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EL PROCEDIMIENTO INSPECTIVO LABORAL

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Presentación del tema: "EL PROCEDIMIENTO INSPECTIVO LABORAL"— Transcripción de la presentación:

1 EL PROCEDIMIENTO INSPECTIVO LABORAL
Dra. Yilda Haylin Tello Pinto Intendente Nacional de Prevención y Asesoría

2 Ámbito de actuación de la Inspección del Trabajo
Personas naturales o jurídicas. Públicas o privadas. Empresas pertenecientes al ámbito de la actividad empresarial del Estado. Siempre que estén sujetas al Régimen Laboral de la Actividad Privada. La inspección del trabajo no es competente para inspeccionar el cumplimiento de derechos y obligaciones del: Régimen Laboral del Sector Público. Contrato Administrativo de Servicios – CAS (excepto de obreros municipales)

3 Personal inspectivo Comprende a Inspectores auxiliares, inspectores de trabajo y supervisores inspectores. Son autoridades públicas, cuyos actos merecen fe, seleccionados por concurso público por razones de aptitud. Sus facultades son: Entrar libremente de día o de noche a cualquier centro de trabajo Practicar cualquier investigación, diligencia a fin de ver la materia inspeccionada. Requerir la presencia del inspeccionado en su centro de trabajo o en las oficinas públicas. Examinar cualquier documentación, programas informáticos y documentos de seguridad social, planillas declaración de impuesto a la renta y cualquier tipo de documento relativo al cumplimiento. Adoptar medidas para exigir al empleador que cumplan sus obligaciones.

4 Origen de las órdenes de inspección
A solicitud fundamentada de otro órgano del sector publico Por denuncia Por iniciativa de los inspectores

5 Denuncia, solicitud, etc.
El Procedimiento Inspectivo En SST plazo máximo 30 días Máximo de 30 días prorrogables Denuncia, solicitud, etc. Orden de inspección: Concreta Genérica Asignación a Inspector (es) Actuaciones inspectivas: Visita Comparecencia Comprobación datos Medidas inspectivas: Requerimiento Informe de Inspección o Acta de Infracción Inicio: máximo 10 días hábiles

6 Modalidades de actuación
Visitas de inspección a los centros y lugares de trabajo. Requerimiento de comparecencia del sujeto inspeccionado. Comprobación de datos o antecedentes.

7 Medida de Recomendación
Medidas Inspectivas Medida de Recomendación Medida de Advertencia Medida de Requerimiento Medida de Paralización de Labores

8 Actuaciones del Sistema de Inspección del Trabajo
Al finalizar las actuaciones inspectivas: En caso de no advertirse infracciones o de haberse subsanado las mismas se emite el INFORME correspondiente y se archiva. En caso de no subsanarse las infracciones detectadas o estas tengan el carácter de insubsanable se emite el ACTA DE INFRACCIÓN, en mérito a la cual se dará inicio de oficio al procedimiento sancionador.

9 Actas de Infracción Identificación del sujeto responsable
Los medios de investigación utilizados para la constatación de los hechos. Los hechos constatados . La calificación de la infracción y la norma vulnerada. Graduación de la infracción, la propuesta de sanción y su cuantificación. Responsable solidario. Los hechos constatados por los inspectores de trabajo contenidas en el acta de inspección, merecen fe.

10 Calificación de las infracciones
MUY GRAVE Aquellas que tienen una especial trascendencia por la naturaleza del deber infringido o afectan derechos de los trabajadores especialmente protegidos por las normas legales. GRAVE Actos u omisiones contrarios a los derechos de los trabajadores o cuando se incumplan obligaciones que trasciendan el àmbito formal. LEVE Obligaciones formales

11 El PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO LABORAL SANCIONADOR

12 TIPOS Actas de Infracción - Tipos Infracción de normativa
(sociolaboral o SST) (Arts. 23 a 44 RLGIT) Infracción a la labor inspectiva (Arts. 45 y 46 LGIT) Infracción de normativa + labor inspectiva

13 Procedimiento Sancionador
Inicio de oficio con Acta de Infracción Notificación al sujeto responsable Resolución Primera Instancia Resuelve 15 días luego de los descargos Resolución Segunda Instancia Resuelve en 30 días Tribunal de Fiscalización Laboral: (suspendido) Causales fijadas por Reglamento Plazo para descargos: 15 días hábiles Plazo para apelar: 3 días hábiles Recurso revisión 5 días hábiles i) Fundamentada: precisándose el motivo de la sanción, la norma legal o convencional incumplida y los trabajadores afectados; ii) Contendrá el mandato de la AAT, dirigido al responsable, para que cumplan con subsanar las infracciones por las que fueron sancionados. Merecen fe, sin perjuicio de las pruebas que puedan aportar los sujetos responsables, en defensa de sus respectivos derechos e intereses

14 Decreto Supremo N° 012-2013-TR Decreto Supremo N° 010- 2014-TR
Aplicación de la Ley N° 30222 Decreto Supremo N° TR Ordenes de Inspección generadas entre el y el Nueva escala de multas diferenciadas Rebaja al 30% o 50% en caso de cumplimiento Decreto Supremo N° TR (Ley ) Ordenes de inspección generadas entre el al Multas reducidas al 35%, salvo excepciones Rebaja al 20% o 25% en caso de cumplimiento total

15 POR 3 AÑOS, LA MULTA NO SERÁ MAYOR AL 35%.
Casos exceptuados de la Ley N° 30222 POR 3 AÑOS, LA MULTA NO SERÁ MAYOR AL 35%. Salvo los casos de: Infracciones muy graves en libertad de asociación y libertad sindical, disposiciones sobre eliminación de discriminación en materia de empleo y ocupación. Infracciones sobre normativa vigente de protección del trabajo del niño, niña y adolescente o trabajo forzoso. Seguridad y salud en el trabajo, que ocasionen muerte o invalidez permanente al trabajador. Obstrucción a la labor inspectiva.

16 Infracciones Subsanables Infracciones Insubsanables
Reglas de Insubsanabilidad Infracciones Subsanables Cuando los efectos de la afectación del derecho o del incumplimiento de la obligación pueden ser revertidos. Infracciones Insubsanables Cuando los efectos de la afectación del derecho o del incumplimiento de la obligación no pueden ser revertidos. Regla general: (Artículo 49° segundo párrafo) Son insubsanables Numeral 25.7 (Disposiciones sobre trabajo de niños, niñas y adolescentes) Numeral (Disposiciones sobre trabajo forzoso y trata de personas) Regla particular (48.1-D) Multas previstas 50 UIT : Microempresa 100 UIT: Pequeña empresa 200 UIT: Otros casos

17 ESTADÍSTICAS DE MATERIAS LABORALES INFRACCIONADAS

18 Infracciones en Lima Metropolitana Año 2015
MATERIA OI con acta de infracción Obstrucción a la labor inspectiva 2,490 Remuneración 880 CTS 855 Jornada, horario de trabajo y descansos 781 Gestión interna de SST 424 Planillas o registros 333 * FUENTE: Sistema Informático de Inspección del Trabajo – SIIT NOTA TÉCNICA: Fecha de reporte

19 Infracciones en resto del país Año 2015
MATERIA OI con acta de infracción Obstrucción a la labor inspectiva 1,732 Remuneración 658 Jornada, horario de trabajo y descansos remunerados 508 CTS 490 Planillas o registros 437 Registro de Asistencia 339 * La información registrada comprende las regiones del Callao, Arequipa, La Libertad, Cusco, Ica, Pasco, Junín, Moquegua, Tacna, Puno, Apurímac, Lambayeque, Piura, Tumbes, Huánuco, Cajamarca y Loreto. 1/ información al 30/12/2015 FUENTE: Sistema Informático de Inspección del Trabajo – SIIT NOTA TÉCNICA: Fecha de reporte 17/06/2016

20 V. Recomendaciones

21 EN CUANTO A LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIO
El trabajador tiene derecho una vez cumplido el mes de servicios en la empresa. La remuneración computable para el cálculo del CTS engloba el haber básico y todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador, en dinero o en especie sin importar su denominación, siempre que sea de libre disposición. Se incluye en el computo la asignación familiar, las horas extras de regularidad mínima de tres meses entre otros. No ingresa movilidad como condición de trabajo, asignación por cumpleaños, participación de utilidades, bonos extraordinarios.

22 Trabajadores que no tienen derecho a CTS: Los que tienen una jornada menor a 4 horas diarias, modalidades formativas, los que perciben 30% o mas de la tarifa, microempresa, CAS. La Ley reconoce a los trabajadores la disponibilidad temporal del 100% de los depósitos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) excedente de cuatro sueldos acumulados. Tener cuidado en realizar los depósitos en el plazo debido debiendo ser en la primera quincena de mayo y noviembre.

23 En cuanto al cumplimiento de horas extras:
Lo más recomendable es consignar en el Reglamento Interno de Trabajo (RIT) los requisitos mínimos para que se autorice a laborar en horas y la obligación del personal de cumplir su horario de trabajo sin quedarse innecesariamente en el centro laboral. Los trabajadores de dirección y confianza deben contar con sus respectivos contratos de trabajo, sin perjuicio de demostrar al inspector de trabajo si se requiere dicha condición, para el no pago de horas extras.

24 El empleador tienen la obligación de asegurarse que la consignación del registro de entrada y salida no es fraudulento, tomando las medidas necesarias de seguridad así como capacitar a sus trabajadores de su correcto uso. La infracción de no contar o no registrar correctamente el horario en un registro de control de asistencia es insubsanable. Las horas extras son de carácter extraordinario, no puede consignarse de manera diaria, lo que cabría sería un cambio de horario o una extensión de jornada dentro del límite legal.

25 RECOMENDACIONES GENERALES EN UNA INSPECCIÓN LABORAL
Se debe atender al inspector de trabajo en un visita en el centro de trabajo a los 10 minutos de apersonarse, pudiendo variar dicho tiempo por un criterio de razonabilidad por parte del inspector. Evitar multas por obstrucción a la labor inspectiva por falta de capacitación al personal en cuanto a las facilidades que se debe dar a un inspector en una inspección laboral. El no asistir a una comparecencia se considera una infracción muy grave de carácter insubsanable. El trabajador o denunciante no es parte en el procedimiento inspectivo ni en el procedimiento sancionador. No procede presentar impugnación a una medida de requerimiento, recordar que el sujeto inspeccionado solo es parte dentro de un procedimiento sancionador.

26 Sunafil - Página Oficial
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