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RECURSOS SOCIALES EN MATERIA DE SALUD MENTAL

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Presentación del tema: "RECURSOS SOCIALES EN MATERIA DE SALUD MENTAL"— Transcripción de la presentación:

1 RECURSOS SOCIALES EN MATERIA DE SALUD MENTAL
Manuel Serrano Ocaña. Trabajador Social Colg Málaga 3 de noviembre de 2009.

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3 I) INTRODUCCIÓN LA EFECTIVIDAD DE LAS INTERVENCIONES EN EL ABORDAJE DE LOS TRASTORNOS MENTALES, REQUIERE: DE LA PARTICIPACIÓN DE EQUIPOS MULTIDISCIPLINARES QUE INTERACTÚAN DESDE LOS DIFERENTES NIVELES ASISTENCIALES.

4 REFERENCIA NORMATIVA:
LEY GENERAL DE SANIDAD. II PLAN INTEGRAL DE SALUD MENTAL DE ANDALUCÍA ( ). DECRETO 77/2008, DE 4 DE MARZO, DE ORDENACIÓN ADMINISTRATIVA Y FUNCIONAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD MENTAL EN EL ÁMBITO DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD. LEY 2/88 DE SERVICIOS SOCIALES EN ANDALUCÍA LEY 39/2006, DE 14 DE DICIEMBRE, DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. NORMAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

5 II) RECURSOS SOCIALES EN MATERIA DE SALUD MENTAL

6 DISPOSITIVOS ESPECÍFICOS DE SALUD MENTAL:
INICIATIVA PÚBLICA. DISPOSITIVOS ESPECÍFICOS DE SALUD MENTAL: DISPOSITIVOS ESPECÍFICOS: 15 Áreas de salud mental. Posteriormente a la reforma del Decreto 77/2008 la red de dispositivos de salud mental se organizan en unidades de gestión clínica dependientes de las diferentes áreas hospitalarias o áreas de gestión sanitaria. CARTERA DE SERVICIOS: Atención ambulatoria y domiciliaria, programas de día y hospitalización. DISPOSITIVOS ESPECÍFICOS de La Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental (FAISEM).

7 RED DE DISPOSITIVOS EN SALUD MENTAL.
A FINALES DE 2007, ESTA RED SE COMPONE DE LOS SIGUIENTES DISPOSITIVOS: - 76 Unidades de Salud Mental Comunitaria (USMC). Las USMC son los dispositivos básicos de atención especializada a la salud mental, constituyendo su primer nivel de atención y con los que se coordinan el resto de los dispositivos asistenciales de atención a la salud mental. Prestan una atención integral a pacientes de su ámbito poblacional en régimen ambulatorio o domiciliario. - 14 Unidades de Salud Mental Infanto-Juvenil (USMI-J). Las USMI-J prestan una atención especializada, tanto en régimen ambulatorio como de hospitalización completa o parcial, a la población infantil y adolescente menor de edad, derivada desde las unidades de salud mental comunitaria de su ámbito de influencia. - 19 Unidades de Hospitalización de Salud Mental (UHSM). Las UHSM atienden las necesidades de hospitalización en salud mental de la población, prestando una atención especializada en régimen de hospitalización completa y de corta estancia. - 14 Comunidades Terapéuticas de Salud Mental (CTSM). Las CTSM son dispositivos asistenciales de salud mental dirigidos al tratamiento intensivo de pacientes con trastorno mental grave, derivados desde las unidades de salud mental comunitaria de su ámbito de influencia, que requieren una atención sanitaria especializada de salud mental, en régimen de hospitalización completa o parcial, de media estancia. - 9 Unidades de Rehabilitación de Salud Mental (URSM). Las URSM tienen por objeto la recuperación de habilidades sociales y la reinserción social y laboral en régimen ambulatorio, de pacientes con trastorno mental grave, derivados desde las unidades de salud mental comunitaria de su ámbito de influencia. - 11 Hospitales de Día de Salud Mental (HDSM). Los HDSM son dispositivos asistenciales de salud mental, configurados como recursos intermedios entre las unidades de salud mental comunitaria y las unidades de hospitalización de salud mental. Prestan una atención especializada, en régimen de hospitalización diurna, a pacientes derivados desde las unidades de salud mental comunitaria de su ámbito de influencia.

8 RECURSOS ESPECÍFICOS-FAISEM.
La Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental (FAISEM) tiene como principal objetivo desarrollar programas y actividades de apoyo social para personas con trastorno mental grave en Andalucía, en coordinación con los servicios públicos de salud mental y con las distintas redes de servicios existentes en nuestra Comunidad (servicios sociales, empleo, educación, etc). - Programa residencial(40): facilita alojamiento con distinto nivel de supervisión y apoyo: »»Casas Hogar: dispositivos para un número de usuarios y usuarias entre 10 y 20 con menor nivel de autonomía, que disponen de personal durante las 24 horas del día. »»Viviendas Supervisadas: dispositivos para un máximo de 10 personas, que disponen de un mayor nivel de autonomía y con una supervisión variable según los casos y los momentos. »»Plazas de “Respiro Familiar” y “estancias diurnas” en dispositivos residenciales. »»Subprogramas de Atención Domiciliaria, los cuales incluyen distintos tipos de intervenciones de apoyo en el domicilio habitual de la persona. - Programa ocupacional-laboral(41): promueve la inserción laboral a través del ejercicio de distintos niveles de actividad productiva: »»Talleres Ocupacionales. »»Cursos de Formación para el Empleo. »»Empresas Sociales, que facilitan oportunidades de empleo permanente y remunerado. »»Subprogramas de Apoyo al Empleo en otras empresas del mercado abierto. Como estructura de coordinación de ámbito provincial se cuenta con los Servicios Provinciales de Orientación y Apoyo al Empleo (SOAE)(42) que, a su vez, ofrecen orientación y asesoramiento personalizado sobre empleo y formación. - Programa de ocio y tiempo libre. En este programa participan de forma activa el movimiento asociativo de familiares y personas usuarias e instituciones locales, a través de los siguientes dispositivos y actividades: »»Espacios permanentes tipo Club Social. »»Actividades de ocio y disfrute del tiempo libre. - Programa de promoción y apoyo a entidades tutelares: promueve el funcionamiento de entidades tutelares para personas con enfermedad mental grave en las distintas provincias andaluzas. - Programa de apoyo al movimiento asociativo de familiares y personas usuarias: Contribuye a fortalecer estas organizaciones, promoviendo iniciativas de ayuda mutua, sensibilización, gestión de determinados programas de apoyo social y fomentando la participación de ambos colectivos en múltiples ámbitos de intervención. Destacarlas asociaciones federadas en FEAFES Andalucía y con la puesta en marcha, en el año 2007, de la Plataforma Andaluza de Asociaciones de Usuarios y Usuarias de Salud Mental. - Programa de atención a personas con trastornos mentales graves en situación de marginación y sin hogar, desarrollado en coordinación con los dispositivos de salud mental, con los servicios sociales comunitarios y con diversas entidades ciudadanas. - Programa de atención a la población penitenciaria con trastorno mental grave: a través del cual se desarrollan acuerdos de colaboración con el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla y proyectos de intervención conjunta con los servicios de salud mental, los Servicios Sociales y con FEAFES Andalucía, para personas con trastorno mental grave en establecimientos penitenciarios de Andalucía.

9 DISPOSITIVOS GENERALES:
INICIATIVA PÚBLICA. DISPOSITIVOS GENERALES: SERVICOS INCLUIDOS EN EL DEL SISTEMA DE BIENESTAR SOCIAL.

10 SISTEMA DE BIENESTAR SOCIAL
INICIATIVA PÚBLICA. SISTEMA DE BIENESTAR SOCIAL Al igual que el resto de la población, las personas con enfermedad mental tienen derecho al acceso a todos y cada uno de los servicios encuadrados dentro del sistema de bienestar social. Entre los más utilizados por parte de este colectivo destacan los siguientes: - SERVICIOS SOCIALES (COMUNITARIOS Y ESPECIALIZADOS), a través de los que se accede a las prestaciones de carácter general y a aquellas que establece la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. - Programas generales del sistema educativo que permiten compensar carencias formativas en general y particularmente en el ámbito del acceso al empleo (programas de “educación de adultos”, de garantía social). - Programas del Servicio Andaluz de Empleo, cuyo objetivo es incrementar la empleabilidad de las personas desempleadas (orientación profesional, prácticas en empresas, acompañamiento a la inserción). - Programas de apoyo al alojamiento de sectores desfavorecidos. - Atención por parte de la administración de Justicia en la doble vertiente civil y penal.

11 INCLUSIÓN SOCIAL DEL COLECTIVO
En ocasiones, las personas con enfermedad mental sufren de restricciones y dificultades para acceder a estas prestaciones, engrosando el capítulo de barreras sociales que les afectan. Por ello, desde distintas políticas generales se debe favorecer la INCLUSIÓN SOCIAL de este colectivo, de acuerdo a principios de recuperación y de ciudadanía plena.

12 SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS
Estructura básica del sistema público de servicios sociales de Andalucía, siendo su finalidad el logro de unas mejores condiciones de vida para el pleno desarrollo de los individuos y de los grupos que la integran, mediante una atención integrada y polivalente. (ley de Servicios Sociales de Andalucía). PRESTACIONES: 1) Servicio de información, valoración, orientación y asesoramiento. 2) Servicio de ayuda a domicilio. 3) Servicio de convivencia y reinserción social. 4) Servicio de cooperación social. 5) Prestaciones complementarias: Ayudas de emergencia social, ayudas económicas familiares y otras ayudas que pudieran establecerse.

13 SERVICIOS SOCIALES ESPECIALIZADOS
Aquellos que se dirigen hacia determinados sectores de la población que, por sus condiciones o circunstancias, necesitan de una atención específica. se estructuran territorialmente “ de acuerdo a las necesidades y características de cada uno de ellos”. (ley de Servicios Sociales de Andalucía). SECTORES A LOS QUE ATENDERÁN: 1) La familia, menores y juventud. 2) Personas mayores. 3) Personas con discapacidad física, intelectual o sensorial. 4) Los drogodependientes. 5) Las minorías étnicas. 6) Grupos con conductas disociales. 7) Otros colectivos sociales.

14 INICIATIVA PRIVADA CONJUNTO DE DISPOSITIVOS NO GESTIONADOS POR LA INICIATIVA PÚBLICA, NI CORCERTADOS CON ÉSTA.

15 RED DE AYUDA MUTUA. EL TERCER SECTOR
Un variado conjunto de formas en las que grupos de individuos se reúnen para cumplir funciones y objetivos diversos. Como conceptos afines, oímos hablar de asociaciones, fundaciones, organizaciones no gubernamentales, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, organizaciones privadas de desarrollo, organizaciones sin fines de lucro, organizaciones voluntarias, sector no lucrativo de acción social, sector cívico social, entre otros. También de economía social, de voluntariado, de sociedad civil y redes. RED DE AYUDA MUTUA: La ayuda mutua y en especial el apoyo entre iguales son fundamentales para el proceso de recuperación de las personas con enfermedad mental. El fomento del apoyo social, en el que están implicadas las personas cuidadoras, el voluntariado y las asociaciones de ayuda mutua, es una estrategia de promoción de salud, en la medida que contribuyen a proporcionar a las personas los medios necesarios para ejercer un mayor control sobre su vida y su salud. La red andaluza de ayuda mutua vinculada a la salud mental es amplia y diversa, con 79 asociaciones en 2007, estando muchas de ellas representadas por entidades de ámbito regional. Las personas con trastornos mentales graves y sus allegadas se encuentran representadas a nivel regional por FEAFES-Andalucía (Federación Andaluza de Asociaciones de Familiares de Personas con Enfermedad Mental)

16 III) CLARIFICACIÓN CONCEPTUAL EN LA PRESTACIÓN DE DERECHOS Y SERVICIOS SOCIALES.
CONCEPTO DE MINUSVALÍA Y RECURSOS APAREJADOS. RECURSOS QUE ESTABLECE LA LEY DE DEPENDENCIA, Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia PRESTACIONES DERIVADAS DEL INSS (REGIMEN GENERAL): PENSIONES CONTRIBUTIVAS / CLASES. PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS / CLASES

17 CONCEPTO DE MINUSVALÍA (O.M.S.)
DEFICIENCIA: “Es toda perdida o anomalía de una estructura, o función psicológica, fisiológica o anatómica.” Así, según la CIDDM y desde el punto de vista de la salud, “una deficiencia es toda perdida o anormalidad de un órgano o de la función propia de éste ( ). DISCAPACIDAD: “Es toda restricción o ausencia  (debido a una deficiencia) de la capacidad de realizar una actividad de la forma, o dentro del margen, que se considera normal para un ser humano”. Para la OMS. vendría a ser la consecuencia que la deficiencia produce en la persona. MINUSVALÍA:  “Es una situación de desventaja para un individuo determinado,  de una deficiencia o de una discapacidad, que limita o impide el desarrollo de un rol que es normal en su caso, en función de la edad, sexo y factores culturales y sociales.”

18 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA:
BENEFICIOS FISCALES, SUBVENCIONES, Y TRIBUTOS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA: 1) IBI: PAGO DEL 50% DE LA CUOTA ( SEGUNDO PLAZO). 2)IVTM: EXENCIÓN DEL 100% DE LA CUOTA DEL IMPUESTO. 3) ICIO: BENEFICIO DEL 15% DE LA CUOTA DEL IMPUESTO. 4) TASAS DE SANEAMIENTO Y ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE: BONIFICACÓN EN EL PAGO DE LAS TASAS. 5) IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS: EXENCIÓN PARA ASOCIACIONES O FUNDACIONES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA, PSÍQUICA O SENSORIAL. 6) TARJETA ESPECIAL DE EXENCIÓN DEL PAGO DEL SARE: OBLIGATORIEDAD CERTIFICADO DE MOVILIDAD REDUCIDA. 7) CUPO DE RESERVAS DE VIVIENDAS DE V.P.O.: 5%. 8) SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA ACCESIBILIDAD: DIRIGIDAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD CON MOVILIDAD REDUCIDA Y A COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DONDE ESTOS RESIDAN. 9) SUBVENCIONES PARA EL USO DEL TAXI: OBLIGATORIEDAD CERTIFICADO DE MOVILIDAD REDUCIDA. 10) BONIIFICACIONES PARA EL USO DEL AUTOBÚS URBANO DE LA EMT: A) TARJETA ORO GRATUITA: PENSIONISTA I. ABSOLUTA. INGRESOS INFERIORES 700 € BRUTOS/MES. B) TARJETA ORO BONIFICADA: PENSIONISTA I. ABSOLUTA. INGRESOS SUPERIORES 700 € BRUTOS/MES. C) TARJETA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD BONIFICADA: DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR AL 33% NO SE BENEFICIEN DE OTRA BONIFICACIÓN. INGRESOS INFERIORES 700 € BRUTOS/MES.

19 LEY DE DEPENDENCIA GRADOS DE DEPENDENCIA:
Grado I (dependencia moderada): Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias ABVD al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal. Grado II (dependencia severa): Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias ABVD dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador. Grado III (gran dependencia): Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias ABVD varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal. LA EFECTIVIDAD DEL DERECHO A LAS PRESTACIONES DE DEPENDENCIA. 2007, personas valoradas en el Grado III, niveles 2 y 1. , personas valoradas en el Grado II, nivel 2. , personas valoradas en el Grado II, nivel 1. , personas valoradas en el Grado I, nivel 2. , personas valoradas en el Grado I, nivel 1.

20 PRESTACIONES ECONÓMICAS:
LEY DE DEPENDENCIA CATÁLOGO DE SERVICIOS Los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal. Servicio de Teleasistencia. Servicio de Ayuda a Domicilio. Servicio de Centro de Día y de Noche. Servicio de Atención Residencial. PRESTACIONES ECONÓMICAS: Prestación económica vinculada al servicio. Prestación económica para cuidados en el medio familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. Prestación económica de asistencia personal.

21 PENSIONES CONTRIBUTIVAS / CLASES
Son prestaciones económicas y de duración indefinida, aunque no siempre, cuya concesión está generalmente supeditada a una previa relación jurídica con la Seguridad Social (acreditar un período mínimo de cotización en determinados casos, ...), siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos. Su cuantía se determina en función de las aportaciones efectuadas por el trabajador y el empresario, si se trata de trabajadores por cuenta ajena, durante el período considerado a efectos de la base reguladora de la pensión de que se trate. Dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, con las salvedades que, en cada caso y para cada modalidad, se indican en el respectivo régimen especial, se incluyen las pensiones siguientes: Por JUBILACIÓN: jubilación ordinaria, jubilación anticipada por tener la condición de mutualista, jubilación anticipada sin tener la condición de mutualista, jubilación anticipada por reducción de la edad mínima debido a la realización de actividades penosas, tóxicas e insalubres, jubilación anticipada de trabajadores discapacitados, jubilación parcial, jubilación flexible y jubilación especial a los 64 años. Por INCAPACIDAD PERMANENTE: total, absoluta y gran invalidez. Por FALLECIMIENTO: viudedad, orfandad y en favor de familiares. Dentro de la acción protectora del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI), se incluyen las pensiones de: Vejez. Invalidez. Viudedad.

22 INCAPACIDAD PERMANENTE
REGIMEN GENERAL (GRADOS) INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL PARA LA PROFESIÓN HABITUAL: Aquella que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma. INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PARA LA PROFESIÓN HABITUAL: La que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta. INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO: La que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. GRAN INVALIDEZ: La situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.

23 PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS / CLASES
Son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones siguientes: INVALIDEZ. JUBILACIÓN. La gestión de estas pensiones no contributivas está atribuida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en las ciudades de Ceuta y Melilla.


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