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Este financiamiento con garantía hipotecaria pueden recibirlo los derechohabientes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores.

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Presentación del tema: "Este financiamiento con garantía hipotecaria pueden recibirlo los derechohabientes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores."— Transcripción de la presentación:

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3 Este financiamiento con garantía hipotecaria pueden recibirlo los derechohabientes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para adquirir su vivienda nueva o usada. Éste es otorgado en cofinanciamiento entre el Fovissste y la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) o las entidades financieras autorizadas, en los términos y condiciones establecidos.

4 Se ofrece en pesos y no en salarios mínimos Se ofrece en pesos y no en salarios mínimos, No tendrá incrementos en los pagos mensuales, por lo que se mantiene el mismo pago desde su inicio hasta su liquidación; No tendrá incrementos en los pagos mensuales, por lo que se mantiene el mismo pago desde su inicio hasta su liquidación; Tiene asignación directa del crédito (es decir, sin sorteo) y Tiene asignación directa del crédito (es decir, sin sorteo) y La determinación del monto en la que se tomará en cuenta el sueldo base más la compensación garantizada del trabajador, lo que le permitirá aspirar a una mejor vivienda. La determinación del monto en la que se tomará en cuenta el sueldo base más la compensación garantizada del trabajador, lo que le permitirá aspirar a una mejor vivienda.

5 Si un trabajador tiene un salario base de 10,000 pesos y tiene otros ingresos permanentes de 10,000 pesos, tendrá la oportunidad de adquirir un crédito de ya no sólo 500,000 pesos, sino de 1 millón de pesos. Sólo se considerará como ingresos extras, por ejemplo, la compensación garantizada que puede estar recibiendo; sin embargo, debe tomar en cuenta que los bonos o comisiones no pueden ser considerados, ya que aunque dichas ganancias pueden ser frecuentes, no son permanentes.

6 El monto máximo de financiamiento se integrará con la suma de los financiamientos del Fovissste y de la SHF o las entidades financieras autorizadas por el organismo. Cabe destacar que el recurso otorgado por Fovissste será equivalente a 100% del monto de su subcuenta de vivienda del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), que al momento de ejercer el crédito tenga acumulado, y que podrá ser utilizado para pago al vendedor, gastos de escrituración y amortización del recurso restante aportado por el cofinanciador.

7 El recurso restante será aportado por la SHF o las entidades financieras respectivas, cuyo saldo se denominará en pesos. Esta modalidad del crédito FOVISSSTE permite un crecimiento considerable, ya que su promedio es de 1 millón 600 mil pesos, mientras que el promedio actual de los créditos es de 530,000 pesos.

8 La tasa de interés ordinaria establecida en los contratos de mutuo acuerdo correspondientes será la determinada en el convenio de colaboración suscrito entre el Fovissste, la SHF y las entidades financieras autorizadas por el fondo. El vocal ejecutivo del Fovissste informó que para el ejercicio 2014 la tasa de interés ordinaria está incluida en el Costo Anual Total (CAT), de 10.25%, por lo que lo consideró uno de los productos más competitivos del mercado, ello gracias a negociaciones con la SHF. En el CAT ya están incluidos el costo del seguro de vida, seguro de desempleo, seguro de daños e incluso el nuevo seguro de calidad, por lo que dicho 10.25% anual es el único desembolso adicional al crédito que pagará.

9 El pago se efectuará mediante descuentos quincenales por nómina fijos que se aplicarán al pago del crédito, de conformidad con las especificaciones que se contengan en el contrato de mutuo acuerdo que suscriba. Las aportaciones bimestrales subsecuentes a la subcuenta de vivienda del SAR serán aplicadas como amortizaciones anticipadas al saldo insoluto, reduciendo así el plazo del crédito cofinanciado por la SHF o entidades financieras; recuerde que especialistas aconsejan que si está en sus posibilidades adelantar pagos lo haga.

10 Los plazos del crédito pueden ser de cinco, 10, 15, 20 o 25 años y se determinará a su elección, siempre y cuando el análisis de su capacidad de pago, edad y monto máximo aprobado se considere viable. Ejemplo: a un trabajador que contrata a los 65 años, el FOVISSSTE, al hacer la proyección de la vida productiva, puede no otorgarle el crédito a 25 años (que es el plazo máximo), sino a 15 años. Tiene que ver la edad, el salario, entre otros factores, para poder decidir el monto de crédito y el periodo de amortización.

11 En este nuevo crédito deberá ser sujeto a aprobación y entre los requisitos destacó que es necesario que esté activo laboralmente al momento de solicitar el crédito; que haya cotizado a la institución por lo menos nueve meses y que no esté sobreendeudado. No se le puede prestar a un trabajador que está sobreendeudado, por cuidar al trabajador y a su familia, sobre todo para que no tengan diversos compromisos de crédito, de tal forma que se pueda reducir considerablemente su capacidad de pago en un crédito que eventualmente ya no pueda pagar. Para ello estarían evaluando su historial en Buró de Crédito.

12 Tener entre 18 y 60 años de edad (la edad del acreditado más el plazo del crédito no deberá exceder 65 años). Presentar comprobante de ingresos de los últimos tres meses (en original y copia para su cotejo). Aprobar el puntaje crediticio de la SHF o de las entidades financieras de fondeo autorizadas por FOVISSSTE. Para la determinación del puntaje se revisa su historial crediticio. Dicha consulta deberá permanecer en el expediente de crédito y no tener una antigüedad mayor de seis meses a la fecha de escrituración. La capacidad de crédito se basa en un porcentaje de su ingreso bruto mensual, incluyendo la Compensación Garantizada, y será determinada por la SHF o las entidades financieras autorizadas por el Fovissste. No encontrarse amortizando la acción de vivienda Respalda2 M.


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