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1.Particularidades contables propias de las Cooperativas. 1 Manuel Rejón

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Presentación del tema: "1.Particularidades contables propias de las Cooperativas. 1 Manuel Rejón"— Transcripción de la presentación:

1 1.Particularidades contables propias de las Cooperativas. 1 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)

2 1. Particularidades contables propias de las Cooperativas. MARCO NORMATIVO (I) Orden EHA/3360/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea Nuevo Plan General de Contabilidad (RD 1514/2007) y Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas (RD 1515/2007) Disposición Final 2ª del R.D. 1514/2007: prevé la aprobación por el MEH, a propuesta del ICAC, y mediante Orden Ministerial, de la adaptación de las normas a las condiciones concretas del sujeto contable 2 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)

3 1. Particularidades contables propias de las Cooperativas. MARCO NORMATIVO (II) NIC 32.- Instrumentos financieros: presentación IFRIC 2: Members’ Shares in Co-operative Entities and Similar Instruments (Aportaciones de Socios de Entidades Cooperativas e Instrumentos similares) 3 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)

4 1. Particularidades contables propias de las Cooperativas. El objetivo de este régimen transitorio era doble. En primer lugar, otorgar a las sociedades cooperativas sometidas a la Ley Estatal, de Euskadi o de Navarra un plazo de 2 AÑOS para modificar sus estatutos atribuyendo al Consejo Rector el derecho incondicional a rehusar el reembolso del capital social bajo determinados requisitos, y, en segundo lugar, conceder a las restantes comunidades autónomas un plazo de tiempo razonable para que pudieran aprobar una reforma similar a la incluida a nivel estatal. Disp.Trans.Quinta del R.D. 1514/2007: los criterios por los que establece la delimitación entre fondos propios y fondos ajenos podrán seguir aplicándose hasta el 31 de diciembre de 2010 (modificación a través del RD 2003/2009). 4 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)

5 1. Particularidades contables propias de las Cooperativas. Disposición transitoria única Orden EHA 3360/2010 Primera aplicación de la normativa. Las cooperativas, en el primer ejercicio en que apliquen las Normas en la medida que deban reclasificar determinadas partidas de patrimonio al pasivo de la entidad, lo harán por el valor contable que presenten las mismas al inicio de dicho ejercicio. Adicionalmente, no se rectificarán los importes que se hubieran contabilizado de acuerdo con la normativa vigente en el ejercicio anterior a la primera aplicación de estas Normas, por lo que los valores contenidos al cierre de dicho ejercicio se considerarán valores iniciales a los efectos de la nueva norma. 5 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)

6 1. Particularidades contables propias de las Cooperativas. NORMAS DE LA ORDEN EHA 3360/2010 NORMA PRIMERA: Delimitación del patrimonio neto. Fondos subordinados con vencimiento en la liquidación de la cooperativa (ver apartado 2 transparencias). NORMA SEGUNDA: Capital social cooperativo, su calificación y valoración como fondos propios, instrumento financiero compuesto o pasivo financiero, así como el tratamiento de la remuneración asociada al citado capital (ver apartado 2 transparencias). 6 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)

7 1. Particularidades contables propias de las Cooperativas. NORMAS DE LA ORDEN EHA 3360/2010 NORMA TERCERA: Otras aportaciones de los socios, que se califican como fondos propios en la medida en que no sean reintegrables y no se perciban por la cooperativa en contraprestación de bienes o servicios prestados por ella a los socios. a) «Cuotas de ingreso» de nuevos socios, en los términos legalmente establecidos. b) Aportaciones o cuotas que se exijan con la finalidad de compensar total o parcialmente pérdidas de la sociedad cooperativa. c) Aportaciones o cuotas destinadas directamente a incrementar los fondos de reserva de la cooperativa. 7 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)

8 1. Particularidades contables propias de las Cooperativas. NORMAS DE LA ORDEN EHA 3360/2010 NORMA CUARTA: Aspectos contables de los fondos de reserva específicos de las sociedades cooperativas (FRO, FRV, Fondo de reembolso o actualización). La distinción a efectos contables entre patrimonio neto y pasivo también determina el tratamiento contable de estos fondos. En particular, el Fondo de Reserva Obligatorio se calificará como patrimonio neto o como pasivo en función de si es exigible. 8 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)

9 1. Particularidades contables propias de las Cooperativas. NORMAS DE LA ORDEN EHA 3360/2010 NORMA QUINTA : Fondos Subordinados con vencimiento en la liquidación de la cooperativa. Estos fondos se calificarán como propios siempre que de sus características se desprenda la similitud con el capital social que goce de dicha calificación. Es decir, que únicamente exista obligación de reembolso en el momento de la liquidación de la cooperativa y que no lleven aparejada una remuneración obligatoria. 9 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)

10 1. Particularidades contables propias de las Cooperativas. NORMAS DE LA ORDEN EHA 3360/2010 NORMA SEXTA : Fondo de Educación, Formación y Promoción; se contabiliza como un pasivo corriente o no corriente en función de su vencimiento, en una agrupación independiente. Movimiento: en la cuenta de pérdidas y ganancias se abre una partida en la que de forma desagregada se refleja la dotación al Fondo, las subvenciones, donaciones u otras ayudas, y las sanciones que deban imputarse al mismo. 10 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)

11 1. Particularidades contables propias de las Cooperativas. NORMAS DE LA ORDEN EHA 3360/2010 NORMA SÉPTIMA: Determinación del resultado del ejercicio y elaboración de la cuenta de pérdidas y ganancias de las sociedades cooperativas. Se aplicarán los principios y normas obligatorios contenidos en la primera, segunda y tercera parte del Plan General de Contabilidad o del Plan General de Contabilidad de PYMES, sin perjuicio de las reglas específicas recogidas en las presentes normas. 11 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)

12 1. Particularidades contables propias de las Cooperativas. NORMAS DE LA ORDEN EHA 3360/2010 NORMA OCTAVA: Adquisiciones de bienes a los socios. Pocos cambios. NORMA NOVENA: Adquisiciones de servicios de trabajo a los socios y a los trabajadores. Pocos cambios. NORMA DÉCIMA. Ingresos consecuencia de operaciones con los socios. Pocos cambios. 12 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)

13 1. Particularidades contables propias de las Cooperativas. NORMAS DE LA ORDEN EHA 3360/2010 NORMA UNDÉCIMA: Distribución de resultados (tres apartados). Tratamiento contable de las aportaciones al Fondo de reconversión de resultados. NORMA DUODÉCIMA. Impuesto sobre beneficios. Resultado cooperativo y extracooperativo. NORMA DECIMOTERCERA. Cuentas anuales. 13 Manuel Rejón (mrejonlopez@gmail.com)


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