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La problemática de la violencia Red Interinstitucional Miércoles 1º de junio 2011 Lic. Barreto Florencia, Lic. Cinicola Graciela, Lic Fernández Guadalupe,

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Presentación del tema: "La problemática de la violencia Red Interinstitucional Miércoles 1º de junio 2011 Lic. Barreto Florencia, Lic. Cinicola Graciela, Lic Fernández Guadalupe,"— Transcripción de la presentación:

1 La problemática de la violencia Red Interinstitucional Miércoles 1º de junio 2011 Lic. Barreto Florencia, Lic. Cinicola Graciela, Lic Fernández Guadalupe, Lic.Perner Andrea, Lic. Raffaelli Romina RESIDENCIA DE TRABAJO SOCIAL COMUNITARIO HTAL. BELGRANO – VILLA ZAGALA – SAN MARTIN.

2 Marco conceptual… La Organización Mundial de la Salud define a la violencia como “El uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones.” la Violencia Familiar y Sexual es un complejo problema social que debemos develar, construyendo conciencia acerca de la extensión, la gravedad (…) La población con mayor riesgo de sufrir maltrato y abuso, de acuerdo a lo que demuestran ampliamente las investigaciones a nivel mundial, son las mujeres, niñas y niños.

3 Algunos datos… EL PROBLEMA EN NÚMEROS La mayoría de los estudios epidemiológicos citados muestran que: En el 75% de los casos de maltrato, la víctima es la mujer. El 25% de las mujeres sufrirá una violación. 1 de cada 6 embarazadas será agredida física o sexualmente durante la gestación.

4 Algunos datos… Con respecto al maltrato infantil, en América Latina, al menos 1 de cada 5 niñas/os es abusada/o sexualmente por un familiar de confianza antes de los 18 años. (Berlinerblau, Virginia; (1998) “Abuso Sexual Infantil”, en Violencia Familiar y Abuso Sexual. Eudeba, Bs. As.)

5 En nuestro país: Se estima que el 25% de las mujeres sufre regularmente violencia doméstica y el 50% pasará por alguna situación de violencia en algún momento de su vida. (Raúl Mejia y María Aleman; (1999) – UBA; Violencia doméstica. Rol del médico clínico.) Según estudios del Banco Interamericano de Desarrollo, en 1 de cada 5 parejas argentinas hay violencia. El informe de Naciones Unidas de 2008 nos dice que 1 mujer muere cada 3 días por violencia familiar.

6 Algunos datos… Se registra 1 caso de agresión física cada 36 horas. Ocurre 1 ataque sexual por día. Desde el 1° de enero al 15 de noviembre de 2008 han ocurrido 110 femicidios.

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8 . Definición de Violencia Familiar “toda acción, omisión, abuso que afecte la integridad física, psíquica, moral, sexual y/o libertad de una persona en el ámbito del grupo familiar” Integra la posibilidad que el victimario sea una ex-pareja o relaciones de noviazgo. Ley de Violencia Familiar de la Provincia de Buenos Aires Año 2.000.

9 Ley 12.569 Ley de Violencia Familiar de la Provincia de Buenos Aires. Denuncia La denuncia puede ser realizada por cualquier persona del grupo familiar conviviente o no, o cualquier persona que tome conocimiento de la situación. Cuando se trate de menores, discapacitados, ancianos o incapaces deberán hacer la denuncia sus representantes legales, o quienes se desempeñen en el ámbito privado o público y tomen conocimiento del hecho. Los menores de edad o incapaces también podrán hacerlo directamente ante la justicia o autoridades publicas competentes en la materia.

10 La denuncia puede hacerse ante: Comisarías. Tribunales de Familia Jueces de Menores. Comisarías de la Mujer. Juzgados de Primera Instancia Civil y Comercial. Juzgados de Paz correspondientes al domicilio de la víctima.

11 Ley 12.569 Ley de Violencia Familiar de la Provincia de Buenos Aires. Medidas Cautelares El juez deberá tomar medidas cautelares con el fin de evitar la repetición de los actos de violencia (exclusión del agresor de la vivienda, asistencia al agresor y a las victimas, adopción de medidas destinadas a asegurar la protección de las victimas, entre otras) Desde el conocimiento del hecho de violencia y la adopción de las medidas, no podrá pasar más de 48 hs.

12 Ley 12.569 Ley de Violencia Familiar de la Provincia de Buenos Aires. La justicia deberá ordenar peritajes a fin de determinar los daños físicos y psíquicos, la situación de peligro, las condiciones del medio social y ambiental de la familia. No podrá exceder las 48 hs. desde la demanda. El juez podrá pedir antecedentes judiciales o policiales e informes del lugar en que tenga actividad el agresor. La justicia citara por separado a cada parte y podrá instar al grupo familiar a asistir a programas terapéuticos.

13 Ley 12.569 Ley de Violencia Familiar de la Provincia de Buenos Aires. El poder ejecutivo instrumentara programas para la prevención, asistencia y tratamiento de la violencia familiar.

14 Ley 12.569 Ley de Violencia Familiar de la Provincia de Buenos Aires. El poder judicial deberá : Elaborar un registro de denuncias de violencia familiar. Capacitar a docentes y directivos para la detección temprana Crear equipos multidisciplinarios en los centros de salud provinciales Invitar a los municipios a crear programas sobre la temática. Destinar en las comisarías personal especializado Capacitar al personal policial Generar refugios en cada municipio para niños o adolescentes y grupos familiares. Desarrollar en cada municipio servicios de recepción telefónica de denuncias, dotados de equipos móviles para tomar contacto rápido con las victimas.

15 Resolución 304/2007 Ministerio de Salud / Pcia. Bs. As. Crea el Programa de Atención para la violencia contra las mujeres, niñas y niños en el Sistema de Salud Contiene 5 Protocolos: - Atención a mujeres víctimas - Atención de niños/as y adolescentes - Atención de la violencia sexual - Atención del Aborto no Punible - Atención de la violencia en APS


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