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Alcance de ciertas competencias del BCU desde un enfoque práctico Dra. Lucía Díaz Saettone Dra. Alejandra Rodríguez Borges.

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Presentación del tema: "Alcance de ciertas competencias del BCU desde un enfoque práctico Dra. Lucía Díaz Saettone Dra. Alejandra Rodríguez Borges."— Transcripción de la presentación:

1 Alcance de ciertas competencias del BCU desde un enfoque práctico Dra. Lucía Díaz Saettone Dra. Alejandra Rodríguez Borges

2 Introducción Competencias del BCU: Principio de especialidad Art. 190 de la Constitución de la República: “Los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados no podrán realizar negocios extraños al giro que preceptivamente les asignen las leyes, ni disponer de sus recursos para fines ajenos a sus actividades normales.”

3 Carta orgánica del BCU: Finalidades primordiales (art. 3) Atribuciones (art. 7) Poderes jurídicos (art. 4) Otras competencias

4 Problemas prácticos vinculados al alcance de las competencias del BCU En lo que refiere al BCU como auxiliar de la justicia Legitimación pasiva del BCU en ciertas pretensiones

5 BCU como auxiliar de la justicia I.Con relación a la Ley 18.930 II.Con relación a la Ley 19.210 (pago de remuneraciones)

6 I. Con relación a la Ley 18.930 Generalidades de la ley Cometidos específicos del BCU: Art. 3° “(Cometidos del Banco Central del Uruguay).- Créase en el ámbito del Banco Central del Uruguay un registro que tendrá por finalidad la custodia y la administración de la información prevista en los artículos 1°, 2°, 6° y 7° de la presente ley.

7 Serán cometidos específicos del Banco Central del Uruguay: A) La recepción y archivo de las declaraciones juradas, asegurando su integridad y reserva. B) La emisión de los certificados que acrediten la situación registral de las entidades emisoras y sujetos obligados.

8 C) La remisión de información a los organismos que tengan acceso a la misma, dentro de los límites establecidos en la presente ley. D) La confección de estadísticas sobre el número y la naturaleza de las entidades a que refieren los artículos 1° y 2° de la presente ley.”

9 Art. 5°: registro SECRETO Habilitados para acceder a la información ( y en las condiciones establecidas): - DGI - UIAF - Secretaría Nacional Antilavado de Activos -Justicia Penal o competente cuando esté en juego una obligación alimentaria -Junta de Transparencia y Ética Pública - El titular de la información

10 Conclusiones Es un registro de TITULARES DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR, no de bienes ni acciones. Es un registro SECRETO

11 Problemas prácticos vinculados a las competencias del BCU 1)Se solicita información que no está comprendida en el registro. 2) Se solicita al BCU información contenida en el registro sin mencionar ni acreditar alguna de las causales de excepción establecidas en el art. 5°.

12 3) Se requiere al BCU la traba de embargo de acciones al portador.

13 II. Con relación a la Ley 19.210 (pago de remuneraciones) Generalidades Pago de remuneraciones (art. 10) Decreto reglamentario n° 263/2015

14 Cuestiones prácticas vinculadas al ámbito de competencia del BCU: Cuestiones prácticas vinculadas al ámbito de competencia del BCU: - Solicitudes de información referentes a remuneraciones de los trabajadores

15 Legitimación pasiva del BCU en ciertas pretensiones Central de Riesgos Crediticios Seguro Obligatorio de Automotores Bonos del Tesoro

16 Central de Riesgos Crediticios ¿Qué es? Es una base de datos en la cual las diversas instituciones del sistema financiero nacional brindan información con relación a las personas con las que han perfeccionado una relación crediticia calificándolos en función de lo que ha sido su comportamiento crediticio con relación al pago en tiempo y forma de las deudas contraídas con cada una de ellas

17 Central de Riesgos Crediticios Casos prácticos: -acciones de habeas data promovidas por quienes alegan la existencia de una información incorrecta a su respecto en la referida base de datos -acciones de daños y perjuicios promovidas en base a los perjuicios que una supuesta categorización incorrecta produjo a la persona.

18 Central de Riesgos Crediticios Competencias BCU - Marco normativo. -Ley 17.948: Artículo 3 y 4: la facultad del BCU de divulgar esta información y los medios para ejecutar esta divulgación. Artículo 5: Responsabilidad. -Carta Orgánica. Artículo 38 literal T. -Ley 18.812: Artículo 1. Remisión regulación 18.331. Artículo 5. Responsabilidad.

19 Central de Riesgos Crediticios Competencias BCU. -no es una base de datos del Banco Central del Uruguay, en el sentido que se pueda interpretar de que sea el titular de la información existente en la misma. -quienes proporcionan la información crediticia que nutre a esta base de datos son las diversas instituciones financieras Instituciones Financieras informan BCU administra CRC

20 Central de Riesgos Crediticios Competencias BCU. Artículo 5 de la ley No. 17.948 “Las personas física y jurídicas del sistema de intermediación financiera que suministren la información contenida en los registros del Banco Central del Uruguay a que hace referencia el Artículo 3º de la presente ley, serán los únicos responsables por la veracidad y actualización de la misma”. Artículo 5 de la Ley 18.812 “Las personas físicas y jurídicas del sistema de intermediación financiera que suministren la información contenida en la Central de Riesgos Crediticios a cargo del Banco Central del Uruguay serán las únicas responsables por la veracidad y actualización de la misma”.

21 Seguro Obligatorio de Automotores Ley 18.412. - Crea el seguro obligatorio que se dirige a cubrir los daños personales que pudieran sufrir las personas a consecuencia de un accidente causado por vehículos. - Mínimos de indemnización. Artículo 8.

22 Seguro Obligatorio de Automotores Casos prácticos. - Acción judicial regulada en el artículo 13, que se habilita en aquellos casos en que la empresa aseguradora se niega a pagar el mínimo de indemnización o cuando presentado el reclamo por parte de la víctima en la empresa aseguradora correspondiente, esta última no de respuesta en el plazo de 30 días.

23 Seguro Obligatorio de Automotores Competencias BCU. -Refiere a los supuestos de cobertura especial Artículo 19 (vehículos no identificados, vehículos carentes de seguro obligatorio y vehículos hurtados). -Artículo 22 participación del Banco Central en el procedimiento administrativo relativo a dichos reclamos a los efectos de la asignación de una empresa aseguradora. -Artículo 10° del Decreto n° 381/009, recepción del reclamo. -Asignación empresa aseguradora: Centro de Distribución de los Reclamos en la SSF.

24 Seguro Obligatorio de Automotores Competencias BCU. - Luego de asignar dicha empresa aseguradora la actividad del BCU finaliza - La ley no asigna competencias al BCU con relación al pago de la indemnización en el ámbito del SOA ni con la determinación de su monto. - La acción judicial del artículo 13 refiera a la empresa aseguradora.

25 Cancelación de Bonos del Tesoro Bono del Tesoro. -Título valor cuyo deudor es el Estado. -El bono representa capital y los cupones representan intereses. -Actualmente escriturales. -Antes títulos físicos siendo necesaria la presentación del documento para el cobro.

26 Cancelación de Bonos del Tesoro Casos prácticos. -Extravío de bonos físicos: Artículos 631 y 632 de la ley 15.903 -Acción de Cancelación Artículo 109 Decreto Ley 14.701. -Proceso en principio voluntario dirigido a privar de toda eficacia a los títulos cancelados, evitar que los bonos denunciados sean pagados y procurar proceder luego a su pago al verdadero titular.

27 Cancelación de Bonos del Tesoro Competencias BCU. -Es el administrador y agente pagador de los Bonos del Tesoro. -Carta Orgánica Artículo 7 literal C, el BCU “Actuará como asesor económico, banquero y representante financiero del Gobierno”. -Artículo 50 “El Banco desempeñará los cometidos de administración de los servicios de la Deuda Pública interna y externa, Letras de Tesorería y Bonos del Tesoro y préstamos internacionales”. -Artículo 632 ley 15.903 el BCU a los solos efectos procesales “será considerado como emisor de los Bonos.”

28 ¡Muchas gracias!


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