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ACCESO A LOS MERCADOS EN EL GATT/OMC

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Presentación del tema: "ACCESO A LOS MERCADOS EN EL GATT/OMC"— Transcripción de la presentación:

1 ACCESO A LOS MERCADOS EN EL GATT/OMC
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO ACCESO A LOS MERCADOS EN EL GATT/OMC Alejandro Gamboa-Alder División de Acceso a los Mercados OMC 1

2 Módulo 1 GENERALIDADES SOBRE ACCESO A LOS MERCADOS EN EL GATT/OMC
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO Módulo 1 GENERALIDADES SOBRE ACCESO A LOS MERCADOS EN EL GATT/OMC 2

3 Qué es el acceso a los mercados?
Condiciones impuestas por el gobierno (leyes / reglamentos / medidas) para que un producto pueda ingresar a un territorio aduanero en condiciones no discriminatorias. Regulado a través de medidas en frontera incluyendo, entre otras, los aranceles, contingentes arancelarios, restricciones cuantitativas y otras medidas no arancelarias. 3

4 Qué busca el GATT/OMC en Acceso a los Mercados?
Acceso a mercados (de bienes y servicios) predecible y creciente, según los principios básicos. Principios básicos: No discriminación (NMF/TN: Arts. I y III GATT/94) y Transparencia Predecible: compromisos vinculantes (aranceles consolidados para los bienes: Art. II GATT/94) Acceso Creciente: “RONDAS” periódicas de negociaciones (Art. XXVIII Bis GATT/94) 4

5 ¿Por qué se necesita un marco legal?
Cuál es el acceso a los mercados que un exportador del territorio A espera tener en el territorio B? ¿De qué manera puede el territorio B regular el acceso de productos extranjeros en su territorio? A B 5

6 Tipos de barreras al comercio de bienes
Dos tipos básicos de barreras: - Aranceles - Barreras No Arancelarias (BNAs o NTBs) 6

7 Arancel: definición Derechos o gravámenes
cobrados en la frontera a las mercancías que van de un territorio aduanero a otro (GATT Art. I) 7

8 Arancel: definición derecho antidumping (GATT Art. VI)
NO ES: “impuesto interno” (GATT Art. III Par. 2 ) derecho antidumping (GATT Art. VI) derecho compensatorio (GATT Art. VI) “tasas” o “cargas” (GATT Art. VIII) “demás derechos y cargas” (GATT Art. II Par. 1 (b)) 8

9 Aranceles: Tipos de derechos
Tipo de derecho Ejemplo Ad valorem 5% Específico $5 por Kg. Compuesto 10% + $2 por Kg Mixto 10% o $2 por Kg, el que sea más alto “Técnico” 8.3% + EA MAX 18.7% + AD S/Z NAV 9

10 Aranceles: Transparentes, predecibles y estables Por ello
Los compromisos arancelarios se incluyen en las “Listas de Concesiones” (Schedules of concessions) 10

11 Las Listas se “anexan” y forman una
“parte integrante de la Parte I” del GATT. GATT 1994 Lista de Concesiones Miembro x Parte I Parte II Parte III Parte IV Derechos preferenciales Concesiones no arancelarias Subvenciones Agrícolas Derechos NMF Sección I Productos Agropecuarios Otros Productos I.A Derechos (Aranceles y DDCs) Contingentes arancelarios (TRQs) I.B Sección II How does a goods schedule of concessions look like? What is its structure? Part I: MFN tariff (list of concessions, i.e. bound rates) Section 1- Agricultural products Subsection a tariffs Subsection b tariff quotas Part 2 Preferentail Tariff(according to Article I of the GATT, if applicable - refers to exceptions from the MFN obligations listed in Art. I preferences in force between 2 or more of the territories listed in Annex A [India, Ireland, Australia],preferences in force bewteen certain neighbourign countries oisted in Annexes E and F[Arentina, Bolivia, Peru) Part 3: Concessions on Non-Tariff Measures Part 4: Commitments limiting Subsidization (export subsidies, quantitative reduction commitments, commitements limiting the scope of Export Subsidies 11

12 Argentina – LXIV Bolivia – LXXXIV Brasil – III Canadá – V Chile – VII
Cada Miembro tiene su Lista propia, identificada con un número romano único Ejemplos : Argentina – LXIV Bolivia – LXXXIV Brasil – III Canadá – V Chile – VII China – XLII Colombia – LXXVI Costa Rica – LXXXV Cuba – IX Ecuador - CXXXIII El Salvador – LXXXVII Estados Unidos - XX Guatemala – LXXXVIII Honduras – XCV Jamaica – LXVI México - LXXVII Nepal – CLVII Nicaragua – XXIX Panamá – CXLI Paraguay – XCI Perú - XXXV Rep. Dominicana – XXIII Uruguay - XXXI Nuevos números serán asignados con las adhesiones y agrandamiento de las CEE 12

13 Consolidación de aranceles
Arancel “consolidado”: compromiso legal de no aumentarlo más allá de un cierto nivel. Un derecho consolidado es un “techo”, no un “piso” Los aranceles consolidados garantizan el acceso seguro y previsible al comercio de bienes La “consolidación” es una concesión arancelaria y se consigna en las Listas de Concesiones Arancelarias 13

14 Aranceles consolidados vs aplicados: GATT Artículo II Par. 1 a)
El trato puede ser más favorable: Arancel consolidado vs. Arancel aplicado Otros tratos arancelarios son posibles debido a, entre otros, las zonas de libre comercio, las uniones aduaneras y los arreglos no-recíprocos (“cláusula de habilitación”) 14

15 Lista M – Costa Brava Esta lista es auténtica solamente en idioma Español PARTE I – ARANCEL DE LA NACIÓN MÁS FAVORECIDA SECCIÓN II – Otros productos 15

16 Aranceles Consolidados vs. Aplicados América Latina
“sobrante” del consolidado Fuente: Secretaría de la OMC basada en la base de datos LAR, PC/BID y UNCTAD. 16

17 Aranceles consolidados vs
Aranceles consolidados vs. Aplicados Promedio de líneas arancelarias no agrícolas Source: WTO Secretariat based on CTS for the bound rates and IDB and UNCTAD for the MFN applied rates. (*) Binding coverage could be overestimated due to partial bindings. See TN/MA/S/14.

18 Aranceles consolidados vs
Aranceles consolidados vs. Aplicados Promedio de líneas arancelarias no agrícolas Source: WTO Secretariat based on CTS for the bound rates and IDB and UNCTAD for the MFN applied rates.

19 Y si necesito información acerca de una concesión?
La Secretaría mantiene un resumen de todos los cambios efectuados en las Listas de Concesiones: G/MA/W/23/Rev.6 (actualizado periódicamente) La Secretaría se encarga de mantener la Base de Datos (i.e. the Consolidated Tariff Schedule or CTS Database) que consolida toda la información en un formato standard para todos los Miembros. Este no es jurídicamente vinculante pero cada vez adquiere mayor importancia. 19

20 “Listas de concesiones”
Cualquier modificación requiere de la aceptación por parte de todos los Miembros (GATT Art. XXX y Art. X del Acuerdo de Marrakesh) GATT Art. XXVIII GATT Art. XXVIII Bis 20

21 Cambiar las concesiones arancelarias
¿Podría un Miembro aplicar un arancel NMF que sea menor que el arancel consolidado correspondiente en su Lista? ¿Podría un Miembro aplicar un arancel mayor al nivel consolidado correspondiente? ¿Podría un Miembro cambiar su nivel consolidado? Si es así, ¿cómo podría un Miembro cambiar (aumentar/reducir) sus aranceles consolidados? No (en principio) Depende de qué tipo de cambio se trate 21

22 ¿ Se debe negociar con cualquier otro Miembro ?
Miembros “principalmente interesados” con el cual la concesión haya sido “negociada originalmente” (DPN) que tenga “interés como abastecedor principal”: Criterio basado en la participación de las importaciones Criterio basado en la participación de las exportaciones que tenga un “interés sustancial” Idea: Negociar el cambio con pocos Miembros (los más interesados) para luego “multilateralizar” los resultados Un-official statistics (June – 2004): Members that have requested bilaterals more times: EC-15 and Member States: times (note, depends how to count it) USA: 74 times Czech Republic: 31 times Canada: 26 times Developing countries: India: 10 times South Africa: 8 times Brazil: 8 times Turkey: 7 times Argentina: 7 times Uruguay: 6 times Thailand: 4 times Guatemala: 4 times Dominican Republic: 4 times Ver JOB(02)/93 22

23 Módulo 2 NEGOCIACIONES ARANCELARIAS MULTILATERALES
23

24 Módulo 2 Sección 1 Las Reglas del Juego GATT ARTÍCULO XXVIII BIS –
24

25 GATT Art. XXVIII bis “1. .. los derechos de aduana constituyen con frecuencia serios obstáculos para el comercio…”: negociaciones tendientes a reducir substancialmente el nivel general de los derechos de aduana y de las demás cargas percibidas sobre la importación y la exportación, revisten una gran importancia para la expansión del comercio internacional. a base de reciprocidad y de ventajas mutuas organizar periódicamente tales negociaciones 25

26 GATT Art. XXVIII bis (cont.)
2. a) Las negociaciones … pueden referirse a productos elegidos uno a uno o fundarse en los procedimientos multilaterales aceptados por las partes contratantes interesadas. 26

27 GATT Art. XXVIII bis Pár. 2 a) (cont.)
Objeto: la reducción de los derechos, su consolidación al nivel existente en el momento de la negociación o el compromiso de no elevar por encima de niveles determinados un derecho dado o los derechos medios que gravan a categorías especificadas de productos. La consolidación de derechos de aduana poco elevados o de un régimen de exención de derechos será reconocida, en principio, como una concesión de valor equivalente a una reducción de derechos elevados. 27

28 GATT Art. XXVIII bis Pár. 3 (cont.)
Negociaciones efectuadas sobre base que brinde oportunidades adecuadas a Miembros teniendo en cuenta: a) las necesidades de cada parte contratante y de cada rama de producción; b) la necesidad de los países poco desarrollados de recurrir con más flexibilidad a la protección arancelaria para facilitar su desarrollo económico, y las necesidades especiales de estos países de mantener derechos con fines fiscales; c) cualesquiera otras circunstancias que pueda ser necesario tomar en consideración, incluidas las necesidades de las partes contratantes interesadas en materia fiscal* y de desarrollo, así como sus necesidades estratégicas, etc. 28

29 Trato Especial y Diferenciado
P. Desarrollados: reducir/eliminar barreras P. en Desarrollo: compromisos menores a los de los países desarrollados Países Menos Adelantados: compromisos aún más flexibles Parte IV del GATT Cláusula de Habilitación 29

30 Marco básico para negociar concesiones arancelarias
Definir las reglas del juego (GATT XXVIII bis) Reducción arancelaria ¿cómo hacerlo? ¿Producto por producto? ¿Negociación sectorial? ¿Fórmula? Si así fuera, ¿cuál? Nuevas consolidaciones Período de implementación Trato especial y diferenciado (TED) Presentación de ofertas y proceso de verificación multilateral 30

31 GATT – Rondas de Negociaciones (1)
31

32 GATT – Rondas de Negociaciones (2)
2001- ?? Agenda de Doha para el Desarrollo (ADD) Agricultura; Aranceles, Servicios, otros temas 153 32

33 Historia de Negociación: modalidades
Ronda P. Desarrollados P. en Desarrollo GATT ~ Dillon (1947 ~ 1961) solicitud / oferta Kennedy ( ) Fórmula con corte lineal (corte de 50%). Se permitieron recortes menores para ciertos productos petición/oferta Tokio ( ) “Fórmula suiza” con coeficientes de 14 y 16. Se permitieron excepciones (pero los picos se redujeron en general) Uruguay ( ) Montreal: Objetivo de reducción promedio simple (33.3% promedio) más algunos acuerdos sectoriales (cero por cero y armonización) Petición/oferta consolidación 33

34 Módulo 2 Sección 2 SITUACIÓN ACTUAL DEL ACCESO A LOS MERCADOS DE LOS PRODUCTOS NO AGRÍCOLAS: Reglas, compromisos arancelarios y flujos de comercio 34

35 A. REGLAS 35

36 ¿Por qué productos “no agrícolas”?
Los productos “agrícolas” se definen en el Anexo 1 del Acuerdo sobre Agricultura Los productos “no agrícolas” son los demás productos 36

37 Comercio de mercancías antes y después de la Ronda Uruguay
GATT AsA Agricultura ATV Textiles 2005 37

38 B. COMPROMISOS ARANCELARIOS
38

39 Protección residual en algunos productos de los países desarrollados
Cobertura de consolidación muy dispersa entre los Miembros (incluso al mismo nivel de desarrollo) Compromisos arancelarios (consolidaciones) muy diversos entre los Miembros Protección residual en algunos productos de los países desarrollados Alta protección en general en los países en desarrollo (niveles consolidados altos y/o líneas sin consolidar) 39

40 Cobertura de la Consolidación: situación actual
Cobertura de consolidación (%) N° de Miembros PED PMAs 100% 55 * 43 9 +95 < 100% 28 17 4 +35 < 95% 14 12 2 +15 < 35% 5 7 < 15% 10 Total 125 * 84 32 * UE-27 miembros contados como uno + Suiza y Liechtestein

41 C FLUJOS DE COMERCIO 41

42 Exportación de Bienes por región 2007
Total US$ Billiones 42 Fuente: WTO International Trade Statistics 2008 42

43 Importación de bienes, por región 2007
Total US$ 13,968 Billiones 43 Fuente: WTO International Trade Statistics 2008 43

44 Comercio Intra-regional, 2007
44 Fuente: OMC, Estadísticas del Comercio Internacional 2008 44

45 Distribución regional de las exportaciones de Sudamérica y América Central
Fuente: OMC, Estadísticas del Comercio Internacional 2008

46 América del Sur y Central: Exportación de bienes, 1996-2007
US$ Miles de Millones 46 Fuente: OMC, Estadísticas del Comercio Internacional 2008 46

47 América del Sur y Central: Importación de bienes, 1996 - 2007
Región Norte América América Latina Europa Occidental Europa, otros Medio Oriente África Asia & Oceanía US$ Miles de Millones 47 Fuente: Basado en OMC, Estadísticas del Comercio Internacional 2008 47

48 América del Sur y Central: Exportación de bienes, por categoría mayor de producto, 2007
48 Fuente: Estadísticas del Comercio Internacional 2008 48

49 América del Sur y Central: Importación de bienes, por categoría mayor de producto, 2007
26 Fuente: OMC, Estadísticas del Comercio Internacional 2008 49

50 América del Sur y Central:
Principales productos de manufactura para la exportación 2007 50 Fuente: OMC, Estadísticas del Comercio Internacional 2008

51 Módulo 2 Sección 3 El Mandato de Doha 51

52 Párrafo 16 Declaración Ministerial de Doha
“Convenimos en celebrar negociaciones, según modalidades que se acordarán, cuya finalidad reducir o según proceda, eliminar los aranceles incluida la reducción o eliminación de las crestas arancelarias, los aranceles elevados y la progresividad arancelaria, los obstáculos no arancelarios, en particular respecto de los productos cuya exportación interesa a los países en desarrollo.”

53 Crestas arancelarias y aranceles elevados
Definiciones de trabajo utilizadas por algunas Organizaciones Internacionales: Picos “nacionales”: > 3 veces el promedio nacional Picos “internacionales”: >15% Pero no hay definición acordada en la OMC

54 Progresividad arancelaria: Ejemplo en textiles y vestido

55 Párrafo 16 de la DMD Cobertura de productos amplia y sin exclusiones a priori se considerarán las necesidades e intereses especiales de los PED y PMA participantes incluso mediante compromisos de reducción que no conlleven una reciprocidad plena de conformidad con las disposiciones pertinentes del artículo XXVIIIbis del GATT de 1994 y las disposiciones del 50 de la DMD

56 Párrafo 31 (iii) de la DMD … apoyo mutuo del comercio y el medio ambiente, … negociaciones, sin prejuzgar su resultado, sobre: - iii) la reducción o, según proceda, la eliminación de los obstáculos arancelarios y no arancelarios a los bienes y servicios ecológicos.”

57 Marco Institucional Comités Consejo ADPIC Consejo Servicios
Otros Comités y Gr. de Trab. Consejo ADPIC Consejo Servicios Consejo Mercancías CONSEJO GENERAL O. Examen de Políticas Com. O.S.D. CONFERENCIA MINISTERIAL PANEL ORGANO DE APELACIÓN Comité de Negociaciones Com. (CNC) Grupo de Negociación de Acceso a los Mercados de Productos No Agrícolas Otros Grupos de Negociación “Sesiones Especiales”

58 Presidentes del AMNA Switzerland, 2008- Amb. Pierre Luis Girard
Amb. Stefán H. Jóhannesson Iceland, Amb. Don Stephenson Canada, Amb. Luzius Wasescha Switzerland, 2008-

59 Proyecto de modalidades relativas al AMNA
Módulo 3 Proyecto de modalidades relativas al AMNA TN/MA/W/103/Rev.3

60 Principales elementos de las modalidades
Quién tiene que hacer qué? Principales elementos de las modalidades Nuevas consolidaciones: Cuántas? A qué nivel? Reducciones arancelarias Fórmula Sectoriales Otras? Flexibilidades ( Quién debe/puede hacer qué?) Países menos adelantados - PMAs Países en desarrollo - PEDs: Diferencias entre ellos Aplicar fórmula Bajo porcentaje de consolidación Economías Pequeñas y Vulnerables - EPVs Miembros de Reciente Adhesión (Muy RA, etc.) Erosión de Preferencias Barreras no aranclearias 60

61 La fórmula Los Ministros habían acordado:
Adoptar la fórmula suiza con coeficientes donde, t1 = Tipo final consolidado t0 = Tipo de base o o o 61

62 TN/MA/W/103/REV.3: Adoptar la fórmula suiza con coeficientes
Conceder un trato especial y diferenciado, incluso mediante reciprocidad menos que plena Coeficiente para los países desarrollados: a = 8 Coeficiente para los PED, "escala móvil": x = 20, y = 22, z = 25 (a elegir según lo previsto en el párrafo 7) = Coeficientes para los Miembros en desarrollo 62

63 Elementos de la fórmula § 6.
a) La cobertura de productos será amplia, sin exclusiones a priori. b) Base para las reducciones / eliminación de aranceles: tipos consolidados. Base reducción para las líneas arancelarias no consolidadas: incremento no lineal constante de la siguiente manera: el tipo aplicado más 25 puntos porcentuales. c) El año base: 2001 (tipos aplicables al 14 de noviembre). d) Derechos no ad valorem convertidos a equivalentes ad valorem según método del documento TN/MA/20. Todos serán consolidados en términos ad valorem. e) Período de referencia para datos de importaciones: 1999‑2001. f) Primera reducción será el 1º de enero del año siguiente a la entrada en vigor de los resultados del PDD; reducciones sucesivas se harán efectivas el 1º de enero de c/u de los años siguientes, salvo disposición en contrario. Reducciones en caso Miembros desarrollados: 5 años (es decir, 6 reducciones iguales de los tipos) y en caso Miembros en desarrollo: 10 años (es decir, 11 reducciones iguales de los tipos), salvo disposición en contrario.

64 Establecimiento del tipo de base
Tipos consolidados Tipos no consolidados Tipos NMF aplicados en 2001 Incremento (+25 puntos) Tipos de base Fórmula Nuevos tipos consolidados (ad valorem)

65 Flexibilidad prevista en el párrafo 7
"Escala móvil": Conjunto de 3 opciones: mayor el número de líneas arancelarias a las que se aplica la flexibilidad, menor es el coeficiente: "X" = 20: a) i) para el 14 % de las líneas arancelarias, la mitad del recorte de la fórmula, con tope del 16 % del valor de las importaciones; o a) ii) el 6,5 % líneas arancelarias sin consolidar o sin efectuar recortes, con tope del 7,5 % del valor total de las importaciones "Y" = 22: b) i) para el 10 % de las líneas arancelarias, la mitad del recorte de la fórmula, con tope del 10 % del valor de las importaciones; o b) ii) el 5 % de las líneas arancelarias sin consolidar o sin efectuar recortes, con tope del 5 % del valor total de las importaciones "Z" = 25: c) sin recurso a ninguna flexibilidad 65

66 Flexibilidad prevista en el párrafo 7
Cláusula "anticoncentración" La fórmula deberá aplicarse a un mínimo del 20% de las líneas o del 9% del valor de las importaciones en cada capítulo del SA Situaciones específicas: MERCOSUR, SACU, Omán, [Argentina], [Venezuela] 66

67 RESUMEN FÓRMULA Y FLEXIBILIDADES
La Fórmula Desarrollados PED 1 2 3 + Flex 7a (i) (ii) 7b 7c TN/MA/W/103/Rev.3: donde, t1 = tipo final consolidado t0 = tipo base 45 Miembros = Aprox. 90% del comercio mundial de bienes

68 Miembros con un bajo porcentaje de líneas arancelarias consolidadas TN/MA/W/103/Rev.3 Camerún; Congo; Côte d'Ivoire; Cuba; Ghana; Kenya; Macao, China; Mauricio; Nigeria; Sri Lanka; Suriname; y Zimbabwe Banda Porcentaje existente de líneas consolidadas Porcentaje de líneas que han de consolidarse A un nivel medio Superior Superior al 15% 80% 30% Inferior Igual o inferior al 15% 75% Líneas arancelarias consolidadas: se utilizarán las consolidaciones existentes. Líneas arancelarias no consolidadas: el Miembro determinará el nivel de la consolidación inicial de esas líneas. La consolidación general media fijada como objetivo (30 %) se hará efectiva al final del plazo para la aplicación de la siguiente manera: las reducciones arancelarias consistirán en 11 reducciones iguales de los tipos. Todos los derechos serán consolidados sobre una base ad valorem. Las consolidaciones existentes sobre una base no ad valorem se convertirán en equivalentes ad valorem 68

69 Economías pequeñas y vulnerables
Los Ministros habían acordado: Prestar especial consideración a las EPVs No crear con ellas una nueva categoría Criterio: la participación en el comercio mundial de productos no agrícolas será inferior al 0,1 por ciento Tratamiento: las economías pequeñas y vulnerables no aplicarían la fórmula, sino reducciones hasta alcanzar un promedio fijado como objetivo: 4 bandas en función del promedio de los aranceles consolidados : Casos especiales: Bolivia: no estará obligada a aplicar estas modalidades Fiji: será objeto del tratamiento estipulado en el apartado a) i) del párrafo 13 Gabón: entablará negociaciones de conformidad con el artículo XXVIII del GATT a fin de alcanzar el promedio general del 20 por ciento Banda Si el promedio de los aranceles consolidados: Reducción a un nuevo promedio del: 13 i) Es igual o superior al 50% 30% 13 ii) Es superior al 30% e inferior al 50% 27% 13 iii) Es superior al 20% e inferior al 30% 18% 13 iv) Es inferior al 20% Reducción mínima del 5% línea por línea en el 95% de las líneas, o equivalente 69

70 Miembros de reciente adhesión Albania; Arabia Saudita; Armenia; Cabo Verde; China; Croacia; el Ecuador; la ex República Yugoslava de Macedonia; Georgia; Jordania; Moldova; Mongolia; Omán; Panamá; la República Kirguisa; el Taipei Chino; Tonga; Ucrania; y Viet Nam las economías en transición de bajos ingresos y los Miembros de muy reciente adhesión no efectuarán reducciones arancelarias: Albania; Arabia Saudita; Armenia; Cabo Verde; la ex República Yugoslava de Macedonia; Moldova; Mongolia; la República Kirguisa; Tonga; Ucrania; y Viet Nam los MRA que son EPVs podrán recibir el trato previsto en el párrafo 13 (flexibilidad para las EPVs) los MRA sujetos a la aplicación de la fórmula: plazo prolongado para la aplicación de 3 reducciones iguales, es decir, un total de 14 reducciones iguales 70

71 Flexibilidad para los PMA
Los Ministros habían acordado: Los PMA estarán exentos de aplicar la fórmula. Incrementarán sustancialmente su nivel de consolidación. Tendrán acceso a los mercados DF/QF para el 97 % de las líneas arancelarias no más tarde del comienzo del período de aplicación, y para el 3 % restante en un plazo no especificado (Anexo F de la DM de HK, la "Decisión"). Las normas de origen preferenciales deberían ser más sencillas y transparentes. 71

72 Preferencias no recíprocas
Los Ministros reconocieron: la liberalización NMF erosionará las preferencias, por tanto se debe determinar el alcance del problema e identificar las posibles soluciones. 72

73 Proveedores preferenciales
¿De qué estamos hablando? Ejemplo: Pantalones de algodón en el mercado de los Estados Unidos 16,6% 0% 5,4% Proveedores NMF (por ej. Ban., Chn., etc.) Proveedores preferenciales (por ej. AGOA, ICC, etc.) 73

74 ¿De qué estamos hablando? Ejemplo: Atún en el mercado de las CE-27
24% 0% Coef-8 6% Proveedores NMF (por ej. Fil., Tai., etc.) Proveedores preferenciales (por ej. ACP, "Todo menos armas") 74

75 Preferencias no recíprocas
TN/MA/W/103/Rev.3: Párs Reducción de las líneas (57 en el caso de las CE y 29 en el de los Estados Unidos): nueve reducciones, más un período de gracia de dos años. Mayor asistencia por conducto del Marco Integrado y de la Ayuda para el Comercio. Normas de origen sencillas y eficaces. Los progresos logrados y la eficacia serán examinados por el Comité de Comercio y Desarrollo. Miembros "afectados desproporcionadamente": para estos Miembros, la reducción acordada en el párrafo 5 respecto de las líneas arancelarias pertinentes se llevará a cabo mediante una exención del cumplimiento del artículo I del GATT que tendrá una duración suficiente para que abarque la totalidad del plazo para la aplicación, en seis reducciones iguales de los tipos en los mercados en que se otorgan las preferencias. Lista de los países afectados desproporcionadamente y de las líneas afectadas: anexo 4 del documento TN/MA/W/103/Rev.3 en el caso de las CE: Pakistán y Sri Lanka. en el caso de los Estados Unidos: Bangladesh, Camboya, Nepal, Pakistán y Sri Lanka. 75

76 Ejemplo: Atún en el mercado de la UE-27 (suponiendo un coeficiente de 8 y primera reducción en 2010)
Tipo de reducción TipoBase 20 10 20 11 20 12 20 13 20 14 20 15 20 16 20 17 20 18 20 19 20 20 Red. anual % Normal (DACs) 24 21 18 15 12 9 6 3 Annex 2 22 20 16 14 10 8 2 Dif. 7 4

77 Ejemplo: Pantalones en el mercado de EEUU (suponiendo un coeficiente de 8 y primera reducción en 2010) Tipo de red. Tipo base 20 10 11 12 20 13 20 14 20 15 16 20 17 20 18 20 19 20 20 Red anual % Normal (DACs) 16.6 14.7 12.9 9.1 7.3 5.4 1.9 Annex 3 15.4 14.1 11.6 10.4 7.9 6.6 1.2 Dif. 3.7 4.4 5 5.6 6.2 2.5

78 Negociaciones sectoriales
Los Ministros acordaron: Elemento fundamental de las negociaciones; la participación no tiene carácter obligatorio. TN/MA/W/103/Rev.2: Identificar los sectores que atraigan una participación suficiente Hay progresos en la definición de la masa crítica; la cobertura de productos; el plazo para la aplicación de las reducciones; y el trato especial y diferenciado Propuestas: vehículos automóviles y sus partes; bicicletas y sus partes; productos químicos; productos electrónicos y eléctricos; pescado y productos de pescado; productos forestales; piedras preciosas y joyería; herramientas de mano; máquinas industriales; libre acceso a una mejor atención de la salud; materias primas; material deportivo; juguetes; y textiles, vestido y calzado JOB(08)/96, informe del Presidente de agosto de 2008: La participación no tiene carácter obligatorio, pero hay lista anexa de Miembros que han acordado "participar en la negociación de los términos de al menos dos iniciativas arancelarias sectoriales de su elección, con miras a hacerlas viables". Todo PED que participe en las iniciativas sectoriales finales quedará autorizado a aumentar su coeficiente en la medida que se determinará a más tardar dos meses después de la fecha en que se establezcan las modalidades. Podrán presentarse nuevas propuestas. Plan de trabajo para las negociaciones sectoriales e incorporación de los resultados en las listas. 78

79 NEGOCIACIONES SECTORIALES
Calzado Forestales Piedras preciosas y joyería Farmacéuticos y aparatos médico Materias primas Equipo deportivo Herramientas y útiles Textiles, vestido Automóviles y sus partes Bicicletas y Químicos Electrónicos/ eléctricos Pescado

80 Otras cuestiones Modalidades suplementarias: método de peticiones y ofertas Eliminación de los derechos bajos: voluntaria Bienes ambientales no agrícolas: el Comité de Comercio y Medio Ambiente en Sesión Extraordinaria se está esforzando por lograr un entendimiento sobre bienes ambientales Objetivo: la reducción o, según proceda, la eliminación de los obstáculos arancelarios y no arancelarios Medidas de creación de capacidad: para que los Miembros que se encuentran en las fases iniciales de desarrollo y, en particular, los PMA, puedan beneficiarse de mayores oportunidades de acceso a los mercados, inclusive mediante la diversificación de los productos y mercados de exportación, cumplir las normas y prescripciones técnicas y hacer frente a otras medidas no arancelarias: MI mejorado para los PMA y Ayuda para el Comercio

81 Bajo Ingreso En Transición
Países en Desarrollo Grupos & Afiliaciones “Economías Pequeñas Comercio no agrícola <0.1%   Datos Secretaría Beneficiarios ACP (excepto PMAs) Egipto Marruecos Túnez* Chile Colombia Costa Rica México Perú Venezuela India* Israel* Hong Kong, China* Corea Pakistán Turquía* Uruguay Argentina Brasil Gabón Belice Nigeria Proponentes EPVs África Sub Sahariana (7) Paraguay Mauricio Cuba Surinam Macao, China Sri Lanka Bolivia El Salvador Guatemala Honduras Nicaragua Mercosur Países del Caribe (11) PNG   Fiji*   SACU (except Lesotho) Párrafo 8 Mongolia Moldova Botswana Swazilandia RAM Kirguiz Haití Ruanda Senegal Uganda Zambia Myanmar etc Armenia South Africa Namibia Cambodia Nepal Bajo Ingreso En Transición Ecuador Georgia Albania Panamá Macedonia, ARY de Filipinas* Indonesia Tailandia* Malasia* Singapur* Brunei Jordania P. Desarrollados; Australia, Canadá, UE, Islandia, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza, Estados Unidos Bangladesh Omán China Tonga LDC(32) Viet Nam Saudi Arabia Taipei Chino Croacia UAE   Kuwait   Qatar   Bahrein* Estos grupos tiene solamente un carácter ilustrativo y se presentan sin perjuicio de las posiciones negociadoras de los Miembros (*) Países con más del 5% de líneas sin consolidar. (excepto PMAs y Párrafo 6) ASEAN (excepto PMAs) GCC

82 Países en Desarrollo PEDs Exentos
C. Quién tiene que hacer qué? Categorías de Miembros en la OMC: Add. NAMA categories: “Pár-8” (12 Miembros) Países Desarrollados (9 Miembros)* Países en Desarrollo PEDs (84 Miembros) Exentos (13 Miembros) Miembros de Reciente Adhesión Países Menos Adelantados PMAs (32 Miembros) EPVs (±23 Miembros) Aplican Fórmula (±36 Miembros) * Contando a la UE-27 y sus Estados miembros como uno solo al igual que a Suiza y Liechtenstein

83 Resumen 45 Miembros (90% del comercio internacional) aplicarían la fórmula El resultado del promedio de derechos consolidados sería: En los países desarrollados (9 contando a la UE como 1): inferior a 3% y máx. 8% PED (36): 12 – 14 % según el tipo de coeficiente y las flexibilidades. Algunas líneas por debajo de 15% Flexibilidades especiales para: 23 Miembros considerados EPVs 12 Miembros con porcentaje bajo de consolidación 32 PMA y 11 MAR no obligados a realizar reducciones arancelarias Otros MAR aplicarían la fórmula pero tendrían un periodo de aplicación extendido (3 años) (China, Croacia, Taipei chino)

84 ¡Muchas gracias! 84


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