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EL REASEGURO www.marconsultperu.com / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia.

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1 EL REASEGURO / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

2 Amenaza x Probabilidad x Impacto
RIESGO Impacto = consecuencia Amenaza x Probabilidad x Impacto / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

3 ACTITUDES FRENTE AL RIESGO
IGNORARLO ASUMIRLO PREVENIRLO TRANSFERIRLO IGNORARLO: Se ignora la posibilidad de una pérdida, puede que no conozcas el peligro o puede que conociéndolo no te interese tratarlo porque no amerita. ASUMIRLO: Se asume el riesgo y se enfrenta con sus propios recursos. PREVENIRLO: Se adoptan medidas de prevención , con la intención de evita o dificultar la ocurrencia de un siniestro , o bien se toman medidas de previsión para disminuir las consecuencias una vez que este se ha presentado. TRANSFERIRLO: Se conocen los peligros y se evalúan los efectos de los mismos, se busca transferir el riesgo, compartiendo la responsabilidad parcial o total con otra persona o institución. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

4 Características del riesgo
Aleatorio o Incierto Posible Concreto Lícito Fortuito Contenido Económico / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

5 REASEGURO: DEFINICION
“El Reaseguro es el Seguro de las Compañías de Seguros” El Reaseguro es un acuerdo mediante el cual: Una Aseguradora transfiere a otra una parte de su riesgo de pérdidas parcial o totalmente, conforme a sus pólizas por medio de un contrato o tratado independiente con otra Compañía de Seguros. La Aseguradora que proporciona la protección de reaseguro es la “Compañía Reaseguradora” o la “Reaseguradora”. La que recibe la protección de Reaseguro es la “Compañía Cedente”. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

6 EJEMPLO Si un asegurador vende mil pólizas, cada una de $1 millon, la cantidad que el asegurador podría pagar en la póliza, teoricamente, el asegurador podría perder un total de mil millones $. Es mejor traspasar el riesgo a un reasegurador y así crear un estabilidad financiera. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

7 Dispersión del riesgo El asegurador a su vez, es capaz de cubrir el riesgo a una prima menor por: Economía de escala. Los reaseguradores puede operar bajo regulaciones mas flexibles. Tienen menores encajes (reservas) que el cedente. Tiene un portafolio mayor. Mayor experiencia en el riesgo. Una reserva actuarial An actuarial reserve is a liability equal to the present value of the future expected cash flows of a contingent event. In the insurance context an actuarial reserve is the present value of the future cash flows of an insurance policy and the total liability of the insurer is the sum of the actuarial reserves for every individual policy. An insurer must keep offsetting assets to pay off this future liability. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

8 REASEGUROS: CONTRATOS
- Asimismo, el Reaseguro es un contrato entre el Asegurador y Reasegurador, por lo que requiere de normas jurídicas que lo regulen y de leyes específicas que establezcan las obligaciones y derechos de cada una de las partes, así como de un sistema operativo que garantice el pago de la indemnización contratada. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

9 Características del contrato de Seguro y Reaseguro.
Consensual.- Se establece por el consentimiento de ambas partes Bilateral.- Se forma de dos partes, y ambas se obligan recíprocamente la una hacia la otra. Adhesión.- Los términos y condiciones las fija una de las partes y la otra las acepta. Oneroso.-Cada parte obtiene una prestación a cambio de la otra que se ha de realizar. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

10 REASEGUROS CARACTERISTICAS
El reaseguro puede hacerse por todos los riesgos con los cuales opere la empresa (ya sea de forma individual cada uno o bien por el conjunto de su cartera de riesgos) o solo para determinados riesgos, como por ejemplo incendio o los más costosos para el asegurador ( barco). El reaseguro es un nuevo contrato de seguros celebrado entre el asegurador y el reasegurador el cual tiene obligaciones recíprocas. With reinsurance, the insurer can issue policies with higher limits than it would otherwise be allowed, therefore, being permitted to take on more risk because some of that risk is now transferred to the reinsurer. Reinsurance has gone from a relatively unsophisticated business to a highly sophisticated endeavor. The reason for that is the number of reinsurers that suffered significant losses and became financially impaired. From 2000 onward, reinsurers have become much more reliant on actuarial models and tight review of the companies they are willing to reinsure. They would review their financials closely, look at the experience of the proposed business to be reinsured, review the underwriters that will write that business, review their rates, and much, much more. Almost all reinsurers now will visit the insurance company and review underwriting and claim files and more. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

11 REASEGUROS: FUNCIONES
Las funciones primordiales del Reaseguro son tres: Ser un factor de disminución de riesgo, evitando pérdidas descomunales o posibles quiebras: una compañía firma un contrato de reaseguro cuando el riesgo de un contrato excede el límite tolerable. Función de Financiación: permite a las compañías aseguradoras incrementar el volumen de sus negocios, al tener la seguridad de un respaldo añadido, aceptan mayores riesgos y firman mayor número de seguros. Estabilizadora: estabiliza el mercado del seguro, al repartirse las pérdidas entre una o más reaseguradoras. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

12 Retrocesión Las compañías de reaseguros, también compran seguros para ellas mismas. It is not unusual for a reinsurer to buy reinsurance protection from other reinsurers. For example, a reinsurer that provides proportional, or pro rata, reinsurance capacity to insurance companies may wish to protect its own exposure to catastrophes by buying excess of loss protection. Another situation would be that a reinsurer which provides excess of loss reinsurance protection may wish to protect itself against an accumulation of losses in different branches of business which may all become affected by the same catastrophe. This may happen when a windstorm causes damage to property, automobiles, boats, aircraft and loss of life, for example. This process can sometimes continue until the original reinsurance company unknowingly gets some of its own business (and therefore its own liabilities) back. This is known as a "spiral" and was common in some specialty lines of business such as marine and aviation. Sophisticated reinsurance companies are aware of this danger and through careful underwriting attempt to avoid it. In the 1980s, the London market was badly affected by the creation of reinsurance spirals. This resulted in the same loss going around the market thereby artificially inflating market loss figures of big claims (such as the Piper Alpha oil rig). The LMX spiral (as it was called) has been stopped by excluding retrocessional business from reinsurance covers protecting direct insurance accounts. It is important to note that the insurance company is obliged to indemnify its policyholder for the loss under the insurance policy whether or not the reinsurer reimburses the insurer. Many insurance companies have experienced difficulties by purchasing reinsurance from companies that did not or could not pay their share of the loss. (These unpaid claims are known as uncollectibles.) This is particularly important on long-tail lines of business where the claims may arise many years after the premium is paid. [edit] See also / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

13 La razón de la necesidad de cobertura del asegurador directo
Protección - riesgo aleatorio - riesgo de cambio - riesgo de error Capacidad Servicio seguro directo Reaseguro retrocesión Cedente = Asegurador directo Riesgo de fluctuaciones fortuitas : • desviaciones aleatorias del costo del siniestro anual real con respecto al promedio estadístico a esperar • respectivo a la cifra y al volumen de los siniestros ocurridos • disminuye a medida que se incrementa la cartera creciente (excepción: catástrofes de la naturaleza) Riesgo de cambio : • cambio en las probabilidades base de siniestros por año a causa del cambio de factores relevantes, p.ej. – inflación – agravación de la jurisprudencia • influye igualmente en todas las carteras Riesgo de error : • Efectos posibles de un pronóstico erróneo del volumen de siniestros futuros porque los valores correspondientes al pasado no han sido traspasados correctamente Reasegurador Retrocesiona-rio = Asegurador II / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

14 El Pacífico Peruano Suiza
Total de Primas 2009 Conceptos / Empresas Ace Cardif El Pacífico Peruano Suiza El Pacífico Vida Insur Interseguro InVita La Positiva La Positiva Vida Mapfre Perú Mapfre Perú Vida Protecta Rímac Secrex En Miles de Soles Primas de Seguros Netas 44 609 39 415 - 36 084 30 313 Primas de Reaseguro Aceptado Netas 8 619 14 311 1 966 22 150 13 928 7 652 Primas Cedidas Netas 20 492 18 467 51 7 603 7 314 78 874 3 326 25 376 261 14 176 Primas Retenidas 32 736 ( 51) 35 823 16 137 / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

15 MODALIDADES DEL REASEGURO
Por el tipo de relación entre Cedente y Reasegurador: Reaseguro Facultativo: También conocido como Reaseguro específico, es la forma original con la que se inició el Reaseguro. Es específico porque se refiere a un riesgo determinado que origina contrataciones individuales por riesgo entre Cedente y Asegurador. De ahí que cada seguro facultativo forme en sí un contrato proporcional. Reaseguro Automático u Obligatorio: Es aquel por el cual el Asegurador directo se obliga a ceder y el Reasegurador a aceptar, con arreglos a determinados límites y condiciones, los riesgos (o parte de ellos). / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

16 Tipos de Contrato del Reaseguro
El Reasegurador debe aceptar todos los términos del contrato El Reasegurador puede decidir libremente si acepta un riesgo y en que condiciones El asegurador primario debe ofrecer todos los riesgos de acuerdo a los términos del contrato Reaseguro Obligatorio Reaseguro facultativo obligatorio El asegurador primario puede decidir libremente si ofrece un riesgo y en que términos Reaseguro facultativo obligatorio Reaseguro facultativo (riesgo indiv.) / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

17 REASEGURO FACULTATIVO
Cobertura de riesgos individuales en caso de: Capacidad de suscripción insuficiente del asegurador directo, El riesgo es una exclusión del contrato obligatorio Riesgos extraordinarios (para protección al contrato) Servicios especiales. Características: No existe obligación en ninguna de las dos partes de ceder o aceptar riesgo, por lo mismo, no existe capacidad automática. Altos costos administrativos Facultative Reinsurance is specific reinsurance covering a single risk. The reinsurer is reinsuring one insured on a specific policy. Each facultative risk is submitted by the insurer to the reinsurer. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

18 Contrato obligatorio de reaseguro
Acuerdo que obliga a la cedente y a la reaseguradora a reasegurar y aceptar todos los riesgos respectivamente, en un portafolio dado en el ámbito del contrato. Características: Capacidad automática Eficiencia en costos (monetarios y de tiempo) La relación es de largo término Treaty Reinsurance is a method of reinsurance requiring the insurer and the reinsurer to formulate and execute a reinsurance contract. The reinsurer then covers all the insurance policies coming within the scope of that contract. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

19 Contrato de reaseguro obligatorio
Características: Requiere confianza en las suscripciones de cedentes por parte del reasegurador. Sujeto a exclusiones. El reasegurador sigue a la suscripción de cedentes. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

20 Tipos de reaseguro obligatorio
Proporcional Pro rata (Basado en suma Asegurada) Cuota parte Excedente Facultativo Obligatorio Automático XL: Por Riesgo Por Evento Por Acumulación Stop Loss Reaseguro Tradicional No Proporcional (Basado en el ni- Vel de siniestros) Proporcional / Pro rata Facultativo No proporcional / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

21 Reaseguro Pro Rata (Proporcional)
El reaseguro asume cierto porcentaje de cada riesgo en el portafolio cubierto. El reasegurador comparte en la misma proporción las - primas y - siniestros del riesgo en cuestión. Considerando los costos de adquisición y los gastos administrativos de las cedentes, el reasegurador paga una comisión cedida al cedente. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

22 Cuota Parte El reasegurador acepta un porcentaje fijo de todos los riesgos cubiertos en el portafolio. El reasegurador comparte en la misma proporción : - primas y - pérdidas en todos los riesgos. La retención monetaria de los cedentes varía de acuerdo a la suma asegurada. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

23 Cuota Parte ☺ Protección contra un gran número de siniestros de pequeños y medianos (frecuencia) ☺ Reducción del riesgo de error (Importante particularmente en el caso de comenzar una nueva línea de negocio) ☺ Eficiencia de costos y facilidad de manejo ☺ Suavización en la fluctuación de los resultados 􀀯Pequeña protección contra grandes pérdidas (severidad) 􀀯Gran reducción en ingresos netos de primas / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

24 Ejemplo Cuota Parte Límite de póliza: 5,000,000 Retención: 25% 125,000
Cesión: 75% ,000 Ingreso de prima: 10, = Ret: 2,500 r/i: 7,500 Siniestro I: 1,000,000 = Ret:250,000 r/i: 750,000 Siniestro II: 4,000,000 = Ret:1,000,000 r/i: 3,000,000 Siniestro III: 500,000 = Ret:1,250,000 r/i:3,750,000 / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

25 Excedente El asegurador primario cede al reasegurador la proporción
de cada riesgo que excede la suma asegurada al monto (monetario) fijo. • El reasegurador comparte en la misma proporción las - primas y - pérdidas para el riesgo en cuestión. La retención monetaria es la misma para todos los riesgos. • Capacidad máxima de contrato = número fijo de líneas (1 línea = retención) • El reasegurador empieza a participar en los riesgos mayores a la retención de la compañía. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

26 Ejemplo Excedente Retención (1 Linea): 2,500,000
Cesión Excedente (4 Linea): 10,000,000 Límite Máximo de Suscripción: 12,500,000 Riesgo I: 1,000,000 = Ret:1,000,000 / 100% r/i: / % Riesgo II: = 4,000, = Ret: 2,500,000 /62,5% r/i : 1,500,000 / 37,5% Riesgo III: 12,500,000 = Ret:2,500,000/ 20% r/i:10,000,000 / 80% Riesgo IV: 14,000,000 = Ret:2,500,000 / 17,86 % r/i:10,000,000 / 71,43 % (Contrato / Facultativo ) r/i: = 1,500,000/10,71 % ☺ Protección contra grandes pérdidas individuales (gravedad). ☺ Resultados del portafolio de los cedentes con una mejor homogeneidad (con respecto a sumas aseguradas). 􀀯 Provee muy poca protección – contra fluctuaciones de pequeñas o medianas pérdidas (frecuencia), – contra la acumulación de varias pérdidas individuales en un evento. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

27 CLASES DE SEGURO OBLIGATORIO
2. AUTOMATICO NO PROPORCIONAL (POR EXCESO DE PERDIDA) : La cuantía de la responsabilidad que corresponde el reasegurador en caso de siniestro es el exceso sobre un determinado límite (denominado prioridad), los importes inferiores a esta prioridad son siempre por cuenta del asegurador. Por tanto el reasegurador solo responde ante los siniestros que superen un determinado valor (prioridad). / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

28 Tipos de reaseguro obligatorio
Proporcional Pro rata (Basado en suma Asegurada) Cuota parte Excedente Facultativo Obligatorio Automático XL: Por Riesgo Por Evento Por Acumulación Stop Loss Reaseguro Tradicional No Proporcional (Basado en el ni- Vel de siniestros) Proporcional / Pro rata Facultativo No proporcional / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

29 No proporcional Independientemente de la suma original asegurada, el
reasegurado retiene un monto de pérdida fija llamado deducible (o prioridad). • El reasegurador asume esa parte de la pérdida, en la cual se excede el deducible del límite acordado. • La prima de reaseguro es calculada y negociada individualmente en cada contrato no proporcional. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

30 Exceso de pérdida La cobertura es para
– pérdidas individuales que afectan una póliza ó un riesgo (por riesgo XL), ó – el total de todas las pérdidas que surjan de una ocurrencia o evento (por evento XL). Límite y deducible son (usualmente) expresados como montos monetarios. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

31 Exceso de pérdida XL • Cobertura: 150,000 xs 100,000
Bruto Prioridad Afectación al XL Cedente Reasegurador Sto. no , , ,000 Sto. no , ,000 0 Sto. no , , ,000 Sto. no , , ,000 Es como un deducible Exceso de Pérdida por Riesgo Es apropiado usuarlo donde hay: • Grandes riesgos que proteger, • En riesgo con resultados de fluctuaciones al azar, en su mayoría (poco comunes) con grandes pérdidas individuales • El negocio original es cotizado adecuadamente para cubrir los riesgos de error y cambio (no ofrece protección contra alta frecuencia de pequeñas pérdidas) Exceso de Pérdidas por Evento • Protección contra acumulación de pérdidas • Particularmente útil si los reclamos son muy pequeños • Protección contra grandes pérdidas individuales incluidas (a menos que haya un acuerdo de garantía en dos riesgos) / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

32 Stop Loss La cobertura es para los agregados de todos los siniestros
ocurridos durante el año de reaseguro, p. ej. protege la tasa de siniestralidad. El límite y el deducible son (normalmente) expresados como porcentajes del ingreso de la prima, el límite, la adición, siendo sujeto de límite por un monto absoluto. Tarificación combinada >100% Protección contra fluctuaciones de montos anuales de siniestros / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

33 COASEGURO Existe Coaseguro cuando dos o más entidades aseguradoras participan simultáneamente en la cobertura de un mismo riesgo, cubriendo cada una de ellas una parte o cuota del mismo. Cada coaseguradora sólo responde por la participación que ha asumido. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

34 COASEGURO Y REASEGURO Diferencia La diferencia esencial es que mientras que en el Coaseguro cada asegurador sólo es responsable frente al asegurado por la parte de riesgo que ha asumido, en el Reaseguro el asegurador es responsable frente al asegurado por la totalidad del riesgo, sin perjuicio de que, en caso de siniestro, recupere de sus Reaseguradores las cantidades que estos asumieron. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

35 REASEGUROS RESUMEN El Asegurador es el único responsable ante el Asegurado: no existe relación directa entre el Asegurado y los Aseguradores. Existe un solo Asegurador, y uno o más Reaseguradores. La elección de las empresas Reaseguradoras puede hacerse de forma proporcional (habitualmente sobre cada póliza de seguro individualizada) o bien de forma no proporcional (habitualmente sobre el conjunto de todas las pólizas). La finalidad del Reaseguro es preventiva para el Asegurador: dispersión de riesgos. En reaseguros, el asegurador puede emitir pólizas con límites más altos que de otra manera no podría o no se permitiría, por lo tanto, de este manera se le permite tomar mas riesgos, los mismos que son transferidos al reasegurador. El reaseguro se ido sofisticando. La razón es que un gran numero de reaseguradores ha perdido dinero en forma significante y han quebrado. Por lo tanto, desde el año 2000 hacia adelante, los reaseguradores han confiado mas en los modelos actuariales y en una mayor revisión de las compañías que desean reasegurar un riesgo. En este sentido, los reaseguradores tienen mas cuidado y revisan las finanzas, las tarifas, la siniestralidad, la experiencia, el riesgo, revisan a los underwriters, etc, etc. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

36 REASEGURADORAS TOP Por total de primas :
Munich Re– Germany (US$31.4 billion) Swiss Re– Switzerland (US$30.3 billion) Berkshire Hathaway / General Re – USA (n.a.) Hannover Re – Germany (US$12 billion) SCOR – France (US$6.9 billion) Lloyd’s underwriters - U.K. (US$ 6.3 billion) Reinsurance Group of America – USA (US$5.7 billion) Transamerica Re – USA (US$4.2 billion) Everest Re – Bermuda (US$4.0 billion) Partner Re – Bermuda (US$3.8 billion) Munich Re became renowned after the San Francisco Earthquake of 1906 as the only insurer that remained solvent after paying out all the claims. Tiene 5000 clientes (cias de seguros) en mas de 150 paises. Swiss Re: is the world’s second-largest reinsurer, after having acquired GE Insurance Solutions . Founded in 1863, Swiss Re operates through offices in more than 25 countries. Berkshire Hathaway: Un conglomerado de cias con sede en Omaha, Nebraska, Warren Buffet, CEO, ganancias totales año 2008, 108 mil millones de dolares. General RE es una subsidiaria de la primera. Reinsurance Group of America, Incorporated, is a leader in the global life reinsurance industry, with more than $2.3 trillion of life reinsurance in force and assets of more than $25 billion. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

37 Swiss Re - Londres / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

38 Warren Buffet Warren Buffett (nacido el 30 de agosto de 1930 en Omaha, Nebraska) es un inversionista, empresario y filántropo estadounidense. Es considerado como uno de los más grandes inversionistas en el mundo y es el mayor accionista y CEO de Berkshire Hathaway. Con una fortuna personal estimada en 37 mil millones de dólares,[1] fue clasificado por Forbes como la persona más rica del mundo a partir del 11 de febrero de 2008, sin embargo, fue destronado de este título por Bill Gates el 17 de septiembre del mismo año, después de que sus acciones en Berkshire Hathaway cayeran 15%. A menudo llamado el "Oráculo de Omaha", Buffett es conocido por su adhesión al valor de inversión y por su filosofía de austeridad personal, a pesar de su inmensa riqueza. Su sueldo anual en el año 2006 fue de aproximadamente dólares, baja cifra que se encuentra en la parte baja de los salarios en comparacion de otros altos ejecutivos de otras compañías que ganan mas. Vive en la misma casa en el centro de Omaha que compró en 1958 por $ , en la actualidad tiene un valor de alrededor de $ Buffett también es un conocido filántropo. En 2006, anunció un plan para regalar su fortuna a la caridad; el 83% de ella irá a parar a la Fundación Bill y Melinda Gates. Hace 40 años, Berkshire tan sólo era un pequeño fabricante textil de Nueva Inglaterra que Buffett ha convertido en un enorme holding de empresas. Entre las empresas cotizadas con mayor valor de mercado incluidas en su cartera se encuentran American Express (8.500 millones de dólares), Coca-Cola (8.300 millones de dólares) y Gillette (4.300 millones de dólares). Sus mayores porcentajes de participación se encuentran en The Washington Post (18,1%), Moody´s (16,2%) y White Mountains Insurance (16%). Según los datos del informe anual, el valor total de todas las empresas cotizadas del holding de Berkshire era, a finales de 2004, de unos millones de dólares. Además Berkshire tiene varias empresas subsidiarias. Entre ellas se encuentran algunas aseguradoras, cuyo tamaño se cuantifica a través del llamado resultado técnico, esto es, la diferencia entre las primas de seguros recaudadas y los gastos del ejercicio resultado de la actividad aseguradora. Gen Re es la mayor de estas subsidiarias de seguros, con millones de dólares de resultado técnico. El segundo puesto en importancia lo ocupa Berkshire Hathaway Reinsurance ( millones de dólares) y Geico Insurance (5.300 millones de dólares). El resultado técnico total de estas y otras empresas de seguros asciende a millones de dólares. Las reaseguradoras ofrecen pólizas a otras empresas de seguros, las cuales pueden así cubrirse ante aquellas reclamaciones a las que no pudiesen hacer frente por sí mismas. Las aseguradoras, sea del tipo que sean, pueden obtener beneficios extraordinarios cuando las primas superan las reclamaciones abonadas. Pero normalmente la principal fuente de beneficios de las empresas aseguradoras procede de invertir el resultado técnico. Berkshire invierte el resultado técnico en acciones y adquisición de empresas. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

39 MERCADOS DEL REASEGURO
Lloyd’s Más del 6% del negocio mundial de reaseguro es suscrito por Lloyd’s. Este es un sector muy importante del mercado mundial que consiste en algo más de 340 "sindicatos" que comprenden más de suscriptores, cada uno de los cuales recibe su participación fija. Lloyd’s es una institución renombrada por su capacidad para crear y personalizar coberturas de seguros y reaseguros. Los aseguradores de Lloyd’s fueron los primeros en ofrecer seguros contra robo para vehículos de motor, para satélites y contra el fraude informático. Representa, aproximadamente, la mitad de las primas internacionales de seguros suscritas en el mercado de Londres. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

40 LLOYD’S / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

41 (En miles de Dólares Americanos)
Primas cedidas por corredores y empresas de reaseguros 2009 (En miles de Dólares Americanos) Corredor de Reaseguros Ace El Pacífico Peruano Suiza Interseguro La Positiva Mapfre Perú Mapfre Perú Vida Rímac TOTAL REHSEGUR S.A. CORREDORES DE REASEGUROS - 1 220 126 135 9 552 11 033 PACIFIC INTERNATIONAL REINSURANCE BROKERS S.A. 718 294 1 483 1 2 495 WILLIS LIMITED ( 34) 1 667 ( 3) 2 627 4 257 OLSA RE CORREDORES DE REASEGUROS S.A. 108 4 237 882 327 3 438 8 992 TRANSPERUANA-RE CORREDORES DE REASEGUROS S.A. ( 13) JLT CORREDORES DE REASEGUROS S.A. 2 884 596 1 788 48 631 53 898 WILLIS CORREDORES DE REASEGUROS S.A. 40 878 2 400 43 278 ROPNER INSURANCE SERVICES LIMITED 23 416 439 AON BENFIELD PERU - CORREDORES DE REASEGUROS S.A. 1 739 89 6 005 71 247 79 080 HOULDER INSURANCE SERVICES LIMITED 37 141 27 204 QBE DEL ISTMO CORREDORES DE REASEGUROS S.A.C. / PERU ( 521) GUY CARPENTER & COMPANY PERU CORREDORES DE REASEGUROS S.A. 13 561 1 062 4 796 19 418 COOPER GAY PERU CORREDORES DE REASEGUROS S.A. 11 THB PERU S.A. CORREDORES DE REASEGUROS 3 035 310 ( 641) 2 458 66 765 5 992 MARSH GLOBAL PLACEMENT S.A.C. CORREDORES DE REASEGUROS 4 547 7 955 12 502 BAPROSA RE CORREDORES DE REASEGUROS S.A. 110 72 323 3 427 13 406 / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

42 CASO DE ESTUDIO WASA v. LEXINGTON Efectos en el contrato de reaseguro
Este caso tiene especial relevancia enmateria de reaseguros. La sentencia dictada por la Cámara de los Lores del Reino Unido, un centro reasegurador líder, reinterpreta cláusulas importantes para los aseguradores que ceden riesgos al mercado reasegurador, tales como “follow the settlement”, “follow the fortunes” o “as original”. 1.- El Contrato de Seguro. Para un adecuado entendimiento del caso se relatarán los aspectos relevantes del contrato de seguros. La compañía aseguradora norteamericana “Lexington Insurance Company” (“Lexington”) aseguró contra todo riesgo de pérdida o daño, bajo una Póliza de “Diferencia en Condiciones”, a la empresa “Aluminium Compañy of America” (“Alcoa”). La vigencia se extendió por tres años, desde el 1° de Julio de 1977, hasta esa misma fecha de 1980. En los primeros años de la década de los 90, Alcoa fue obligada por la “US Enviromental Protection Agency” a limpiar contaminaciones por fugas de residuos ocurridas entre 1956 y 1985, en 58 lugares en los Estados Unidos de América. Concluidos los trabajos, Alcoa reclamó el reembolso de los gastos a los aseguradores que habían asumido tales riesgos durante varios años en que se produjeron las fugas. Entre ellos se encontraba Lexington. No todos los aseguradores fueron habidos o seguian en existencia legal. Entre los que fueron notificados, había varios cuyas pólizas excluían los daños por contaminación. Por esta razón, el reclamo se dirigió en contra de Lexington, que – en principio – lo rechazó, aduciendo que las fugas no necesariamente se habían producido durante el período de vigencia de su póliza. Sobre la base de la cláusula denominada “US Service of Suit” contemplada en la póliza, el caso se radicó ante los Tribunales del Estado de Washington. En definitiva, la Corte Suprema de ese Estado resolvió, aplicando la ley del Estado de Pennsylvania, que todos los aseguradores – incluyendo Lexington – podían ser responsabilizados solidariamente por los gastos de l impieza de la contaminación producida, con prescindencia del período de vigencia de sus respectivas pólizas. Ante esa decisión judicial, y frente a un siniestro que podía alcanzar US$ 180 millones, Lexington acordó con su asegurado, Alcoa, un pago por US$ 103 millones. Luego, intentó r e cuper a r e s a suma de s u s reaseguradores, Wasa International Insurance Company Limited (“Wasa”) y AGF Insurance Limited (“AGF”). 2.- El Contrato de Reaseguro. Wasa y AGF habían reasegurado a Lexington bajo un contrato facultativo proporcional por el mismo período de la póliza original. Las cláusulas más relevantes del reaseguro eran: o “As original”. o “Full Reinsurance” o “Follow the Settlements” o “English Law” La cláusula “Full Reinsurance” era enfática, y conviene transcribirla para apreciar los efectos y alcances del fallo que nos ocupa: “Being a Reinsurance of and warranted same gross rate, terms and conditions as and to follow the settlements of the Company”... “Siendo un Reaseguro de y garantizando la misma tasa, términos y condiciones y acordando seguir los acuerdos de la Compañía”... Los reaseguradores rechazaron el reclamo de Lexington, luego de lo cual se iniciaron acciones judiciales en los tribunales de Londres. Ambas partes aceptaron en este juicio que el seguro directo estaba sometido a las leyes de Pennsylvania, en tanto que la ley inglesa era la aplicable al contrato de reaseguro. 3.- Argumentos de Lexington. Lexington sostuvo en el juicio que las cláusulas “As Original”, “Full Reinsurance” y “Follow the Settlements” contenidas en el contrato de reaseguro, manifestaban la intención de las partes que el reaseguro operara “Back-to- Back” (“Comunidad de Suertes”) con el contrato de seguro directo. En esa perspectiva, Lexignton argumentó que el hecho de estar los contratos de seguro y reaseguro regidos por distintas leyes no debía afectar la cobertura “Back-to-Back” propia de las cláusulas convenidas, agregando que la “US Service of Suit Clause”, contemplada en el seguro original, hacía previsible el riesgo implícito de tener que litigar ante tribunales de los Estados Unidos de Norteamérica. La vigencia del seguro era una más de las estipulaciones contenidas en el reaseguro pactado “Back-to-Back, por lo que cualquier interpretación distinta era inadmisible. Específicamente, Lexignton argumentó que si el término “ocurrencia” no estaba específicamente reglamentado en el contrato de reaseguro, entonces sólo la interpretación de la póliza original podía definir su sentido y alcance. Finalmente, la defensa de la Lexington inquirió al tribunal si sus argumentos no eran acogidos, que debía hacerse entonces para que el reaseguro fuese efectivamente “back to back”. 4.- Argumentos de WASA y AGF. El fundamento de los reaseguradores para rechazar la cobertura fue que, al estar regidos por leyes distintas, los contratos de seguro y reaseguro no son totalmente “Back-to-Back”. Así, ante la ley inglesa el período de cobertura es un aspecto esencial del contrato, y de acuerdo a ella los reaseguradores sólo responden de daños ocurridos durante los tres años de vigencia, y no por ocurrencias o eventos acontecidas 30 o 40 años antes. Cabe notar que, si bien ambos contratos se estructuraron sobre la base del concepto de “Ocurrencia”, la ley inglesa da a este término un significado distinto al determinado por la Corte de Washington. 5.- Fallos de Primera y Segunda Instancia. La Corte de Comercio, que conoció el caso en primera instancia, acogió la posición de WASA y AGF, señalando que ni la naturaleza “Back-to-Back” del contrato de reaseguro, ni la existencia de una cláusula “Follow the Settlements”, podían considerarse suficientes para desplazar la importancia del período de cobertura en base al cual se había pactado el contrato de reaseguro. Lexington recurrió a la Corte de Apelaciones de Londres, que revirtió el fallo de primera instancia, aceptando la posición de Lexington que el principio “Back-to-Back” debía ser aplicado si los contratos de seguro y reaseguro utilizaban el mismo lenguaje. La Corte siguió los precedentes de “Vesta v. Butcher” y “Groupama v. Catatumbo”, y consideró que, a pesar de que los contratos se regían por leyes diferentes, las cláusulas de vigencia debían interpretarse en forma uniforme. La Corte estimó que un desarrollo desfavorable de la ley que regía la póliza original formaba parte de los riesgos que los reaseguradores habían convenido asumir al celebrar el contrato. WASA y AGF recurrieron ante la Cámara de los Lores. 6.- El Fallo de la Cámara de los Lores. Hasta el 30 de julio de 2009 la Cámara de los Lores era el tribunal superior del Reino Unido. Conjuntamente con la Cámara de los Comunes, forman el Parlamento. Desde el 1 de octubre de este año funciona una Corte Suprema, que separa formalmente la función judicial del Parlamento. El fallo que nos ocupa fue dictado precisamente el 30 de julio de Establece – primeramente – que ambos contratos se habían celebrado sobre la base de “Loss Ocurrence”, lo cual - bajo la ley inglesa – siempre había significado que el reasegurador sólo responde por pérdidas o daños ocurridos durante el período de vigencia del contrato. Lord Collins observó que, en 1977, al celebrarse el contrato, no había ningún indicio que pudiese sugerir que el seguro directo podría interpretarse de forma distinta a lo que era usual en ese momento. En su opinión, ello que constituía una diferencia fundamental con los casos “Vesta” y “Groupama”, en los cuales la exposición del reasegurador si podía razonablemente anticiparse con un somero estudio de la ley que se aplicaba a la póliza original. La Cámara señaló en su fallo que el seguro y el reaseguro constituyen contratos separados, y pueden contener términos independientes. En este orden de ideas, y examinando el reaseguro desde la perspectiva de la ley inglesa, la Cámara expresó que la aplicación de la sentencia de la Corte del Estado de Washington al contrato de reaseguro conduciría a cambios “fundamentales y sorprendentes” en la forma en que se había entendido ordinariamente la vigencia de tal contrato, creando exposiciones impredecibles para los reaseguradores. Finalmente, los Lores señalaron que las cláusulas “Full Reinsurance” y “Follow the Settlements” no podían tener el efecto de extender la cobertura a riesgos jamás previstos por los reaseguradores. 7.- Conclusiones: El fallo de la Cámara de los Lores consideró que la previsibilidad de eventuales exposiciones a riesgos por los reaseguradores debía prevalecer y tener mejor protección en el sistema judicial. Pero las partes, al celebrar el contrato de reaseguro, declararon su intención de compartir primas, condiciones, términos y riesgos del seguro original. La decisión de la Corte de Washington, de considerarse imprevisible para los reaseguradores, entonces también tenía esa calidad para el asegurador que cedió sus riesgos. Sin embargo, el análisis de la imprevisibilidad del riesgo solamente se habría realizado desde la perspectiva del reasegurador, sin considerar la exposición a que el reasegurado quedaba sometido. Esta decisión lleva a reconsiderar la extensión que hoy debe darse al “Back-to-Back” o “Principio de la Comunidad de Suertes”, que por tantos años informó al contrato de reaseguro, pareciendo irrelevante en este nuevo contexto las discusiones sobre su naturaleza jurídica. Este fallo permite concluir que, para los tribunales ingleses, el reaseguro no es una suerte de fianza o un seguro de protección patrimonial, sino que un instrumento totalmente distinto del contrato de seguro directo, que puede – por consiguiente – ser desvinculado de sus términos y condiciones, dependiendo de las circunstancias que se enfrenten. / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

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