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Sesión # 9 Sistemas de Nómina. COSTO DEL RECURSO HUMANO EN LA ORGANIZACIÓN Nómina: Relación que una empresa emite para reflejar el pago de los salarios,

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1 Sesión # 9 Sistemas de Nómina

2 COSTO DEL RECURSO HUMANO EN LA ORGANIZACIÓN Nómina: Relación que una empresa emite para reflejar el pago de los salarios, asignaciones y deducciones de sus trabajadores en los términos y oportunidad en que legalmente esta obligada (no mayor a una quincena). Tipos: Diaria ( semanal o de obreros ) Mensual ( empleados ) Confidencial o privada Nómina: Relación que una empresa emite para reflejar el pago de los salarios, asignaciones y deducciones de sus trabajadores en los términos y oportunidad en que legalmente esta obligada (no mayor a una quincena). Tipos: Diaria ( semanal o de obreros ) Mensual ( empleados ) Confidencial o privada

3 COSTO DEL RECURSO HUMANO EN LA ORGANIZACIÓN Nómina FORMA DE DETERMINAR EL SALARIO DIARIO Salario diario = Salario normal/nominal mensual 30 días CÁLCULO DEL SALARIO DIARIO

4 Costo Del Recurso Humano En La Organización Nómina FORMA DE DETERMINAR EL SALARIO DIARIO EN LA JORNADA NOCTURNA FORMA DE DETERMINAR EL SALARIO DIARIO EN LA JORNADA NOCTURNA Salario diario = Salario normal mensual de la jornada diaria + 30% 30 días CÁLCULO DEL SALARIO CUANDO SE TRABAJA EN DÍA DE DESCANSO SEMANAL OBLIGATORIO O EN DÍA FERIADO CÁLCULO DEL SALARIO CUANDO SE TRABAJA EN DÍA DE DESCANSO SEMANAL OBLIGATORIO O EN DÍA FERIADO Salario normal mensual * 1,5 = Día de descanso Sem. Oblig. o Feriado 30 días

5 Salario Normal base para el cálculo de: Descanso Semanal Remuneración días feriados Horas Extraordinarias Trabajo Nocturno Art. 144 de la LOT Salario Base Para El Cálculo De Las Asignaciones

6 Remuneración de Días Feriados y Descansos en el Año Los trescientos sesenta y cinco (365) días del año son de remuneración obligatoria a salario normal, incluyendo los feriados, de descanso obligatorio y vacaciones.Los trescientos sesenta y cinco (365) días del año son de remuneración obligatoria a salario normal, incluyendo los feriados, de descanso obligatorio y vacaciones. Días feriados a los efectos de la LOT: los domingos; 1º de Enero; Jueves y Viernes Santos; 1º de Mayo y 25 de Diciembre, más los de las Fiestas Nacionales. (Art. 212 LOT)Días feriados a los efectos de la LOT: los domingos; 1º de Enero; Jueves y Viernes Santos; 1º de Mayo y 25 de Diciembre, más los de las Fiestas Nacionales. (Art. 212 LOT) Días feriados nacionales de acuerdo a la Ley de Fiestas Nacionales (G.O. 29.541 de fecha 22-11-71) 19 de Abril; 24 de Junio; 5 de Julio; 24 de Julio y 12 de Octubre.Días feriados nacionales de acuerdo a la Ley de Fiestas Nacionales (G.O. 29.541 de fecha 22-11-71) 19 de Abril; 24 de Junio; 5 de Julio; 24 de Julio y 12 de Octubre. El trabajo en días feriados y de descanso semanal es de remuneración obligatoria (Art.153 LOT).El trabajo en días feriados y de descanso semanal es de remuneración obligatoria (Art.153 LOT).

7 H.E.DIURNAS (ART. 155 L.O.T) 50% DE RECARGO SALARIO CONVENIDO JORNADA ORDINARIA H.E. NOCTURNAS (ART. 156 L.O.T) SALARIO JORNADA NOCTURNA MÁS EL 30% DE RECARGO Pago de Horas Extras

8 Costo Del Recurso Humano En La Organización Nómina CÁLCULO DEL SOBRETIEMPO CONSTANTE PARA CALCULAR LA HORA EXTRA DE LA JORNADA DIURNA CONSTANTE PARA CALCULAR LA HORA EXTRA DE LA JORNADA DIURNA Salario diario diurno * 1,50 = Hora extra diurna Nº de horas jornada diurna convenida CONSTANTE PARA CALCULAR LA HORA EXTRA DE LA JORNADA NOCTURNA CONSTANTE PARA CALCULAR LA HORA EXTRA DE LA JORNADA NOCTURNA Salario diario diurno * 1,30 * 1,50 = Hora extra nocturna Nº de horas jornada nocturna convenida

9 Costo Del Recurso Humano En La Organización SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN Por una jornada de trabajo = 0.25 UT a 0.50 UT La ley tiene como objeto regular el beneficio de alimentación para proteger y mejorar el estado nutricional de los trabajadores, a fin de fortalecer su salud, prevenir las enfermedades ocupacionales y propender a una mayor productividad laboral. Se cumple: 1.Mediante la instalación de comedores propios de la empresa. 2.Mediante la contratación del servicio de comida elaborada por empresas especializadas en la administración y gestión de beneficios sociales. 3.Mediante la provisión o entrega al trabajador de cupones, tickets o tarjetas electrónicas de alimentación. Multa por incumplimiento = 25 UT a 50 UT VALOR UT = Bs.

10 Son todas aquellas cotizaciones o tributos a los cuales están obligados a cancelar tanto trabajadores como patrones por imposiciones legales así establecidas. Deducciones Contribuciones, Tasas e Impuestos S.S.O. Paro Forzoso INCE Política Habitacional Deducciones Legales

11 Seguro Social Obligatorio (S.S.O) Organismo autónomo creado legalmente con el fin de administrar y controlar la seguridad social en Venezuela en lo relativo a enfermedad y accidente, maternidad, invalidez, vejez, sobrevivientes, nupcias y paro forzoso. S.S.O: 4% regimen general CONSTANTE PARA CALCULAR LA COTIZACIÓN DEL SSO En el caso de trabajadores de remuneración diaria: Se toma el salario normal semanal = 465.750 * 7 días = 108.675 30 108.675 * 4% = 4.347 * 4 = 17.388 Bs. a descontar por el mes de 4 lunes

12 Seguro de Paro Forzoso Indemnización que brinda el Seguro Social y a la cual tiene derecho el trabajador en caso de despido equivalente al 60% del promedio del salario de referencia por un período de 18 semanas S.P.F: Cotización 2,5% La cotización es de 2,50%, correspondiéndole al patrono cotizar el 80% de la misma y al trabajador el 20%.

13 Ahorro Habitacional Esquema creado a través de una Ley (Política Habitacional) que prevee un recurso para la adquisición de vivienda de bajo costo mediante un préstamo con la Institución Hipotecaria en la que la empresa deposita las cotizaciones. La contribución de patronos y trabajadores equivale al 3% del salario normal de cada trabajador, de los cuales el 1% lo aporta el empleado y el 2% el patrono. Sub Sistemas de Inversiones a)Para quienes devenguen menos de cuatro salarios mínimos al mes: la cotización es del 12%, correspondiéndole al patrono cotizar el 75% y al trabajador el 25%. b) Para quienes devenguen más de cuatro salarios mínimos al mes: la cotización es del 13%, correspondiéndole al patrono cotizar el 75% y al trabajador el 25%. Esquema creado a través de una Ley (Política Habitacional) que prevee un recurso para la adquisición de vivienda de bajo costo mediante un préstamo con la Institución Hipotecaria en la que la empresa deposita las cotizaciones. La contribución de patronos y trabajadores equivale al 3% del salario normal de cada trabajador, de los cuales el 1% lo aporta el empleado y el 2% el patrono. Sub Sistemas de Inversiones a)Para quienes devenguen menos de cuatro salarios mínimos al mes: la cotización es del 12%, correspondiéndole al patrono cotizar el 75% y al trabajador el 25%. b) Para quienes devenguen más de cuatro salarios mínimos al mes: la cotización es del 13%, correspondiéndole al patrono cotizar el 75% y al trabajador el 25%. Ahorro Habitacional: Cotización 3%

14 INCE Instituto creado para la capacitación de trabajadores y al cual tanto empresa como trabajadores están obligados a cotizar para su mantenimiento. El trabajador aporta el 0,5% del total de utilidades recibidas anualmente. El patrono aporta el 2% del total de la nómina cada tres meses. Si el patrono ofrece cursos del INCE o talleres aprobados por el INCE podrá autoliquidar un 60% sobre el 2% del aporte que debe realizar. El plan anual de formación debe ser presentado ante el INCE el 21 de Julio de cada año, previo a su implantación. Instituto creado para la capacitación de trabajadores y al cual tanto empresa como trabajadores están obligados a cotizar para su mantenimiento. El trabajador aporta el 0,5% del total de utilidades recibidas anualmente. El patrono aporta el 2% del total de la nómina cada tres meses. Si el patrono ofrece cursos del INCE o talleres aprobados por el INCE podrá autoliquidar un 60% sobre el 2% del aporte que debe realizar. El plan anual de formación debe ser presentado ante el INCE el 21 de Julio de cada año, previo a su implantación. I.N.C.E: Cotización 0,5% trabajador anualmente, 2% trimestralmente

15 Impuesto Sobre La Renta Tributo que se paga al Estado por todos los enriquecimientos anuales netos y disponibles obtenidos en dinero en razón de actividades económicas realizadas en Venezuela o de bienes situados en el país. La alícuota impositiva oscila entre un 6% a un 34% dependiendo del monto del enriquecimiento neto anual del trabajador, calculadas en Unidades Tributarias a partir de 1000*. Es decir que se encuentran exentos todos aquellos trabajadores cuyos ingresos netos anuales son menores de 1000 UT al año. Cada Unidad Tributaria equivale actualmente a Bs.33.600,00 y es ajustada anualmente. Tributo que se paga al Estado por todos los enriquecimientos anuales netos y disponibles obtenidos en dinero en razón de actividades económicas realizadas en Venezuela o de bienes situados en el país. La alícuota impositiva oscila entre un 6% a un 34% dependiendo del monto del enriquecimiento neto anual del trabajador, calculadas en Unidades Tributarias a partir de 1000*. Es decir que se encuentran exentos todos aquellos trabajadores cuyos ingresos netos anuales son menores de 1000 UT al año. Cada Unidad Tributaria equivale actualmente a Bs.33.600,00 y es ajustada anualmente. Impuesto sobre la renta ( I.S.L.R ) (Tributo entre 6 y 34%)

16 Obligaciones Legales Con Incidencia En El Costo Del R.R.H.H  Vacaciones : con un (1) año de trabajo ininterrumpido, quince (15) días hábiles.  Bono Vacacional: El trabajador tendrá derecho a una bonificación vacacional la cual corresponde al pago de siete (7) días.  Utilidades: Porcentaje a distribuir el 15% de los beneficios líquidos obtenidos durante el ejercicio. Esta obligación tendrá como límite mínimo el equivalente al salario de quince (15) días y como límite máximo el equivalente al salario de cuatro (4) meses  Indemnización por antigüedad: La antigüedad es un derecho adquirido por el trabajador a partir del tercer mes ininterrumpido de servicio, el cual es otorgado en proporción directa al número de años de trabajo.  Intereses sobre prestaciones : Los intereses sobre las prestaciones sociales deben ser pagados por el patrono sobre el monto acumulado y depositado a favor del trabajador cada mes.  Vacaciones : con un (1) año de trabajo ininterrumpido, quince (15) días hábiles.  Bono Vacacional: El trabajador tendrá derecho a una bonificación vacacional la cual corresponde al pago de siete (7) días.  Utilidades: Porcentaje a distribuir el 15% de los beneficios líquidos obtenidos durante el ejercicio. Esta obligación tendrá como límite mínimo el equivalente al salario de quince (15) días y como límite máximo el equivalente al salario de cuatro (4) meses  Indemnización por antigüedad: La antigüedad es un derecho adquirido por el trabajador a partir del tercer mes ininterrumpido de servicio, el cual es otorgado en proporción directa al número de años de trabajo.  Intereses sobre prestaciones : Los intereses sobre las prestaciones sociales deben ser pagados por el patrono sobre el monto acumulado y depositado a favor del trabajador cada mes.

17 Obligaciones Legales Con Incidencia En El Costo Del R.R.H.H Obligaciones derivadas del contrato colectivo.  Caja de ahorro  H.C.M  Comedor  Uniformes  Útiles escolares  Otras Obligaciones derivadas del contrato colectivo.  Caja de ahorro  H.C.M  Comedor  Uniformes  Útiles escolares  Otras

18 Ejemplo Práctico…  Marco Méndez labora en una empresa de servicio, en el área de administración, siendo su fecha de ingreso el 25-10-1999. La empresa posee una jornada de trabajo de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 1:00 pm a 5:00 pm, teniendo los días Sábado y Domingo como día de descanso.  Durante el mes de enero del año 2006 (inicio de actividades de la empresa 2-01-2006) a parte de su jornada de trabajo normal, laboro: el 10-01 hasta las 8:00 pm, el 14-01 laboró de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. y el 30-01 laboró de 9:00 p.m. A partir del 13-02-2006 tomará sus vacaciones correspondientes al periodo 2005 -2006. El trabajador devenga un sueldo mensual de 650.000 Bs. y se pide:  a.- Salario Mensual Percibido incluyendo: Sueldo mensual; Nº y Bs. de horas extras diurnas, nocturnas, día de descanso y día de descanso trabajado, feriados, y feriado trabajado.  b.- Vacaciones: Fecha de inicio, fecha de culminación, fecha de reintegro, días de vacaciones, días adicionales, días de descanso y feriados, bono vacacional, total vacaciones.


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