La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

SUJETO DE DERECHO Todo ente susceptible de tener derechos o deberes jurídicos. Persona o todo ente susceptible de ser sujeto activo o pasivo de una relación.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "SUJETO DE DERECHO Todo ente susceptible de tener derechos o deberes jurídicos. Persona o todo ente susceptible de ser sujeto activo o pasivo de una relación."— Transcripción de la presentación:

1 SUJETO DE DERECHO Todo ente susceptible de tener derechos o deberes jurídicos. Persona o todo ente susceptible de ser sujeto activo o pasivo de una relación jurídica. ROMA: Son sujetos de derecho todos aquellas personas que pueden tener derechos y ejercerlos, o sea dotados de capacidad jurídica. La persona Natural o jurídica, solo fue reconocido en época avanzada del Derecho Romano. Al principio la cualidad de persona no era suficiente para otorgar capacidad

2 REQUISITOS Al principio la cualidad de persona no era suficiente para otorgar capacidad, es decir, Sujeto de Derecho, era considerado el Pater Familias, quien cumplia tres condiciones: Libertad. Ciudadanía (civis romanus). No sometimiento a una autoridad familiar (sui iuris) Centrada la capacidad jurídica en el Paterfamilias poco a poco fue afirmándose una tendencia favorable a coincidir con la cualidad de Hombre, por tanto se llega a sustituir al Sujeto de Derecho por el Hombre.

3 EL CONCEBIDO La doctrina admite una categoría jurídica genérica deniminada nasciturus (el que habrá de nacer), la cual a su vez comprende dos especies, a saber: Conceptus o concebido. Concepturus, es decir, el que habrá de ser concebido.

4 2. DEFINICIÓN Es un sujeto de derecho privilegiado, que se inicia desde la concepción y culmina antes del nacimiento. En doctrina se sostiene que al concebido puede considerársele como una personalidad en formación, como una nebulosa de persona, Por otro lado se afirma que “el concebido no es persona, ni tiene tampoco una personalidad especial o limitada, no hay siquiera, una genuina igualdad entre el concebido y el nacido, ya que la equiparación es parcial (para los efectos que le sean favorables) y además condicional, sometida a la conditio iuris del nacimiento.

5 INICIO DE LA PERSONA HUMANA
Nacimiento Efectivo: Total desprendimiento del claustro materno. Nacimiento con Vida: En cuando a la prueba de la vida para algunos eran los gritos y para otros cualquier signo o manifestación. Forma humana del Nacido CONDICIONES DEL NACIDO PARTO PERFECTO Después de seis meses de gestación. - Al nacido con las condiciones señaladas era considerado hombre y se le otorgaba la capacidad jurídica.

6 TUTELA JURIDICA DEL CONCEBIDO
No siento el concebido Sujeto de Derecho, la ley tiene en cuenta su futura humanidad, dispensando anticipada protección, en su propio y exclusivo beneficio a Derechos que le corresponderán una vez que acaezca el nacimiento.

7 Se admitió que el magistrado a petición de la madre nombre un CURADOR con la finalidad especial de salvaguardar los intereses del nasciturus. Pudo ser instituido heredero en testamento, confiriéndole la posesión de los bienes a la mujer en cinta. El Status de la persona u hombre en las condiciones señaladas se le otorgaba capacidad jurídica.

8 EXTINCIÓN DE LA PERSONA
La persona física se extingue con la muerte. La muerte al igual que el nacimiento es un hecho, que debía ser probado a quien funde sobre él cualquier pretensión, para decidir sobre los derechos sucesorios que le competen. Se presume muerto el ausente de quien no se sabe que vivía hasta los 70 años. Si desaparece a los 70 años se le declara muerto 5 años después.


Descargar ppt "SUJETO DE DERECHO Todo ente susceptible de tener derechos o deberes jurídicos. Persona o todo ente susceptible de ser sujeto activo o pasivo de una relación."

Presentaciones similares


Anuncios Google