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Personas Morales con Fines No lucrativos

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Presentación del tema: "Personas Morales con Fines No lucrativos"— Transcripción de la presentación:

1 Personas Morales con Fines No lucrativos
Colegio de Contadores Públicos de Matamoros Personas Morales con Fines No lucrativos CPC Protasio Guerra Delgado CPC Laura Patricia Molina Niño V Semana de Tópicos Fiscales H. Matamoros, Tamaulipas de Octubre de 2006

2 La Asociación civil La asociación civil se forma según el articulo 2670 del Código Civil Federal, cuando varios individuos convienen en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no este prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico. La asociación constituye una persona moral con capacidad jurídica distinta de la de sus asociados. (Articulo 25 Frac. VI del CCF)

3 Sociedad Civil Contrato celebrado entre dos o mas socios, mediante el cual aportan recursos, esfuerzos, conocimientos o trabajo, para realizar un fin licito de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial. (articulo 2688 CCF). La sociedad civil constituye una persona moral con capacidad jurídica distinta de la de sus socios. (Articulo 25 Frac. III del CCF)

4 Atributos Jurídicos Nombre (Denominación o razón Social) Domicilio
Patrimonio Capacidad de goce Capacidad de ejercicio Capacidad procesal

5 Constitución Las asociaciones deben constituirse por medio de un contrato escrito ( Articulo 2671 CCF) que deberá contener sus estatutos y que deberá ser inscrito, al igual que cualquier reforma, en el Registro Publico de la Propiedad. (Articulo 2673 del CCF) El contrato de la Sociedad Civil debe constar por escrito y se debe de inscribir en el registro de Sociedades civiles para que produzca efectos contra tercero. El contrato no podrá modificarse sino por consentimiento unánime de los socios. (artículos 2690,2694 y 2698).

6 Organización Funcionan a base de un consejo directivo, que en ocasiones delega sus funciones a un comité ejecutivo, el cual se encarga de la administración de la asociación.

7 Operación Respecto a su operación, existen asociaciones y sociedades que pueden destinar sus recursos a fines específicos, sobre todo en los casos de donativos (fondos). En otras asociaciones sus recursos tienen un fin común y general.

8 Sus percepciones proceden de cuotas y en algunos casos de donativos.
Las asociaciones y sociedades civiles necesitan de un patrimonio e ingresos propios para cumplir sus fines. Sus percepciones proceden de cuotas y en algunos casos de donativos.

9 Cuotas Aportaciones en efectivo que se comprometen a cubrir los asociados en forma periódica al ingresar en una asociación. Pueden ser “únicas”, “periódicas” y “extraordinarias”.

10 Donativos Aportaciones de sus mismos socios o de extraños de la asociación, ya sea en forma de bienes, derechos o efectivo.

11 Clases de donativos Simples, cuyo destino puede ser fijado libremente por la asociación. Condicionados o destinados a una actividad especifica, previamente fijada por el donante. En los que solamente puede ser usado el producto que se obtenga del mismo (rendimiento).

12 Control de cuotas y Donativos
Se usaran recibos impresos y foliados previamente Llevaran impresa la Cedula de identificación fiscal Indicaran el destino o fin especifico de la cuota o fondo. Deben estar firmados por el presidente o vicepresidente de la asociación. Serán deducibles solamente los donativos otorgados por los causantes del ISR, a asociaciones autorizadas por la SHCP para recibirlos.

13 Para vigilar que las cuotas se dediquen al fin social, los socios podrán examinar los libros de contabilidad. Diario Mayor Estado de Recursos y obligaciones Estado de productos y gastos.

14 Disolución de la AC Los bienes se aplicaran conforme a lo que determinen los estatutos, y a falta de disposición de estos, según lo determine la asamblea general. En este caso la asamblea solo podrá distribuir a los asociados la parte del activo social que equivalga a sus aportaciones. Los demás bienes se aplicaran a otra asociación o fundación de objeto similar a la extinguida. Articulo 2686 CCF.

15 Disolución y Liquidación de la SC
Por consentimiento expresos de los socios en la Asamblea General. Por haber concluido el termino de su vida legal según sus estatutos sociales. Por haber conseguido totalmente el objetivo por el cual fue constituida la sociedad. Por haberse vuelto incapaces de realizar el fin social por el cual se constituyo. Por resolución dictada por autoridad competente. Por causas previstas en los estatutos de la SC.

16 En caso de disolución de la sociedad, los bienes de la misma se aplicaran conforme lo dispongan los estatutos sociales, o bien como lo acuerden la asamblea general de socios, pudiendo atribuir a los socios la parte del activo proporcional que equivalga a sus aportaciones; en caso de remanente se aplicaran a otras sociedades civiles, fundaciones o asociaciones de objeto social similar a la disuelta y liquidada.

17 Aspecto Fiscal

18 SON PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS:
Las Personas Morales contempladas en los artículos 95 y 96 de la LISR.

19 Ejemplos: Sindicatos obreros y los organismos que los agrupen
Asociaciones patronales Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícola, así como los organismos que las reúnan. Sociedades cooperativas de consumo. Colegios de Profesionistas. Instituciones de asistencia o de beneficencia.

20 Asociaciones o sociedades civiles con fines asistenciales.
Asociaciones o sociedades civiles dedicadas a la enseñanza. Asociaciones o sociedades civiles con fines científicos o tecnológicos. Asociaciones o sociedades civiles con fines culturales. Museos abiertos al publico en general. Bibliotecas abiertas al publico en general.

21 Asociaciones de Padres de familia.
Asociaciones o sociedades civiles con fines políticos, deportivos o religiosos. Asociaciones o sociedades civiles que otorguen becas. Asociaciones o sociedades civiles con fines ecológicos. Entidades que apoyen económicamente a donatarias autorizadas. … Entre otros

22 Las Personas Morales antes señaladas no son contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta

23 SERÁN CONTRIBUYENTES DE ESTE IMPUESTO CUANDO OBTENGAN INGRESOS POR:
ENAJENACIÓN DE BIENES INTERESES OBTENCIÓN DE PREMIOS LAS DONATARIAS AUTORIZADAS NO SERÁN CONTRIBUYENTES DEL ISR CUANDO OBTENGAN INGRESOS POR ESTOS CONCEPTOS.

24 SERÁN CONTRIBUYENTES DE ESTE IMPUESTO CUANDO OBTENGAN INGRESOS POR:
ENAJENACIÓN DE BIENES DISTINTOS DE SU ACTIVO FIJO PRESTACIÓN DE SERVICIOS A PERSONAS DISTINTAS DE SUS MIEMBROS. LAS DONATARIAS AUTORIZADAS NO SERÁN CONTRIBUYENTES DEL ISR CUANDO OBTENGAN INGRESOS POR ESTOS CONCEPTOS.

25 INGRESOS PARA QUE LOS INGRESOS POR ESTOS DOS ÚLTIMOS CONCEPTOS SEAN GRAVADOS, DEBEN DE EXCEDER EL 5% DE LOS INGRESOS TOTALES DE LA PERSONA MORAL

26 REMANENTES LOS INTEGRANTES DE LA PERSONA MORAL DEBEN DE CONSIDERAR COMO REMANENTE ÚNICAMENTE LOS INGRESOS QUE LES ENTREGUEN EN EFECTIVO O EN BIENES.

27 DETERMINACIÓN DEL REMANENTE DISTRIBUIBLE.
SE OBTIENE DE DISMINUIR DE LOS INGRESOS OBTENIDOS DURANTE UN AÑO DE CALENDARIO LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS SEGÚN CORRESPONDA.

28 REEMBOLSO DE APORTACIONES
LOS REEMBOLSOS QUE LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS LES HAGAN A SUS INTEGRANTES DE LAS APORTACIONES QUE HAYAN EFECTUADO NO SE CONSIDERAN INGRESOS DE ESTOS.

29 PARTIDAS QUE SE CONSIDERAN REMANENTE DISTRIBUIBLE
EL IMPORTE DE LAS OMISIONES DE INGRESOS COMPRAS NO REALIZADAS E INDEBIDAMENTE REGISTRADAS EROGACIONES QUE EFECTÚEN Y NO SEAN DEDUCIBLES DE ACUERDO AL TÍTULO IV. PRÉSTAMOS A SOCIOS E INTEGRANTES, O A LOS CÓNYUGES, ASENDIENTES O DESENDIENTES.

30 DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
REMANENTE DISTRIBUIBLE (PARTIDAS QUE SE ASIMILAN) X TASA DEL 29% (Tarifa artículo 177 LISR)

31 PRINCIPALES OBLIGACIONES FISCALES
INSCRIPCION EN EL RFC LLEVAR REGISTROS CONTABLES EXPEDIR COMPROBANTES FISCALES POR OPERACIONES DISTINTAS DE LOS DONATIVOS. EXPEDIR RECIBOS ESPECIALES POR LOS DONATIVOS QUE RECIBA. PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL DE REMANENTE DISTRIBUIBLE, SUELDOS Y RETENCIONES

32 PRINCIPALES OBLIGACIONES FISCALES
PROPORCIONAR Y EXPEDIR CONSTANCIAS POR REMANENTE DISTRIBUIBLE. EXPEDIR Y PROPORCIONAR LAS CONSTANCIAS DE RETENCIÓN. PRESENTAR DECLARACIONES INFORMATIVAS. RETENER Y ENTERAR EL IMPUESTO A CARGO DE TERCEROS.

33 PRINCIPALES OBLIGACIONES FISCALES
PRESENTAR EN EL MES DE FEBRERO DE CADA AÑO DECLARACIÓN ANUAL DE INGRESOS Y EROGACIONES. SI ES DONATARIA AUTORIZADA, PRESENTAR DICTAMEN FISCAL SIMPLIFICADO. ( NO TENDRAN OBLIGACION DE PRESENTAR EL DICTAMEN SI EN EL AÑO DE CALENDARIO ANTERIOR SE PERCIBIERON DONATIVOS HASTA POR UN MONTO EQUIVALENTE A 30,000 UDIS.).

34 PRINCIPALES OBLIGACIONES FISCALES
INFORMAR DEL CAMBIO DE DOMICILIO FISCAL, EXTINCIÓN, SUSPENCIÓN, LIQUIDACIÓN O DISOLUCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN CIVIL. INFORMAR DE CUALQUIER MODIFICACIÓN AL OBJETO SOCIAL. DESTINAR LOS DONATIVOS Y SUS RENDIMIENTOS, EXCLUSIVAMENTE, A LOS FINES PROPIOS DE SU OBJETO SOCIAL.

35 PRINCIPALES OBLIGACIONES FISCALES
NO DESTINAR MAS DEL 5% DE LOS DONATIVOS Y SUS RENDIMIENTOS PARA GASTOS DE ADMINISTRACIÓN. PRESENTAR EN EL MES DE ENERO DE CADA AÑO, AVISO DE QUE SIGUE CUMPLIENDO REQUISITOS Y OBLIGACIONES.

36 PRINCIPALES OBLIGACIONES FISCALES
MANTENER A DISPOSICIÓN DEL PÚBLICO EN GENERAL LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES. RELACIONADAS CON LA AUTORIZACIÓN PAR PERCIBIR DONATIVOS.

37 PRINCIPALES OBLIGACIONES FISCALES
NO INTERVENIR EN CAMPAÑAS POLÍTICAS O INVOLUCRARSE EN ACTIVIDADES DE PROPAGANDA O DESTINADAS A INFLUIR EN LA LEGISLACIÓN. RECIBIR UNA PARTE SUBSTANCIAL DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN, DISTRITO FEDERAL, ESTADOS O MUNICIPIOS; DONATIVOS O ACTIVIDADES RELACIONADAS CON SU OBJETO SOCIAL.

38 PRINCIPALES OBLIGACIONES FISCALES
EN CASO DE TENER TRABAJADORES DEBERÁ DE SOLICITAR SU REGISTRO PATRONAL ENTE EL IMSS Y PAGAR LAS CUOTAS OBRERO PATRONALES, ASI COMO EFECTUAR LAS APORTACIONES AL INFONAVIT Y AL SISTEMA DEL AHORRO PARA EL RETIRO ( SAR ). EN CASO DE EFECTUAR PAGOS POR SERVICIOS PROFESIONALES ( HONORARIOS ) SE DEBERÁ DE EFECTUAR LAS RETENCIONES DE ISR E IVA.

39 EXCEPCIONES LAS ASOCIACIONES CIVILES QUE NO ENAJENEN BIENES, QUE NO TENGAN EMPLEADOS Y QUE ÚNICAMENTE PRESTEN SERVICIOS A SUS ASOCIADOS NO TENDRÁN OBLIGACIÓN ALGUNA. LAS ASOCIACIONES CIVILES QUE NO ENAJENEN BIENES, QUE TENGAN UN MÁXIMO DE 5 EMPLEADOS Y QUE ÚNICAMENTE PRESTEN SERVICIOS A SUS ASOCIADOS, PODRÁN LLEVAR REGISTROS CONTABLES SIMPLIFICADOS.

40 DONATARIAS

41 El gobierno de cualquier país puede estimular el crecimiento de una actividad o sector por medio de subsidios, estímulos fiscales y otorgamiento de prerrogativas. En México, el gobierno federal otorga incentivos fiscales a organizaciones no lucrativas que llevan determinadas actividades de beneficio a la comunidad, estos incentivos consisten en que sus ingresos están exentos del ISR y para ello deben: “Contar con la autorización para emitir recibos deducibles; por lo que deben cumplir ciertos requisitos, a estas instituciones se les llama DONATARIAS AUTORIZADAS”. Para ser DONATARIAS AUTORIZADAS existen dos supuestos: - Autorización a instituciones sin fines de lucro para recibir donativos deducibles en México - Autorización a instituciones sin fines de lucro para recibir donativos deducibles en Estados Unidos.

42 DONATARIAS AUTORIZADAS PARA RECIBIR DONATIVOS DEDUCIBLES
Personas Morales contempladas en el articulo 95 fracciones VI, X, XI, XII, XIX y XX de la LISR. Personas Morales contempladas en los artículos 96, 98 y 99 de la LISR. Regla de la RMF para 2006.

43 EJEMPLOS Instituciones de asistencia o de beneficencia Asociaciones o Sociedades Civiles con fines asistenciales Asociaciones o Sociedades Civiles dedicadas a la enseñanza. Asociaciones o Sociedades Civiles con fines científicos o tecnológicos.

44 Asociaciones o Sociedades Civiles con fines ecológicos.
Asociaciones o Sociedades Civiles con fines culturales. Asociaciones o Sociedades Civiles que otorguen becas. Asociaciones o Sociedades Civiles dedicadas al apoyo económico de otras donatarias autorizadas.

45 Los programas de escuela empresa establecidos por instituciones que cuenten con autorización de la autoridad fiscal. Asociaciones o Sociedades Civiles que realicen obras o servicios públicos que deban prestar la Federación, Estados, Distrito Federal o Municipios. Asociaciones o Sociedades Civiles que funcionen en forma exclusiva en la investigación o preservación de la flora y fauna silvestre.

46 Asociaciones o Sociedades Civiles que se dediquen a la reproducción de especies en protección y peligro de extinción.

47 REQUISITOS PARA SER DONATARIA AUTORIZADA

48 Que se constituyan y funcionen exclusivamente como entidades que se dediquen a cualquiera de los fines a que se refieren las fracciones VI, X, XI y XII, XIX y XX del artículo 95 de la ley del ISR. Que las actividades que desarrollen tengan como finalidad primordial el cumplimiento de su objeto social, sin que puedan intervenir en campañas políticas o involucrarse en actividades de propaganda o destinadas a influir en la legislación

49 Que destinen sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente distribuible. (Debe constar en el acta constitutiva). Que al momento de su liquidación y con motivo de la misma, destinen la totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos deducibles. (Debe constar en el acta constitutiva). Mantener a disposición del público en general la información relativa a la autorización para recibir donativos, al uso y destino que se haya dado a los donativos recibidos, así como al cumplimiento de sus obligaciones fiscales .

50 Informar a las autoridades fiscales, de los donativos recibidos en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos.

51 Procedimiento para la autorización para ser donataria autorizada
En el caso de Asociaciones Civiles, Sociedades Civiles y Fideicomisos: El trámite se realiza ante la Administración Local Jurídica de Ingresos del SAT, que corresponda al domicilio fiscal de la institución. En el caso de las Instituciones de Asistencia o de Beneficencia Privada (IAP ó IBP): El trámite lo gestiona directamente la Junta de Asistencia Privada ante el SAT. Independientemente del tipo de figura jurídica que se elija, debe presentarse un escrito firmado por el Representante Legal, en atención o dirigido a la Administración Local Jurídica de Ingresos del SAT, en donde se solicite de forma expresa la autorización para emitir recibos deducibles, en virtud de la labor que realizan. El escrito debe contener los siguientes datos:

52 1.- Nombre, denominación o razón social.
2.- Domicilio para oír y recibir notificaciones y el nombre de la persona autorizada para recibirlas. 3.- Datos de la Organización, domicilio fiscal, teléfono. 4.- Actividad u objeto social 5.- Registro Federal de Contribuyentes. (RFC) 6.- Nombre, dirección y RFC de personas involucradas en la solicitud, (Representante legal, nombre de la persona que autorizan para las notificaciones). 7.- Indicar si la Organización se encuentra o no sujeta al ejercicio de las facultades recomprobación, es decir, si está siendo auditada por funcionarios de Hacienda.

53 Aparte de estos datos el escrito, debe llevar los siguientes anexos:
Copia Certificada del Acta constitutiva o contrato de fideicomiso, si la organización no está inscrita en el RPP, además de la copia certificada del acta constitutiva, se presenta una constancia del notario de que está realizando dicho trámite. Copia simple del RFC Copia certificada del poder notarial del representante legal en caso de que el otorgamiento de poderes no conste en el acta constitutiva. Original o copia certificada del documento que acredite sus actividades, pueden ser según sea el caso: *Emitido por entidad pública *Por un convenio celebrado con la (s) beneficiarias en el caso de las organizaciones que apoyaran económicamente a otras donatarias autorizadas.

54 Por un convenio celebrado con la entidad pública para la realización de obras o servicios públicos
El reglamento de becas si se tratara de organizaciones becantes. * El ejemplo viene en la última página.

55 ¿Cómo se autorizan, renuevan y revocan las autorizaciones para emitir recibos deducibles?
AUTORIZACIÓN.- Cuando la autoridad fiscal otorga la autorización para ser donataria, expide un oficio o constancia, para que la organización pueda solicitar al impresor de su preferencia, los recibos de los donativos. La mencionada autorización se incluye en el anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal, cuya lista se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Pero cuando la solicitud de la organización es rechazada, las autoridades emiten un oficio explicando los motivos de la negativa. El anexo 14 clasifica las autorizaciones de las organizaciones civiles y fideicomisos con los siguientes rubros:

56 Asistenciales Educativas Científicas y tecnológicas Culturales Becantes Ecológicas Para la reproducción y protección de las especies en peligro de extinción. Dedicadas exclusivamente al apoyo económico de otras donatarias autorizadas. Que destinan donativos y su rendimiento a obras o servicios públicos. Bibliotecas privadas abiertas al público en general. Museos privados abiertos al público en general. Conforme a convenios suscritos por México para evitar la doble tributación

57 RENOVACIÓN.- Se presenta un escrito ante la Administración Local Jurídica de Ingresos que corresponda al domicilio fiscal de la organización declarando bajo protesta de decir verdad que la organización continúa cumpliendo con los requisitos y obligaciones para ser donataria. El escrito se presenta en Enero de cada año y se publica a últimos días del mes de marzo o principios del mes de abril. *Se recomienda estar pendiente de la publicación, para asegurarse de que no se cometió algún error u omisión.

58 REVOCACIÓN.- Se da por el incumplimiento de las obligaciones fiscales de la donataria autorizada, o por algún otro motivo, la resolución de revocación se publica en el DOF.

59 Autorización para recibir donativos deducibles en Estados Unidos.
Las Personas Físicas o Morales, residentes en Estados Unidos, pueden deducir donativos otorgados a una institución no lucrativa mexicana.

60 IMPORTANTE.- Las instituciones sin fines de lucro en México pueden recibir donativos del Extranjero sin importar su monto ni el país de procedencia, aun si no cuenta con esta autorización, pero NO PUEDE EXPEDIR RECIBOS DEDUCIBLES; NO ESTÀ AUTORIZADO.

61 Bibliotecas y museos abiertos al público en general
Donatarias autorizadas que pueden recibir donativos deducibles en Estados Unidos Asistenciales Educativas Culturales Bibliotecas y museos abiertos al público en general Científicas y tecnológicas Ecológicas Para la reproducción y protección de especies en peligro de extinción.

62 Requisitos para tener la autorización de recibir donativos deducibles en Estados Unidos
Para dar cumplimiento a lo que establecido entre los gobiernos de Estados Unidos y México, el SAT publica anualmente en las Reglas Misceláneas (son reglas generales aplicables a los impuestos y derechos federales excepto a los relacionados con el comercio exterior) otros requisitos adicionales para poder acceder a esta autorización.

63 El propósito principal es que la organización demuestre que recibe donativos y apoyos de muchas personas de la comunidad, (del público en general), incluso que recibe cuotas de recuperación por servicios prestados, de fundaciones o también entidades gubernamentales, como una forma de avalar la obra, y no solo que se sostiene con un número reducido de donantes. Donativo del público en general: “Aquella aportación en especie o en efectivo cuyo monto no es más de $ 75,000 pesos o del 1% del ingreso anual de una organización.

64 Para demostrar que la Institución, cuenta con el apoyo del donativo del público en general, puede ser por dos supuestos: La organización recibe más de una tercera parte de donativos del público en general. La organización recibe más de una tercera parte de sus ingresos por cualquiera de los siguientes conceptos: donativos del público en general, cuotas de recuperación por la prestación de servicios, o por la venta de mercancías

65 IMPORTANTE.- El artículo 97 de la LISR señala que las organizaciones que han recibido más de una tercera parte de sus ingresos totales de un año por concepto de INTERESES, ARRENDAMIENTO, DIVIDENDOS, REGALÍAS O UTILIDADES por concepto de actividades que no estén sustancialmente relacionadas con el objetos social.

66 Procedimiento para solicitar la autorizacion
Ya cubiertos los requisitos anteriores, podrá presentarse un escrito de solicitud ante la Administración Local Jurídica de Ingresos del SAT del domicilio fiscal de la organización, con los mismos datos expuesto en el ejemplo anterior. El representante legal de la institución deberá expresar que: Que se trata de una donataria autorizada para recibir donativos en México y la fecha en que se autorizó y renovó la autorización. Que cubre los requisitos señalados en las reglas publicadas en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Solicitar expresamente la autorización para emitir recibos deducibles conforme a los convenios para evitar la doble tributación. En caso de ser aprobada la autorización se publica en el DOF.

67 OBLIGACIONES ADICIONALES PARA LAS DONATARIAS AUTORIZADAS PARA RECIBIR DONATIVOS DEL EXTRANJERO:
ELABORAR Y MANTER A DISPOSICION DEL PUBLICO DURANTE 3 AÑOS: UN ESTADO DE POSICION FINANCIERA UNA RELACION DE LOS ADMINISTRADORES Y EMPLEADOS QUE HUBIERAN RECIBIDO INGRESOS DE LA DONATARIA AUTORIZADA.

68 OBLIGACIONES ADICIONALES PARA LAS DONATARIAS AUTORIZADAS PARA RECIBIR DONATIVOS DEL EXTRANJERO:
EN CUANTO A LA ESTRUCTURA DE SUS INGRESOS: NO RECIBIR INGRESOS EN CANTIDADES EXCESIVAS POR CONCEPTO DE ARRENDAMIENTO, INTERESES, DIVIDENDOS, REGALIAS O POR ACTIVIDADES NO RELACIONADAS CON SU OBJETO SOCIAL.

69 SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA RECIBIR DONATIVOS DEDUCIBLES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Lugar y fecha ASUNTO: Se solicita autorización para recibir donativos deducibles del IS C. Administrador ___________ Presente. NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL CLAVE EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DOMICILIO FISCAL Teléfono(s) Fax Correo electrónico NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL Y PERSONAS AUTORIZADAS PARA RECIBIR NOTIFICACIONES DOMICILIO CONVENCIONAL (oír notificaciones) CUENTA CON ESTABLECIMIENTOS (_____) Sí (_____) No DOMICILIO Y TELÉFONO DE LOS ESTABLECIMIENTOS SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA RECIBIR DONATIVOS DEDUCIBLES EN (_____) México (_____) El extranjero DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES U OBJETO EN CASO DE SOLICITAR AUTORIZACIÓN POR 2 O MÁS ACTIVIDADES, SEÑALAR LA ACTIVIDAD PREPONDERANTE INDICAR, EN SU CASO, SI LA ORGANIZACIÓN SE ENCUENTRA SUJETA AL EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE COMPROBACIÓN FEDERALES O LOCALES, PERIODOS Y CONTRIBUCIONES (_____) No (_____) Sí (ESPECIFICAR) INDICAR SI SE ENCUENTRA DENTRO DEL PLAZO PARA QUE LAS AUTORIDADES FISCALES EMITAN RESOLUCIONES QUE DETERMINEN CONTRIBUCIONES OMITIDAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 50 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (____) No (_____) Si INDICAR SI CON ANTERIORIDAD YA SE LE HABÍA OTORGADO AUTORIZACIÓN Y, EN SU CASO, SI ÉSTA LE FUE REVOCADA (_____) Sí (ESPECIFICAR) (_____) No DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA (_____) Copia certificada de la escritura constitutiva y/o estatutos (_____) Copia certificada del contrato de fideicomiso (_____) Copia certificada de las modificaciones a la escritura constitutiva y/o estatutos (_____) Copia certificada del convenio de modificaciones al contrato de fideicomiso (_____) Copia certificada del poder del representante legal (_____) Copia fotostática simple de la cédula de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (_____) Original o copia certificada del documento que acredite la actividad por la que se solicita la autorización (____) Otros, especifique: Nombre y firma del representante legal

70 (Nombre y firma del representante legal)
AVISO ANUAL DE LA DONATARIA AUTORIZADA DE SEGUIR CUMPLIENDO LOS REQUISITOS Y OBLIGACIONES FISCALES PARA CONTINUAR CON ESE CARÁCTER Lugar y fecha C. Administrador (a) ____________ Presente. (Nombre (s) y apellidos de quien promueve), en representación de la contribuyente denominada (nombre, denominación o razón social), con clave en el Registro Federal de Contribuyentes ___-______-___, personalidad que tengo reconocida en el expediente respectivo y con domicilio fiscal en (señalar calle, número exterior, número interior, colonia, delegación o municipio, código postal, ciudad y entidad federativa), y domicilio para oír y recibir notificaciones en (señalar calle, número exterior, número interior, colonia, delegación o municipio, código postal, ciudad y entidad federativa), ante usted y en cumplimiento a lo previsto en la regla , décimo párrafo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, manifiesto – bajo protesta de decir verdad – que mi representada sigue cumpliendo con los requisitos y obligaciones fiscales para continuar con el carácter de donataria autorizada. Asimismo, en cumplimiento a lo ordenado por las fracciones I, III y VIII del artículo 18-A del Código Fiscal de la Federación señalo lo siguiente: I.-Número (s) telefónico (s): __-__-__-__ III.- Objeto social: (describir las actividades por las cuales se otorgó la autorización _____. VIII.- Actualmente mi representada __ se encuentra sujeta al ejercicio de las facultades de comprobación por parte de autoridades federales y/o estatales. Protesto lo necesario (Nombre y firma del representante legal)

71 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

72 Considerando que el propósito fundamental es el de fomentar el desarrollo de actividades de tipo cultural, educativo, político, religioso, etc., propósito en el cual no se persigue un lucro, este tipo de actividades se encuentran exentas del pago del Impuesto al Valor Agregado de conformidad con el articulo 15, el cual establece que no se pagara este impuesto por la prestación de los siguientes servicios:

73 Partidos políticos. Sindicatos obreros. Los de enseñanza (fracción IV)
Los proporcionados a sus miembros como contraprestación normal de sus cuotas y siempre que los servicios que presten sean únicamente los relativos a los fines que les sean propios, tratándose de: Partidos políticos. Sindicatos obreros.

74 Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícola
Asociaciones patronales y colegios de profesionales. Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines científicos, políticos, religiosos y culturales, a excepción de aquellas que proporcionen servicios con instalaciones deportivas cuando el valor de estas representen mas del 25% del total de las instalaciones. (fracción XII)

75 Donativos No causan IVA los donativos de: Cuando la realicen empresas para las cuales el donativo no sea deducible para los fines del impuesto sobre la renta (art. 8 2º. párrafo)

76 Obligaciones: Deberán aceptar la transferencia de IVA.
En el caso de que se hayan realizado actividades gravadas enterar el impuesto. Retener y enterar el impuesto de acuerdo al Art. 1-A. Presentar declaración informativa anual (solo actividades gravadas). Presentar declaración informativa de retenciones de IVA.

77 Impuesto al Activo

78 No pagaran el Impuesto al activo:
Quienes no sean contribuyentes del ISR. Quienes utilicen bienes destinados solo a actividades deportivas, cuando sea sin fines de lucro o únicamente por sus socios, así como quienes se dediquen a la enseñanza y cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial, únicamente por los bienes empleados en dichas actividades. Art.6 Fracciones I y VI LIA

79 “Régimen Fiscal de Transportistas”
¡¡¡Gracias!!! Los esperamos mañana con el tema: “Régimen Fiscal de Transportistas”


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