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Observaciones al Proyecto de Modificación de la Ley de Control de Armas.

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Presentación del tema: "Observaciones al Proyecto de Modificación de la Ley de Control de Armas."— Transcripción de la presentación:

1 Observaciones al Proyecto de Modificación de la Ley de Control de Armas

2 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública El mensaje de la Presidenta se inserta dentro de la llamada Estrategia Nacional de Seguridad Pública y que busca combatir y disminuir la delincuencia. De hecho la Presidenta lo señala en el tercer párrafo de su mensaje:Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta, precisamente, en esa estrategia. En el párrafo 6, refiriéndose a las armas en manos de los delincuentes, señala: Esas armas no aparecen de la nada. Lamentablemente muchos ciudadanos honestos, intentando procurarse medios para aumentar su seguridad personal, han colaborado, sin quererlo, en aumentar el armamento que se encuentra en manos de delincuentes y narcotraficantes.

3 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública Las cifras entregadas, tanto por el INE como por la DGMN (Dirección General de Movilización Nacional), señalan que: En el año 2006 en la Región Metropolitana, hubo 504 heridos por armas de fuego de un universo de 450 mil armas lo que significa un 0,11%, es decir 1 de cada 1.000 o 0,01 armas de cada 10. Entre los años 1990 y 2007, incluidos ambos, se destruyeron en Chile 34.930 armas provenientes de tribunales, es decir en los últimos 18 años se han destruido por situaciones judiciales, que no necesariamente son delictuales, el 6,6% de las armas en manos particulares. Es decir 0,6 armas de cada 10. 8 de cada 10 armas hieren a un inocente o terminan en manos de un delincuente Debiera decir: 0,61 de cada 10 armas hieren a una persona o terminan en manos de un delincuente

4 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública También señala en su párrafo 7 que se ha podido apreciar un fuerte incremento en la capacidad de fuego de estos grupos, quienes cuentan en su poder con un número importante de municiones, tanto hechizas como provenientes del mercado ilícito. Resulta, entonces, imperioso e imprescindible establecer mejores medidas de control. Y no podemos estar más de acuerdo con esto, pero creemos que se debe apuntar a la raíz del problema. El comercio ilegal y el tráfico de municiones. Los legítimos tenedores de armas: Tenemos nuestras armas inscritas. Compramos munición en armerías o clubes autorizados. Trasportamos nuestras armas con los correspondientes permisos de transporte. Practicamos en polígonos autorizados. No portamos armas en la vía pública. Somos fiscalizados por Carabineros en nuestras casas. Cumplimos con la Ley y creemos en ella. Aunque la creemos perfectible.

5 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO 1.- Nuevas normas en materia de control En primer lugar, se incorpora a las máquinas recargadoras de cartuchos de caza y proyectil único como elemento sometido a control, disponiendo legalmente su registro. Además, se faculta expresamente a Carabineros para fiscalizar las armas de fuego, sus municiones y las máquinas recargadoras de cartuchos de caza y proyectil único.

6 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO Estas nuevas normas en materia de control, no contribuyen a combatir la delincuencia. Las máquinas recargadoras que hoy son ilegales, lo seguirán siendo mañana y los componentes comprados ilegalmente, se seguirán comercializando mañana. Las máquinas recargadoras están sometidas a control. Una máquina recargadora de munición….........................$ 34.220.- Para utilizar estas maquinas se debe contar con los elementos necesarios, pólvora, vainillas, fulminantes, puntas. Componentes de munición permitidos cada, 1 Kg. de pólvora, 500 vainillas, 500 fulminantes y 500 puntas de bala, para particulares, con máquina recargadora inscrita (No excediendo las 3.000 uu. anuales por calibre)…………………………………………………………………………………$ 4.070.- Actualmente las máquinas recargadoras son regidas por el Reglamento de la Ley y por el Decreto N° 9000/337 del 27/12/2004 de la DGMN.

7 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO 2.- Base de Datos Registro Balístico Se establece, enseguida, la obligación de registrar en una base de datos, que deberá llevar el Banco de Pruebas de Chile, todas las armas de fuego. Dicha base de datos consignará las marcas y señales exclusivas que deje en el proyectil y vainillas al ser percutida, y será de libre acceso para el Ministerio Público y las policías. Se sugiere crear un sistema informático para guardar la información sobre las balas disparadas de las armas de fuego, bajo la premisa fallida que los delincuentes están registrando sus armas y que la huella que queda sobre bala no cambia durante el tiempo. Estados como Maryland y New York, en EE.UU, y Canadá han intentado usar el sistema.

8 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO Los resultados son los siguientes: New York ha gastado 14.000.000 dólares para implementar y alimentar el sistema con los datos de las armas. New York ha gastado 4.000.000 dólares anualmente en la mantención de este sistema. Maryland ha gastado 2.600.000 dólares anualmente en la mantención. Canadá ha gastado sobre 2 billones de dólares intentando armar su sistema de registro. En cuatro años que han usado el sistema, no se ha resuelto ni un solo caso de crimen ni en New York ni en Maryland, gracias a este sistema. La policía de Maryland, esta solicitando que se dé la baja a este sistema, ya que les requiere demasiados recursos financieros y humanos.

9 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO ¿Por que los resultados fueron tan malos? Los delincuentes no utilizan armas registradas. Las huellas balísticas no son fijas, con el tiempo y el uso del arma las partes que dejan huellas en el proyectil o en la vainilla cambian, como por ejemplo: aguja percutora, uña extractora, recámara, estriado y boca del cañón. No existen huellas balísticas para escopetas, sin poder dejar de señalar que las escopetas hechizas son el arma preferida de los delincuentes. Las marcas sobre la bala, dependen de la marca de la munición. Por ejemplo Magtech, Winchester, Remington, pueden tener distintas marcas aun siendo disparadas por la misma arma. Los delincuentes pueden cambiar el cañón de su arma o modificar las marcas que este deja en el proyectil y la vainilla. Los delincuentes pueden rayar el cañón u otra parte del arma que deja la huella. No existe un sistema informático suficientemente preciso para hacer las comparaciones correctas.

10 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO Este será un sistema muy caro de implementar, tremendamente engorroso e inútil, ya que esta comprobado que no es efectivo y que las huellas de un arma varían con el tiempo o con la intervención de terceros. De implementarse, ¿se nos pedirá que llevemos las 750 mil armas, que actualmente existen, al banco de pruebas para que les tomen el registro balístico? No se combate la delincuencia con una base de datos, que esta demostrado no funciona y que se basa en un axioma que es falso. Solo se invierte tiempo y dinero que podría reforzar las dotaciones y recursos de las policías.

11 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO 3.- Nuevas obligaciones para el poseedor o tenedor de armas de fuego. A continuación, se establece la obligación de los poseedores o tenedores de armas de fuego de acreditar anualmente ante la autoridad fiscalizadora, que el arma inscrita se encuentra en su poder. Sin perjuicio de ello, se fija un plazo de diez días para que el poseedor de un arma inscrita comunique su cambio de domicilio. El incumplimiento de esta obligación producirá la cancelación de su inscripción y la incautación del arma respectiva. Nos surgen algunas preguntas: ¿Se pretende anualmente fiscalizar las 750 mil armas existentes? ¿Deberemos llevar las 750 mil armas a las autoridades fiscalizadoras del país? Por lo tanto sacar ¿410 mil guías de libre transito para las armas de defensa existentes? ¿Carabineros, como hace hoy en día, estará a cargo de efectuar la fiscalización en los domicilios de cada tenedor de armas?

12 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO Si la respuesta a la última pregunta es afirmativa, y tomando en cuenta, en situaciones ideales: Que se necesita 1,5 minutos para fiscalizar un arma. Que estamos anulando los tiempos de transporte y la posibilidad de no encontrar a nadie. Se puede concluir que se necesitarán 24.944 horas hombre para efectuar esta revisión, 3.118 jornadas laborales de 8 horas, 623 semanas, 148 meses, 12,4 años. No se combate la delincuencia controlando a quienes no somos delincuentes. No se combate a la delincuencia basándose en la premisa falsa de que 8 de cada 10 armas hieren a un inocente o caen en manos de los delincuentes. Esto significaría que en Chile hay 600 mil armas en manos de delincuentes o que han herido a un inocente.

13 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO 4.- Reducción del período de autorización de porte de armas de fuego para deportistas. Por otra parte, se reduce de dos años a un año el período de autorización de porte de armas para las personas inscritas como deportistas, autorización que sólo podrá ser otorgada por la Dirección General de Movilización Nacional. Debemos señalar que esto manifiesta un desconocimiento de la legislación vigente. En Chile los deportistas no están autorizados a portar armas, lo que tenemos es Permiso de Transporte. Este permiso hoy tiene una vigencia de dos años y un valor de $17.970.-, en caso de reducirse el plazo a un año, ¿se reducirá a la mitad el valor del permiso?

14 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO ARMAS QUE PUEDEN TENER PERMISO DE TRANSPORTE Armas de Caza 264.365 Armas de Deporte 46.268 Total 310.633 ESTIMACIÓN DE INGRESOS POR PERMISOS DE TRANSPORTE CADA DOS AÑOS Permiso para el 40%124.253 Valor permiso por dos años$ 17.970 Total recaudación Permisos Transporte$ 2.232.830.004

15 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública Si se reduce el período de renovación de los permisos de transporte de dos a un año, pero no se reduce el valor del permiso a la mitad. Los tenedores de armas estaremos pagando el doble de impuestos por este permiso: $ 4.465.660.008 cada dos años CONTENIDO DEL PROYECTO ¿De que manera se combate la delincuencia, reduciendo los permisos de transporte a los tenedores de armas y deportistas?

16 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO 5.- Autorización de la Dirección General de Movilización Nacional. Del mismo modo, se consagra legalmente la obligación de solicitar autorización previa a la DGMN para la venta, cesión o transferencia de un arma de fuego. Siempre ha sido necesario hacer este trámite ante la autoridad fiscalizadora. Y esto esta regulado por la ley y el reglamento. ¿De que manera se combate la delincuencia, controlando la venta, cesión o transferencia de armas de fuego entre personas que cumplen los requisitos que la ley?. Aquí lo hay que controlar es el comercio ilegal. Aquel del que la autoridad fiscalizadora ni siquiera se entera.

17 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO 6.- Modificaciones de requisitos para inscribir armas de fuego. El proyecto elimina la posibilidad de autorizar, en casos calificados, a personas condenadas por delitos que no merezcan pena aflictiva, para inscribir un arma. ¿Esto significa que si soy condenado por giro doloso de cheques, o por falsificación de documento, estaré impedido de tener armas? ¿Si mañana atropello a un peatón ebrio en la calle y soy condenado, estaré impedido de tener armas?

18 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO 7.- Regulación de municiones y máquinas recargadoras de cartuchos. Asimismo, se trasladan a la ley las normas básicas sobre adquisición y posesión de municiones, regulándose en forma más estricta la adquisición de municiones en clubes de tiro. Se regula legalmente, además, las máquinas recargadoras de cartuchos y proyectil único, permitiendo su posesión sólo a personas jurídicas - específicamente clubes de tiro-, prohibiéndose la comercialización de cartuchos y proyectiles recargados.

19 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO Hoy un deportista que practique habitualmente, por ejemplo Tiro Práctico, consume por cada competencia un promedio de 150 tiros. Se efectúan competencias 3 fines de semana por mes. Además consume 200 tiros más en entrenamientos suaves, una vez por semana. En un año habrá consumido 17.600 tiros. La ley solo lo faculta a comprar en armerías 3.000 tiros por cada calibre. Por eso adquiere munición en su club. Pero las competencias no son en su club, ¿Cómo debe este deportista, transportar sus municiones para las competencias?, teniendo en cuenta que se le esta prohibiendo sacarlas de su club de tiro. Con medidas como se esta matando el deporte, se esta extinguiendo un deporte que recién se inicio en los años 70 y hoy más de 80 países los están practicando.

20 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO 8.- Reducción de número de armas inscritas a nombre de una persona. Por otra parte, se reduce de dos a una el número de armas que puede inscribir a su nombre una persona. No obstante, las autorizaciones fundadas que se otorguen, ninguna persona, podrá tener inscrita a su nombre más de tres armas de fuego, estableciéndose una excepción respecto de los deportistas.

21 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO Actualmente se pueden inscribir 2 armas como defensa. Y aquí nos permitiremos detenernos un poco, ya que hay muchos aspectos sobre las armas de defensa que se deben precisar. Las armas de defensa no pueden ser sacadas del domicilio donde están registradas, es decir no se pueden llevar a un polígono para poder practicar con ellas. Se le niega la Guía de Libre Tránsito a las armas de defensa cuando se solicitan para llevar el arma a un polígono a practicar su manejo. El poseedor de armas de defensa solo puede comprar 100 municiones al año para su arma o armas de defensa. En la práctica no se puede practicar con ella, solo la compra y la guarda. Lo que la hace altamente ineficiente a la hora de ser necesaria.

22 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO Hoy en Chile se discrimina a los ciudadanos por su poder adquisitivo: Por una lado tenemos a aquellos que tienen el dinero para formar parte de un club. De esta manera pueden obtener permiso de transporte, con él pueden llevar sus armas al polígono y practicar con ellas. Por otra parte tenemos al vecino que cansado de los asaltos en el barrio y en su propia casa, con mucho esfuerzo y seguramente a crédito, adquirió un arma. Seguramente no la que quería, sino la que podía pagar.

23 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO Hoy a este ciudadano la Ley le dice: Señor, no se preocupe, yo lo dejo comprar un arma de fuego. Pero no le permito que la lleve a un polígono para practicar ni que compre más de 100 municiones al año. Es lo mismo que decir: Compre un auto, pero no le permitiré sacarlo de su casa y sólo podrá comprar 50 litros de combustible al año La gran diferencia es que durante el día de ayer, lunes 5 de mayo, murieron en Chile 7 personas en accidentes de tránsito. En los 126 días del año han muerto 655 personas en accidentes de tránsito. ¿Deberemos prohibir los autos?

24 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO Si se aprueban las modificaciones propuestas, sólo se podrá tener un arma de defensa. Con esto, cada persona que quiera tener un arma de defensa, deberá optar entre defenderse en su casa o en su negocio. Finalmente esto se transformará en un incentivo perverso al porte ilegal de armas, al obligarlo a transportar todos los días el arma entre su hogar y su medio de subsistencia. ¿Cuántos dueños de Pymes y mini Pymes hoy tienen armas de defensa en su negocio y en su casa? ¿Deberán ellos escoger si defienden su hogar o su fuente de ingresos?

25 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO 9.- Aumento de la Penalidades. Estamos de acuerdo con aumentar las penas a quienes comercialicen armas o municiones ilegalmente. Se debe perseguir y sancionar el comercio ilegal, pero para ello se debe identificar a quienes lo ejercen y no acosar a quienes respetamos la ley. Se señala que se sancionara a quien adquiriere o tuviere en su poder un número de cartuchos o municiones superior al permitido. ¿Y debemos preguntar cual es el máximo permitido?. ¿Qué pasa si de los tres mil tiros comprados en un año, tengo un excedente de 500, y al año siguiente compro otros 3.000?, en algún momento tendré 3.500. ¿Eso me transforma en infractor de la Ley? ¿Deberé ser condenado a penas entre 61 días y 5 años?. Si mañana compro munición en mi club de tiro, para ir a competir al Club 139 de Villa Alemana, al ser controlado por carabineros, ¿arriesgo penas entre 61 días y 5 años?

26 Este proyecto de ley que se somete a vuestra consideración se inserta en la Estrategia de Seguridad Pública CONTENIDO DEL PROYECTO 10.- Acceso a las bases de datos por las policías. En materia de procedimientos, se autoriza a que las policías, hasta los oficiales jefe en el caso de Carabineros de Chile y de Prefectos, en el caso de la Policía de Investigaciones, tengan acceso directo e integral a las bases de dato de la DGMN. Estamos de acuerdo que esta es la única manera de efectuar una fiscalización efectiva, pero se deben dar garantías de la confidencialidad de la información y de la trazabilidad de la misma. De manera de que al haber una fuga de información, se pueda precisar con exactitud donde se produjo. Esta base de datos es un bien muy preciado y seguramente altamente cotizado en los círculos delictuales. Se deben dar garantías de resguardo.

27 Las armas en manos de los ciudadanos honestos, no son el problema. El problema son las armas en manos de los delincuentes


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