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EL SEGURO MARITIMO CLAUSULAS DEL INSTITUTO DE ASEGURADORES DE LONDRES Y COBERTURAS MERCADO NACIONAL ALFIERI PEIRANO TORRIANI Dip CII. Director de siniestros.

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1 EL SEGURO MARITIMO CLAUSULAS DEL INSTITUTO DE ASEGURADORES DE LONDRES Y COBERTURAS MERCADO NACIONAL ALFIERI PEIRANO TORRIANI Dip CII. Director de siniestros de Addvalora-W.Moller Ajustadores y Peritos de Seguros SAC.

2 EL SEGURO MARITIMO CONTENIDO Parte I Principios del Seguro Marítimo
Ley Inglesa de Seguro Marítimo Definiciones MIA 1906: Principio de absoluta buena fe “Uberramae Fidei Principio de la Causa Próxima Pérdida Parcial y Perdida Total Seguro Marítimo de Cascos Medida de La Indemnización Cláusula de Deberes del Asegurado ( Sue & Labour)

3 Cobertura en pólizas de Mercados Nacional
EL SEGURO MARITIMO CONTENIDO Gastos de Salvamento Avería Gruesa o Común Seguro de Responsabilidad Parte II Cobertura en pólizas de Mercados Nacional Coberturas Básicas Coberturas Intermedias Coberturas Amplias Alternativas de Aseguramiento.

4 EL SEGURO MARITIMO 1. Principios del Seguro Marítimo:
Interés Asegurable Máxima buena fe (Uberramae Fidei)” Principio de Indemnización Principio de Recupero / Sub-rogación

5 EL SEGURO MARITIMO 2. Ley Inglesa de Seguro Marítimo:
Marine Insurance Act 1906 Codifica los principios establecidos en decisiones de cortes inglesas de más de 2,000 casos, (300 años de jurisprudencia). Los principios detallados en esta ley son el fundamento, para los demás ámbitos de Seguros no-marítimos, de propiedades, construcción e Ingeniería y fue la base legislaciones similares de otras naciones.

6 EL SEGURO MARITIMO 3. Definiciones MIA 1906:
Definición.-Seguro Marítimo Un contrato de Seguro Marítimo es aquel mediante el cual el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado en la forma y medida convenidas, contra las pérdidas marítimas, es decir pérdidas incidentales a la aventura marítima. Definición Aventura Marítima.- Existe una aventura marítima cuando un buque, mercancía u otro efectos están expuestos a los peligros (riesgos) marítimos (marine perils).*

7 EL SEGURO MARITIMO Definición Peligro Marítimo.-
Designa los peligros consecuentes o incidentales a la navegación, es decir peligros del mar, incendio, riesgos de guerra, piratas, ladrones, capturas, secuestros, detenciones, echazones, baratería y cualquier otros peligros del mismo genero.

8 EL SEGURO MARITIMO Definición: Principio de Interés Asegurable.-
Toda persona interesada en una aventura marítima tiene un interés asegurable. En particular, una persona se considera interesada en una aventura marítima cuando se encuentra en una relación de derecho o de equidad respecto a esta aventura o cualquier propiedad asegurable en riesgo, a consecuencia de la cual obtiene un beneficio con su sano arribo o sufre un perjuicio por su perdida, daño o detención o incurrir en responsabilidad con respecto a la misma. HP I y HP II

9 EL SEGURO MARITIMO Definición Garantía.-
Una garantía es una promesa donde el asegurado se compromete a hacer o no hacer determinada cosa o a cumplir cierta condición o mediante la cual se afirma o niega la existencia de un estado particular de hechos. Es una condición que debe ser exactamente cumplida afecte o no materialmente al riesgo. Si no fuese cumplida, el asegurador queda descargado de su responsabilidad desde la fecha de la violación de la garantía. Intención de Incumplimiento - Simpson Steamship Co.V. Premier Underwriter-1905, Cardiff/ Kiao Chao Exacto y estricto cumplimiento Hahn V. Hartley Garantía Expresa Numero de Tripulantes 50/46 Hide V. Bruce – 1773 – Garantía Expresa – Armamento en buque 20 cañones …Excusas /Garantía

10 EL SEGURO MARITIMO 4. Principio de absoluta buena fe “Uberramae Fidei“
Un contrato de seguro marítimo es un contrato basado en la más absoluta buena fe y si esta absoluta buena fe no fuese observada por alguna de las partes, el contrato puede ser anulado por la otra. HP I y HP II

11 EL SEGURO MARITIMO 5. Principio de Causa Próxima
El asegurador solo será responsable de toda pérdida cuya causa próxima sea un riesgo cubierto por el seguro. En la determinación de la causa próxima de la pérdida uno debe considerar sólo la causa de pérdida más dominante y efectiva y no necesariamente las mas cercana en la cadena de eventos .   Ionides V. Universal Marine Insurance Co. - Cape Hatteras Light Case France Fenwick & Co. Ltd. V. North England P&I Assoc M/V.Sherwood wreck Fulgens Reisher V. Borwick – 1894 – Tug into collision Pink Vs. Flemming – Cargo Oranges

12 EL SEGURO MARITIMO 6. Pérdida Parcial y Pérdida Total
Si el objeto materia del seguro es destruida o dañada hasta el punto de verse privada de la naturaleza inherente a aquella que constituyó el objeto de la garantía, o si el asegurado se ve desposeído de ella irreparablemente, hay una perdida total real. Toda pérdida que no encaje dentro de la definición antes mencionada se considera como una pérdida parcial (AP).*

13 EL SEGURO BUQUES 7. Seguro Marítimo de Cascos 7.1 Concepto :
Se refiere, de forma genérica, a la cobertura de los intereses asegurables del armador, en relación a un determinado buque, que pueden comprender los aspectos que a continuación se indican: A) Seguro sobre el buque. - Comprende el casco, máquinas, aparejos y demás pertrechos, así como también los víveres y el combustible.

14 EL SEGURO MARITIMO B) Seguro sobre responsabilidades. - Dicha garantía es conocida con el nombre de "Responsabilidad legal frente a terceros " daños materiales y de Personas. C) Seguro sobre el flete. - Como su nombre indica, su finalidad es la de amparar el valor relativo al arrendamiento del buque en su totalidad o en parte

15 EL SEGURO MARITIMO 7.2 Riesgos cubiertos
Los principales riesgos previstos en la póliza son los siguientes: A) Pérdida total, abandono (PTC), contribución a la avería gruesa o común y gastos de salvamento debidos a accidentes o riesgos denominados "peligro de mar". B) Averías particulares, entendiendo por tales las pérdidas las perdidas parciales. C) Responsabilidad frente a terceros por colisión, de daños ocasionados a otro buque. Esta garantía que en la póliza básica queda limitada al 75 % de la indemnización, en la práctica viene siendo ampliada al 100%.

16 EL SEGURO DE BUQUES Pérdida total Averías particulares
Fotos Pérdida total Averías particulares Responsabilidad por Colisión

17 EL SEGURO DE BUQUES 7.3 Riesgos excluidos en cobertura básica
Los principales riesgos excluidos en la póliza son los siguientes: A) La guerra, el embargo, retención, apresamiento, saqueo, rebelión, huelgas, etc. Alguno de estos riesgos suelen cubrirse mediante cláusula adicional y con percepción de la correspondiente extra prima. B) Los daños provenientes de dolo o negligencia grave del armador, sus mandatarios o consignatarios en tierra; el vicio propio.

18 EL SEGURO DE BUQUES C) Daños y pérdidas por violación de bloqueo, contrabando, comercio prohibido o clandestino. D) Las Responsabilidad Legal o recursos interpuestos contra el armador por lesiones corporales o muertes, así como los presentados por los cargadores, pasajeros o tripulantes del buque asegurado.

19 EL SEGURO DE BUQUES Guerra Huelgas
RC por lesión o muerte de tripulantes Pasajeros, cargadores Uso ilegal del buque contrabando

20 EL SEGURO DE BUQUES 7.4 Requisitos exigidos para la validez de la cobertura En la póliza se prevé en qué circunstancias y condiciones será válido el seguro haciéndose referencia a los lugares o situación en los cuales queda amparado el buque, su clasificación, sus limites geográficos de navegación, duración del contrato, viajes, etc.

21 EL SEGURO DE BUQUES 7.5 Ejemplo de Set de Cláusulas usadas en nuestro mercado : Cláusulas Inglesas para Seguros de Cascos, Instituto de Aseguradores de Londres Cl Cláusulas a Término del Instituto – Cascos Cl 280.-B Cláusulas a Término del Instituto – Cascos – Peligros Restringidos Cl Cláusulas del Instituto por viaje – Cascos Cl Cláusulas a Término del Instituto – Riesgos de Puerto Cl Cláusulas del Instituto para Buques Pesqueros Cl Cláusulas a Termino del Instituto para Yates

22 EL SEGURO DE BUQUES Seguro y Condiciones Adicionales para Armadores
Condiciones Extendidas CL Cláusulas del Instituto sobre Peligros Adicionales Cl Cláusulas del Instituto Para Guerra y Huelgas

23 EL SEGURO DE BUQUES 8. Medida de la Indemnización - Buques
Se llama medida de la indemnización a la suma que en caso de pérdida puede recobrar el asegurado en virtud de una póliza mediante la cual éste garantizado. Tipos:  A) Medida de la Indemnización de Pérdida Total Si se trata de una póliza valuada, la medida de la indemnización será la suma fijada en la póliza. Si se trata de una póliza no valuada, la medida de la indemnización será el valor asegurable del objeto materia del seguro.

24 EL SEGURO DE BUQUES B) Medida de la Indemnización de Pérdida Parcial del Buque Si el buque ha sido reparado, el asegurado tiene derecho al coste razonable de las reparaciones, pero sin que en cualquier siniestro estas superen el valor de la suma asegurada.

25 EL SEGURO DE BUQUES D) Medida de la Indemnización de la Responsabilidad frente a Terceros Es el importe pagado o que deba pagar el asegurado a tales terceros en relación a dicha responsabilidad, pero sin que en cualquier siniestro estas superen el valor de la suma asegurada. Next – Sue & Labour –(Deber del Asegurado)

26 EL SEGURO MARITIMO 9. Cláusula de Deberes del Asegurado (Sue & Labour)
Esta cláusula obliga al asegurado ha adoptar en todas las circunstancias las medidas razonables para evitar o minimizar una pérdida. Cuando la póliza contenga una de éstas cláusulas el compromiso aceptado por el asegurador se considera como suplementario al contrato de seguro, y el asegurado puede recobrar del asegurador todos los gastos legítimamente incurridos en la ejecución de ésta cláusula aunque el asegurador hubiera pagado por una pérdida total.

27 EL SEGURO DE MARITMO 10. Gastos de Salvamento
Es la recompensa pagada a terceras personas independientemente de cualquier contrato, por preservar de un peligro inminente la propiedad asegurada en una aventura marítima y sólo son pagados cuando la propiedad asegurada ha sido exitosamente salvada. (No Cure – No Pay). Estos gastos son recuperables bajo la cláusula respectiva. MV / Johanna C GA/SALV

28 EL SEGURO MARITIMO 11. Avería Gruesa o Común
Existe un acto de avería gruesa o común cuando se efectúa un sacrificio o gasto extraordinario voluntaria y razonablemente incurrido en un momento de peligro, con el fin de preservar la propiedad expuesta en la aventura marítima común. El sacrificio o el gasto incurrido solo son recuperables si se logró el éxito de salvar la aventura marítima.

29 EL SEGURO DE BUQUES 12. Seguro de Responsabilidad
Responsabilidad por Colisión o Abordaje Básicamente esta cláusula cubre la responsabilidad en la que el asegurado pueda incurrir por los daños hacia los armadores de cualquier otro buque, y su carga debido a colisión causada por la negligencia del buque asegurado. Margett V. Ocean Accident – Anchor Buques Hermanos Bennet Steamship V. Hull Mutual P&I Fish-Nets La cláusula dispone que en los casos en que el buque asegurado colisionara con, o recibiera servicios de salvamento de otro buque del mismo armador o administración, el Asegurado tendrá los mismos derechos como si Tratase de propietarios distintos o de diferentes administraciones.

30 EL SEGURO DE BUQUES Protección e Indemnización (P&I)
Es una cobertura bastante amplia de responsabilidad civil de naves. La cobertura abarca la responsabilidad legal del asegurado, con respecto al daño a objetos, donde tal responsabilidad no se encuentra ya cubierta por la cláusula de responsabilidad por colisión, en particular la responsabilidad legal incurrida por: Remoción de naufragios y/o restos de buque Contrato ordinario y/o habitual de remolque en puerto

31 EL SEGURO DE BUQUES Perdida de vidas y accidentes personales
(Salvage Awards) Recompensas otorgadas por salvamento de vidas Gastos incurridos in consideración de personal enfermo o accidentado Gastos incurridos en consideración de infecciones presentadas a bordo, Algunas penalidades y/o multas Gastos incurridos en consideración de  remoción de naufragio del buque asegurado y los costos legales relacionados.

32 COBERTURAS EN PÓLIZAS MERCADO NACIONAL
EL SEGURO DE BUQUES COBERTURAS EN PÓLIZAS MERCADO NACIONAL

33 EL SEGURO DE BUQUES COBERTURAS BÁSICA Cubre los siguientes riesgos:
Perdida Total Absoluta Pérdida Total Constructiva – En caso que los costos de reparación de daños más los gastos de salvamento igualen o superen el valor asegurado. Gastos de Salvamento, Auxilio o Reflotamiento – corresponden a gastos razonablemente incurridos para evitar la perdida de la embarcación. Contribución Avería General o Común (Gruesa)

34 COBERTURAS INTERMEDIAS
EL SEGURO DE BUQUES COBERTURAS INTERMEDIAS Brinda cobertura adicional a las básicas Avería Particular por INCENDIO Y/O EXPLOSION, cubre daños parciales por efecto de estos riesgos. RESPONSABILIDAD CIVIL POR COLISIÓN: Cubre daños y perdidas causados directamente por colisión o abordaje, a otras embarcaciones.

35 EL SEGURO DE BUQUES COBERTURAS AMPLIAS
Existen set de coberturas amplias del Instituto de Londres: Cl. 346 del Instituto Para Embarcaciones Pesqueras Cl. 347 del Instituto sobre Peligros Adicionales Cl. 280 del Instituto para Buques a término Cl. Del Inst. Guerra y Huelgas Cl. Del Inst. Casco Riesgo de Puerto Cl. Del Inst. Cascos riesgos de puerto incluyendo navegación limitada Cl. Del Instituto para Yates Cl. Del Instituto para Guerra y Huelgas Yates etc.

36 EL SEGURO DE BUQUES ALTERNATIVA “A” Perdida Total Absoluta
Perdida Total Constructiva Gastos de Salvamento Cl. De Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada Cl. Del Instituto para Guerra y Huelgas, a término. Cláusulas de Garantía

37 EL SEGURO DE BUQUES ALTERNATIVA “B”
Cl. del Instituto para Embarcaciones Pesqueras , Excluyendo Cl. 9 Salarios y Manutención y Cl. 23 Devolución por Paralización y Cancelación Limitando la Cláusula N°6 Peligros: En lo que corresponde sólo a maquinaría, calderas, ejes, equipo asociado para cubrir daño o gasto únicamente por causa directa e inmediata de varadura, encalladura, hundimiento, incendio, explosión, abordaje o colisión de la nave asegurada

38 EL SEGURO DE BUQUES ALTERNATIVA “B” (continúa)
Cl. Devolución por época de veda oficial para pólizas con vigencia anual Cl. De Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada Cl. Del Instituto para Guerra y Huelgas, a término. Cláusulas de Garantía

39 EL SEGURO DE BUQUES ALTERNATIVA “C”
Cl. del Instituto para Embarcaciones Pesqueras del Excluyendo Cl. 9 Salarios y Manutención y Cl. 23 Devolución por Paralización y Cancelación Cl. Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada Cl. De Devolución por época de veda oficial para pólizas de seguro con vigencia anual Cl. Del Instituto para Guerra y Huelgas, a término. Cláusulas de Garantía

40 EL SEGURO DE BUQUES ALTERNATIVA “D” Perdida Total Absoluta
Perdida Total Constructiva Gastos de Salvamento Responsabilidad por colisión ¾ -75% Avería Particular por Incendio y/o Explosión Cl. Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada Cl. Del Instituto para Guerra y Huelgas, a término. Cláusulas de Garantía .

41 EL SEGURO DE BUQUES ALTERNATIVA “E” Perdida Total Absoluta
Perdida Total Constructiva Gastos de Salvamento Responsabilidad por colisión 4/4 -100% Avería Particular por Incendio y/o Explosión Cl. De Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada Cl. Del Instituto para Guerra y Huelgas, a término. Cláusulas de Garantía

42 EL SEGURO DE BUQUES

43 COBERTURA DE EMBARCACIONES AUXILIARES Y ARTES DE PESCA
EL SEGURO DE BUQUES COBERTURA DE EMBARCACIONES AUXILIARES Y ARTES DE PESCA La cobertura de redes y/o panga y/o aparejos de pesca se restringe a únicamente amparar la pérdida total de éstos como consecuencia directa de la pérdida total absoluta de la embarcación principal Asegurada por causa de un riesgo debidamente amparado por la póliza Se excluye robo y hurto, así como la PT cuando sucede con otra embarcación que no es la nombrada y/o asegurada en póliza.

44 Cambios de las IHC 2003 con respecto a las IHC 1983
EL SEGURO DE BUQUES Cambios de las IHC 2003 con respecto a las IHC 1983 En la cobertura de defecto latente continua excluyéndose el costo de corregir el defecto latente, sin embargo se admite el 50% de los costos comunes de reparación. La cobertura por costos legales en los casos de colisión queda limitada al 25% del Valor Asegurado.

45 Cambios de las IHC 2003 con respecto a las IHC 1983
EL SEGURO DE BUQUES Cambios de las IHC 2003 con respecto a las IHC 1983 No se efectúa reducción en reclamos de Avería General / Gastos de Salvataje en caso de infraseguro. No se efectúa reducción en reclamos de Sue and Labour (Deber del Asegurado) en caso de infraseguro. Terminación Automática, si no se cumple con las disposiciones y requerimientos de Clase/ISM (International Safety Management)/ Código Internacional de Manejo de Seguridad (ISM-Code)

46 Cambios de las IHC 2003 con respecto a las IHC 1983
EL SEGURO DE BUQUES Cambios de las IHC 2003 con respecto a las IHC 1983 Terminación Automática, si el buque zarpa con la intención de ser desguazado, o ser vendido para desguace, a menos que los Aseguradores se haya acordado en contrario. Los Aseguradores no son responsables por perdidas atribuibles a incumplimiento de Clase / regulaciones nacionales. Reemplazo de Anti-fouling en respecto a las planchas dañadas o afectadas es ahora recuperable.

47 Cambios de las IHC 2003 con respecto a las IHC 1983
EL SEGURO DE BUQUES Cambios de las IHC 2003 con respecto a las IHC 1983 Perdida Total Constructiva es admisible basado en un 80% del valor asegurado. En la Cláusula de Peligros adicionales, se incluye cobertura por corregir el costo de corregir el defecto latente. Notificación del reclamo requerida dentro de 180 días del asegurado conoce de la perdida.

48 GRACIAS Calle Misti 412 Yanahuara Teléfono 54 – / Línea Gratuita

49 EL SEGURO CARGA 1. Seguro Marítimo de Carga Concepto :
Se refiere de forma genérica, a la cobertura de los intereses asegurables del Embarcador y/o Consignatario, en relación a una determinada mercancía, que pueden comprender los aspectos que a continuación se indican: Perdida o daño de mercancías (Total / Parcial) Contribución de los intereses de carga Avería Gruesa Gastos de Salvamento

50 Existe set actualizados del 2009
EL SEGURO CARGA 2. Cobertura de Pólizas A, B y C Las cláusulas del instituto de aseguradores de Londres fueron, fueron introducidas el , los 3 principales sets de cláusulas son : (A) Todo Riesgo (B) Riesgos Nombrados (C) Riesgos Nombrados peligros restringidos Existe set actualizados del 2009

51 EL SEGURO CARGA Cobertura para todas la pólizas – A, B y C
La cobertura inicia desde el momento en que la carga comienza el tránsito y deja el almacén del vendedor y concluye al arribo de la carga al almacén del consignatario o al término de 60 días de la descargada del buque. Lo que ocurra primero. ¿Y quien tiene el interés asegurable? Eso dependerá del INCOTERM usado .

52 EL SEGURO CARGA

53 EL SEGURO CARGA

54 EL SEGURO CARGA Cláusulas del Instituto para cargamento (A)
Cubre a todo riesgo por perdida de o daño a las mercancías . ¿Y quien tiene el interés asegurable? Eso dependerá del INCOTERM usado .

55 EL SEGURO DE CARGA Cláusulas del Instituto para carga (A)
Cubre en la modalidad de Todo Riesgo por perdida de o daño a las mercancías Incluye Daño Malicioso y Piratería.

56 EL SEGURO DE CARGA Cláusulas del Instituto (A), (B) y (C)
1.1 Pérdida o daño al interés asegurado que se pueda atribuir razonablemente a: 1.1.1 Fuego o explosión. M/V Hyunday Fortune 2006

57 EL SEGURO DE CARGA Cláusulas del Instituto (A), (B) y (C)
Que se encalle, vare, hunda o zozobre el buque o embarcación.

58 EL SEGURO DE CARGA Cláusulas del Instituto (A), (B) y (C)
Volcamiento o descarrilamiento del medio de transporte terrestre. 1.1.4 Colisión o contacto del buque, embarcación o medio de transporte con cualquier sustancia externa excepto agua. Descarga del cargamento en un puerto de arribada.

59 EL SEGURO DE CARGA Cláusulas del Instituto (A) y (B)
Terremoto, erupción volcánica o rayo.

60 EL SEGURO DE CARGA Cláusulas del Instituto (A), (B) y (C)
1.2 Pérdida o daño al interés asegurado causado por: Sacrificio de avería general. Echazón o barrida de olas.

61 EL SEGURO DE CARGA Cobertura Cl. del Instituto (A), (B) y (No C)
Entrada de agua de mar, lago o río en el buque, embarcación, bodega, medio de transporte, contenedor, furgón o lugar de almacenaje. 1.3 Pérdida total de cualquier bulto caído al mar desde cubierta o caído mientras está siendo cargado en el, o descargado del buque o embarcación.

62 Pérdida o daño razonablemente atribuible a:
Cláusulas B (C) Incendio o explosión. Varada, embarrancada, hundimiento y/o vuelco del buque o embacación. Vuelco o descarrilamiento de vehículos terrestres Colisión o contacto del buque, remolcador, o transporte con cualquier objeto diferente de agua. Descarga en un puerto de refugio. Terremoto, erupciones volcánicas o rayo NO Pérdida o daños causado por: Sacrificio y contribución por avería gruesa. Echazón Arraste por las olas. Entrada de agua de mar, lago o río dentro del buque, remolcador, bodega, vehículo, contenedor, furgón o lugar de almacenamiento. Pérdida total de cualquier bulto caído durante las operaciones de carga o descarga de un buque o remolcador.

63 EL SEGURO DE CARGA CLÁUSULA DE AVERÍA GENERAL, A,B y C
Esté Seguro cubre avería general y gastos de salvamento que se ajusten o determinen de acuerdo con el contrato de fletamento y/o la ley y práctica que deba aplicarse, en los que se incurra para evitar o tratar de evitar pérdida por cualquier causa salvo aquellas que se excluyen en las Cláusulas 4, 5, 6 y 7 ó en cualquier otra parte en este Seguro.

64 EL SEGURO DE CARGA CLÁUSULA DE AVERÍA GENERAL, A,B y C
Los fundamentos o requisitos para que exista una Avería Gruesa son los siguientes: La aventura en su totalidad debe estar en peligro El peligro debe ser actual e inminente El acto debe ser intencional y voluntario (no un accidente) El acto debe ser razonable y prudente El acto debe tener como finalidad preservar todos los intereses de la aventura El sacrificio debe ser extraordinario por naturaleza El resultado debe ser el éxito

65 EL SEGURO DE CARGA Ejemplos de AVERÍA GENERAL, A,B y C
Arribo a Puerto de refugio Varadura voluntaria para evitar hundimiento Exigir la maquinaria (Engine sacrifice). Mas daños al casco, por efecto de esfuerzo para reflotar. Costo de Reparación incurrida como esfuerzo para reflotar Salvamento Costo de descarga para asistir en el reflotamiento. Renta de remolcadores para asistir en el reflotamiento Salarios de la tripulación durante el periodo de demora en puerto de refugio.

66 EL SEGURO DE CARGA Participan en AVERÍA GENERAL, A,B y C
Armador – Valor de la embarcación salvada Dueño de la carga – Valor de carga salvada Armador – Valor respecto del flete a pagar. Fletador – Idem.

67 EXCLUSIONES Falta voluntaria o conducta dolosa del asegurado.
Los derrames usuales, pérdidas de peso o volúmenes naturales, el uso ó desgaste normales. Insuficiencia o lo inapropiado del embalaje o preparación de los bienes. Incluye la estiba dentro de un contenedor o furgón siempre que el mismo se haya realizado antes de tomar efecto el seguro o haya sido realizado por el asegurado o sus empleados. Vicio propio o naturaleza intrínseca de las mercancías. Insolvencia o incumplimiento financiero penable de los propietarios, administradores, fletadores u operadores de la aeronave. Pérdida, daño o gasto que se derive de la inadaptabilidad de la aeronave o medio de transporte (incluyendo contenedor o furgón). Uso de cualquier arma de guerra que emplee fisión atómica o nuclear y/o fusión u fuerza o materia radioactiva. Guerra, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección o contienda civil, acto hostil por o contra un poder beligerante. Captura, arresto, secuestro, embargo preventivo, restricción o detención (excepto piratería). Minas derrelictas, torpedos, bombas u otras armas derrelictas. Actos de huelguistas, obreros bajo paro forzoso, disturbios laborales, conmoción civil, motines o tumultos populares. Actos terroristas o persona actuando por motivo político. Demora o retraso, aún cuando dicha demora sea a consecuencia de un riesgo asegurado.

68 EL SEGURO DE CARGA CLÁUSULA DE EXCLUSIONES GENERALES
En ningún caso este Seguro cubrirá: 4.1 Pérdida, daño o gasto atribuible a falta voluntaria del ASEGURADO. 4.2 Merma normal, pérdida normal de peso o volumen, o uso y desgaste normal del interés asegurado. 4.3 Pérdida, daño o gasto causado por la insuficiencia o lo inapropiado del embalaje o preparación del interés asegurado (para el propósito de esta Cláusula 4.3 "embalaje" se considerará que incluye la estiba en un contenedor o furgón, pero sólo cuando tal estiba se haya efectuado antes de tomar efecto este Seguro o haya sido efectuada por el ASEGURADO o sus empleados).

69 EL SEGURO DE CARGA CLÁUSULA DE EXCLUSIONES GENERALES
4.4 Pérdida, daño o gasto causado por vicio propio o por la naturaleza del interés asegurado. 4.5 Pérdida, daño o gasto cuya causa próxima sea retraso, aún cuando el retraso sea causado por un riesgo asegurado (excepto gastos pagaderos bajo la Cláusula 2 más arriba señalada). 4.6 Pérdida, daño o gasto que se derive de la insolvencia o quiebra fraudulenta de los propietarios, administradores, fletadores u operadores del buque.

70 Nota : si se cubre en la “A”
EL SEGURO DE CARGA CLÁUSULA DE EXCLUSIONES GENERALES 4.7 Daño deliberado al, o destrucción deliberada del interés asegurado o a cualquier parte del mismo por el acto malintencionado de cualquier persona o personas. 4.8 (B & C) 4.7 (A) Pérdida, daño o gasto que se origine del uso de cualquier arma de guerra en la cual se emplee fisión atómica o nuclear y/o fusión u otra reacción similar o fuerza o materia radioactiva. Nota : si se cubre en la “A”

71 Nota : si se cubre en la “A”
EL SEGURO DE CARGA CLÁUSULA DE EXCLUSIONES GENERALES 4.7 Daño deliberado al, o destrucción deliberada del interés asegurado o a cualquier parte del mismo por el acto malintencionado de cualquier persona o personas. 4.8 (B & C) 4.7 (A) Pérdida, daño o gasto que se origine del uso de cualquier arma de guerra en la cual se emplee fisión atómica o nuclear y/o fusión u otra reacción similar o fuerza o materia radioactiva. Nota : si se cubre en la “A”

72 EL SEGURO DE CARGA Exclusiones de innavegabilidad e inadaptabilidad
5.1 En ningún caso este Seguro cubrirá pérdida, daño o gasto que se derive de: La falta de condiciones de navegabilidad del buque o embarcación; La inadaptabilidad del buque, embarcación, medio de transporte, contenedor o furgón para transportar con seguridad el interés asegurado. Cuando el ASEGURADO o sus empleados tengan conocimiento de tal innavegabilidad o inadaptabilidad en el momento en que el interés asegurado es cargado en ellos.

73 EL SEGURO DE CARGA Exclusiones típicas Cláusulas A, B y C
6. CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN DE GUERRA 7. CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN DE HUELGAS, incluido terrorismo

74 EL SEGURO DE CARGA Exclusiones típicas Cláusulas A, B y C
6. CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN DE GUERRA 7. CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN DE HUELGAS, incluido terrorismo

75 EL SEGURO DE CARGA Seguro de Cobertura adicional - Huelgas Cubre
Huelgas, personas que tomen parte en disturbios laborales, motines o tumultos populares, cierre de fábricas, disturbios laborales, motines o tumultos populares. Actos Causado por cualquier terrorista o cualquier persona actuando por un motivo político.

76 EL SEGURO DE CARGA Seguro de Cobertura adicional - Guerra Cubre :
Guerra, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección o contienda civil que de ello se derive, o cualquier acto hostil por o contra un poder beligerante. Captura, embargo, arresto, restricción o detención, ni de sus consecuencias o de cualquier intento para ello. Minas, torpedos, bombas u otras armas de guerra abandonadas en el mar.

77 EL SEGURO DE CARGA Sets de Clausulados – Para Riesgos Específicos
Cláusulas del Instituto para Ganado Vivo Livestock Clauses, Cubre Ganado vacuno, Ganado equino. Ganado porcino, Ganado bovino. Aves vivas, Aves ornamentales. Caballos de competencia y otros.

78 EL SEGURO DE CARGA Sets de Clausulados – Para Riesgos Específicos
Cláusulas del Instituto para Ganado Vivo Livestock Clauses, Cubre Ganado vacuno, Ganado equino. Ganado porcino, Ganado bovino. Aves vivas, Aves ornamentales. Caballos de competencia y otros. Nota: Bajo estas cláusulas se puede extender a cubrir, la muerte del animal por sacrificio humanitario; así mismo la cobertura del animal en estado de gestación, incluyendo la extensión de cobertura para el feto.

79 EL SEGURO DE CARGA Sets de Clausulados – Para Riesgos Específicos
Cláusulas del Instituto para Ganado Vivo Livestock Clauses, Cubre Ganado vacuno, Ganado equino. Ganado porcino, Ganado bovino. Aves vivas, Aves ornamentales. Caballos de competencia y otros.

80 EL SEGURO DE CARGA Sets de Clausulados – Para Riesgos Específicos
Cláusulas del Instituto para Ganado Vivo Livestock Clauses, Cubre Ganado vacuno, Ganado equino. Ganado porcino, Ganado bovino. Aves vivas, Aves ornamentales. Caballos de competencia y otros.

81 EL SEGURO DE CARGA Sets de Clausulados – Para Riesgos Específicos
Instituto Cargo Clases A (Air) La cobertura es todo riesgo similar a la A estándar, con algunas diferencias, en la Cl. De Transito son 30 (no 60), luego descargado del medio transportador Excluye los envíos Postales .

82 EL SEGURO DE BUQUES Muchas Gracias ! Por Su Atención


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