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“EVALUACIÓN DEL IMPACTO DEL TLCAN EN LOS DERECHOS HUMANOS”

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Presentación del tema: "“EVALUACIÓN DEL IMPACTO DEL TLCAN EN LOS DERECHOS HUMANOS”"— Transcripción de la presentación:

1 “EVALUACIÓN DEL IMPACTO DEL TLCAN EN LOS DERECHOS HUMANOS”
DRA. SOCORRO APREZA SALGADO

2 SUMARIO: 1. ASPECTOS GENERALES TLCAN. 2. RASGOS DEL ACLAN. 3
SUMARIO: 1. ASPECTOS GENERALES TLCAN. 2. RASGOS DEL ACLAN. 3. EL IMPACTO DEL TLCAN: LA VERSIÓN DE LOS SIMULADORES Y DE LOS VENCIDOS. 4. RECOMENDACIONES. 1. ASPECTOS GENERALES TLCAN. El tratado se firmó el 17 de diciembre de 1992; se aprueba por la Cámara de Senadores, el 22 de noviembre de 1993 y entró en vigor en enero de 1994. Firma del Tratado Formar una zona de libre comercio, estableciendo reglas claras y permanentes para el intercambio comercial, que permita el incremento del flujo comercial e inversión, así como nuevas oportunidades de empleo y mejores niveles de vida. Objetivo General del TLCAN

3 Promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio.
Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de bienes y servicios. Promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio. Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual. Objetivos específicos del TLCAN: Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del Tratado, para su administración conjunta y su solución de controversias, y Establecer lineamientos para la ulterior cooperación trilateral y regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado. En términos generales, los resultados de este Tratado se reflejan en nuestras cifras de exportaciones, las cuales se cuadriplicaron desde la entrada en vigor del TLCAN, hasta alcanzar 203, millones de dólares en 2008, la mayor parte de las cuales se dirige a EEUU, al ser de 162,739.2 millones de dólares1. 1. FUENTE: Secretaría de Economía, Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales, Exportaciones totales de México, enero-agosto 2008.

4 2. RASGOS DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN LABORAL DE AMÉRICA DEL NORTE (ACLAN)
A través de este Acuerdo paralelo en materia laboral firmado el 14 de septiembre de 1993, los socios buscan mejorar las condiciones laborales y los niveles de vida, comprometiéndose a promover los principios laborales para proteger, mejorar e implementar los derechos básicos de los trabajadores2. Libertad de asociación y protección del derecho a organizarse. Derecho a la negociación colectiva. Derecho a la huelga. Prohibición del trabajo forzado. Restricciones sobre el trabajo de menores. Condiciones mínimas de trabajo. Eliminación de discriminación en el empleo. Salario igual para hombres y mujeres. Prevención de lesiones y enfermedades ocupacionales Indemnización en los casos de lesiones de trabajo o enfermedades ocupacionales. 11. Protección de los trabajadores migratorios. Los principios laborales del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte: 2.“TLCAN. Una década fortaleciendo una relación dinámica”, en

5 2. RASGOS DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN LABORAL DE AMÉRICA DEL NORTE (ACLAN)
a) Mejorar las condiciones de trabajo y los niveles de vida en territorio de cada una de las partes; b) Promover al máximo los principios laborales; c) Estimular la cooperación para promover la innovación, así como los niveles de productividad y calidad crecientes; d) Alentar la publicación y el intercambio, el desarrollo y la coordinación de estadísticas, así como los estudios conjuntos para promover la comprensión mutuamente ventajosa de las leyes e instituciones que rigen en materia de trabajo en territorio de cada una de las partes; e) Proseguir actividades de cooperación relativas al trabajo en términos de beneficio mutuo; f) Promover la observancia y la aplicación efectiva de la legislación laboral de cada una de las partes; g) Promover la transparencia en la administración de la legislación laboral. Objetivos del ACLAN

6 3. EL IMPACTO DEL TLCAN: LA VERSIÓN DE LOS SIMULADORES Y DE LOS VENCIDOS.
A. DE LOS SIMULADORES. La versión presentada por la Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales: 3 En promedio, las empresas exportadoras pagan salarios 37% superiores a los de empresas no exportadoras. Este dato resulta por más alentador, sin embargo, en una nota a pie de página se apunta que este cálculo sólo incluye a las empresas exportadoras no maquila. 3 Secretaría de Economía, marzo de 2006.

7 3. EL IMPACTO DEL TLCAN: LA VERSIÓN DE LOS SIMULADORES Y DE LOS VENCIDOS.
Se ha logrado acceso a insumos a precios y calidades más competitivas; existen más opciones de consumo. Pobreza alimentaría: se refiere a las personas cuyo ingreso es menor al necesario para cubrir las necesidades de alimentación correspondientes a los requerimientos establecidos en la canasta alimentaria. Pobreza de capacidades: se refiere a las personas cuyo ingreso es menor al necesario para cubrir el padrón de consumo básico de alimentación, salud y educación. Pobreza de patrimonio: se refiere a las personas cuyo ingreso es menor al necesario para cubrir el padrón de consumo básico de alimentación, vestido y calzado, vivienda, salud, transporte público y educación

8 B. 1. Desde la perspectiva de las Organizaciones de Derechos Humanos.
3. EL IMPACTO DEL TLCAN: LA VERSIÓN DE LOS SIMULADORES Y DE LOS VENCIDOS. B. LA VERSIÓN DE LOS VENCIDOS: UN RECUENTO NEGATIVO EN LA PROTECCIÒN DE LOS DERECHOS LABORALES. B. 1. Desde la perspectiva de las Organizaciones de Derechos Humanos. Hay un recuento negativo porque: Como los salarios bajos han sido la principal ventaja comparativa para los inversionistas, así como el control sindical, esto se ha traducido en “una caída permanente de los ingresos reales y una desprotección de los derechos de asociación frente a las empresas extranjeras o nacionales”. Ha impactado de manera particularmente discriminatoria y negativa a las mujeres, “al verse obligadas a trabajar en las maquilas, en condiciones agotadoras, con horarios extensos y nocturnos, y remuneraciones ínfimas. […]. Las mujeres terminan trabajando de 18 a 20 horas diarias algunos días”. 4 México. El tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN): Efectos sobre los Derechos Humanos. Violaciones de los derechos laborales. Informe 448, abril de Federation Internacionale des Ligues des Droit del Homme, p.7. México. El tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN): Efectos sobre los Derechos Humanos. Violaciones de los derechos laborales. Informe 448, abril de Federation Internacionale des Ligues des Droit del Homme, p. 10. 5

9 Nivel de ingresos/2008/Fuente STPS-INEGI
3. EL IMPACTO DEL TLCAN: LA VERSIÓN DE LOS SIMULADORES Y DE LOS VENCIDOS. La “proporción de trabajos estables de tiempo completo se ha reducido, mientras que la mayoría de los candidatos del nuevo mercado laboral deben sobrevivir en el inseguro y mal pagado mundo de la economía informal mexicana” . El siguiente cuadro evidencia la situación precaria de la población mexicana, donde de un total de 106,797, 362 millones, sólo 28, 654, 347 millones gozan de un salario, y por tanto trabajos estables a tiempo completo. 6 Nivel de ingresos/2008/Fuente STPS-INEGI Hasta un salario mínimo Más de 1 hasta 2 salarios mínimos Más de 2 hasta 3 salarios mínimos Más de 3 hasta 5 salarios mínimos Más de 5 salarios mínimos No especificado México no ha tomado hasta ahora ninguna medida para ajustar el sistema de las maquiladoras. 6 México exporto en 2008, según datos de la Secretaría de Economía, a Estados Unidos 162, millones de dólares y a Canadá millones de dólares. A su vez importamos de EEUU 105, millones de dólares y de Canadá 6,239 millones de dólares de enero - agosto de 2008, p.12.

10 3. EL IMPACTO DEL TLCAN: LA VERSIÓN DE LOS SIMULADORES Y DE LOS VENCIDOS.
B.2. Principios del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte incumplidos por parte de los EEUU. Libertad de asociación y derecho a organizarse; b) Derecho de compensación por lesiones y enfermedades laborales; c) Condiciones mínimas de trabajo: salario mínimo. d) Discriminación en el empleo e higiene y seguridad en el trabajo (Protección de los trabajadores migratorios); e) Derecho a la negociación colectiva. Principios laborales incumplidos por parte de los EEUU (art. 11 del ACLAN): Por tanto, como señala Polaski “experiencia del TLCAN demuestra que economías en vías en desarrollo con excedente laboral como México, los pactos comerciales no sirven para producir un crecimiento neto en el empleo si no se aplican otras políticas enfocadas a este objetivo”.

11 4. RECOMENDACIONES. La agenda de reflexiones sobre el ACLAN y el Derecho laboral mexicano para los próximos años deberé centrarse en temas como: Que el Gobierno mexicano retire sus reservas interpretativas al art. 8 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDECS) y al art. 8 del Protocolo de San Salvador, referente al derecho de los trabajadores a organizar sindicatos y a afiliarse; derecho a huelga. Es necesario independizar a las Juntas de Conciliación y Arbitraje tanto locales como federales, del poder ejecutivo. El Gobierno mexicano debe iniciar de manera oportuna procedimientos en caso de vulneraciones a su legislación laboral. Las Instituciones del ACLAN deberían aumentar su cooperación con respecto a la estructura existente del sindicalismo en México.


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