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María Alejandra Alarcón. ¿Qué pasó con Argentina?

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Presentación del tema: "María Alejandra Alarcón. ¿Qué pasó con Argentina?"— Transcripción de la presentación:

1 María Alejandra Alarcón

2 ¿Qué pasó con Argentina?

3 0 Argentina entró en cesación de pagos de su deuda externa en lo que se denominado como el default. Para honrar sus obligaciones económicas y financieras internacionales e internas implemento durante los años 2005 y 2010, un proceso de reestructuración soberana de su deuda externa, logrando llegar a acuerdos de pagos con el 92.4 % de sus acreedores, proceso que fue internacionalmente avalado por el Fondo Monetario Internacional, Estados Unidos de América, entre otros Estados y organismos internacionales.

4 Argentina saldo su deuda con:

5 0 Club de París es un foro informal de acreedores oficiales y países deudores creado en 1956 donde se gestionaba el cobro de una deuda de 700 millones de dólares por parte de la Argentina con países europeos. Actualmente la deuda es de aproximadamente U$S 9.700 millones de dólares, herencia de los años liberales. Cabe destacar que hace unos años, el Estado Nacional planteó cancelar esta deuda de una sola vez, con la condición de que el FMI no interviniera. Pero los miembros del Club se negaron a ello y las negociaciones se enfriaron. Plazo de 5 años Primer pago de $USD 650 millones $USD 500 millones Mayo 2015 y 2016 intereses asciende a 3% para los saldos de capital

6 ¿Qué son los fondos buitres? 0 “Son entidades generalmente constituidas en paraísos fiscales, cuyas operaciones están enfocadas hacia la compra de títulos valores (o bonos) de Estados en cesación de pagos a precios muy inferiores a su valor nominal en el mercado secundario, para luego intentar, mediante litigios, embargo de activos o presiones políticas, cobrar el 100% del título de deuda, junto con intereses, sanciones y honorarios de los profesionales que los patrocinan. De esta manera obtienen réditos muy altos que se traducen en una tasa de recuperación de lo invertido que varía entre 3 y 20 veces el valor real de su inversión, lo que equivale a un rendimiento de entre el 300 % y el 2000%” “Revista Semana”

7 Proceso legal 0 Los fondos iniciaron numerosos procesos legales ante distintos tribunales locales invocando una cláusula comúnmente establecida en los prospectos de algunos de estos bonos que establece la competencia de los tribunales locales (en el presente caso, Nueva York) para dirimir toda controversia que pudiese surgir entre las Partes. Tales bonos habían sido emitidos originariamente por la República en los Estados Unidos en octubre de 1994, a través de un “Fiscal Agency Agreement”, y fueron adquiridos una parte en el mercado secundario en vísperas de la crisis de Argentina de 2001-2002, y la mayor parte con posterioridad al default. 0 Estos fondos socavan las posibilidades de los países afectados de volver a ponerse en pie mediante programas de conversión de deuda y otras medidas. Con ello impiden, durante años y décadas, que los países afectados puedan participar de los mercados financieros internacionales y puedan obtener dinero nuevamente. Dicho peligro fue puesto de manifiesto en la Declaración de la Cumbre de Jefes y Jefas de Estado y de Gobierno del G-77 y China, que tuvo lugar el 14 y 15 de junio de 2014.

8 Los “Fondos Buitres” acudieron a diversos estrados judiciales en varios países pero fue la Justicia de los Estados Unidos de América quien a través del Juez Thomas Griesa realizó una interpretación de una de las cláusulas de los bonos ordenando el pago de la deuda en forma previa o simultánea, el total de las sumas reclamadas por dichos fondos, desconociendo la reestructuración de la deuda y terceros con quienes se hicieron los acuerdos de pago. Esta decisión implica la incapacidad del Estado argentino de pagar la totalidad de la deuda de dichos fondos más sus intereses so pena de utilizar el 100 % de sus reservas internacionales y generar una crisis de Estado sin precedentes, con la consecuente violación masiva de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. La inminencia de la ejecución de las decisiones judiciales estadounidenses reviste una gravedad extrema e inusitada dejando como víctimas a diversos grupos poblacionales e incluso a la población de toda la nación. El daño que se ocasione va a ser irreparable con la posibilidad de la pérdida de vidas y el atraso de un país por décadas.

9 Violación de su propio régimen jurídico y público Imposibilidad de recursos para funcionar, No podrá asumir el gasto público Alto riesgo al goce efectivo de los derechos civiles y políticos Afectación de los derechos económicos, sociales y culturales

10 Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo “se puede terminar en una situación en la que los holdouts pongan en peligro a todos los países” Una subcomisión del Consejo de Derechos Humanos ordenó realizar una investigación sobre los fondos buitres y sus consecuencias en relación con los derechos humanos.

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