras en alta: Canon de regulación y tarifa de utilización del agua Canon de servicios generales Financiación de obras en baja : Competencia local: Canon de mejora de infraestructuras hidráulicas competencia de las Entidades Locales Obras de interés de la Comunidad Autónoma: Canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma NOVEDADES 8 8

9 La gestión del canon de mejora autonómico
Ley 9/2010 de 30 de julio, de Aguas para Andalucía, define el Canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma como un tributo propio de carácter finalista. Corresponde la interpretación sustantiva de la norma a la Dirección General de Financiación y Tributos. El soporte técnico estará constituido por los medios de que dispone la Dirección General de Tecnologías para Hacienda y la Administración Electrónica. La administración gestora es la Agencia Andaluza del Agua de la Consejería de Medio Ambiente.

10 Hecho Imponible, Base imponible y obligados tributarios
Naturaleza: Ingreso propio tributario de la Comunidad Autónoma Afectación: A la financiación de las infraestructuras de depuración de interés de la Comunidad Autónoma. Hecho Imponible: La disponibilidad y el uso urbano del agua de cualquier procedencia suministrada por redes de abastecimiento públicas o privadas. Se asimilan a uso urbano las pérdidas de agua en las redes de abastecimiento en los términos en que disponga la Ley Exenciones: Canon de control de vertidos e impuesto sobre vertidos a las aguas litorales. La base Imponible esta constituida por el volumen de agua facturado por las entidades suministradoras durante el período impositivo, expresado en metros cúbicos.

11 Obligados tributarios
Dispone el art. 82. que son sujetos pasivos, las personas físicas o jurídicas, (…) usuarias del agua de las redes de abastecimiento Según el art En el supuesto de pérdidas de agua en redes de abastecimiento, el sujetos pasivo es la entidad suministradoras Y concluye el art que tendrán la consideración de sujetos pasivos, como sustitutos del contribuyente, las entidades suministradoras. Siendo el servicio de abastecimiento y saneamiento de agua potable a poblaciones competencia de las entidades locales, la gestión de este impuesto repercute en los Ayuntamientos que gestionan directamente el Servicio o en las entidades gestoras cuando se utiliza alguna de las formas de gestión indirecta

12 Obligados tributarios
GESTIÒN DIRECTA GESTIÒN INDIRECTA MEDIANTE ENTIDADES SUPRAMUNICIPALES O EMPRESAS GESTORAS TOTAL Nº de Entidades 328 63 391 Nº de Municipios 443 771 Población

13 Cuota integra Cuota fija por disponibilidad: 1€ al mes por vivienda (solo usos domésticos). Cuota variable por consumo, en función del uso: Domésticos: mínimo exento (2 m3/viv./mes); tarifa progresiva por tramos (variables en función del número de personas por vivienda) De 2m3 a10m3: 0,10 De 10m3 a 18m3: 0,20 Mas de 18m3: 0,60 Consideraciones especiales: En los casos de contadores generales se tendrá en consideración el número de viviendas No domésticos: tipo único 0,25 €/m3

14 PORCENTAJE DE IMPLANTACIÓN PORCENTAJE DE IMPLANTACIÓN
ENTRADA EN VIGOR Para la disponibilidad y el uso urbano del agua de cualquier procedencia suministrada por redes de abastecimiento públicas o privadas: 1 de enero de 2011. La cuota fija entra en vigor al 100% el 1 de enero de 2011. La cuota variable ira incrementando de forma progresiva según los porcentajes siguientes: Para las pérdidas de agua en las redes de abastecimiento en los términos en que disponga la Ley, cuando se apruebe el desarrollo reglamentario. El numero de viviendas abastecidas por contador general dejara de tenerse en cuenta a partir del 1 de enero de 2.013 AÑO PORCENTAJE DE IMPLANTACIÓN 2.011 30% 2.012 45% 2.013 60% 2.014 80% 2.015 100% AÑO PORCENTAJE DE IMPLANTACIÓN 2.011 30% 2.012 45% 2.013 60% 2.014 80% 2.015 100%

15 SITUACIÓN ACTUAL DE LA FINANCIACION DE LA DEPURACIÓN CON CANONES DE MEJORA
CUADRO RESUMEN DE MUNICIPIOS CON CANON DE MEJORA QUE SE ADECÚAN Nº DE MUNICIPIOS POBLACIÓN Nº DE ENTIDADES TOTAL 98 25 TOTAL DE ANDALUCÍA 771 391 PORCENTAJES DE ACM 14% 50% 6% AÑOS IMPORTE A DETRAER POR LA ADECUACIÓN TOTAL

16 GRACIAS POR SU ATENCIÓN
FIN GRACIAS POR SU ATENCIÓN


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