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ASESORAMIENTO A LOS EQUIPOS DIRECTIVOS

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Presentación del tema: "ASESORAMIENTO A LOS EQUIPOS DIRECTIVOS"— Transcripción de la presentación:

1 ASESORAMIENTO A LOS EQUIPOS DIRECTIVOS
SERVICIO DE INSPECCIÓN EDUCATIVA ASESORAMIENTO A LOS EQUIPOS DIRECTIVOS DEL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL SOBRE LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO EDUCATIVO Y ASISTENCIAL DELEGACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA

2 ¿Dónde viene regulado la elaboración del Proyecto Educativo y asistencial?
En el Decreto 149/2009, de 12 mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil (BOJA ) Artículos 17 y 18

3 ¿ Qué Centros de Educación Infantil tienen que hacer el Proyecto Educativo?
TODOS los Centros y Escuelas que impartan Educación Infantil: Las escuelas infantiles cuya titularidad corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía y los Centros de Convenio siguiendo el Art. 18 del Decreto 149/2009 El resto de los Centros educativos gozan de autonomía para hacerlo. Lo harán y tendrán a disposición de la Administración.

4 CLASES TITULARIDAD DENOMINACIÓN PRIVADOS
¿CÓMO SE CLASIFICAN LOS CENTROS EDUCATIVOS DEL PRIMER CICLO DE INFANTIL? CLASES TITULARIDAD DENOMINACIÓN PÚBLICOS CORRESPONDE A UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESCUELA INFANTIL * PRIVADOS CORRESPONDE A UNA PERSONA FÍSICA O JURÍDICA DE CARÁCTER PRIVADO CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL * *Los Centros que hayan suscrito convenio (públicos o privados) con la Consejería de Educación añadirán “ de Convenio” (Escuela Infantil de Convenio___, Centro de Educación Infantil de Convenio_) SERVICIO DE INSPECCIÓN DE SEVILLA

5 ¿Qué plazo hay para hacer el Proyecto Educativo?
Centros de titularidad Junta de Andalucía y de Convenio de nueva creación: 2 meses desde inicio de funcionamiento efectivo (Art. 20 Decreto 149/2009). Centros de titularidad Junta de Andalucía y de Convenio anteriores a Decreto 149/2009: Antes (Disposición adicional séptima de este Decreto

6 ¿Qué documentos deben tener los centros del primer ciclo de infantil?
Centros de la Junta y de Convenio Centros que no tienen Convenio PROYECTO EDUCATIVO Y ASISTENCIAL. PROYECTO DE GESTIÓN* MEMORIA DE AUTOEVALUACIÓN *Sólo los Centros de la Junta Gozarán de autonomía para: - Establecer su régimen interno, -Seleccionar su personal de acuerdo con las exigencias de titulación. -Elaborar el proyecto educativo y asistencial. -Organizar la jornada en función de las necesidades educativas y sociales de su alumnado, -Determinar el procedimiento de admisión del alumnado. -Establecer las normas de convivencia. -Definir su régimen económico. (Debiendo quedar a disposición de la Administración educativa la documentación acreditativa de estos aspectos).

7 ¿Quién hace el Proyecto Educativo?
Centros Públicos: Bajo la coordinación de la dirección del centro: Profesionales del Centro que posean el título de maestro o maestra con la especialización en educación infantil o el título de grado equivalente. Personal cualificado del Centro que posea el título de técnico superior en educación infantil o cualquier otro título declarado equivalente a efectos académicos y profesionales. Centros privados: Será dispuesto por su titular conforme a lo establecido en el artículo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

8 ¿Quién aprueba el proyecto educativo y asistencial ?
Las escuelas infantiles cuya titularidad corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía y los Centros de Convenio : El Consejo Escolar del centro educativo.

9 ¿ Qué aspectos mínimos debe abordar el proyecto educativo? I
Según el Art. 18 del Decreto 149/2009 son 11: Líneas generales de actuación pedagógica y asistencial. b) Coordinación y concreción de los contenidos curriculares articulados en una propuesta pedagógica específica. c) Medidas específicas de atención a la diversidad del alumnado. d) El plan de orientación y acción tutorial. e) Procedimiento para el traslado a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela, de la información sobre la evolución, maduración e integración social y educativa de los niños y niñas que estén bajo su representación legal, así como para facilitar y fomentar su participación y colaboración en las actividades del centro.

10 ¿ Qué aspectos mínimos debe abordar el proyecto educativo? II
f) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro. g) La organización de los servicios del centro, teniendo en cuenta las necesidades de las familias. h) La organización del cuidado y atención del alumnado. Los procedimientos de evaluación interna. j) Los criterios y procedimientos que garanticen la transparencia y el rigor en la toma de decisiones por los órganos de gobierno del centro, especialmente en los procedimientos de escolarización del alumnado. k) Cualesquiera otros que se establezcan por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

11 ¿Algún material de apoyo o guía ?
Documentos importantes a utilizar: -LOE -LEA - DECRETO 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA ) - ORDEN de , por la que se desarrolla el Currículo correspondiente a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA ) DECRETO 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA ). - Cuaderno de la Inspección con Sugerencias.

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