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UNIDAD VI – PUNTO 1 TEORIA DE LA INVALIDEZ ADMINISTRATIVA:

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Presentación del tema: "UNIDAD VI – PUNTO 1 TEORIA DE LA INVALIDEZ ADMINISTRATIVA:"— Transcripción de la presentación:

1 UNIDAD VI – PUNTO 1 TEORIA DE LA INVALIDEZ ADMINISTRATIVA:
Las nulidades en la teoría general del derecho. Compatibilización con la ley Evolución jurisprudencial y estado actual de la cuestión. Efectos de la declaración de invalidez. Las vías de hecho administrativas

2 Las vías de hecho administrativas
Es una acción (un comportamiento material) de un funcionario o empleado que implica una violación del principio de legalidad. No hay acto administrativo, no corresponde aplicar la teoría de las nulidades administrativas.

3 ¿Cómo se estructuran las nulidades en la teoría general del derecho?
Nulidades absolutas y relativas Actos nulos y anulables

4 Compatibilización con la ley 19.549
CSJN: “S.A.Los Lagos c/Nación” (1941) Caso “Pustelnik” (1975). Principio: El sistema de nulidades de la teoría general del derecho se aplican al acto administrativo cuando sean compatibles con las naturaleza pública del derecho administrativo Ley regula las nulidades del A.A.

5 ¿CUANDO HAY NULIDAD ABSOLUTA DEL ACTO ADMINISTRATIVO?
CUANDO HAY VICIOS EN LA VOLUNTAD DE LA ADMINISTRACIÓN (Art.14 inc.a)L.P.A) Error, dolo, violencia o simulación CUANDO HUBIERE VICIOS EN LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL ACTO (Art.14 inc.b) L.P.A.

6 ¿En que se diferencia la nulidad administrativa de la nulidad civil?
Derivan del “interés público” que es propio de los actos administrativos. La nulidad judicial sólo puede declararse “a petición de parte”, nunca “de oficio”. La Administración Pública puede declarar la nulidad de sus propios actos, aún de oficio. La nulidad administrativa procede aún sin “texto expreso”

7 ¿Puede la Administración Pública declarar la nulidad de sus propios actos en todos los casos?
NO, Solamente en la nulidad absoluta y siempre que: El acto NO estuviere “firme” Ni “consentido” Ni “hubiere generado derechos subjetivos que se estén cumpliendo. En estos casos es necesaria la intervención judicial (art.17 L.P.A.)

8 ¿CUANDO HAY NULIDAD RELATIVA DEL ACTO ADMINISTRATIVO?
Cuando se hubiere incurrido en una irregularidad, omisión o vicio que no llegare a impedir la existencia de alguno de sus elementos esenciales.(Art.15 LPA) Los actos son anulables La anulación debe hacerse judicialmente La nulidad relativa es suceptible de saneamiento

9 ¿Cuáles son los efectos de la declaración de invalidez del acto administrativo?
Es diferente según haya sido un acto “nulo” o “anulable” En el acto “nulo” la declaración actúa retroactivamente a la fecha del acto anulado (el acto nunca existió y la sentencia es “declarativa”) En el acto “anulable” la delcaración es constitutiva y actúa hacia el futuro


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