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Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros L Semana de Estudios de Derecho Financiero © / 2005 APERTURA DE.

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1 Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros L Semana de Estudios de Derecho Financiero © http://www.fundef.orgdiciembre / 2005 APERTURA DE LA SESIÓN: D. José María López Geta (Presidente del Patronato de la Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros) Buenos días: Bienvenidos a esta Sesión plenaria con la que la Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros cierra la serie de actos organizados con motivo de la celebración de la edición número 50 de la Semana de Estudios de Derecho Financiero. Es conocido que la razón de ser de la Semana hay que buscarla en el afán de superación profesional de determinados funcionarios que lo eran en el año 1953 del Ministerio de Hacienda; AFÁN DE SUPERACIÓN que resultaba ejemplar para el entonces Subsecretario de Hacienda D. Santiago Basanta Silva quien, en su intervención en la clausura de la I Semana de Estudios de Derecho Financiero, hacía referencia a un fenómeno que al parecer se daba en aquellos tiempos; decía D. Santiago lo siguiente:... en nuestra Patria, sí es frecuente que el funcionario ingrese por oposición, después de una dura, laboriosa y concienzuda preparación doctrinal, también es cierto que, una vez que ha ingresado y que ha pasado a prestar servicios al Estado, suele dejarse atrás un poco olvidado aquel amplio bagaje doctrinal, como el náufrago que llega a la orilla y que se apresura a desprenderse del molesto chaleco salvavidas, y al que sólo acude en muy contadas ocasiones, lo que produce, naturalmente, el resultado que, por el transcurso de los años, dicho bagaje se le ha convertido en anticuado y en buena parte inútil e inservible. Y añadía, este mal, del adocenamiento y de la vulgaridad..., este mal, de dejar correr los días sin otra preocupación que la de salir pronto de la oficina y sin otro estímulo que el del aumento de la remuneración, es un mal que, desgraciadamente, acecha en todo tiempo y en el que caen no sólo los funcionarios mediocres, sino, inclusive, algunas veces, los buenos funcionarios Fruto de ese afán de superación profesional es el importante y brillante acervo cultural que suponen los más de cuarenta tomos en los que se recogen las conferencias, ponencias, comunicaciones y coloquios que se han producido en las distintas ediciones de la Semana.

2 APERTURA DE LA SESIÓN: D. José María López Geta (Presidente del Patronato de la Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros) Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros L Semana de Estudios de Derecho Financiero © http://www.fundef.orgdiciembre / 2005 En 1953 la Junta de la Mutualidad Benéfica de Inspectores Técnicos de Timbre del Estado preparó para la reunión anual de sus mutualistas un ciclo de conferencias, además de las sesiones habituales donde se planteaban cuestiones relativas a la tarea administrativa encomendada, a plantillas y escalafones, como dijera con expresión muy gráfica D. Santiago Basanta. De ese modo, Inspectores Técnicos de Timbre del Estado como Fernando Sainz de Bujanda, Narciso Amorós, Francisco Guijarro Arrizabalaga, José Ramón Fernández Bugallal, Manuel García Margallo, Antonio Barrera de Irimo y tantos otros de igual mérito, tuvieron ocasión en la década de los años 50, no sólo hablar de su tributo, del Timbre del Estado, también de sistemas tributarios extranjeros y plantearse cuestiones como: Tributación y comercio exterior, La Función económica de la Política Fiscal La Hacienda Local y Estatal Aspectos Temporales de la Relación Tributaria Fomento de la productividad Industrial por medio de una Reforma Fiscal La Contribución sobre la renta y sus repercusiones en el proceso económico y tributario nacional Aportación Española a la Teoría Jurídica del Presupuesto La Organización de empresas Los Incentivos Tributarios a la Inversión Extranjera Realidad económica y Política Financiera El Derecho, instrumento de política tributaria y así hasta completar un largo etcétera de temas que, por la distancia que nos separa en el tiempo, deberían parecernos prehistóricos y sin embargo, son de total actualidad, como también muchas de las propuestas de sus autores.

3 APERTURA DE LA SESIÓN: D. José María López Geta (Presidente del Patronato de la Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros) Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros L Semana de Estudios de Derecho Financiero © http://www.fundef.orgdiciembre / 2005 En la historia que discurre por la colección de Tomos a que antes me refería, se pone de manifiesto una circunstancia que ha enriquecido considerablemente la vida de la Semana, como ha sido la de su apertura hacia personas pertenecientes a ámbitos profesionales distintos al propio de los funcionarios del Ministerio de Hacienda que la pusieron en marcha. La apertura hacia la diversidad de ámbitos personales ha ido acompañada de la relativa a las materias tratadas. Una vez más el Consejo de Estudios ha acertado, tanto al elegir el tema general de la Semana La Justicia en el diseño y aplicación de los Tributos, como al decidir que en esta Sesión abordemos dos cuestiones concretas de gran interés para todos aquellos que estamos implicados día a día, con ocasión del ejercicio de profesiones públicas o privadas, en la aplicación de los tributos tal como la entiende la actual Ley General Tributaria. Cuestión clave para una aplicación justa de los tributos es la relativa al modelo de Administración empleado. Como fácilmente habrán comprendido todos aquellos a los que ha llegado el Programa de esta Jornada, el Consejo de Estudios, al plantear la cuestión de El modelo de Administración y la justicia tributaria nos está induciendo a que hablemos de algo especial como es si debe revisarse la organización actual que parte de la existencia de una Agencia Estatal de Administración Tributaria, con competencias exclusivas y excluyentes en materia de determinados tributos. Hay aspectos que en sí mismos no son cuestión para el debate por cuanto carecen de incidencia en el nudo gordiano de la problemática. Así, tenemos Ayuntamientos que disponen de su propia Agencia Tributaria; existe una opinión general, el propio actual Secretario de Estado de Hacienda se ha manifestado públicamente al respecto, que considera que no existe inconveniente para que las Comunidades Autónomas dispongan de una organización administrativa particular para la aplicación de su propio sistema tributario e incluso del estatal en relación con los tributos y las competencias previstas en la vigente normativa.

4 APERTURA DE LA SESIÓN: D. José María López Geta (Presidente del Patronato de la Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros) Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros L Semana de Estudios de Derecho Financiero © http://www.fundef.orgdiciembre / 2005 La problemática más compleja, creo que no conviene eludir un enfrentamiento directo y claro con la misma, surge cuando se piensa que alguien está contemplando un escenario por el que se moverán DIECISIETE AGENCIAS, clónicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con competencias exclusivas y excluyentes entre sí y con la propia Agencia Estatal, de sobrevivir ésta última. Escenario maximalista que permite todo tipo de elucubraciones teórico-practicas. Ciertamente, la cuestión no es cómoda para el análisis por las sensibilidades que desata, pero es conveniente y necesario aventurar las consecuencias de cualquier solución a una situación como la planteada. Es imprescindible conseguir, en la medida de lo posible, garantías de que no se producirán desigualdades en el disfrute por igual de un bien como es la Justicia, con independencia el lugar de la residencia habitual o de desarrollo las actividades económicas pues ello sería no consecuente con las existencia de una Nación común. La problemática adquiere mayor dimensión si se trae a colación las numerosas dudas que en el orden jurídico surgieron ya cuando se creó la propia Agencia Estatal de Administración Tributaria, dudas, como, por ejemplo, las relativas a la procedencia en Derecho de la concesión de un tan extraordinario grado de autonomía funcional u operativa a una Organización sui generis que, según resulta de las conclusiones recogidas en el Informe que editó en 1990 la Secretaría de Estado de Hacienda, nacía por la conveniencia de la transformación administrativa impuesta por necesidades básicas tales como: - Considerar los gastos de gestión del sistema tributario como un elemento de la recaudación que debe presupuestarse en términos netos para garantizar la eficacia creciente de la Administración tributaria. - Modificar los esquemas organizativos en materia de recursos humanos para hacer frente a la huida de determinados cuerpos de funcionarios hacia el sector privado. Una descripción relevante de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dos años después de su entrada en funcionamiento, se realizó por D. Fernando Díaz Yubero, Director del Departamento de Gestión Tributaria en el curso de la 41 Semana de Estudios de Derecho Financiero quien describió las características del nuevo modelo de organización y abordó la cuestión de la relación de la Agencia con las Comunidades autónomas.

5 APERTURA DE LA SESIÓN: D. José María López Geta (Presidente del Patronato de la Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros) Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros L Semana de Estudios de Derecho Financiero © http://www.fundef.orgdiciembre / 2005 Las dudas que en el plano de la legalidad les planteó a algunos la creación y competencias atribuidas al nuevo Ente nunca se llegaron a abordar decididamente. Las que se suscitaron ante los Tribunales de Justicia, escasas por exigencias de las normas procesales de legitimación activa, se referían a cuestiones muy particulares, concretas y tangenciales. Así que en la mayor parte de esas dudas se optó por el pragmatismo de mirar hacia otro lado. El Partido político mayoritario que en el período de 1996 a 2004 apoyó al Gobierno, mientras estuvo en la oposición, planteó en alguna de sus campañas electorales y por boca de su candidato a la Presidencia la posibilidad de suprimir o modificar en profundidad la Agencia tal como hoy la conocemos. Luego, todo acabó manteniéndose igual, al parecer por las dificultades materiales de desandar el camino andado y, sobre todo, por concretar los aspectos en los que el nuevo Ente, en sus funciones y competencias, no se acomodaba al ordenamiento jurídico vigente, qué puntos concretos tenían un soporte de legalidad más dudoso. En la actualidad, la creación de Agencias para la prestación de diversidad de servicios administrativos se ha generalizado y las mismas han adquirido plena carta de naturaleza. No obstante, el caso de la Agencia Estatal de Administración Tributaria es, y será siempre, singular por comportar el desarrollo de su actividad el ejercicio de facultades exorbitantes propias del imperiun del Estado con trascendencia capital en aspectos muy concreto de los derechos patrimoniales. De siempre, la exacción de los tributos debe producirse cuidadosamente y por representantes directos e inmediatos del Poder del Estado, por afectar a la hacienda de los súbditos. La Ley General Tributaria de 28 de diciembre de 1963, fue derogada sin que llegáramos a conocer el Reglamento de gestión a que aludía su artículo 9. En los últimos años de aplicación de dicha Ley, la dimensión adquirida por lo que se ha venido entendiendo como gestión tributaria en sentido estricto exigía que sin demora se abordara la elaboración de un Reglamento General que, ahora, bajo la vigencia de la Ley 58/2003, se va a convertir en una realidad como también la actualización de las vigentes normas del Reglamento General de la Inspección de los Tributos que aprobara el Real Decreto 939/1986, 25 de abril, herramienta de gran utilidad durante muchos años y en cuya elaboración desempeñó un importante papel alguno de los aquí presentes.

6 APERTURA DE LA SESIÓN: D. José María López Geta (Presidente del Patronato de la Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros) Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros L Semana de Estudios de Derecho Financiero © http://www.fundef.orgdiciembre / 2005 El preámbulo de dicho Real Decreto 939/1986, contiene un párrafo, el primero, que no me resisto a leer aquí pues de él parece extraído el lema de esta Semana: [ La Constitución Española dispone en el apartado primero de su artículo 31 que todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica, mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad, que, en ningún caso tendrá alcance confiscatorio. La realización efectiva de este valor constitucional exige la eficacia en la actuación de unos Órganos fundamentales en la gestión tributaria como son los que constituyen la Inspección de los Tributos. De este modo, la inspección tributaria tiene como razón de ser y objetivo primordial preservar la virtualidad de un mandato constitucional, encauzar la gestión de los tributos de manera que la justicia constitucional que inspira a las Leyes tributarias no resulte menoscabada en el plano de la realidad social como consecuencia de una deficiente aplicación de las normas jurídicas.] La Semana de Estudios de Derecho Financiero se ha celebrado en Barcelona y en Madrid. En Madrid, la Semana ha tenido como anfitriones al Consejo Superior de Investigaciones Científicas, al Colegio de Abogados, a la Cámara de Comercio, al Instituto de Estudios Fiscales, y en ésta edición 50, por primera vez, al BBVA. En ésta sede del BBVA, por los años noventa, la Fundación realizaba sus Jornadas sobre las Novedades Tributarias de las Leyes de Presupuestos y de Medidas. Hace justamente diez años, en 1995, celebramos en este mismo lugar una de esas Jornadas y en ella intervino un moderador activo y altamente provocador: JUAN PEDRO GIL VERA, con cuyo imprescindible apoyo hemos contado para poder estar aquí hoy.

7 APERTURA DE LA SESIÓN: D. José María López Geta (Presidente del Patronato de la Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros) Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros L Semana de Estudios de Derecho Financiero © http://www.fundef.orgdiciembre / 2005 Dichos dos primeros Encuentros Tributarios se celebraron en ésta sala por la mediación y apoyo también de Juan Pedro al que doy las gracias una vez más por todo lo que ha hecho por nosotros y al que ruego traslade a los responsables del BBVA el más sincero agradecimiento que hago extensivo a todos los que nos acompañáis hoy en este acto, en particular a conferenciantes y ponentes. Y ya, como se que estarán impacientes por conocer el contenido de la intervención de D, José Manuel Bunes, Director general de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda, cedo muy gustosamente al mismo el uso de la palabra no sin antes agradecerle particularmente, en nombre del Patronato y en el mío propio, su presencia en este acto.


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