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LEY DE AMPARO Y LAS TIC. ALCANCES INFORMÁTICOS DE LA LEY DE AMPARO. Desde el punto de vista informático, la ley de amparo establece que debe implementarse.

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1 LEY DE AMPARO Y LAS TIC

2 ALCANCES INFORMÁTICOS DE LA LEY DE AMPARO. Desde el punto de vista informático, la ley de amparo establece que debe implementarse una plataforma informática que permita, en términos generales, lo siguiente: Presentación de demandas haciendo uso de medios electrónicos. Turno de demandas en las oficinas de correspondencia común. Presentación de promociones haciendo uso de medios electrónicos.

3 ALCANCES INFORMÁTICOS DE LA LEY DE AMPARO. Notificación a las partes a través de medios electrónicos. Acceso al expediente electrónico. Aseguramiento de la comunicación entre las partes y autoridades haciendo uso de la firma electrónica. Implementación de la firma electrónica entre los órganos jurisdiccionales, las partes, autoridades y terceros.

4 ALCANCES INFORMÁTICOS DE LA LEY DE AMPARO. Adicionalmente, es necesario considerar: Interacción con el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes 2.0. Disponibilidad del servicio los 365 días del año, las 24 horas, sin perjuicio de las disposiciones legales de cada expediente.

5 PRESENTACIÓN DE DEMANDAS HACIENDO USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. Los quejosos o litigantes podrán presentar sus demandas a través de medios electrónicos en un único portal de internet, en el cual se permitirá el registro y envío de sus demandas de forma electrónica.

6 PRESENTACIÓN DE DEMANDAS HACIENDO USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. Este portal también posibilitará la presentación de demandas urgentes, en la que no se requiere del registro ante la entidad emisora de certificados y es aplicable para los casos que establece el artículo 15, capítulo 2 de la ley de amparo vigente.

7 PRESENTACIÓN DE DEMANDAS HACIENDO USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. El portal de internet presentará un formulario en el que se requerirá la información mínima necesaria para que, una vez recibida la demanda a través de este portal, pueda ser turnada a un órgano de competencia. Las demandas presentadas de forma electrónica, serán firmadas electrónicamente al momento de remitirlas a través del portal.

8 TURNO DE DEMANDAS EN LAS OFICINAS DE CORRESPONDENCIA COMÚN. Con este sistema, se sustituirá el que actualmente se utiliza en las oficinas de correspondencia común (SICCOM).

9 TURNO DE DEMANDAS EN LAS OFICINAS DE CORRESPONDENCIA COMÚN. Se turnarán las demandas recibidas de forma electrónica y también se podrán registrar aquellas que se reciban de forma impresa. Tanto para las demandas electrónicas como para las impresas se aplicarán los mismos criterios de turno de forma aleatoria.

10 PRESENTACIÓN DE PROMOCIONES HACIENDO USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. Cualquiera de las partes, autoridades o incluso terceros podrán presentar promociones de forma electrónica a través de este portal. Aquellas personas que deseen presentar sus promociones a través de medios electrónicos deberán contar con su firma electrónica emitida por el Consejo de la Judicatura Federal y haber creado previamente una cuenta dentro del portal.

11 NOTIFICACIÓN A LAS PARTES A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. Para las demandas que fueron presentadas electrónicamente, las partes y las autoridades podrán ser notificadas a través del portal. Cuando en un órgano jurisdiccional se emita una determinación judicial y la registre en SISE, ésta será notificada a las autoridades o partes correspondientes a través del portal.

12 NOTIFICACIÓN A LAS PARTES A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. Cada parte o autoridad podrá ingresar al portal de internet para consultar las notificaciones que se le hayan enviado de forma electrónica. El acceso al portal siempre será de forma personal, confidencial y segura. La información que se transmita a través de internet será encriptada y sólo la parte o autoridad a la que le corresponda conocer de una determinación judicial, será notificada.

13 ACCESO AL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO. Las autoridades, partes y terceros de un expediente tendrán acceso al expediente electrónico. El expediente electrónico se presentará de forma cronológica y reflejará el flujo de trabajo de la actuación del órgano jurisdiccional, facilitando así la ubicación de las promociones presentadas.

14 ACCESO AL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO.

15 Se fortalecerá el expediente electrónico, almacenando los documentos en un nuevo repositorio que se integrará de forma transparente con el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes 2.0 Ofrecerá un nuevo y más rápido servicio de búsqueda gracias a la indexación del contenido de los documentos.

16 ASEGURAMIENTO DE LAS COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Y AUTORIDADES HACIENDO USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA. La firma electrónica juega un papel muy importante en este sistema informático, con ella se logrará que la comunicación entre las autoridades, las partes y el portal tengan las siguientes características: Seguridad y confidencialidad. Esto significa que nadie que no sea la parte o la autoridad a quien va dirigida la información, la pueda consultar.

17 ASEGURAMIENTO DE LAS COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Y AUTORIDADES HACIENDO USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA. Garantía de identidad. Con la firma electrónica, no es posible que una persona se haga pasar por otra, para realizar las operaciones electrónicas en el portal, tales como la presentación de demandas, recibir notificaciones y presentar promociones, sin el consentimiento del titular de la firma. No repudiación. Significa que ninguna de las partes o autoridades podrán desconocer que fueron notificadas de forma electrónica, ya que la aplicación informática contará con una bitácora de eventos que registrará toda actividad que realicen las personas que accedan al portal.

18 La infraestructura de firma electrónica del Consejo de la Judicatura Federal cuenta con las siguientes características: Capacidad para generar hasta 30,000,000 de certificados digitales. Implementa módulos de hardware de seguridad para el resguardo seguro de la información y aceleración de operaciones criptográficas. Infraestructura de balanceo de carga para alta disponibilidad de los servicios que ofrece. IMPLEMENTACIÓN DE LA FIRMA ELECTRÓNICA.

19 Cumple con los estándares tecnológicos más robustos. Procesamiento de solicitudes de certificados digitales PKCS10. Generación de certificados digitales x509v3. Procesamiento de llaves públicas y privadas RSA de hasta 2048 bits. Soporte a algoritmos de digestión MD5, SHA-1, SHA-2. Procesamiento de consultas de estado de revocación de certificados digitales (OCSP – RFC 2560). Obtención de estampillas de tiempo (TSP – 3161).

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