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1 ® Todos los derechos reservados.
ABA ROLI MÉXICO Iniciativa para el Estado de Derecho PROGRAMA DE NUEVOS ABOGADOS PARA EL SISTEMA DE JUSTICIA EN MÉXICO ® Todos los derechos reservados. Autorización para su reproducción y distribución podría otorgarse previa solicitud escrita.

2 CURSO TÉCNICAS, HABILIDADES Y DESTREZAS DE LITIGACIÓN ORAL PARA ESTUDIANTES Y PROFESORES
“Introducción al Sistema Acusatorio – Panorama Constitucional y Esquema Procesal”

3 ¿Qué es el sistema acusatorio?
Es “Estado de Derecho” El gobierno tiene legitimidad en la medida que actúe con base en: Leyes democráticas Debido proceso Protege a los ciudadanos de uso abusivo y arbitrario del poder Ninguna persona por encima de la ley

4 ¿Qué es el sistema acusatorio?
Lo que NO es: Eliminación de papeleo. Cultura escrita aún importante: Escritos para etapas preliminares Fin de la delincuencia Desprestigio para operadores

5 ¿Qué es el sistema acusatorio?
Inquisitivo: premisa que un juez imparcial puede llegar a la verdad Acusatorio: premisa de conflicto entre partes para llegar a la verdad

6 ¿Qué es el sistema acusatorio?
Existencia de partes = sistema adversarial “Si ambas partes están competentemente representadas y ambos presentan sus versiones de los hechos a un juzgador imparcial el resultado arrojará la verdad, POR TANTO: Se descubre la verdad y se administra justicia

7 ¿Qué es el sistema acusatorio?
JUEZ- TRIBUNAL FISCAL DEFENSA

8 “LA REFORMA CONSTITUCIONAL y EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES"

9 ¿Qué es el sistema acusatorio?
CONSTITUCIÓN FEDERAL Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. Artículo 17. Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial. Art. 73. Fracc. XXI, inciso c): La legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.

10 PRINCIPIOS RECTORES CONTINUIDAD PUBLICIDAD CONTRADICCIÓN
Acceso y presencia del público en general Acceso a periodistas y medios de comunicación CONTRADICCIÓN Las partes podrán: conocer, controvertir o confrontar los medios de prueba, oponerse a peticiones y alegatos CONTINUIDAD Audiencias en forma continua, sucesiva y secuencial

11 PRINCIPIOS RECTORES INMEDIACIÓN CONCENTRACIÓN
Las audiencias se desarrollarán preferentemente en un mismo día o en días consecutivos hasta su conclusión INMEDIACIÓN Las audiencias se desarrollarán en presencia del Órgano jurisdiccional, así como de las partes. En ningún caso, se podrá delegar en persona alguna la admisión, el desahogo o la valoración de las pruebas, ni la emisión y explicación de la sentencia respectiva.

12 EL NUEVO PROCESO PENAL Art. 20 CPEUM. El proceso penal será acusatorio y oral. Art. 44 CNPP. Las audiencias serán orales. Las partes no leerán documentos que demuestren falta de argumentación y desconocimiento del asunto. Lectura: para apoyo de memoria, demostrar o superar contradicciones, sin que reemplace la argumentación oral. El CNPP no contiene “formulas sacramentales” a usar en las audiencias, por lo tanto necesitamos TÉCNICAS DE LITIGIO ORAL

13 TÉCNICAS DE LITIGIO ORAL
TLO Verbalizar VS. Oralidad Aprender TLO NO replicando errores Diversidad de experiencias sobre qué son las TLO

14 TÉCNICAS DE LITIGIO ORAL
Métodos de análisis y preparación de casos. Habilidades técnicas necesarias para la presentación de casos persuasivamente. No existe un solo método técnico adecuado para litigar oralmente. Variedad de técnicas y métodos. El litigio oral es una habilidad. El litigante se hace, no nace.

15 Procedimiento Ordinario
INVESTIGACIÓN INICIAL- SIN CONTROL JUDICIAL Detención flagrancia- Caso Urgencia Denuncia, querella COMPLEMENTARIA- CON CONTROL JUDICIAL Formulación de Imputación INTERMEDIA Desde la formulación de la acusación hasta el auto de apertura a juicio oral. Finalidad: ofrecer y admitir pruebas y depurar los hechos materia del juicio oral. JUICIO ORAL Desde recepción del auto de Apertura a Juicio hasta la sentencia SALIDAS ALTERNAS

16 “Introducción al Sistema Acusatorio – Panorama Constitucional y Esquema Procesal"
¿PREGUNTAS?

17 “Introducción al Sistema Acusatorio – Panorama Constitucional y Esquema Procesal"
FIN GRACIAS


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