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NULIDAD DE LOS ACTOS JURIDICOS.

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Presentación del tema: "NULIDAD DE LOS ACTOS JURIDICOS."— Transcripción de la presentación:

1 NULIDAD DE LOS ACTOS JURIDICOS.
Prof. Dr. José María Breuer Planas

2 NULIDAD DE LOS ACTOS JURIDICOS.
“La nulidad es una sanción legal por medio de la cual se priva a un acto jurídico de sus efectos normales, por contravenir el ordenamiento jurídico al momento de su celebración”. Es una sanción legal que proviene siempre de la ley, y nunca de la voluntad de las partes. Esto la diferencia de la ineficacia. La sanción de nulidad está implícita en la inobservancia de la ley y no es necesaria que este explicita.

3 Privación de sus efectos:
Art 356: los actos nulos no producen efectos. No producen sus efectos propios, pero si otros efectos que son: La restitución de lo entregado en virtud del acto. La extinción de la obligación creada en virtud del acto. El defecto debe ser en el momento de la formación. Es decir “contemporáneo” a su formación y no sobreviniente. Poco importa si fueron perceptibles, manifiestas o no. Ineficacia e invalidez son sinónimos.

4 INEFICACIA DE LOS ACTOS JURIDICOS.
INEFICACIA ESTRUCTURAL: es el acto afectado de nulidad. INEFICACIA FUNCIONAL O SOBREVINIENTE: es la ineficacia propiamente dicha. Esta priva al acto de sus efectos propios por una circunstancia sobreviniente que puede ser establecida por la ley o la voluntad de las partes.

5 TIPOS DE INEFICACIAS Rescisión: así como la voluntad de las partes dieron nacimiento al acto, estas pueden dejar esta voluntad sin efecto, de común acuerdo. Esta rescisión no puede afectar a derechos de tercero. Tiene efecto “ex nunc”, es decir hacia el futuro. Resolución: es la ineficacia sobreviniente por circunstancias establecidas en la ley o en el contrato.

6 Resolución: es la ineficacia sobreviniente por circunstancias establecidas en la ley o en el contrato. El pacto comisorio. La clausula de resolución. La seña o aras. Revocación: la ineficacia por voluntad unilateral como la revocación del mandato. Tiene efecto “ex nunc” y no puede afectar derechos de terceros. Otros ejemplos: revocación del testamento, revocación de la oferta etc.

7 RESEÑA HISTORICA DE LAS NULIDADES.
DERECHO ROMANO. La nulidad de los actos solo se podía dar ante la inobservancia de las formas y solemnidades prescriptas por el “ius civile”. Esto producía la nulidad absoluta y sin posibilidad de convalidación. El Pretor introduce por razones de equidad la anulabilidad de ciertos actos. Estos si bien observaban las solemnidades, adolecían de ciertos vicios y hubiese sido injusto mantener sus efectos

8 Estos constituyen actos anulables a instancia de parte, que conferían acciones como la “actio vi, o actio dolus”. Eran pues de nulidad relativa.

9 DERECHO CIVIL FRANCES. No contiene disposiciones generales sobre nulidades. La doctrina, con Josserand, soslaya la “caótica situación”, tipificando las nulidades en: Actos inexistentes: falta un elemento esencial. Actos de nulidad absoluta: atentan contra el orden publico. Actos de nulidad relativa susceptibles de ratificación expresa o tacita: afectan el interés particular.

10 DERECHO ALEMAN. Actos nulos. Actos anulables. Actos inoponibles.

11 CODIGO CIVIL ITALIANO. Actos nulos. Actos anulables.

12 CODIGO DE VELEZ. Es muy confuso en la materia, introduciendo doctrina francesa, y otras y clasifica las nulidades y sus efectos en: Absolutas y relativas. Manifiesta y no manifiesta. Acto nulo y anulable.

13 CODIGO CIVIL PARAGUAYO.
ACTOS NULOS Son los que afectan el orden publico. Están en contra del interés general. No pueden ser ratificados. No producen efectos jurídicos ya desde su nacimiento. La nulidad no requiere su juzgamiento, salvo que no sea manifiesta.

14 La nulidad debe ser solo “constatada por el Juez”.
La nulidad puede ser declarada de oficio por el Juez o por cualquier parte interesada. Los actos nulos son imprescriptibles.

15 ACTOS ANULABLES. Afectan a los intereses particulares. Pueden ser ratificados. Producen sus efectos mientras no sean declarados nulos. La nulidad debe ser “declarada por el juez en su juzgamiento”. Solo puede ser intentada por las personas que la ley designe, que son generalmente las partes. Prescribe la acción de nulidad a los dos años.

16 ENUMERACION LEGAL DE LOS ACTOS NULOS.
Actos celebrados por incapaces de hecho. Objeto ilícito. Actos formales ad solemnitates: el matrimonio.. Nulidad del instrumento solemne por defecto de forma: testamento. Simulación o fraude a la ley: para burlar leyes fiscales o sentencias.

17 ENUMERACION DE LOS ACTOS ANULABLES.
Incapacidad accidental o transitoria. Incapacidad de hecho de menores con discernimiento. Error, dolo o violencia. Anulación del instrumento solemne. Lesión: art. 671. Actos de inhabilitados: solo de administración: contrato de trabajo. Actos de interdictos: incapacidad de hecho.

18 QUIENES PUEDEN ALEGAR LA NULIDAD.
El Juez de oficio. El ministerio publico. Cualquier persona que tenga interés.

19 QUIENES LA ANULABILIDA.
Solo las partes o las que la ley disponga.

20 EL ART 360. Cuando el incapaz procedió con dolo, ni el ni sus tutores, ni sus sucesores pueden anular el acto. Si fuere menor, la afirmación inexacta de que es mayor, no le inhabilitara a obtener la nulidad del acto. La simple afirmación de la mayoría de edad no se tendrá por engaño suficiente (dolo).

21 LA OPONIBILIDAD DE LOS ACTOS O INEFICACIA RELATIVA.
LA INOPONIBILIDAD POSITIVA. Los actos son validos para las partes, pero inoponibles a ciertos terceros: Actos del mandatario sin poder suficiente: valido entre partes pero no ante terceros. La hipoteca no registrada. El instrumento privado sin fecha cierta. En la simulación licita: el contradocumento inoponible a terceros.

22 INOPONIBILIDAD NEGATIVA.
La nulidad afecta a las partes pero no tiene efectos ante terceros de buena fe.

23 CONFIRMACION DE LOS ACTOS JURIDICOS ANULABLES.
Art 366: confirma el que tiene derecho a pedir la anulación, siempre que cesaran los vicios. Es un acto jurídico unilateral que no requiere el consentimiento de la otra parte. Es irrevocable, y si es por instrumento privado basta un ejemplar. Confirmación: de actos propios. Ratificación: de actos ajenos.

24 FORMAS DE CONFIRMACION.
EXPRESA. La formalidad del instrumento deberá ser la misma que la del acto que confirma. Indicación precisa del acto a confirmarse, su naturaleza, las partes etc.

25 TACITA. Por ejecución voluntaria del acto si desaparecieron los vicios. El efecto de la confirmación es retroactiva.

26 EFECTOS DE LAS NULIDADES.
Art 361: las cosas vuelven al estado actual como si nunca se hubiese celebrado el acto. Si no hubo ejecución: desaparecen las obligaciones que resultaron del acto. Si hubo ejecución da derecho a restitución de la cosa, frutos, productos, gastos de la cosa etc. Los incapaces tienen un privilegio en la restitución. Los actos anulados subsisten como hechos ilícitos a los efectos de su resarcimiento.

27 EFECTO ANTE TERCEROS. Art 363: los derechos personales o reales transmitidos a un tercero por una persona propietaria en virtud de un acto anulado quedan sin ningún valor y pueden ser reclamados del poseedor actual. El posedor de buena fe(tercero esta protegido de la acción reivindicatoria si la transmisión fue a titulo oneroso y de buena fe. El afectado por el acto nulo tiene acción de daños contra el enajenante. Si la enajenación fue a titulo gratuito, el tercer adquirente no esta protegido contra la acción repercutoria.

28 LA BUENA FE. La buena fe aplicando la debida diligencia sobre el titulo. La buena fe registral.

29 LA FALSIFICACION DE ESCRITURAS Y MANDATOS.
Aquí el acto es inexistente, y no hay transmisión de derechos.

30 FORMAS PROCESALES. Como acción: en la reconvención de la demanda.
Como excepción: en la defensa al contestar la demanda.


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