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Algunas Cifras Cada 3 minutos, en algún lugar del mundo, muere una persona por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Cada segundo, al menos cuatro.

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1 Algunas Cifras Cada 3 minutos, en algún lugar del mundo, muere una persona por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Cada segundo, al menos cuatro personas resultan lesionadas en su lugar de trabajo Según un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1999, se estima que cada año se producen en todo el mundo: de muertes por causas asociadas al trabajo (accidentes de tránsito , conflictos bélicos , delincuencia , VIH/sida ). En igual período se producen de accidentes de trabajo de nuevos casos de enfermedades profesionales. niños mueren por accidentes de trabajo

2 Prevención de Riesgos Laborales
Derecho a la Salud. Todas las constituciones modernas reconocen el derecho a la vida, a la integridad física y a la salud de sus ciudadanos/as. (art 15 y 43 CE). Debemos luchar por la defensa de la salud en el trabajo. No sólo se trata de AT y E.P. estamos hablando de la salud como estado completo de bienestar físico, mental y social. La salud es un derecho fundamental. Prevención de Riesgos Laborales. La meta no es obtener asistencia y compensación, Prevención de Riesgos es eliminar o controlar toda condición de trabajo que pueda suponer daño para la salud de los trabajadores. La Ley 31/1995 de PRL supuso un gran avance en cuanto a la integración y actualización de la normativa en materia de promoción y salud de los trabajadores. - Nueva filosofía preventiva en el tratamiento de riesgos laborales. - La ley reconoce el derecho a la participación individual y colectiva. - Establece que la Prevención de Riesgos Laborales es una obligación del empresario y un derecho de los trabajadores.

3 Principios de la Acción Preventiva (artículo 15 de la Ley 31/95 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales) Evitar los riesgos. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar. Combatir los riesgos en el origen. Adaptar el trabajo a la persona. Tener en cuenta la evolución de la técnica. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. Planificar la prevención: Evaluación inicial de riesgos y Plan de Prevención. Anteponer la protección colectiva a la individual. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

4 Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995 de 8 de noviembre)
¿A quien no se aplica? La ley no será de aplicación : Policía, seguridad y resguardo aduanero. Protección civil y peritaje forense en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública. Relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. ¿A quien se aplica la ley? La ley de Prevención se aplica a: Los trabajadores por cuenta ajena. Al personal civil de las administraciones públicas. A los trabajadores autónomos. A las sociedades cooperativas, con socios cuya actividad consista en la prestación de su trabajo personal.

5 Accidente de Trabajo (AT)
Todo daño o lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo por cuenta ajena. Se incluyen también el accidente “in itinere”, el que ocurre en el ejercicio de la actividad sindical, el producido en actos de salvamento y aquellas enfermedades originadas en el trabajo y no reconocidas como enfermedades profesionales. Se excluyen; el producido por causa de fuerza mayor excepto en el caso de insolación o rayo y los debidos a “dolo” o imprudencia temeraria

6 Enfermedad Profesional (EP)
Según el artículo 58 de la L.G.S.Social: “Aquella contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena, en las actividades que se especifican en el cuadro de enfermedades profesionales aprobado por Decreto 1995/78 de 12 de mayo”. Desde el punto de vista técnico: “Deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador, producido por una exposición crónica a situaciones adversas”.

7 Enfermedad Profesional
Características Enfermedad Profesional Inicio lento No violenta, oculta, retardada Previsible. Se conoce por indicios que va a ocurrir Progresiva. Va hacia delante Oposición individual muy considerable Tipos: Producidas por agentes químicos, por la piel, inhalación, enfermedades infecciosas, por agentes físicos o enfermedades sistémicas. Accidente de Trabajo Inicio brusco Inesperado o imprevisible Violento Súbito, rápido Exposición corta Resistencia poco importante Existe lesión corporal Se produce a consecuencia del trabajo Se califican en leves, graves, muy graves y mortales

8 FACTORES QUE DETERMINAN LA APARICIÓN DE LA ENFERMEDAD
La concentración del agente contaminante en el ambiente de trabajo. El tiempo de exposición. Las características personales de cada individuo. La relatividad de la salud. La presencia de varios agentes contaminantes al mismo tiempo.

9 Técnicas de Prevención de Riesgos Laborales
Seguridad en el Trabajo: Conjunto de conocimientos, técnicas y actuaciones no médicas encaminadas a eliminar, o al menos a reducir, los riesgos de daños materiales y lesiones personales. Higiene Industrial: Se centra en la relación del trabajador con los contaminantes (físicos, químicos y biológicos) presentes en el medio ambiente de trabajo. Ergonomía: Adaptación de las condiciones de trabajo al hombre para conseguir la mayor armonía posible entre las condiciones óptimas de confort y la máxima eficacia productiva. Psicosociología: Aquellos aspectos de las relaciones laborales que se refieren a las características organizativas de las empresas (clima laboral, comunicación, estilos de mando,...) Medicina del Trabajo: Aborda las alteraciones de la salud producidas en el medio laboral.

10 DERECHOS Y DEBERES EMPRESARIOS:
Deber de prevención y evaluación de riesgos. Deberá formar e informar a los trabajadores. Deberá vigilar la salud de sus trabajadores. Adaptará y perfeccionará las medidas de protección conforme varíen las circunstancias de la empresa. Deberá adoptar las medidas necesarias en caso de emergencia.

11 DERECHOS Y DEBERES TRABAJADORES
Avisar del peligro a tus compañeros y superiores. Colaborar en la verificación de su estado de salud a través de los reconocimientos médicos. Cumplir las órdenes e instrucciones en materia de Prevención. Utilizar correctamente los medios de protección facilitados por el empresario. Seguir la formación tanto teórica como práctica en materia preventiva facilitada por el empresario. Cooperar con el empresario en la aplicación de medidas que mejoren la seguridad y las condiciones de trabajo.

12 Factores de Riesgo en el Sector Agrícola
MAQUINARIA AGRÍCOLA RIESGO MEDIDAS PREVENTIVAS - Tractor - Motocultor Vuelco. Principal causa de accidentes graves y mortales Proyección de elementos de la máquina Elementos de transmisión Objetos móviles Caídas al mismo y distinto nivel Vuelco Atrapamiento por azadas Autoatropello Pórticos o cabinas de seguridad homologadas (obligatorias según vehículo) Cubiertas de protección del tren de azadas Mecanismos de marcha atrás que impidan el autoatropello

13 RIESGO MEDIDAS PREVENTIVAS
MOTOSIERRA RIESGO MEDIDAS PREVENTIVAS Corte Proyección de partículas Golpes Posturales y de sobreesfuerzo Quemaduras Electrocución. Riesgo eléctrico Fijador contra la aceleración voluntaria Protección lavamanos y freno mano izquierda Receptor o captor de cadena Cadena de seguridad Placa protectora en manija trasera Amortiguación Escape con silenciador y apagachispas Espada

14 RIESGO MEDIDAS PREVENTIVAS
INCENDIOS RIESGO MEDIDAS PREVENTIVAS Causas: - Quema de rastrojos - Combinación de derrame de combustibles y chispas - Acumulación de materiales altamente combustibles (paja,etc) - Uso de sustancias químicas Avisar a la Autoridad cuando se vaya a realizar Día sin viento ni calor Tener a mano extintor y medios necesarios. Correcto almacenaje de materiales combustibles y sustancias químicas Aislamiento de zonas de soldadura Mantenimiento de herramientas y máquinas

15 RIESGO MEDIDAS PREVENTIVAS
RIESGOS BIOLÓGICOS RIESGO MEDIDAS PREVENTIVAS Agentes Biológicos: “Seres vivos de origen animal o vegetal y sustancias derivadas de ellos, presentes en el puesto de trabajo, y que pueden provocar efectos negativos sobre la salud” Se transmiten por vías: -Respiratoria -Digestiva -Piel y mucosas -Picaduras -Heridas Mordeduras Coces Arañazos Picaduras de insectos Enfermedades (Zoonosis) Dirigidas al receptor: - Reconocimientos médicos preventivos - Vacunación (tétanos, brucelosis...) - Ropa específica de trabajo e instalaciones para su lavado - Control de higiene en vestuarios y lavabos - Información sobre los riesgos - Formación sobre métodos de trabajo y medidas a adoptar Dirigidas al medio amb.: - Diseño adecuado de locales - Limpieza y desinfección - Ventilación - Señalización de zonas de riesgo y marcado del material con riesgo - Actuaciones sobre los animales: Control de enfermos, vacunación y tratamiento adecuado de cadáveres

16 RIESGO AGENTES QUÍMICOS
PLAGUICIDAS: Combaten los agentes nocivos para las plantas, cosechas y maderas. Los fitosanitarios son aquellos que se utilizan para proteger de plagas, enfermedades y malas hierbas FERTILIZANTES O ABONOS: De origen natural o sintético para mejorar la calidad del suelo y el crecimiento de los vegetales Todos son tóxicos Efectos inmediatos: Quemaduras, intoxicación aguda Efectos a largo plazo: Altera reproducción, cancer, malformación de feto Quemaduras en la piel y mucosas Asfixia (sulfato potásico, dióxido de carbono) Explosión Infecciones por presencia de agentes biológicos en los abonos naturales Mareos y dolor de cabeza (gas metano o sulfuro de hidrógeno)

17 Medidas Preventivas Uso de equipos de protección para cuerpo, manos, pies, vía respiratoria, y ojos Lectura de la ficha de seguridad del producto Trabajar acompañado Evitar trabajar con temperaturas extremas, lluvia o viento No comer, fumar o beber y lavarse antes las manos y la cara No reutilizar ropa sin lavar Señalizar las zonas tratadas y respetar el periodo dado por el fabricante antes de entrar (min 24 horas) Existe un carnet de manipulación de fitosanitarios de obtención obligatoria para todo trabajador que use estas sustancias

18 Intoxicación por Agentes Químicos
Procedimiento PAS: Proteger, Avisar y Socorrer Evitar la absorción del tóxico: Quitar la ropa y lavar con abundante agua fría sin frotar Neutralizar el tóxico sólo si el trabajador está consciente Vigilar el pulso y la respiración, no administrar ningún medicamento. Si administrar agua y carbón activado No administrar leche, aceites o alcohol No provocar el vómito cuando el tóxico sea un caústico, el trabajador esté inconsciente o no esté en posición de seguridad

19 RIESGO MEDIDAS PREVENTIVAS
MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS RIESGO MEDIDAS PREVENTIVAS Lesiones dorsolumbares Lesiones en miembros superiores: Hombros, manos, brazos Quemaduras Heridas o arañazos Contusiones Problemas circulatorios, hernias Derrame sustancias peligrosas Levantar correctamente la carga Mantener la carga cerca del cuerpo Transportar y sujetar carga adecuadamente Automatizar procesos Diseñar puesto (altura, distancia) Solicitar ayuda de compañeros (+ 25kg, dos personas)

20 RIESGO MEDIDAS PREVENTIVAS
RIESGO ELÉCTRICO RIESGO MEDIDAS PREVENTIVAS Choque eléctrico directo por contacto en elementos en tensión o indirecto por contacto con masas puestas en tensión por accidente Quemaduras Caídas o golpes a consecuencia del choque eléctrico Incendios o explosiones debidos a la descarga Trabajar sin tensión Equipos e instalaciones en buen estado Respetar normas de uso de los aparatos Utilizar siempre varios aislantes (guantes, calzado, tarimas..) Trabajar sobre suelo seco

21 EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPIS)
Según el artículo 17.2 LPRL, “El empresario debe proporcionar los equipos adecuados y velar por su uso efectivo”. Se utilizarán cuando no puedan evitarse los riesgos mediante: - protección colectiva - organización del trabajo

22 Vigilancia de la Salud Es voluntaria para el trabajador (requiere su consentimiento previo) y obligatoria para el empresario. Respetará el derecho a la intimidad Comunicará los resultados a los trabajadores afectados Los resultados no pueden usarse con fines discriminatorios Será obligatoria sólo en caso de: - actividades de trabajo de especial peligrosidad - la salud del trabajador pudiera poner en peligro á los demás trabajadores y a él mismo - Lo establezca una ley

23 Consulta de los trabajadores (artículo 33 LPRL)
La planificación y la organización del trabajo en la empresa y la introducción de nuevas tecnologías. La organización y desarrollo de las actividades de protección de la salud y prevención de los riesgos profesionales en la empresa, incluida la designación de los trabajadores encargados de dichas actividades o el recurso a un servicio de prevención externo. La designación de los trabajadores encargados de las medidas de emergencia. Los procedimientos de información y documentación. El proyecto y la organización de la formación en materia preventiva. Cualquier otra acción que pueda tener efectos substanciales sobre la seguridad y la salud de los trabajadores

24 Delegados de Prevención
El número de Delegados en cada empresa se determinará por medio de una tabla aunque puede ampliarse por Convenio Colectivo. De 50 a 100 trabajadores: 2 delegados De 100 a 500: 3 deleg. De 500 a 1000: 4 deleg Son los Representantes de los Trabajadores en materia de prevención Serán designados por y entre los representantes de los trabajadores. Su designación es un derecho de los trabajadores, no un deber.

25 Competencias y Funciones (artículo 36 LPRL)
Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva. Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. Ser consultados por el empresario, con carácter previo a su ejecución, acerca de las decisiones a que se refiere el artículo 33 de la presente Ley. Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

26 Competencias y Funciones (artículo 36 LPRL)
Acompañar a los técnicos y a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social en las visitas pudiendo hacer observaciones Tener acceso, a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones. Ser informados por el empresario sobre los daños producidos en la salud de los trabajadores. Recibir del empresario las informaciones obtenidas por éste. Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo. Recabar del empresario la adopción de medidas de carácter preventivo. Proponer al órgano de representación de los trabajadores la adopción del acuerdo de paralización de actividades

27 Comité de Seguridad y Salud Laboral
Es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales Se constituye en empresas de + de 50 trab Lo componen los delegados de personal y el empresario o sus representantes Funciones: -Participa en la elaboración, puesta en marcha y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos -Promueve iniciativas sobre métodos y procedimientos de seguridad.

28 Competencias y Funciones (artículo 39LPRL)
Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en el centro de trabajo, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas. Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de prevención, en su caso. Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de los trabajadores, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas oportunas. Conocer e informar la memoria y programación anual de servicios de prevención.


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