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“SISTEMA PARA LA CONFORMACIÓN DE OBRAS CLOACALES” Estrategias para su desarrollo El Tipo jurídico asociativo Dr. Carlos Yacopetti CONSORCIOS DE COOPERACIÓN.

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1 “SISTEMA PARA LA CONFORMACIÓN DE OBRAS CLOACALES” Estrategias para su desarrollo El Tipo jurídico asociativo Dr. Carlos Yacopetti CONSORCIOS DE COOPERACIÓN

2 El Proyecto La elaboración, del proyecto de desarrollo de redes cloacales y su gestión, para ser económica y socialmente eficiente, requiere de mecanismos e instrumentos jurídicos participativos, que den lugar a la conformación de espacios público – privados.

3 Dificultades En la elaboración de redes regionales de esta índole, interactúan actores con objetivos, intereses, y puntos de vista muy diversos. IMPORTANTE Su funcionamiento debe incluirlos y asegurar democráticamente su participación, pero también debe ser un instrumento que haga posible eficiencia y agilidad en la adopción de soluciones y en la gestión.

4 La causa fin constitutiva de las redes El tipo jurídico debe posibilitar participación, eficiencia y que la gestión se enderece a proporcionar el acceso al servicio de cloacas todos los usuarios. Es necesario un instrumento ágil que permita sostener relaciones con empresas y con el sistema de relaciones económicas, sociales, políticas y legales en la que va a desenvolver su actividad.

5 Lograr los objetivos Superar las dificultades Para lograr estos objetivos y superar estas dificultades, es necesario generar redes LOCALES, constituidas a partir de estructuras jurídicas contractuales, que reflejen los acuerdos que adopten quienes van a recibir la información, y proyectar, diseñar y gestionar en su territorio.

6 El punto nodal de cada red. Alternativas jurídicas Conformación de personas jurídicas: Conformación de personas jurídicas: 1. Tipos Societarios. ( S.A. S.A.P.E.M, S.RL, etc) 2. Asociativos (Cooperativos, Mutuales, Asociaciones Civiles, Fundaciones) Mecanismos contractuales. Mecanismos contractuales. (U.T.E, A.T.E. Consorcios de Cooperación) (U.T.E, A.T.E. Consorcios de Cooperación) Red de hecho. (Sociedad de hecho). Red de hecho. (Sociedad de hecho).

7 El consorcio de cooperación Nos inclinamos por los mecanismos contractuales asociativos y específicamente por el Consorcio Cooperativo regulado por la ley 26.005 y contemplado para su fomento en las leyes provinciales Nº 12.119 y 1 2.228. Nos inclinamos por los mecanismos contractuales asociativos y específicamente por el Consorcio Cooperativo regulado por la ley 26.005 y contemplado para su fomento en las leyes provinciales Nº 12.119 y 1 2.228. Es el tipo congruente con una causa fin constitutiva enderezada a satisfacer necesidades. Facilita la constitución de una red integrada por los actores públicos y privados y las organizaciones locales de la sociedad civil y de la economía social. Es el tipo congruente con una causa fin constitutiva enderezada a satisfacer necesidades. Facilita la constitución de una red integrada por los actores públicos y privados y las organizaciones locales de la sociedad civil y de la economía social.

8 Algunos rasgos No genera una nueva persona jurídica. No genera una nueva persona jurídica. Es un mecanismo asociativo mediante el cual los términos del contrato, una vez registrado, es oponible a terceros. Es un mecanismo asociativo mediante el cual los términos del contrato, una vez registrado, es oponible a terceros. Permite la vinculación de personas físicas o jurídicas, publicas o privadas. Permite la vinculación de personas físicas o jurídicas, publicas o privadas. Los intervinientes designan a un representante que es un mandatario. Los intervinientes designan a un representante que es un mandatario. Cuenta con un fondo de afectación. Cuenta con un fondo de afectación.

9 Desventajas: a) No existe una jurisprudencia uniforme que permita interpretaciones inequívocas. b) En una interpretación rígida puede no ser sujeto de crédito para el sistema. c) La norma contiene imperfecciones legislativas y por ello ha recibido críticas de alguna doctrina. (Se comporta como sujeto de derecho, es sujeto de derecho para el AFIP, pero la ley excluye expresamente esta interpretación)

10 Ventajas Reduce los costos de constitución y funcionamiento Reduce los costos de constitución y funcionamiento Tiene menor rigidez operativa que los restantes tipos societarios y asociativos Tiene menor rigidez operativa que los restantes tipos societarios y asociativos Permite establecer contractualmente límites a la responsabilidad de los partícipes. Permite establecer contractualmente límites a la responsabilidad de los partícipes. No afecta la independencia en la actividad de quienes participan del consorcio. No afecta la independencia en la actividad de quienes participan del consorcio.

11 Son los intervinientes los que deciden 1. El objeto y el termino de duración del contrato. 2. La constitución de domicilio a todos los efectos del contrato oponible a terceros. 3. determinan la forma de constitución y monto del fondo común operativo, así como la participación que cada interviniente asumirá en el mismo. 4. Las obligaciones y derechos convenidos. La inversión que cada uno hace y la participación que tendrá en los resultados. 5. La proporción en que se responsabilizarán los participantes por las obligaciones que asumieren los representantes en nombre del consorcio. 6. Como se adoptan las decisiones del consorcio. 7. La determinación del o de los representantes del Consorcio. Designación, forma de elección y de sustitución, sus facultades, poderes y formas de actuación. Delimitación de su ambito de actuación el que se reservan los integrantes.,

12 Son los intervinientes los que deciden 8. Mayorías para modificar el contrato. 9. Formas y mayorías de tratamiento de separación, exclusión y admisión de nuevos participantes. 10. Sanciones por incumplimientos de los miembros y representantes. 11. Causales de revocación o conclusión del contrato y formas de liquidación del consorcio. 12 Las formas de confección y aprobación de los estados de situación patrimonial, atribución de resultados y rendición de cuentas,. 13. Obligaciones del representante. 14. Las relaciones con otras actores y organizaciones relacionadas con el proyecto, otorgando los mandatos correspondientes. 15. Decisiones que se reserva la Asamblea de los integrantes del consorcio.

13 Desarrollo Red Cloacal Persona Física o Jurídica Persona Fisca o Jurídica Desarrollo De RED CLOACAL Diferentes actores Consorcio de Cooperación Instrumento Privado (autentificación de firma) Nacen por contrato y no son persona jurídica ni Sociedades ni sujetos de derecho Instrumento Público Se deben inscribir en IGPJ


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