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Formato Único Gasto Federalizado

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Presentación del tema: "Formato Único Gasto Federalizado"— Transcripción de la presentación:

1 Formato Único Gasto Federalizado
Ciudad de México Noviembre de 2016

2 Normativa

3 Sustento jurídico Disposiciones que establecen que las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, envíen a la SHCP, informes sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos de los recursos federales que les sean transferidos:

4 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 85° Las entidades federativas enviarán al Ejecutivo Federal, de conformidad con los lineamientos y mediante el sistema de información establecido para tal fin por la Secretaría, informes sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos, respecto de los recursos federales que les sean transferidos. Artículo 110° La evaluación del desempeño se realizará a través de la verificación del grado de cumplimiento de objetivos y metas, con base en indicadores estratégicos y de gestión que permitan conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos federales.

5 Ley de Coordinación Fiscal
Artículo 48° Las entidades federativas entregarán al ente ejecutor local del gasto, el presupuesto que le corresponda en un máximo de cinco días hábiles, una vez recibida la ministración correspondiente de cada uno de los Fondos. Artículo 49 ° Las aportaciones federales serán administradas y ejercidas por los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que las reciban.

6 Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 69° Que los recursos federales transferidos a entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, están sujetos a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), en la Ley de Coordinación Fiscal (LCF) y en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación (LFRCF). Artículo 71° Informar de forma pormenorizada sobre avance físico de obras, diferencias entre montos transferidos y erogados y resultados de evaluaciones. Artículo 72 ° Imposibilidad de imponer reservas a la información. Obligación de reportar grado de avance en el ejercicio de recursos federales, proyectos, metas y resultados obtenidos con la aplicación de los recursos.

7 Ley General de Contabilidad Gubernamental
Articulo 79° Los entes públicos deberán publicar su programa anual de evaluaciones, así como las metodologías e indicadores de desempeño. Artículo 80 ° Se actualizarán los indicadores de los fondos de aportaciones federales y de los programas y convenios a través de los cuales se transfieran recursos federales, con base en los cuales se evaluarán los resultados que se obtengan con dichos recursos.

8 Lineamientos SFU “Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos a las entidades federativas, a los municipios y a las demarcaciones territoriales del distrito federal, y de operación para la entrega de los recursos del Ramo General 33” Establecen las disposiciones para informar a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos de los recursos federales que les sean transferidos por: Aportaciones federales Convenios Subsidios Así como informar sobre: Resultados de evaluaciones Operación para la entrega de los recursos del Ramo General 33 (por medio del la Unidad de Política y Control Presupuestario)

9 Atribuciones de Entidades Federativas y Municipios
Los municipios y dependencias de las entidades federativas deberán: Capturar en el SFU y dar seguimiento a la validación. Atender observaciones. Poner a disposición información de su ámbito de competencia. Responsabilizarse de la información de su competencia.

10 Atribuciones de los Coordinadores de Fondo
Implementar indicadores de desempeño y metas correspondientes en coordinación con las entidades federativas. Revisar la calidad de la información. Comunicar a las entidades federativas las observaciones o recomendaciones que existan. Coordinadores de Fondo Fondo Secretaría de Salud FASSA, FAM (Asistencia Social - DIF)

11 Atribuciones de la Secretaría de Hacienda
De acuerdo con el Art. 85° de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: “Las entidades federativas enviarán al Ejecutivo Federal, de conformidad con los lineamientos y mediante el sistema de información establecido para tal fin por la Secretaría, informes sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos, respecto de los recursos federales que les sean transferidos.” Por lo anterior, la SHCP tiene como atribución: Concentrar la información. Integración de los reportes trimestrales para entrega al Congreso.

12 Calendario para el registro

13 ESTATUS ACCIONES Registro Revisión de la Entidad Federativa
ACCIONES Registro El municipio o la entidad ejecutora del recurso federalizado debe ingresar al sistema y registrar en la sección avances la información del avance físico y financiero, enviando a validar dicha información. Revisión de la Entidad Federativa De acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal, la Entidad Federativa es el conducto por medio del cual se hace llegue a la SHCP la información consolidada sobre el ejercicio destino y resultados del gasto federalizado, por lo cual, en el sistema, la entidad federativa revisa la información. Atender Observaciones La Entidad Federativa debe devolver el registro al municipio o la entidad ejecutora para que realice las modificaciones solicitadas por coordinadores de fondo o la Unidad de Evaluación del Desempeño. Observaciones Atendiéndose El municipio o la entidad ejecutora debe ingresar a revisar las observaciones que emitió la Entidad Federativa y solventarlas. Observaciones Atendidas La Entidad Federativa ingresa al sistema y revisa que las observaciones emitidas fueron atendidas, para así validar la información. Validado y Valida Observaciones Únicamente los registros que cuenten con dichos estatus al día de cierre del sistema serán los que integren parte del Informe Trimestral Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública del trimestre reportado. En color Naranja son los estatus que debe solventar el Municipio o la Entidad Ejecutora. En color Azul sobn los estatus que debe atender la Entidad Federativa para dar continuidad al flujo. En color Morado es cuando termina el flujo.

14 Sistema de Formato Único (SFU)
La información consolidada respecto al ejercicio, destino y resultados de los recursos federales que les son transferidos, de conformidad con los lineamientos y mediante el sistema de información establecido para tal fin por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Más marco Normativo: Las funciones de seguimiento y evaluación de los recursos que la SHCP transfiere a los gobiernos locales se sustentan en los artículos 48 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF). El Sistema de Formato Único (SFU) también da cumplimiento a lo estipulado en los artículos 68, 71, 72 y 80 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).

15 Componentes del Sistema
Con la finalidad de que el SFU constituya una herramienta integral del Sistema de Evaluación del Desempeño (SED) para dar seguimiento al ejercicio de los recursos federales transferidos, es necesario que cuente con distintos componentes: SFU Gestión de Proyectos Avance Financiero Indicadores Evaluaciones CONCEPTO COMPONENTE Ejercicio Avance Financiero Destino Gestión de Proyectos Resultados Indicadores Evaluaciones

16 Normativa Dependencia y Entidades
Artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria Fracción III, Los ejecutores del gasto responsables de la entrega de los recursos públicos federales a las entidades federativas, municipios y demarcaciones del Distrito Federal, vigilarán que dichos recursos no permanezcan ociosos y se destinen para los fines autorizados.

17 Avance Financiero En este componente se reporta la totalidad de los recursos de gasto federalizado ejercidos por fondo, subsidio o convenio, con base en los momentos contables, y con una desagregación a nivel de Partida Genérica, de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto (COG) . SFU Gestión de Proyectos Avance Financiero Indicadores Evaluaciones

18 Programa Presupuestario
Es una categoría que permite organizar, en forma representativa y homogénea, las asignaciones de recursos de los programas federales y del gasto federalizado a cargo de los ejecutores del mismo, para el cumplimiento de sus objetivos y metas. Los Pp están identificados por una modalidad (letra) y 3 dígitos (numéricos) que identifican el programa: Definición Modalidad Dígitos Nombre Ejemplo I 006 FAM Asistencia Social

19 Nivel de Partida Genérica
Se reporta la totalidad de los recursos de gasto federalizado ejercidos por fondo, convenio o subsidio, con una desagregación a nivel de partida genérica, de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto (COG) emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable. El COG permite obtener información para el análisis y seguimiento de la gestión financiera gubernamental. Nivel de Partida Genérica Nivel de Concepto Nivel de Capítulo

20 Es posible revisar todos los registros realizados por las entidades federativas y municipios así como por Ramo o por Programa Presupuestario.

21 Para la el DIF, solo es factible emitir observaciones sobre los registros que ya cuentan con el Visto Bueno de la Entidad Federativa.

22 Observaciones atendiéndose
El municipio o la entidad ejecutora debe ingresar a revisar las observaciones que emitió la Entidad Federativa y solventarlas.

23 ¿Por qué es importante? Los recursos deben administrarse de forma eficiente, eficaz, con economía, transparencia y honradez para satisfacer sus objetivos. La base para una rendición de cuentas efectiva es contar con información útil y estratégica. La información integrada en el SFU nos permitirá analizar que los recursos que se ejercen sean orientados al logro de resultados tangibles para la población.

24 ¿Por qué es importante? La base para una rendición de cuentas efectiva es contar con información que nos pueda decir dónde estamos y cómo vamos. La rendición de cuentas consiste en informar y explicar a los ciudadanos las acciones realizadas por el gobierno de manera transparente y clara para dar a conocer sus estructuras y funcionamiento, Y, por consecuencia, poder implementar acciones sancionatorias o de mejora.

25 Plataforma de Entidades Federativas
En la sección de Entidades Federativas del Portal de Transparencia Presupuestaria, se pone a disposición de la ciudadanía un mapa interactivo que permite conocer a través de filtros intuitivos, la información sobre los proyectos que realizan las entidades federativas:  

26 Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
y los Municipios Art. 17 Las Entidades, a más tardar el 15 de enero de cada año, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación las Transferencias federales etiquetadas que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior, no hayan sido devengadas por sus Entes Públicos. …las Transferencias federales etiquetadas que se hayan comprometido y aquéllas devengadas pero que no hayan sido pagadas, deberán cubrir los pagos respectivos a más tardar durante el primer trimestre del ejercicio fiscal siguiente, o bien, de conformidad con el calendario establecido en el convenio correspondiente.

27 Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
y los Municipios Art. 4 Ley General de Contabilidad Gubernamental ¿Qué es el gasto devengado? El momento contable del gasto que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las obligaciones que derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas. (Fracción XV)

28 Contacto Normatividad, Captura, Plazos, Términos y Sistema de Evaluación del Desempeño Nayeli Aguilar Pineda Subdirectora de Estrategia de Mejora de Gasto Federalizado Unidad de Evaluación del Desempeño Correos electrónicos


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