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Lineamientos Dirección General de Adquisiciones

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Presentación del tema: "Lineamientos Dirección General de Adquisiciones"— Transcripción de la presentación:

1 Lineamientos Dirección General de Adquisiciones
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla Lineamientos Dirección General de Adquisiciones Trámite de Requisiciones Desarrollo de los Procedimientos de Adjudicación Revisión 0/2012 23 de Enero de 2012

2 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
TÍTULO PRIMERO PARA EL TRÁMITE DE REVISIÓN Y RECEPCIÓN DE REQUISICIONES PRIMERO.- Los presentes lineamientos se emiten de carácter general para todas las Dependencias y Entidades del Gobierno del Estado de Puebla, por lo tanto deben ser de observancia obligatoria. SEGUNDO.- Para los efectos de este documento, se deberá entender por REQUISICIÓN, como el documento por el cual las Dependencias y Entidades solicitan la adquisición de bienes o la contratación de un servicio. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

3 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
TERCERO.- La Dirección General de Adquisiciones ocupa un sistema electrónico denominado SISTEMA DE CAPTURA DE REQUISICIONES POR INTERNET (SISREQ) para facilitar el proceso y trámite de las requisiciones, permitiendo su captura, modificación e impresión por vía Internet. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

4 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
CUARTO.- En el SISREQ se utilizan los siguientes estatus de trámite de revisión de la requisición: “PREVIA” - Cuando la Dependencia o Entidad esta elaborando o modificando la requisición, una vez hecho lo anterior se manda a estatus de REVISIÓN. “REVISIÓN” - Cuando es enviada por la Dependencia o Entidad para que la Dirección General de Adquisiciones la revise y de su visto bueno y posteriormente pasarla a estatus de DEFINITIVA, en caso de tener observaciones la Dirección General de Adquisiciones la regresará a “PREVIA”. “DEFINITIVA” - Una vez solventado las observaciones las Dependencias o Entidades seleccionan este estatus para poder imprimir la requisición y presentarla ante la Dirección General de Adquisiciones. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

5 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
QUINTO.- Para poder ingresar al SISREQ deberán solicitar a la Dirección General de Adquisiciones su clave de acceso a dicho sistema, a través de oficio firmado por el titular del área, indicando lo siguiente: Nombre de quien solicita. Cargo de quien solicita. Correo electrónico personal de quien solicita. Teléfono de oficina de quien solicita. Deberán adjuntar al oficio copia simple legible del IFE o del gafete de la persona que solicita. Nota: La clave se le hará llegar a través del correo electrónico que proporcione la persona solicitante, uno o dos días hábiles después de recibido el oficio. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

6 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
SEXTO.- El horario para utilizar el SISREQ será de lunes a domingo las 24 horas para el estatus de PREVIA, y para mandarlas a estatus de “REVISIÓN” será de lunes a viernes de las 9:00 a.m. hasta antes de las 14:00 horas. SÉPTIMO.- Cuando requieran hacerle correcciones a una requisición que se encuentra en estatus de REVISIÓN, deberán hacer su solicitud inmediatamente antes de que sea revisada por la Dirección General de Adquisiciones, dicha petición será a través del correo electrónico indicando el motivo y el cambio que le realizarán a la requisición. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

7 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
OCTAVO.- Para los efectos de no saturar el SISREQ, se han implementado tiempos en los estatus de las requisiciones, por lo que las Dependencias y Entidades tienen la obligación de lo siguiente: Deberán estar depurando constantemente el “SISREQ” y cancelar requisiciones que por error hayan duplicado, o que ya no requieren de su adquisición o contratación, así como aquellas que se encuentren en estatus de previa en un lapso ininterrumpido de 15 días, esto último, una vez que tengan la información completa las podrán trabajar e ingresar al sistema nuevamente. Deberán dar seguimiento a la revisión de sus requisiciones. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

8 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
NOVENO.- Las requisiciones que se presenten ante la Dirección General de Adquisiciones, deberán estar debidamente firmadas por la persona autorizada conforme a “El FORMATO DE FIRMAS AUTORIZADAS”, mismo que se encuentra disponible en el SISREQ. DÉCIMO.- Las Dependencias y Entidades, tienen la obligación de comunicar a esta Dirección General de Adquisiciones los cambios de alta y/o baja de sus titulares, representantes, así como de las personas que elaboran y firman las requisiciones, para los efectos de actualizar los sistemas y proporcionar los datos correctos en la impresión de sus requisiciones y de sus pedidos/contratos. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

9 TRÁMITE DE REVISIÓN Y RECEPCIÓN DE REQUISICIONES
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla CAPÍTULO II TRÁMITE DE REVISIÓN Y RECEPCIÓN DE REQUISICIONES DÉCIMO PRIMERO.- Conforme a lo indicado en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, deberán prever sus necesidades con la anticipación suficiente, para remitir oportunamente a la Dirección General de Adquisiciones las requisiciones respectivas, en la inteligencia de que éstas sólo se recibirán dentro de los primeros nueve meses del ejercicio fiscal en curso, por lo que para poder dar cumplimiento a esto, deberán mandar a REVISIÓN SUS REQUISICIONES a más tardar en el mes de agosto, para que puedan entrar en estatus de definitiva en el plazo indicado. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

10 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
DÉCIMO SEGUNDO.- Antes de elaborar cualquier requisición deberán programar sus adquisiciones, arrendamientos y/o servicios, en razón de sus necesidades reales, de acuerdo con lo indicado en el artículo 45 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

11 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
DÉCIMO TERCERO.- Las Dependencias y Entidades para iniciar cualquier procedimiento de adjudicación, deberán elaborar sus requisiciones considerando lo siguiente: Deberán capturar por objeto de gasto, de acuerdo al clasificador emitido por la Secretaría de Finanzas. Deberán contar con la Autorización Presupuestal correspondiente, antes de elaborar sus Requisiciones en estatus de previa en el SISREQ. Para el caso de Equipo de Cómputo y Tecnologías de la información, deberán elaborar sus requisiciones conforme al Dictamen Técnico emitido por la Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones de esta Secretaría. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

12 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Para el caso de adquisición de bienes, deberán describir el bien por partida, especificando cantidad, unidad de medida, tiempo de garantía, plazo y condiciones de entrega, así como todas las características técnicas del bien en forma clara, con una secuencia y redacción lógica, incluyendo toda la información que debe conocer el licitante para que oferte una propuesta técnica y económica de acuerdo a las necesidades reales de la Dependencia o Entidad. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

13 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
V. Para el caso de contratación de servicios, deberán describirlo en una sola partida, especificando período de garantía, lugar de prestación del servicio, plazo y condiciones del mismo, así como todas las características técnicas del servicio en forma clara, con una secuencia y redacción lógica, incluyendo toda la información que debe conocer el licitante para que oferte una propuesta técnica y económica de acuerdo a las necesidades reales de la Dependencia o Entidad. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

14 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Las requisiciones deberán contener requisitos técnicos, económicos e informativos. Deberán describir con exactitud los requisitos técnicos (tales como por ejemplo currículum, certificados o normas de calidad, registros sanitarios, licencias de funcionamiento, cartas garantías, catálogos, muestras físicas, etc.), indicando de que forma se tienen que presentar y que deben contener, de tal manera que no se deje al criterio de los licitantes como presentarlos. Éstos serán coherentes a lo que se solicita en la descripción del bien o del servicio, mismos que deberán servir para asegurarnos de adjudicar bienes o servicios de calidad. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

15 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Deberán indicar requisitos económicos, tales como condiciones y días de pago, datos de facturación, criterio de adjudicación, y en caso de que aplique, mencionar que las facturas que presenten los proveedores para su pago deberán contener la retención correspondiente de acuerdo con la Ley de Ingresos vigente del Estado de Puebla. En requisitos informativos, deberán indicar el correo y número de marcación cuatro dígitos del representante y asesor que hayan nombrado en la requisición, así como la leyenda “La presente adquisición o contratación es en la modalidad de contrato abierto, de conformidad al Artículo 108 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, por lo que la Contratante se obliga a adquirir las cantidades mínimas requeridas, quedando pendiente las cantidades máximas en función de las necesidades y suficiencia presupuestal de la misma” Así mismo, y en caso de que les aplique pueden mencionar cualquier nota aclaratoria a los requisitos solicitados, que no sea necesario que presenten o plasmen en su propuesta técnica y/o económica. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

16 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
VII. En el caso de contratos abiertos deberán considerar además de lo anterior, la información y demás requisitos que alude el artículo 108 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

17 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
DÉCIMO CUARTO.- En el momento que elaboren una requisición en el SISREQ (estatus de “PREVIA”), deberán solicitar una cita con la Lic. Edith Salmorán Muñoz, Jefa del Departamento de Precios y Apoyo Técnico, en un horario de 9:00 a 18:00 horas, a los teléfonos , ext ó marcación cuatro dígitos Lo anterior, para los efectos de revisar conjuntamente la requisición y establecer compromisos a través de una minuta de trabajo, con el fin de agilizar el trámite de recepción de la requisición. Requisiciones que se encuentren en el SISREQ en estatus de revisión y que no hayan programado dicha cita, se regresarán automáticamente a estatus de PREVIA, por la falta de interés en su revisión. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

18 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
DÉCIMO QUINTO.- Para REVISIÓN de las requisiciones, solo se tomarán en cuenta aquellas que se encuentren elaboradas como mínimo en un 90% conforme a lo señalado en el punto DÉCIMO TERCERO de los presentes lineamientos, las que no estén dentro de dichos supuestos se CANCELARÁN del SISREQ, una vez que cumplan con los parámetros las podrán ingresar al sistema nuevamente. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

19 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
DÉCIMO SEXTO.- Para poder llevar a cabo el procedimiento de revisión, deberán enviar a la Dirección General de Adquisiciones, o bien al correo electrónico todos los anexos que mencionen en sus requisiciones, así como muestras físicas, diseños, fotos, catálogos, folletos, etc., y para el caso de Equipo de Cómputo y Tecnologías de la información, deberán mandar el dictamen técnico emitido por la Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones, de lo contrario NO SE REVISARÁN y se regresarán automáticamente a estatus de PREVIA hasta contar con los documentos necesarios para poder revisarlas. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

20 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
DÉCIMO SÉPTIMO.- Una vez que la requisición se autorice en estatus de DEFINITIVA, deberá presentarse impresa por triplicado, debidamente firmada por la persona autorizada para ello, conforme al “FORMATO DE FIRMAS AUTORIZADAS”, adjuntando a cada juego lo siguiente: Los anexos que mencionen en la requisición, diseños, fotos, catálogos, folletos, muestras físicas, etc., así como copia simple del dictamen técnico emitido por la Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones, este último, para el caso de Equipo de Cómputo y Tecnologías de la información. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

21 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
II. Para el caso de los servicios de consultoría, asesoría, estudios e investigaciones, adjuntar oficio en el que haga constar que no cuentan en sus archivos con trabajos relacionados con la aplicación del Proyecto, Estudio o Consultoría solicitada en su requisición. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

22 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
ADEMÁS DE LO ANTERIOR, DEBERÁN DE ADJUNTAR LO SIGUIENTE DE ACUERDO AL ORIGEN DE LOS RECURSOS: RECURSOS ESTATALES: Oficio en el cual se indique que envían la requisición, mencionando el origen de los recursos y el techo presupuestal disponible para esa adquisición o contratación. Copia del oficio de autorización de inversión y de gasto corriente, expedido por la instancia legalmente facultada para ello, con una antigüedad no mayor a veinte días hábiles. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

23 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
RECURSOS PROPIOS: V. Oficio en el cual se indique que envían la requisición, mencionando el origen de los recursos y el techo presupuestal disponible para esa adquisición o contratación, así como el número y/o fecha del oficio o documento mediante el cual fueron autorizados, señalando que los recursos se encuentran disponibles y en poder de la Entidad para ejercerlos en el presente ejercicio fiscal. VI. Copia del Acta de su Órgano de Gobierno en donde les autoricen el techo presupuestal, en caso de que no les aplique, podrán anexar copia del documento de su área de presupuesto o contabilidad en donde manifiesten la disposición del recurso para esa requisición, con una antigüedad no mayor a veinte días hábiles Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

24 Copia del Convenio celebrado con la Federación.
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla RECURSOS FEDERALES: Oficio en el cual se indique que envían la requisición, mencionando el origen de los recursos y el techo presupuestal disponible para esa adquisición o contratación, así como el número y/o fecha del oficio o documento mediante el cual fueron autorizados. Copia del Convenio celebrado con la Federación. Copia de las reglas de operación del recurso. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

25 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Copia del oficio de autorización de inversión y de gasto corriente, expedido por la instancia legalmente facultada para ello, con una antigüedad no mayor a veinte días hábiles. Original de mínimo tres cotizaciones de investigaciones de mercado que indiquen precios de referencia. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

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DÉCIMO OCTAVO.- Las muestras físicas que envíen junto con la requisición deberán estar debidamente referenciadas a la partida que le corresponda. DÉCIMO NOVENO.- Las Dependencias y Entidades deberán tomar en cuenta que los procedimientos de adjudicación, facultad de esta Dirección, requieren de cierto tiempo, el cual está en función primeramente del presupuesto asignado a la requisición, lo que determina el tipo de procedimiento a realizar de acuerdo a lo establecido en el Artículo 53 de la Ley de Egresos del Estado de Puebla vigente, además del tiempo necesario para efectuar la entrega de los bienes o dar inicio al periodo de contratación de los servicios, debiendo considerar que a toda requisición le será efectuada en primera instancia la revisión correspondiente para autorizar su ingreso definitivo. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

27 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
I. Para el caso de los Medicamentos y el Material de Curación, se deberá considerar que existen programas como las “Semanas Nacionales de Salud”, “Vacunación Antirrábica”, “Planificación Familiar”, etc., los cuales deben llevarse a cabo en las fechas establecidas por disposición federal, por lo cual, las requisiciones deberán ingresarse en diferentes periodos, por lo que se les solicita a las Dependencias y Entidades planear el ingreso de estos requerimientos con 3 meses de anticipación para poder realizar su trámite en tiempo y forma. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

28 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
II. Existen algunos factores que impiden que el proceso de revisión y recepción de la requisición pueda realizarse en tiempo y forma, dichos factores se enlistan a continuación: Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

29 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Ingreso de requisiciones a revisión cuando están próximos a vencer los periodos de contratación de los servicios o las ampliaciones realizadas a los contratos, cuando existe o está por existir desabasto de los bienes que se pretenden adjudicar o cuando está por concluir la vigencia o caducidad de los bienes que la manejan. Requisiciones con especificaciones técnicas obsoletas y presupuestos fuera de lo que se maneja en el mercado. Formatos de requisición incompletos o mal elaborados, con especificaciones técnicas y requisitos que limitan la participación. Requerimientos presentados en Definitiva con documentación incompleta, como la falta de anexos y autorizaciones presupuestales vigentes. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

30 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
III. Derivado de lo anterior se informa a las Dependencias y Entidades, que para que está Dirección esté en posibilidad de brindarles un mejor servicio que cumpla con sus necesidades, la carga de sus requisiciones deberá realizarse con un mínimo de 3 meses anteriores a la fecha en la que se pretende obtener la entrega de los bienes o el inicio de la prestación de los servicios (considerando que para los consolidados las requisiciones deberán ingresarse antes de las fechas anteriormente señaladas). De igual manera, antes de solicitar la revisión de cualquier requerimiento se deberá llevar a cabo una investigación de mercado para actualizar las especificaciones técnicas y presupuestos de los bienes o servicios a solicitar, así también se deberá solicitar oportunamente la Suficiencia Presupuestal ante la instancia correspondiente y capacitar debidamente al personal que estará encargado de elaborar y dar seguimiento al trámite de sus requisiciones. Edith Salmorán Muñoz Carlos Felipe Morales Baqueiro

31 PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÒN CAPÍTULO I
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla TÍTULO SEGUNDO PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÒN CAPÍTULO I PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS REPRESENTANTES Y ASESORES TÉCNICOS DÉCIMO NOVENO.- Con el fin de dar agilidad y certeza al desarrollo de los concursos, las Dependencias y Entidades deberán asignar a sus representantes y asesores técnicos, quienes coadyuvaran en los procedimientos de adjudicación mediante la aportación de sus conocimientos respecto a los bienes o servicios solicitados por las áreas usuarias, para lo cual deberán participar de manera puntual, en todos los eventos y actividades que convoque la Dirección General de Adquisiciones. Walter Bermúdez Rendón

32 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Por asesor técnico deberá entenderse, al personal con conocimientos técnicos del área usuario o requirente. Algunas de las actividades más importantes entre otras son: Asistir a los eventos convocados por la Dirección General de Adquisiciones para llevar a cabo la ejecución del proceso de Adjudicación. Responder las preguntas realizadas por los licitantes en los tiempos previamente establecidos y llevar a cabo la revisión de las respuestas con la Dirección General de Adquisiciones, en el día y hora señalados por esta, para tal efecto. Asesorar diligentemente a la Dirección General de Adquisiciones para la emisión de los dictámenes técnicos, cuando sean requeridos por la Dirección General de Adquisiciones. Walter Bermúdez Rendón

33 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
En caso de que los representantes y asesores técnicos no cumpliesen con alguno de los puntos antes mencionados, la Dirección General de Adquisiciones, podrá tomar las medidas administrativas que considere pertinentes para llevar a buen fin el desarrollo de los procedimientos de adjudicación. Walter Bermúdez Rendón

34 REQUISICIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA FEDERAL
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla REQUISICIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA FEDERAL Juan Eduardo Albisua Lira

35 PREPARAR DOCUMENTACIÓN SOPORTE
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla PREPARAR DOCUMENTACIÓN SOPORTE Convenio, Reglas de Operación, Acuerdos, etc., por medio del cual se asignen los recursos federales a la dependencia o entidad. Oficio de autorización presupuestal. Para los casos de consultoría y/o servicios profesionales, se deberá incluir el dictamen firmado por el titular de la dependencia o entidad, que acredite la necesidad de llevar a cabo la contratación de la consultoría, asesoría, estudio o investigación y manifieste que no cuenta con el personal capacitado o disponible para su realización. Juan Eduardo Albisua Lira

36 Investigación Mercado con antigüedad no mayor a 30 días naturales.
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla d) Para la adquisición de equipo de cómputo o bienes relacionados, se deberá incluir el dictamen técnico elaborado por la Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones de la Secretaría de Administración. Investigación Mercado con antigüedad no mayor a 30 días naturales. Juan Eduardo Albisua Lira

37 2. REALIZAR INVESTIGACIÓN DE MERCADO
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla 2. REALIZAR INVESTIGACIÓN DE MERCADO Verificar la oferta de bienes o servicios con las características requeridas y la viabilidad para cubrir con los requisitos técnicos y tiempos de entrega La existencia de proveedores Actualizar el precio de referencia del requerimiento específico. Juan Eduardo Albisua Lira

38 Cuando no existan referencias de compras anteriores.
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla Si como resultado de la investigación de mercado se identifica un solo proveedor potencial Se requerirá presentar el comparativo de los precios actuales cotizados por dicho proveedor y los ofrecidos en la última contratación registrada en CompraNet. Cuando no existan referencias de compras anteriores. Carta de mejor precio; Cotizaciones similares si las tuviera, o 3. Información relativa de precios al público. Juan Eduardo Albisua Lira

39 Licitación de Carácter Nacional: 15 días naturales.
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla Se deberán tomar en cuenta la duración del procedimiento de contratación y el tiempo de entrega de los bienes; los plazos para la realización de los procedimientos de adjudicación son: Licitación de Carácter Nacional: 15 días naturales. Licitación de carácter Internacional Bajo la Cobertura de Tratados: 40 días naturales. NOTA: En caso de requerir que los tiempos de los procedimientos de adjudicación se reduzcan, deberán manifestar que existan razones justificadas debidamente acreditadas, dicha reducción en caso de que proceda será a un plazo no menor a 10 ó 15 días naturales según corresponda. Juan Eduardo Albisua Lira

40 Experiencia superior a un año.
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla No podrán establecerse requisitos que limiten la libre participación de los interesados tales como: Experiencia superior a un año. Contratos anteriores con la convocante o con alguna dependencia o entidad en particular. Capital contable. Contar con sucursales o representantes regionales o estatales. Estar inscrito en el registro único de proveedores. Que los bienes a adquirir o arrendar, sean de una marca determinada. Juan Eduardo Albisua Lira

41 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no serán objeto de evaluación, y se tendrán por no establecidas. Deberán considerar que por ley el plazo máximo de pago es a los 20 días naturales. Asimismo es importante que indiquen el Área Técnica y el responsable de esta. Las requirentes deberán adjuntar a su requisición los documentos soporte. Juan Eduardo Albisua Lira

42 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
PUBLICACIÓN Deberán considerar el pago de derechos al DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, para la publicación de la convocatoria. JUNTA DE ACLARACIONES El plazo que marca la ley entre la fecha límite de recepción de preguntas y su respuesta es de 24 horas. Las entidades o dependencias deberán presentarse puntualmente en las fechas indicadas para dar respuesta a las preguntas y evitar retrasos en los procedimientos. Juan Eduardo Albisua Lira

43 PARA LA FORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACION
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla PARA LA FORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACION Con el fin de dar cumplimiento a la formalización de los fallos emitidos, las Dependencias y Entidades deberán presentarse a formalizar los contratos pedidos el día y hora que para tal efecto determine la Dirección General de Adquisiciones. En caso de que las Dependencias y Entidades no se presenten a formalizar, la Dirección General de Adquisiciones, podrá tomar las medidas administrativas que considere pertinentes para llevar a buen fin la formalización de los procedimientos de adjudicación. Yeni Tuxpan Meneses

44 PARA LA SUPERVISION DE LA ENTREGA DE BIENES
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla PARA LA SUPERVISION DE LA ENTREGA DE BIENES Conforme a lo indicado en el artículo 45 fracción XII y 131 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, las Dependencias y Entidades deberán comunicar la recepción de los bienes o comienzos de servicios, mediante el formato de notificación que le anexaran en el evento de fallo, para que conforme al artículo 133 y 134 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, se programen las visitas de supervisión y realice todas las verificaciones que se desprendan de los procedimientos de adjudicación que realice esta Subsecretaria. Mariano Macías Villar

45 NOTIFICACIÓN DE ENTREGA DE BIENES Y SERVICIOS.
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla NOTIFICACIÓN DE ENTREGA DE BIENES Y SERVICIOS. El Proveedor deberá notificar a la Convocante y Contratante por correo electrónico o vía fax, a través del “Formato de Entrega de Bienes”, con una anticipación de por lo menos 48 horas a la fecha de entrega. Correos para notificación: Fax para notificación: Fax convocante: (222) Ext. 7124 Para confirmar: (222) Ext. 7104 A fin de que el trámite de pago se lleve a cabo sin interrupción alguna; pues de no hacerse la notificación de entrega de bienes respectivo, el trámite de pago se llevará a cabo hasta que la Convocante ejerza sus facultades de revisión. Mariano Macías Villar

46 VALIDACIÓN DE FACTURAS.
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla VALIDACIÓN DE FACTURAS. A efecto de que la Convocante valide las facturas para su cobro, la contratante y licitante ganador deberán haber formalizado el contrato y/o pedido, asimismo el proveedor deberá elaborar sus facturas mencionando la descripción general, incluidas la marca y/o nombre del fabricante y modelo (en caso de que aplique), de los bienes adjudicados en el contrato y/o pedido, haciendo mención en la factura del número de licitación que la origina. Teresita Montserrat Gamboa Corzas

47 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Previo a la presentación de la factura, el proveedor deberá recabar en esta, el sello de recibido del almacén de la contratante, la fecha, así como el nombre del responsable del almacén o lugar donde se hayan entregado los bienes y acudir con la convocante de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 hrs., con el fin de que se verifique el cumplimiento de los requisitos, para dejarlo en aptitud de iniciar su trámite de cobro. Teresita Montserrat Gamboa Corzas

48 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
IMPORTANTE: El proveedor antes de acudir con la convocante para revisión, aprobación y visto bueno de sus facturas, deberá contactar al personal de la convocante a través de los correos o teléfonos señalados en las bases, con el fin de asegurarse que haya sido efectuada la supervisión de los bienes entregados. Nota: En caso de que exista alguna sanción impuesta por la contratante, derivada de alguna clase de incumplimiento o por entrega extemporánea, el proveedor deberá remitir el documento que acredite el pago de la misma junto con su factura. Teresita Montserrat Gamboa Corzas

49 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
PAGO A PROVEEDORES Conforme a lo indicado en el Artículo 115 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la fecha de pago al proveedor que las dependencias y entidades, o los Ayuntamientos en su defecto, estipulen en los contratos quedará sujeta a las condiciones que establezcan las mismas; sin embargo, no podrá exceder de cuarenta y cinco días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva, previa entrega de los bienes o prestación de los servicios en los términos del contrato. Teresita Montserrat Gamboa Corzas

50 Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Consolidados

51 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
LINEAMIENTOS PARA ADQUISICIONES DE LOS REQUERIMIENTOS DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DE AQUELLOS BIENES Y SERVICIOS QUE POR SU NATURALEZA PUEDAN SER CONSOLIDABLES PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO Enrique Villa Álvarez

52 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
A efecto de dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Reglamento Interior de la Secretaría de Administración publicado en el periódico oficial del Estado de Puebla con fecha 13 de mayo de 2011, con el fin de hacer más eficientes los requerimientos de Recursos Materiales y Servicios Generales de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado, de todos aquellos bienes y servicios que por su naturaleza puedan ser consolidables, se considera indispensable emitir la normatividad interna mediante la cual se deberán de realizar los requerimientos, no importando el origen de los recursos ya sean Federales, Estatales o Propios, ni los montos que establece la Ley de Egresos del Ejercicio Fiscal vigente. Enrique Villa Álvarez

53 LINEAMIENTOS De las Restricciones:
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla LINEAMIENTOS De las Restricciones: En relación a los requerimientos de Recursos Materiales y Servicios Generales de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de todos aquellos bienes y servicios que por su naturaleza puedan ser consolidables y de conformidad al Clasificador por Objeto de Gasto para la Administración Pública Estatal vigente que emite la Secretaría de Finanzas; los Titulares de las Unidades Administrativas adscritos a las mismas, no podrán contratar los bienes y servicios que se encuentren contemplados en los siguientes objetos de gasto: Enrique Villa Álvarez

54 2110 Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla 2110 Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina 2140 Materiales, Útiles y Equipos Menores de Tecnologías de la Información y Comunicaciones 2160 Material de Limpieza 2210 Productos Alimenticios para Personas 2460 Material Eléctrico y Electrónico 2611 Combustibles 2612 Lubricantes y Aditivos 3360 Servicios de Apoyo Administrativo, Fotocopiado e Impresión 3550 Reparación y Mantenimiento de Equipo de Transporte 3580 Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos 5150 Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información 5910 Software Enrique Villa Álvarez

55 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Lo anterior es aplicable salvo en los casos que la adquisición de los bienes y servicios se realice mediante su fondo fijo autorizado por la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas para cubrir gastos menores e imprevistos, indispensables para la operación de sus unidades administrativas, siendo responsabilidad de los titulares de las mismas, su debida aplicación y comprobación de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y normativas aplicables; así como aquellas que la Secretaría de Administración autorice. Enrique Villa Álvarez

56 De los Requerimientos y Calendarios de Presentación
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla De los Requerimientos y Calendarios de Presentación Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado, a través de sus Unidades Administrativas afines, deberán de remitir por escrito a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaría de Administración, sus requerimientos en relación a las adquisiciones de bienes y servicios antes indicados, anexando la siguiente documentación: Enrique Villa Álvarez

57 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Oficio de solicitud (según formato). b) Requisición (según formato). Descripción del bien o servicio - Objeto del bien ó servicio - Características del bien ó servicio - Lugar donde se entregará el bien o se realizará el servicio - Responsable del bien o servicio - Tiempo de entrega del bien o vigencia del servicio - Condiciones de pago del bien o servicio - Datos de facturación Requisitos técnicos que requieran del bien o servicio Requisitos Económicos Requisitos Informativos Dictamen técnico (si aplica) vigente a la disponibilidad presupuestal. Disponibilidad presupuestal (Oficio de Autorización Presupuestal y/o Afectación Presupuestal), con una antigüedad no mayor a veinte días hábiles, cumpliendo en todo momento lo establecido en los artículos 58 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. Enrique Villa Álvarez

58 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Será responsabilidad de las Dependencias y Entidades que los recursos presupuestales que se encuentren calendarizados durante el ejercicio fiscal vigente para la adquisición de bienes y/o servicios, se encuentren disponibles para los trámites de pago respectivos de los proveedores que resulten adjudicados. Así mismo será responsabilidad de las Dependencias y Entidades realizar el compromiso y/o apasivamiento de los recursos presupuestales que deriven de las adjudicaciones de aquellos bienes y/o servicios que se hayan tramitado por la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de esta Secretaría, ante las instancias correspondientes. Enrique Villa Álvarez

59 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Los Puntos antes citados se mencionan de manera enunciativa más no limitativa; asimismo, el formato de requisición deberá ser debidamente suscrito por el Titular responsable de la Unidad Administrativa afín, conforme al registro de firmas que hayan presentado ante la Dirección General de Adquisiciones de la Secretaría de Administración, entregándose en medio electrónico. Las dependencias y entidades deberán de programar sus adquisiciones de los bienes y servicios que por su naturaleza puedan ser consolidables considerando los tiempos necesarios que se requieren para el procedimiento de adjudicación que determine la Dirección General de Adquisiciones con base a lo dispuesto por la Ley de la materia, por lo que deberán presentar sus requerimientos ante la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de esta Secretaría, de a cuerdo al siguiente calendario: Enrique Villa Álvarez

60 Fecha de presentación de requisición debidamente requisitada
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla Periodo Fecha de presentación de requisición debidamente requisitada Primer Periodo Del 16 al 31 de Enero de 2012 Segundo Periodo Del 15 al 31 de Mayo de 2012 Tercer Periodo Del 01 al 14 de Septiembre de 2012 Nota: Los servicios que se requieran de manera anualizada deberán ser presentados en el primer periodo y en apego a lo establecido en el artículo 26 de la Ley de Egresos del Estado de Puebla. Enrique Villa Álvarez

61 De los Procedimientos de Adjudicación y Formalización
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla De los Procedimientos de Adjudicación y Formalización Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado, a través de sus Unidades Administrativas afines, deberán de asignar a un asesor técnico (Nombre y Cargo) para dar seguimiento al procedimiento que determine la Dirección General de Adquisiciones de esta Secretaría, así como los siguientes datos del Asesor: Nombre Completo Cargo Correo electrónico Teléfono con Extensión Enrique Villa Álvarez

62 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Concluyendo el procedimiento de adjudicación de aquellos bienes y/o servicios que por su naturaleza puedan ser consolidables, la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaría de Administración llevará a cabo la formalización de los mismos a través de los contratos pedidos respectivos, haciendo esto del conocimiento a las dependencias y entidades a través del oficio ó memorándum respectivo Enrique Villa Álvarez

63 De la Entrega, Cumplimiento y Pago
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla De la Entrega, Cumplimiento y Pago La Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de esta Secretaría se coordinará con las Unidades Administrativas de las dependencias y entidades para recibir y distribuir bienes y/o servicios adquiridos en los almacenes que estas hayan asignado en sus requerimientos. Las dependencias y entidades deberán verificar que los bienes y/o servicios que se les entreguen por parte de los proveedores cumplan con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato pedido, debiendo cumplir lo establecido en el artículo 45 fracción XII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. Enrique Villa Álvarez

64 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado, a través de sus Unidades Administrativas afines, deberán notificar en tiempo y forma de algún incumplimiento de la entrega o prestación de servicios por parte de los proveedores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 122 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal para que, en su caso, la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de esta Secretaría realice los trámites pertinentes ante las instancias que correspondan. Enrique Villa Álvarez

65 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Tratándose de bienes y servicios, los comprobantes fiscales deberán estar debidamente validados y autorizados por las Unidades Administrativas de las Dependencias y Entidades con sello, nombre, cargo y firma de la persona que recibe; correspondiendo a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de esta Secretaría verificar los comprobantes fiscales respectivos, así como dar seguimiento del trámite de pago ante las instancias correspondientes. Enrique Villa Álvarez

66 Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla
Los Titulares de las Unidades Administrativas de las dependencias y entidades que reciban los bienes y/o servicios, deberán remitir oficio a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de esta Secretaría en el que se indique que los bienes y/o servicios fueron recibidos a entera satisfacción, en los tiempos y/o periodos indicados en el pedido contrato; siendo responsabilidad de los Titulares de la Unidad Administrativa solicitante de las dependencias y entidades la supervisión, seguimiento y recepción de los bienes y/o servicios contratados. Enrique Villa Álvarez

67 Dirección General de Gobierno Electrónico
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla Dirección General de Gobierno Electrónico Dictámenes Técnicos

68 Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones
I N D I C E Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla. Reglamento Interior de la Secretaría de Administración. Facultades de la Dirección General de Gobierno Electrónico. Facultades de la Dirección de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones . Pasos a seguir y requerimientos para la solicitud de Dictamen Técnico.

69 Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla.
Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla. Capitulo IV, Articulo 36 XXIV.- Dirigir, coordinar y asesorar el desarrollo informático y de telecomunicaciones de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal. XXV.- Coadyuvar con la Secretaría de la Contraloría, cuando esta emita normas en materia de gobierno digital . XXVI.- Emitir lineamientos y, en su caso, supervisar directamente o a través de terceros los servicios de instalación, apoyo preventivo, mantenimiento y de soluciones correctivas en materia de informática, telecomunicaciones, redes de voz y datos, equipos de cómputo, que cada Dependencia o Entidad tenga bajo su responsabilidad, atendiendo a los principios de austeridad y racionalidad con base en el presupuesto asignado. XXVII.- Instrumentar los procesos y emitir los lineamientos para la operación del sistema Electrónico de Registro Único de Personas Acreditadas. 01

70 Reglamento interior de la Secretaría de Administración
Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones Reglamento interior de la Secretaría de Administración Título Primero, Artículo 4 Para el Estudio, Planeación, ejercicio de atribuciones y despacho de los asuntos de la competencia, la Secretaría se auxiliará y contará con los siguientes servidores públicos y unidades administrativas. Dirección General de Gobierno Electrónico. Dirección de Desarrollo de Sistemas. Dirección de Administración de Servicios. Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones . 02

71 Algunas Facultades de la Dirección General de Gobierno Electrónico
Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones Algunas Facultades de la Dirección General de Gobierno Electrónico Capitulo XI, Artículo 21 Fracciones: II.- Proponer al Subsecretario de Administración de Tramites, Servicios y Gobierno Electrónico los lineamientos en materia de telecomunicaciones, y su actualización, con sujeción a las políticas y normas técnicas que establezca la autoridad competente, a efecto de armonizar su desarrollo en la Secretaría y su instrumentación con las dependencias y entidades de la administración pública estatal. III.- Aplicar correctamente los lineamientos y políticas en materia de tecnologías de la información y telecomunicaciones IV.- Coordinar, promover, operar e instrumentar las acciones necesarias para el adecuado uso y aprovechamiento de TI y telecomunicaciones en la Secretaría, y en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública. 03

72 Algunas Facultades de la Dirección General de Gobierno Electrónico
Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones Algunas Facultades de la Dirección General de Gobierno Electrónico VI.- Conocer de los dictámenes que emita la Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones para la adquisición de bienes y servicios informáticos, que se lleven a cabo con recursos estatales y federales, a través de las dependencias o entidades de la administración pública estatal o de la Dirección General de Adquisiciones. VII.- Instrumentar los proyectos de tecnologías de la información y de telecomunicaciones, implementados en las dependencias y entidades de la administración pública estatal. 04

73 Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones
Algunas Facultades de la Dirección de Tecnologías de información y Telecomunicaciones Capitulo XXIX, Artículo 40 Fracciones: I.- Elaborar y proponer al Director General de Gobierno Electrónico los lineamientos en materia de TIT, a efecto de armonizar su desarrollo en la Secretaría y su instrumentación en la Administración pública del Estado. II.- Aplicar los lineamientos y políticas en materia de tecnologías de la información y telecomunicaciones. IV.- Evaluar y Dictaminar, de conformidad con la normatividad aplicable, los proyectos tecnológicos, las adquisiciones o contrataciones de bienes o servicios de Tecnologías de Información y de Telecomunicaciones que demanden las dependencias y entidades de la administración pública estatal, con independencia de la naturaleza de los recursos y el procedimiento para su adquisición. XI.- Realizar monitoreo del estado que guarden las tecnologías de información y de telecomunicaciones de las dependencias y entidades de la administración pública. 05

74 Pasos a seguir y requerimientos para la Solicitud de Dictamen Técnico
Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones Pasos a seguir y requerimientos para la Solicitud de Dictamen Técnico Entrar a la liga: Damos clic en el apartado de Documentos Estándares Formato Instructivo Marco legal 06

75 Pasos a seguir y requerimientos para la Solicitud de Dictamen Técnico
Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones Pasos a seguir y requerimientos para la Solicitud de Dictamen Técnico Estándares Equipo de cómputo. Equipo de impresión. Equipo de digitalización. Equipos de video proyección (cañones, proyectores). Equipos fotográficos (digitales). Equipos de respaldo de energía (reguladores, UPS, etc.). Infraestructura de RED. Seguridad Informática. Software de administración (office, antivirus, etc.). Desarrollo de Sistemas (aplicaciones, bases de datos, etc.). 07

76 Pasos a seguir y requerimientos para la Solicitud de Dictamen Técnico
Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones Pasos a seguir y requerimientos para la Solicitud de Dictamen Técnico Formato 08

77 Pasos a seguir y requerimientos para la Solicitud de Dictamen Técnico
Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones Pasos a seguir y requerimientos para la Solicitud de Dictamen Técnico Instructivo 09

78 Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones
Pasos a seguir y requerimientos para la Solicitud de Dictámenes Técnicos Mandar documento de manera electrónica Solicitud de Dictamen Técnico de manera oficial José Luis Cabrera González Responsable de dictámenes Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones Tel: Ext. 2032 10

79 DIRECTORIO Dirección General de Adquisiciones
Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Puebla DIRECTORIO Dirección General de Adquisiciones Mtra. Esmeralda Jezmín García Mendoza Directora de Apoyo Técnico en Adquisiciones Lic. Edith Salmorán Muñoz Jefa del Departamento de Precios y Apoyo Técnico Tel.: (222) / Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Titular: Ing. Enrique Villa Álvarez Tel.: (222) Dirección General de Gobierno Electrónico Titular: Ing. Raúl Miranda Romero Tel.: (222) Enrique Villa Álvarez


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